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jueves, 6 de junio de 2019

contrato-tipo de compraventa de limones y pomelos

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación

Orden APA/609/2019, de 24 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones con destino a transformación, que regirá para la campaña 2019/2020.
  • PDF (BOE-A-2019-8415 - 6 págs. - 222 KB)
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  • Orden APA/610/2019, de 24 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones con destino a comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2019/2020.
  • PDF (BOE-A-2019-8416 - 4 págs. - 251 KB)
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  • Orden APA/611/2019, de 24 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones ecológicos con destino a comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2019/2020.
  • PDF (BOE-A-2019-8417 - 4 págs. - 258 KB)
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  • Orden APA/612/2019, de 24 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2019/2020.
  • PDF (BOE-A-2019-8418 - 4 págs. - 278 KB)
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  • Orden APA/613/2019, de 24 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a transformación, que regirá para la campaña 2019/2020.
  • PDF (BOE-A-2019-8419 - 6 págs. - 286 KB)
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  • jueves, 31 de mayo de 2018

    contrato-tipo de compraventa, que regirá para la campaña 2018/2019 : Limones y Pomelos (para comercialización en fresco y para su transformación)

    Productos agrarios. Contratación 
    Orden APM/557/2018, de 21 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones con destino a comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2018/2019. 
    Orden APM/558/2018, de 21 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones con destino a transformación, que regirá para la campaña 2018/2019. 
    Orden APM/559/2018, de 21 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones ecológicos con destino a comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2018/2019. 
    Orden APM/560/2018, de 21 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2018/2019. 
    Orden APM/561/2018, de 21 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a transformación, que regirá para la campaña 2018/2019. 

    martes, 1 de agosto de 2017

    contrato-tipo de compraventa de cosecha de naranjas y grupo mandarinas, a peso, para su comercialización en fresco, campaña 2017/2018.

    Orden APM/727/2017, de 20 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de cosecha de naranjas y grupo mandarinas, a peso, para su comercialización en fresco, campaña 2017/2018.
    Primero. Se homologa, según el régimen establecido en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, el contrato-tipo de compraventa de cosecha de naranjas y grupo mandarinas, a peso, para su comercialización en fresco, para la campaña 2017/2018, cuyo texto figura en el anexo de esta orden.
    Segundo. El período de vigencia de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado».
    ANEXO
    Contrato de compraventa de cosecha de naranjas y grupo mandarinas, a peso, para su comercialización en fresco. Campaña 2017-2018           

    viernes, 26 de mayo de 2017

    contrato-tipo de compraventa de limones, para su transformación, que regirá para la campaña 2017/2018.

    Productos agrarios. Contratación
    Orden APM/478/2017, de 17 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones, para su transformación, que regirá para la campaña 2017/2018. 
    PDF (BOE-A-2017-5849 - 6 págs. - 308 KB)
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    jueves, 16 de junio de 2016

    se homologa el contrato-tipo de compraventa de cosecha de naranjas y grupo mandarinas, a peso, para su comercialización en fresco, campaña 2016/2017.

    Productos agrarios. Contratación
    Orden AAA/958/2016, de 9 de junio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de cosecha de naranjas y grupo mandarinas, a peso, para su comercialización en fresco, campaña 2016/2017.
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    Orden AAA/959/2016, de 9 de junio, por la que se homologa el contrato-tipo de cultivo y compraventa de tabaco que regirá durante la campaña 2016/2017, cosecha 2016.
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    miércoles, 1 de junio de 2016

    contrato-tipo de compraventa de limones y pomelos, con destino a su comercialización en fresco, y con destino a su transformación

    Productos agrarios. Contratación

    lunes, 6 de julio de 2015

    contrato-tipo de compraventa de limones , y pomelos, con destino a su transformación en zumo, que regirá para la campaña 2015/2016.

    Productos agrarios. Contratación
    • Orden AAA/1331/2015, de 24 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden AAA/1169/2015, de 9 de junio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones con destino a su transformación en zumo, que regirá para la campaña 2015/2016.
    • Orden AAA/1332/2015, de 24 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden AAA/1171/2015, de 9 de junio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su transformación en zumo, que regirá para la campaña 2015/2016.

    jueves, 18 de junio de 2015

    contrato-tipo de compraventa de limones y pomelos; con destino a su comercialización en fresco, y a su transformación en zumo.

    martes, 24 de febrero de 2015

    ayudas EMPLEA, en la modalidad titulados universitarios, dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016.

