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martes, 30 de septiembre de 2014

Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas 2014. Diputació d'Alacant.

BASES
“PRIMERA.- OBJETO. 1.- Las presentes bases tienen por objeto promover la contratación por parte de ayuntamientos de la provincia de Alicante o sus organismos autónomos dependientes,
de personas desempleadas, para la ejecución de obras o servicios de interés general y social, mediante la articulación de un programa de ayudas enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas 2014, al amparo de las Resoluciones de 14 de agosto y 25 de julio del Director General de Empleo y Formación, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo.
2.-La cuantía de las ayudas podrá alcanzar hasta dos tercios de los costes salariales según convenio colectivo, derivados de las contrataciones llevadas a cabo por ayuntamientos de la provincia de Alicante y sus organismos autónomos dependientes, para la ejecución de obras o servicios de interés general y social.
Se consideran actuaciones o servicios de interés general o social, con carácter orientativo, los siguientes:
-servicios de utilidad colectiva, tales como mejora y mantenimiento de inmuebles, revalorización y mantenimiento de espacios públicos urbanos, transportes colectivos, servicios de proximidad, así como actividades que afecten a la gestión de residuos, gestión de aguas, protección y mantenimiento de zonas naturales así como aquellas que incidan directa o indirectamente en el control de la energía.
-servicios de ocio y culturales, tales como promoción del turismo, desarrollo cultural local, promoción del deporte y sector audiovisual, así como mantenimiento del patrimonio cultural.
-servicios personalizados de carácter cotidiano, tales como cuidado de niños, prestación de servicios a domicilio a personas incapacitadas o mayores, ayuda a jóvenes en dificultad y con desarraigo social.
Se entiende por coste salarial, el formado por el salario base, complementos salariales, parte proporcional de pagas extras y seguridad social. Se excluyen las percepciones no salariales (locomoción, dietas, pluses de estancia y transporte urbano, etc.), gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención.
CUARTA.- BENEFICIARIOS. Ayuntamientos de la Provincia de Alicante o sus organismos autónomos dependientes.
No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
NOVENA.- SOLICITUD DEL BENEFICIARIO, DOCUMENTACIÓN GENERAL Y PLAZO. Los Ayuntamientos interesados deberán presentar su solicitud de participación, ajustada al modelo normalizado, que estará disponible en la página web de esta Diputación (www.diputacionalicante.es), en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante en el plazo de 15 días naturales desde la publicación de estas Bases en el BOP.{del 1 al 15 de octubre de 2014, a.i.} Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

jueves, 29 de agosto de 2013

«Plan Conjunto de Empleo. Anualidad 2013» convocatoria provincial de Alicante.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -RESOLUCIÓN PLAN DE EMPLEO CONJUNTO Y PUBLICACIÓN BASES AYUNTAMIENTOS ADHERIDOS [butlletí oficial de la província - alacant, 29 agost 2013 - n.º 164; pàgina 25].
La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, en uso de las facultades que le fueron delegadas por Resolución de la Ilma. Sra. Presidenta núm. 1525, de 20 de julio de 2011 (BOP núm. 179, de fecha 19 de septiembre de 2011), y en sesión extraordinaria celebrada con fecha 28 de agosto de 2013, ha adoptado el acuerdo que a continuación se publica:
Primero.- Aceptar la participación de los Ayuntamientos que a continuación se indican, con la aportación económica que asimismo se señala, en la convocatoria provincial «Plan Conjunto de Empleo. Anualidad 2013», dentro del Programa de subvenciones destinado al fomento del empleo en el ámbito local, al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo y enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas.
Quinto.- Ordenar la publicación, de forma conjunta, de las Bases que habrán de regir las convocatorias de los Ayuntamientos que a continuación se indican, según modelo incluido como Anexo 1 en el acuerdo de esta Junta de Gobierno de fecha 4 de julio de 2013 (BOP nº 126, de 05/07/ 2013), con la modificación introducida por acuerdo del mismo órgano de fecha 18 de julio de 2013 (BOP nº 136, de 19/07/2013) y cuya redacción literal es la que sigue:
ENTIDADES:
AYUNTAMIENTO DE AGRES
AYUNTAMIENTO DE ALBATERA
AYUNTAMIENTO DE ALCALALÍ
AYUNTAMIENTO DE ALCOY
AYUNTAMIENTO DE ALGUEÑA
AGENCIA LOCAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE ALICANTE 
 
