De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: Las Universidades públicas, que deberán cumplir
las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, así como lo dispuesto en la orden de bases y la
convocatoria.
Segundo. Objeto: 1. Las ayudas Beatriz Galindo tienen por objeto
la atracción del talento investigador que ha realizado parte de su
carrera profesional en el extranjero, con el fin de favorecer la
captación y la formación de capital humano investigador y su movilidad
en sectores de interés estratégico nacional, así como promover la
calidad y la competitividad del personal docente y/o investigador en las
universidades españolas.
2. Las ayudas se concederán a las Universidades
públicas en una de la modalidad senior o junior, de acuerdo a lo
especificado en el artículo 1.2 de la Orden.
Tercero. Bases reguladoras: Se regulan en la Orden ECD/365/2018, de 23 de
marzo, por la que se aprueban las bases para la concesión y se convocan
las ayudas Beatriz Galindo (BOE 7 de abril).
Cuarto. Número y cuantía de ayudas: Se convocan 100 ayudas Beatriz Galindo para la
atracción del talento investigador que haya realizado parte de su
carrera profesional en el extranjero. Éstas se distribuirán de acuerdo a
lo previsto en el artículo 22 de la Orden.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria de ayudas Beatriz Galindo en el "Boletín
Oficial del Estado" hasta un mes después a las 14:00 horas (horario
peninsular), ambos inclusive.{del 21 de abril al 21* de mayo de 2018, a.i.
Sexto. Presentación de solicitudes: Las solicitudes se cumplimentarán en los
formularios que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte hará
accesible en su sede electrónica https://sede.educacion.gob.es
El proceso de selección consta de dos fases, en
la primera las Universidades solicitarán hasta un máximo de cinco
plazas, que serán evaluadas por un panel Internacional de expertos. Una
vez realizada la concesión de la primera fase a las Universidades, éstas
abrirán un plazo no superior a un mes para que los docentes y/o
investigadores puedan realizar la solicitud de las plazas.
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