    1. Objeto de la resolución. Entre los objetivos del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad están la mejora de la formación y la especialización de los recursos humanos en investigación, desarrollo e innovación así como la promoción de la incorporación de los profesionales de la I+D+I a las entidades, tanto públicas como privadas, que realizan este tipo de actividad.
    La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria para el año 2015 de ayudas públicas EMPLEA. Estas ayudas están incluidas en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016, y se encuadran dentro del Subprograma Estatal de Incorporación y del Subprograma Estatal de Formación. ...
    2. Objeto de las ayudas. El objeto de las ayudas que aquí se regulan es la incentivación del desarrollo de actividades de I+D+I en las empresas y la creación de empleo de calidad así como la consecución de un colectivo de titulados universitarios especialmente capacitados para gestionar la I+D+i mediante una formación adecuada.
    Para la consecución de lo anterior, las ayudas facilitarán financiación a la entidad que realice o quiera realizar actividades de I+D+I para la contratación de tecnólogos que las lleven a cabo. Asimismo se financiará la formación que el tecnólogo debe realizar obligatoriamente para poder ser contratado mediante estas ayudas así como para poder mantener este contrato durante su período de ejecución.
    3. Actividades a financiar por estas ayudas. 1. Las ayudas que aquí se regulan financiarán, total o parcialmente, las siguientes actuaciones:
    a) La incorporación, por medio de contrato, de personal para la ejecución de actividades de I+D+I de ámbito nacional o internacional.
    b) La formación que procure la mejora y adquisición de los conocimientos y las técnicas adecuados para la obtención de una especialización en gestión de la I+D+I.
    5. Beneficiarios de las ayudas. 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la contratación que se concedan al amparo de esta resolución, las siguientes entidades que dispongan de personalidad jurídica propia, desarrollen actividades económicas y tengan un establecimiento válidamente constituido en España de acuerdo con la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior:
    a) Empresas, incluidas las «Spin-off» y las «JEI» definidas en el artículo 4 anterior,
    b) Los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica, considerando como tales los definidos en el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, que estén inscritos en el Registro de Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el periodo de la actividad subvencionada.
    c) Las fundaciones, quedando excluidas todas aquellas que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de una o varias entidades integradas en el sector público, o cuyo patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.
    d) Las agrupaciones o asociaciones empresariales: agrupaciones de interés económico (AIE); asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+I para su sector.
    e) Agrupaciones empresariales innovadoras (AEI) y plataformas tecnológicas. Grupos constituidos por entidades independientes -empresas pequeñas, medianas y grandes y organismos de investigación-, activas en sectores y regiones concretos, cuyo objetivo es estimular la actividad innovadora mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos teóricos y prácticos, así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación.
    3. Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la formación los tecnólogos, que sean ciudadanos españoles o ciudadanos extranjeros residentes en territorio español, contratados por las entidades que resulten beneficiarias de las ayudas a la contratación convocadas mediante esta Resolución.
    17. Plazo de presentación de solicitudes. 1. En el caso de las ayudas a la contratación, el plazo para presentar las solicitudescorrespondientes a esta convocatoria se iniciará el día 25 de febrero de 2015 a las 10:00 horas (hora peninsular) y finalizará el día 24 de marzo de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).
    2. En el caso de las ayudas a la formación, la solicitud del tecnólogo deberá acompañar a la documentación que se detalla en el artículo 25 de esta convocatoria en los mismos plazos y fechas estipulados para realizar el control de cumplimiento establecido en el citado artículo 25.

    lunes, 23 de febrero de 2015

    Licitación: contratación del servicio de asesoramiento psicológico a la mujer. Ajuntament de Xàbia / Jávea.