AYUNTAMIENTO DE ALMORADÍ
AYUNTAMIENTO DE ALQUERIA D’ASNAR (L’)
AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA
AYUNTAMIENTO DE BENEIXAMA
AYUNTAMIENTO DE BENEJÚZAR
AYUNTAMIENTO DE BENIARBEIG
AYUNTAMIENTO DE BENIARRÉS
AYUNTAMIENTO DE BENIDORM
AYUNTAMIENTO DE BENIJÓFAR
AYUNTAMIENTO DE BENILLOBA
AYUNTAMIENTO DE BENIMANTELL
AYUNTAMIENTO DE BENISSA
AYUNTAMIENTO DE BENITACHELL

AYUNTAMIENTO DE BIAR
AYUNTAMIENTO DE BIGASTRO
AYUNTAMIENTO DE BUSOT
AYUNTAMIENTO DE CALLOSA DE SEGURA
AYUNTAMIENTO DE CALP
AYUNTAMIENTO DE CAMPELLO (EL)
AYUNTAMIENTO DE CAÑADA
AYUNTAMIENTO DE CATRAL
AYUNTAMIENTO DE COCENTAINA
AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT
AYUNTAMIENTO DE DOLORES
AYUNTAMIENTO DE ELCHE
AYUNTAMIENTO DE ELDA
AYUNTAMIENTO DE FINESTRAT
AYUNTAMIENTO DE FORMENTERA DEL SEGURA
AYUNTAMIENTO DE GATA DE GORGOS
AYUNTAMIENTO DE HONDÓN DE LOS FRAILES
AYUNTAMIENTO DE HONDÓN DE LAS NIEVES
AYUNTAMIENTO DE IBI
AYUNTAMIENTO DE JÁVEA/Xàbia
AYUNTAMIENTO DE LLÍBER

AYUNTAMIENTO DE LORCHA
AYUNTAMIENTO DE MONÓVAR
AYUNTAMIENTO DE MONTESINOS (LOS)
AYUNTAMIENTO DE MUTXAMEL
AYUNTAMIENTO DE ONDARA
AYUNTAMIENTO DE ONIL
AYUNTAMIENTO DE ORBA
AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA
AYUNTAMIENTO DE PEDREGUER
AYUNTAMIENTO DE PEGO

AGENCIA PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE PETRER
AYUNTAMIENTO DE PILAR DE LA HORADADA
AYUNTAMIENTO DE PINOSO
AYUNTAMIENTO DE PLANES
AYUNTAMIENTO DE POBLETS (ELS)
AYUNTAMIENTO DE RAFAL
AYUNTAMIENTO DE REDOVÁN
AYUNTAMIENTO DE ROMANA (LA)
AYUNTAMIENTO DE SALINAS
AYUNTAMIENTO DE SAN FULGENCIO
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN D’ALACANT
AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DEL RASPEIG
AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA POLA
AYUNTAMIENTO DE SAX
AYUNTAMIENTO DE TEULADA-Moraira
AYUNTAMIENTO DE VALL DE LAGUAR (LA)
AYUNTAMIENTO DE VERGER (EL)

AYUNTAMIENTO DE VILLENA

BASES REGULADORAS ... Boletín Nº 164 del 29/08/2013 (pdf)
«PRIMERA.- OBJETO DEL PLAN. 1. Las presentes bases tienen por objeto favorecer la contratación de personas desempleadas del municipio, mediante la articulación de un programa de ayudas enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto entre la Generalitat Valenciana, las Diputaciones Provinciales y las entidades locales al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo (D.O.C.V de 28.03.2013).
2. Con independencia de su modalidad contractual y de que puedan tener una mayor duración o jornada, resultarán subvencionables las contrataciones llevadas a cabo por empresas que tengan lugar en 2013 en una fecha posterior a la de la entrada en vigor de la convocatoria que efectúe el Ayuntamiento y, en cualquier caso, formalizados antes del 1 de octubre de 2013, en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante.
3. Resultarán subvencionables con una ayuda de 1.125 € las contrataciones por un periodo de al menos tres meses con una jornada de al menos 25 horas semanales, de conformidad con lo contemplado en el punto 2 de esta misma Base.
ENTIDAD APORTACIÓN
GENERALITAT VALENCIANA ............................  375 €
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE ....   375 €
AYUNTAMIENTO ...............................................    375 €
                                                                                1.125 €

4. Para atender el importe de las subvenciones a conceder dentro de la presente convocatoria queda afectada la aplicación y crédito consignado en el presupuesto de 2013, sin perjuicio de las variaciones al alza que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias.
SEGUNDA.- DESTINATARIOS FINALES. Los destinatarios finales de las ayudas serán las empresas o entidades que contraten a desempleados del municipio, para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante.
No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Tampoco podrán obtenerla las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
Los trabajadores deberán haber permanecido desempleados e inscritos de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo desde, al menos, el 1 de marzo de 2013.
QUINTA.- SOLICITUD, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. Los beneficiarios interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado que se publicará en la página web de la Diputación Provincial, en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo comprendido entre el día siguiente al de la publicación de estas Bases en el B.O. de la Provincia de esta Excma. Diputación y el 30 de octubre de 2013. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.   ...