    ... se anuncia la contratación del servicio de asesoramiento psicológico a la mujer, mediante procedimiento abierto con varios criterios de valoración de ofertas, conforme al siguiente contenido.
    1.- OBJETO DEL CONTRATO: Prestación del servicio de asesoramiento psicológico a la mujer.
    2.- DURACIÓN DEL CONTRATO: Dos años prorrogables dos años más.
    3.- TIPO DE LICITACIÓN: 24.000 Euros/año, IVA incluido, según el siguiente desglose: Base Imponible: 19.834,71Euros/año, IVA del 21%: 4.165,29 Euros/año.
    4.- FINANCIACIÓN: Con cargo a la partida 2312.227.06, rc. referencia 22015000515 del presupuesto municipal vigente, comprometiéndose a consignar cantidad suficiente en el presupuesto ordinario correspondiente, para la completa financiación del contrato, al ser su duración de dos años prorrogables dos años más.
    5.- PUBLICIDAD DE PLIEGOS: En el Departamento de Contratación del Ayuntamiento (Plaza Iglesia, nº 4, 03730 Xàbia, Alicante), todos los días hábiles de 9 a 14 horas, excepto Sábados, y en el perfil  del contratante del Ayuntamiento de Xàbia, página de Internet www.ajxabia.com, apartado el Ayuntamiento, perfil del contratante).
    6.- GARANTÍA PROVISIONAL: Por importe de 1.190,08 Euros, equivalente al 3% del presupuesto del contrato, excluido IVA, por dos años).
    7.- GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del presupuesto de adjudicación del contrato, excluido IVA.
    8.- SOLVENCIA DEL CONTRATISTA: Mediante la presentación de los documentos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
    9.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: En el departamento de Contratación, durante los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el BOP. {del 24 de febrer al 10 de marzo de 2015, a.i.}

    miércoles, 17 de diciembre de 2014

    Licitación: contratación del servicio de asistencia jurídica y defensa procesal del Ayuntamiento de Xàbia, mediante la contratación de tres Letrados.

    Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 5 de diciembre de 2014, por el que se anuncia la contratación del servicio de asistencia jurídica y defensa procesal del Ayuntamiento de Xàbia, mediante la contratación de tres Letrados, por procedimiento abierto con varios criterios de valoración de ofertas, conforme al siguiente contenido:
    1.- OBJETO DEL CONTRATO: Servicio de asistencia jurídica y defensa procesal del Ayuntamiento de Xàbia, mediante la contratación de tres Letrados.
    2.- DURACIÓN DEL CONTRATO: Cada uno de los tres contratos tendrá una duración de 3 años, pudiendo prorrogarse cada uno de ellos por un año más.
    3.- TIPO DE LICITACIÓN: 54.450 Euros anuales, IVA incluido, para cada uno de los tres contratos, según el siguiente desglose: Base Imponible: 45.000 Euros/año, IVA del 21%: 9.450 Euros/año.
    4.- FINANCIACIÓN: Con cargo a la partida 920.226.04, rc. referencia 22014005921 del presupuesto municipal vigente, comprometiéndose el Ayuntamiento a consignar cantidad suficiente para su financiación durante los próximos ejercicios en que éste se encuentre en vigor.
    5.- PUBLICIDAD DE PLIEGOS: En el Departamento de Contratación del Ayuntamiento (Plaza Iglesia, nº 4, 03730 Xàbia, Alicante), todos los días hábiles de 9 a 14 horas, excepto Sábados, y en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Xàbia, página de Internet www.ajxabia.com , apartado el Ayuntamiento, perfil del contratante.
    6.- GARANTÍA PROVISIONAL: Por importe de 4.050 Euros, equivalente al 3% del presupuesto del contrato, excluido IVA.
    7.- SOLVENCIA DEL CONTRATISTA: Mediante la presentación de los documentos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
    8.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: En el departamento de Contratación, durante los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el BOP.{del 18 de diciembre de 2014 al 2* de enero de 2015, a.i.}
    9.- APERTURA DE PROPOSICIONES: En el Ayuntamiento, en acto público, en la fecha que se dará a conocer a los licitadores.
    10.- CRITERIOS BASE PARA LA SELECCIÓN:
    1.- Criterios evaluables de forma automática:
    - Baja en el precio de licitación: hasta 40 puntos.
    - Servicios en Administraciones Públicas: hasta 22 puntos.
    - Por especialización: hasta 25 puntos.
    - Conocimientos en Derecho Administrativo: hasta 10 puntos.
    - Estar en posesión de otras titulaciones universitarias que por su contenido sean complementarias: hasta 3 puntos.
    11.- MODELO DE PROPOSICIÓN: El recogido en Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

    viernes, 23 de mayo de 2014

    contrato-tipo de compraventa: limones y pomelos (comercialización en fresco y transformación en zumo). Seguros retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.

    Productos agrarios. Contratación
    • Orden AAA/835/2014, de 12 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones con destino a su comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2014/2015.
    • Orden AAA/836/2014, de 12 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de limones con destino a su transformación en zumo, que regirá para la campaña 2014/2015.
    • Orden AAA/837/2014, de 12 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su comercialización en fresco, que regirá para la campaña 2014/2015.
    • Orden AAA/838/2014, de 12 de mayo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de pomelos con destino a su transformación en zumo, que regirá para la campaña 2014/2015.
    • Seguros agrarios combinados
    • Orden AAA/839/2014, de 13 de mayo, por la que se definen las explotaciones de ganado asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, las fechas de suscripción y el peso de subproducto de referencia de los animales en relación con el seguro renovable para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación, comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2014.

    jueves, 2 de enero de 2014

    – 175 Ayudas para contratos Ramón y Cajal. – 225 Ayudas para contratos para la formación posdoctoral. – 180 Ayudas para contratos de personal técnico de apoyo a la I+D+I. – Ayudas para contratos Torres Quevedo.

     Las actuaciones contempladas al amparo de la presente resolución son las siguientes:
    –  Ayudas para contratos Ramón y Cajal.
    –  Ayudas para contratos para la formación posdoctoral.
    –  Ayudas para contratos de personal técnico de apoyo a la I+D+I.
    –  Ayudas para contratos Torres Quevedo.
    1. Objeto. El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria, correspondiente al año 2013, de diversas actuaciones contempladas en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad.
    De manera concreta, se convocan ayudas para las siguientes actuaciones:
    a)
      Ayudas para contratos Ramón y Cajal (en adelante, ayudas Ramón y Cajal), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación.
    b)  Ayudas para contratos para la formación posdoctoral (en adelante, ayudas para formación posdoctoral) en el ámbito del Subprograma Estatal de Formación.
    c)  Ayudas para contratos de personal técnico de apoyo a la I+D+I (en adelante, ayudas para personal técnico de apoyo), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación.
    d)  Ayudas para contratos Torres Quevedo (en adelante, ayudas Torres Quevedo), en el ámbito del Subprograma Estatal de Incorporación. 
    3. Beneficiarios. 1.  En las disposiciones específicas para cada tipo de ayuda se determinan los sujetos que pueden tener la condición de beneficiarios, de entre los definidos en el artículo 5 de la Orden de Bases.    ...
    8.  Financiación de las ayudas. 1.  La cuantía total máxima de ayuda que se concederá con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para todas las anualidades, en las ayudas que se convocan en esta resolución, asciende a 86.735.000 euros ...
    La aplicación, en su caso, a cada una de las actuaciones se distribuirá de la siguiente  forma:
    a) 
    Ayudas Ramón y Cajal: hasta 12.452.873,70 euros.
    b)  Ayudas para formación posdoctoral: hasta 2.594.108,49 euros.
    c)  Ayudas para personal técnico de apoyo: hasta 1.494.206,49 euros.
    d)  Ayudas Torres Quevedo: hasta 3.458.811,32 euros.