viernes, 5 de julio de 2013

Convocatoria «Plan Conjunto de Empleo. Anualidad 2013», dentro del Programa de subvenciones destinado al fomento del empleo en el ámbito local

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
-APROBACIÓN PLAN CONJUNTO DE EMPLEO ANUALIDAD 2013 [butlletí oficial de la província - alacant, 5 juliol 2013 - n.º 126, página 38] Boletín Nº 126 del 05/07/2013 (pdf)
EDICTO
La Excma. Diputación Provincial de Alicante, por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 4 de julio de 2013, aprobó la Convocatoria «Plan Conjunto de Empleo. Anualidad 2013», dentro del Programa de subvenciones destinado al fomento del empleo en el ámbito local, al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas, conforme a las siguientes:
BASES
«PRIMERA.- OBJETO DEL PLAN. 1. Las presentes bases tienen por objeto favorecer la contratación de personas desempleadas de la provincia de Alicante, mediante la articulación de un programa de ayudas enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas valencianas al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (D.O.C.V de 28.03.2013) y conforme a lo previsto en dicha Orden, en ejercicio de las obligaciones asumidas por esta Diputación como entidad colaboradora por Convenio de colaboración suscrito con la citada Conselleria en fecha 30 de mayo de 2013.
2. Con independencia de su modalidad contractual y de que puedan tener una mayor duración o jornada, resultarán subvencionables las contrataciones llevadas a cabo por empresas que tengan lugar en 2013 en una fecha posterior a la de la entrada en vigor de la convocatoria que efectúe el Ayuntamiento y, en cualquier caso, formalizados antes del 1 de octubre de 2013, en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante.
3. Resultarán subvencionables con una ayuda de 1.125.-€ las contrataciones por un periodo de al menos tres meses con una jornada de al menos 25 horas semanales, de conformidad con lo punto 2 de esta misma Base.
ENTIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . APORTACIÓN
GENERALITAT VALENCIANA . .  375 €
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE . . 375 €
 
AYUNTAMIENTO .  375 €
                                   1.125 €
4. Para atender el importe de las subvenciones a conceder dentro de la presente convocatoria queda afectada la aplicación y crédito consignado en el presupuesto provincial de 2013 que se relaciona a continuación, sin perjuicio de las variaciones al alza que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias.
APLICACIÓN CRÉDITO: 25.241A.4620000 3.943.394 €
SEGUNDA.- DESTINATARIOS FINALES. Los destinatarios finales de las ayudas serán las empresas o entidades que contraten a desempleados para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante que podrán acceder a las subvenciones a través de las convocatorias que publiquen los Ayuntamientos participantes en el Plan.
No podrán obtener la condición de destinatario final las empresas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Tampoco podrán obtenerla las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones
Los trabajadores deberán haber permanecido desempleados e inscritos de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo desde, al menos, el 1 de marzo de 2013.
TERCERA.- BENEFICIARIOS. Podrán adquirir la condición de beneficiarias de esta convocatoria los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante. La solicitud de participación supondrá la aceptación de los términos y cláusulas de esta convocatoria.
No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
CUARTA.-CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS. En atención a su naturaleza y finalidad, la dotación presupuestaria de este programa se distribuirá entre los Ayuntamientos participantes en función del número de desempleados correspondiente al mes de enero de 2013 de su respectivo ámbito territorial, la cuantía máxima establecida para cada contratación y el compromiso de aportación comprometido por cada una de ellas, hasta agotar el crédito disponible establecido en la Base Primera.
QUINTA.- EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES. Quedan excluidos los supuestos contemplados en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 6 de la Orden 3/2013, de 22 de marzo.
A los efectos de este Programa, se considerará empresa en crisis cuando concurran las condiciones fijadas en la Disposición Adicional Tercera de la referida Orden.
SEXTA.- SOLICITUD DEL BENEFICIARIO, DOCUMENTACIÓN GENERAL Y PLAZO. Los Ayuntamientos interesados deberán presentar su solicitud de participación, ajustada al modelo normalizado, que estará disponible en la página web de esta Diputación (www.diputacionalicante.es), en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de estas Bases en el BOP.[butlletí oficial de la província - alacant, 5 juliol 2013 - n.º 126, página 38] {del 6 al 23 de Julio de 2013, a.i.} Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Al modelo de SOLICITUD NORMALIZADO se adjuntará la siguiente documentación:
a)
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