    ... 
    9.  Plazos de presentación de solicitudes. Los plazos de presentación de las solicitudes de participación serán los siguientes:
    a)  Ayudas Ramón y Cajal: del 7 de enero de 2014 al 6 de febrero de 2014 a las 15:00 horas (hora peninsular).
    b)  Ayudas para formación posdoctoral: del 12 de febrero de 2014 al 3 de marzo de 2014 a las 15:00 horas (hora peninsular).
    c)  Ayudas para personal técnico de apoyo: del 17 de febrero de 2014 al 10 de marzo de 2014 a las 15:00 horas (hora peninsular).
    d)  Ayudas Torres Quevedo: del 20 de febrero de 2014 al 13 de marzo de 2014 a las 15:00 horas (hora peninsular).
    CAPÍTULO II Disposiciones específicas de las ayudas Ramón y Cajal  
    19.  Objetivo de las ayudas. 1.  El objetivo de estas ayudas es promover la incorporación de investigadores nacionales y extranjeros con una trayectoria destacada en centros de I+D mediante, por una parte, la concesión de ayudas de una duración de cinco años para su contratación laboral y una financiación adicional para la ejecución de la actividad de investigación que se realice, y, por otra parte, la concesión de ayudas para la creación de puestos de trabajo de carácter permanente para su posterior incorporación en los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación beneficiarios de estas ayudas.
    2.  Se convocan 175 ayudas distribuidas en las distintas áreas científicas que se relacionan en el anexo de esta resolución. La distribución de ayudas en cada área científica resultará de aplicar al total de ayudas convocadas la media aritmética entre el porcentaje de solicitudes presentadas en cada área científica respecto del total de las
    solicitudes presentadas y el porcentaje de plazas ofertadas en cada área científica respecto del total de la oferta de plazas, de acuerdo con el contenido de la resolución de centros de I+D elegibles que se establece en el artículo 27. Las cifras resultantes se redondearan a los números enteros más próximos.
    CAPÍTULO III  Disposiciones específicas de las ayudas para la formación posdoctoral
    39.  Objetivo de las ayudas. 1.  Las ayudas tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes  doctores por un periodo de dos años con objeto de que los mismos completen su formación investigadora postdoctoral en centros de I+D españoles distintos a aquellos en los que realizaron su formación predoctoral.
    2.  Se convocan un total de 225 ayudas distribuidas en las distintas áreas científicas que se relacionan en el anexo de esta resolución. La distribución de ayudas en cada área científica resultará de aplicar al total de ayudas convocadas el porcentaje de solicitudes presentadas en cada área científica respecto del total de las solicitudes presentadas. Las cifras resultantes se redondearan a los números enteros más próximos.
    CAPÍTULO IV   Disposiciones específicas de las ayudas para personal técnico de apoyo
    55.  Objetivo de las ayudas. 1.  El objetivo de estas ayudas es la concesión de ayudas de una duración de tres años para la contratación laboral de personal técnico de apoyo en organismos de investigación destinados al manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i (técnicos para apoyo a infraestructuras) a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y rendimiento de las infraestructuras científico-tecnológicas.
    2.  Se convocan 180 ayudas.
    CAPÍTULO V   Disposiciones específicas de las ayudas Torres Quevedo 
    69.  Objetivo de las ayudas. El objetivo de estas ayudas es la concesión de ayudas de una duración de tres años a empresas, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos para la contratación laboral de doctores que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad técnica previos, a fin de favorecer la carrera profesional de los investigadores, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.
    ANEXO - Áreas científicas
    Agricultura.
    Biología Fundamental y de Sistemas.
    Biología Vegetal, Animal y Ecología.
    Biomedicina.
    Ciencia y Tecnología de Alimentos.
    Ciencia y Tecnología de Materiales.
    Ciencias de la Computación y Tecnología Informática.
    Ciencias de la Educación.
    Ciencias de la Tierra.
    Ciencias Sociales.
    Derecho.
    Economía.
    Filología y Filosofía.
    Física y Ciencias del Espacio.
    Ganadería y Pesca.
    Historia y Arte.
    Ingeniería Civil y Arquitectura.
    Ingeniería Eléctrica, Electrónica y Automática.
    Ingeniería Mecánica, Naval y Aeronáutica.
    Matemáticas.
    Medicina Clínica y Epidemiología.
    Psicología.
    Química.
    Tecnología Electrónica y de las Comunicaciones.
    Tecnología Química.

    martes, 17 de diciembre de 2013

    Plan de Empleo Conjunto. Ajuntament de Denia. (objeto: contratación de personas desempleadas y empadronadas en el municipio de Dénia con una antigüedad de, al menos, 5 años)

    AYUNTAMIENTO DE DÉNIA - Boletín Nº 239 del 17/12/2013 (pdf)
    EDICTO
    PLAN CONJUNTO DE EMPLEO, ANUALIDAD 2013
    BASES
    «PRIMERA.- OBJETO DEL PLAN. 1. Las presentes bases tienen por objeto favorecer la contratación de personas desempleadas y empadronadas en el municipio de Dénia con una antigüedad de, al menos, 5 años, mediante la articulación de un programa de ayudas enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto entre la Generalitat Valenciana, las Diputaciones Provinciales y las entidades locales al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo (D.O.C.V de 28.03.2013).
    2. Con independencia de su modalidad contractual y de que puedan tener una mayor duración o jornada, resultarán subvencionables las contrataciones llevadas a cabo por empresas que tengan lugar en 2013 en una fecha posterior a la de la entrada en vigor de la convocatoria que efectúe el Ayuntamiento y, en cualquier caso, formalizados antes del 31 de diciembre de 2013, en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante.
    3. Resultarán subvencionables con una ayuda de 1.125 € las contrataciones por un periodo de al menos tres meses con una jornada de al menos 25 horas semanales, de conformidad con lo contemplado en el punto 2 de esta misma Base.
    ENTIDAD . . . . APORTACIÓN
    GENERALITAT VALENCIANA . . 375 €
    DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE . . 375 €
    AYUNTAMIENTO . . . . 375 €

                                         1.125 €
    4. Para atender el importe de las subvenciones a conceder dentro de la presente convocatoria queda afectada la aplicación y crédito consignado en el presupuesto de 2013, sin perjuicio de las variaciones al alza que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias.
    SEGUNDA.- DESTINATARIOS FINALES. Los destinatarios finales de las ayudas serán las empresas o entidades que contraten a desempleados empadronados en el municipio de Dénia, con una antigüedad de, al menos, 5 años, para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante.
    Una misma empresa no podrá ser beneficiaria de más de 5 ayudas.
    No podrán obtener la condición de beneficiario las empresas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Tampoco podrán obtenerla las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
    Los trabajadores deberán haber permanecido desempleados e inscritos de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo desde, al menos, el 1 de marzo de 2013.
    TERCERA.-CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS. En atención a su naturaleza y finalidad, la dotación presupuestaria de este programa se distribuirá entre las empresas o entidades empleadoras, valorando los siguientes apartados con la siguiente valoración:
    1. Domicilio social de la empresa en el municipio.
    2. Mayor duración del contrato propuesta (superior a 3 meses) o mayor duración de la jornada (superior a 25 horas).
    3. Ubicación del centro de trabajo en el municipio.
    4. Mayor número de desempleados a contratar.
    5. Mayor porcentaje de desempleados de larga duración.
    6. Fecha de entrada de la solicitud en el Ayuntamiento.
    No obstante, de conformidad con el art. 55 del RD 887/2006, no será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.
    A los efectos de este programa, se entiende por desempleado de larga duración aquél que figure inscrito de forma ininterrumpida como demandante de empleo durante un periodo superior a 1 año.
    QUINTA.- SOLICITUD, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. Los beneficiarios interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado que se publicará en la página web de la Diputación Provincial y en la página web del Ayuntamiento de Dénia, en el Registro General del Ayuntamiento de Dénia en el plazo comprendido entre el día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y el 31 de diciembre de 2013. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

    viernes, 5 de julio de 2013

    Convocatoria «Plan Conjunto de Empleo. Anualidad 2013», dentro del Programa de subvenciones destinado al fomento del empleo en el ámbito local

    DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
    -APROBACIÓN PLAN CONJUNTO DE EMPLEO ANUALIDAD 2013 [butlletí oficial de la província - alacant, 5 juliol 2013 - n.º 126, página 38] Boletín Nº 126 del 05/07/2013 (pdf)
    EDICTO
    La Excma. Diputación Provincial de Alicante, por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 4 de julio de 2013, aprobó la Convocatoria «Plan Conjunto de Empleo. Anualidad 2013», dentro del Programa de subvenciones destinado al fomento del empleo en el ámbito local, al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas, conforme a las siguientes:
    BASES
    «PRIMERA.- OBJETO DEL PLAN. 1. Las presentes bases tienen por objeto favorecer la contratación de personas desempleadas de la provincia de Alicante, mediante la articulación de un programa de ayudas enmarcado en el Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas valencianas al amparo de la Orden 3/2013, de 22 de marzo, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (D.O.C.V de 28.03.2013) y conforme a lo previsto en dicha Orden, en ejercicio de las obligaciones asumidas por esta Diputación como entidad colaboradora por Convenio de colaboración suscrito con la citada Conselleria en fecha 30 de mayo de 2013.
    2. Con independencia de su modalidad contractual y de que puedan tener una mayor duración o jornada, resultarán subvencionables las contrataciones llevadas a cabo por empresas que tengan lugar en 2013 en una fecha posterior a la de la entrada en vigor de la convocatoria que efectúe el Ayuntamiento y, en cualquier caso, formalizados antes del 1 de octubre de 2013, en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante.
    3. Resultarán subvencionables con una ayuda de 1.125.-€ las contrataciones por un periodo de al menos tres meses con una jornada de al menos 25 horas semanales, de conformidad con lo punto 2 de esta misma Base.
    ENTIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . APORTACIÓN
    GENERALITAT VALENCIANA . .  375 €
    DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE . . 375 €
     
    AYUNTAMIENTO .  375 €
                                       1.125 €
    4. Para atender el importe de las subvenciones a conceder dentro de la presente convocatoria queda afectada la aplicación y crédito consignado en el presupuesto provincial de 2013 que se relaciona a continuación, sin perjuicio de las variaciones al alza que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias.
    APLICACIÓN CRÉDITO: 25.241A.4620000 3.943.394 €
    SEGUNDA.- DESTINATARIOS FINALES. Los destinatarios finales de las ayudas serán las empresas o entidades que contraten a desempleados para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en la provincia de Alicante que podrán acceder a las subvenciones a través de las convocatorias que publiquen los Ayuntamientos participantes en el Plan.
    No podrán obtener la condición de destinatario final las empresas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Tampoco podrán obtenerla las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones
    Los trabajadores deberán haber permanecido desempleados e inscritos de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo desde, al menos, el 1 de marzo de 2013.
    TERCERA.- BENEFICIARIOS. Podrán adquirir la condición de beneficiarias de esta convocatoria los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante. La solicitud de participación supondrá la aceptación de los términos y cláusulas de esta convocatoria.
    No podrán obtener la condición de beneficiario las entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
    CUARTA.-CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS FONDOS. En atención a su naturaleza y finalidad, la dotación presupuestaria de este programa se distribuirá entre los Ayuntamientos participantes en función del número de desempleados correspondiente al mes de enero de 2013 de su respectivo ámbito territorial, la cuantía máxima establecida para cada contratación y el compromiso de aportación comprometido por cada una de ellas, hasta agotar el crédito disponible establecido en la Base Primera.
    QUINTA.- EXCLUSIONES E INCOMPATIBILIDADES. Quedan excluidos los supuestos contemplados en los apartados 5, 6 y 7 del artículo 6 de la Orden 3/2013, de 22 de marzo.
    A los efectos de este Programa, se considerará empresa en crisis cuando concurran las condiciones fijadas en la Disposición Adicional Tercera de la referida Orden.
    SEXTA.- SOLICITUD DEL BENEFICIARIO, DOCUMENTACIÓN GENERAL Y PLAZO. Los Ayuntamientos interesados deberán presentar su solicitud de participación, ajustada al modelo normalizado, que estará disponible en la página web de esta Diputación (www.diputacionalicante.es), en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de estas Bases en el BOP.[butlletí oficial de la província - alacant, 5 juliol 2013 - n.º 126, página 38] {del 6 al 23 de Julio de 2013, a.i.} Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
    Al modelo de SOLICITUD NORMALIZADO se adjuntará la siguiente documentación:
    a)
    ...

    miércoles, 12 de junio de 2013

    programes d’ajudes destinats a afavorir l’accés al mercat laboral dels jóvens menors de 30 anys, per a l’exercici 2013. // programas de ayudas destinados a favorecer el acceso al mercado laboral de los jóvenes menores de 30 años, para el ejercicio 2013.

    ORDE 18/2013, de 5 de juny, de la Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació, per la qual es convoquen distints programes d’ajudes destinats a afavorir l’accés al mercat laboral dels jóvens menors de 30 anys, per a l’exercici 2013. [2013/6128]  (pdf 413KB) 
    ORDEN 18/2013, de 5 de junio, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan distintos programas de ayudas destinados a favorecer el acceso al mercado laboral de los jóvenes menores de 30 años, para el ejercicio 2013. [2013/6128] (pdf 413KB)
    1. Objeto y ámbito. 1. Esta orden tiene como objeto favorecer el acceso al mercado laboral y reducir la tasa de temporalidad de las personas jóvenes desempleadas menores de 30 años.
    2. Con carácter general las contrataciones y prácticas no laborales objeto de subvención deberán efectuarse en 2013 a partir de la publicación de la convocatoria y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana. No obstante, las contrataciones indefinidas iniciales subvencionadas en el título II podrán haberse efectuado en 2013 con carácter previo a la publicación. 
    2. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarias de esta orden las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana.
    3. Destinatarios finales. 1. Serán destinatarios finales de estos programas los jóvenes menores de 30 años que hayan permanecido desempleados e inscritos como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo durante un periodo de al menos tres meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación o de la suscripción del acuerdo de prácticas no laborales.
    2. En el caso del programa de incentivos a la conversión en indefinidos de contratos temporales, serán destinatarios los jóvenes menores de 30 años que hayan permanecido ininterrumpidamente de alta en la empresa durante al menos seis meses.
    7. Solicitud y documentación general. 1. Dirigidas al SERVEF, las solicitudes se presentarán en impreso normalizado en las Direcciones Territoriales de Empleo, ...
    8. Plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación o suscripción del acuerdo de prácticas no laborales, sin que en ningún caso puedan presentarse después de las fechas que se indican a continuación:
    a) Ayudas del título II: 31 de julio de 2013.
    b) Ayudas de los títulos IV a VI:
    30 de septiembre de 2013.
    2. Para las contrataciones indefinidas iniciales efectuadas en el periodo de 2013 previo a la publicación de la orden, el plazo de dos meses a que hace referencia el apartado anterior se iniciará el día siguiente al de dicha publicación.
    3. Para las ayudas del título III el plazo de presentación de solicitudes será de 40 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la orden.{del 13 de junio al 22 de julio de 2013, a.i.}
    TÍTULO II - Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial
    Artículo 15. Objeto. El objeto de este programa es fomentar la contratación indefinida inicial de las personas jóvenes menores de 30 años.
    TÍTULO III - Programa de incentivos a la conversión en indefinidos de contratos temporales
    Artículo 17. Objeto. 1. El objeto de este programa es fomentar la estabilidad en el empleo de las personas jóvenes menores de 30 años.
    2. Resultará subvencionable la transformación en indefinidos (incluida la modalidad de fijo discontinuo) de contratos temporales, formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, siempre que concurran las siguientes condiciones:
    a) La conversión tenga lugar una vez transcurridos seis meses desde el inicio de la relación laboral, que deberá ser ininterrumpida con independencia de que se materialice en uno o en sucesivos contratos temporales.
    b) La conversión tenga lugar en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria.
    c) Los contratos indefinidos tengan una jornada igual o superior a la del contrato transformado.
    TÍTULO IV - Programa de incentivos a la contratación para la formación y el aprendizaje
    Artículo 19. Objeto. 1. Este programa tiene por objeto favorecer la inserción laboral de los jóvenes menores de 30 años mediante la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.
    2. Únicamente resultarán subvencionables aquellos contratos para la formación y el aprendizaje que tengan una duración mínima de un año.
    TÍTULO V - Programa de incentivos a la contratación en prácticas
    Artículo 21. Objeto. Este programa tiene por objeto favorecer la inserción laboral de los jóvenes menores de 30 años mediante la modalidad de contrato en prácticas, cuya duración será de al menos seis meses.
    TÍTULO VI - Programa de incentivos a las prácticas no laborales en empresas
    Artículo 23. Objeto y condiciones 1. Este programa tiene por objeto fomentar la realización de prácticas no laborales en empresas por jóvenes de entre 18 y 25 años inclusive, al amparo del Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre.
    2. Únicamente resultarán subvencionables aquellos acuerdos para la realización de prácticas no laborales que tengan una duración de nueve meses.
    DISPOSICIONES ADICIONALES. Primera. Financiación. 1. Las ayudas convocadas por esta orden se financiarán ... , por un importe global máximo de 4.266.000,00 €, según el detalle de líneas e importes que se especifican a continuación:  ...