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lunes, 18 de noviembre de 2013

Premios Nacionales de Innovación y Diseño 2013: Innovación, modalidades: Trayectoria Innovadora; Compra Pública Innovadora; Internacionalización; y Diseño, modalidades: Profesionales; y Empresas.

Objeto de la resolución. La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de los Premios Nacionales de Innovación y los Premios Nacionales de Diseño 2013.
Normativa aplicable. La concesión de los premios se rige por lo dispuesto en la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño. 
Modalidades:
1.
Para los Premios Nacionales de Innovación se contemplan las modalidades siguientes: Trayectoria Innovadora, Compra Pública Innovadora e Internacionalización.
2. Para los Premios Nacionales de Diseño se establecen dos modalidades, una para Profesionales y otra para Empresas. 
Candidaturas. Podrán ser candidatos en cada una de las modalidades de los premios:
1.
Premio Nacional de Innovación modalidad Trayectoria Innovadora: empresarios que hayan desarrollado al menos durante diez años su labor empresarial y en cuya trayectoria destaque la innovación tecnológica.
2. Premio Nacional de Innovación modalidad Compra Pública Innovadora: entidades pertenecientes al sector público, incluidas aquellas que se rigen por el derecho privado, que hayan realizado actuaciones que fomenten la innovación desde el lado de la demanda a través de la contratación pública.
3. Premio Nacional de Innovación modalidad Internacionalización: pequeñas, medianas y grandes empresas que hayan realizado en los tres últimos años actividades con proyección internacional que hayan propiciado la introducción de productos tecnológicos e innovadores españoles en los mercados internacionales.
4. Premio Nacional de Diseño modalidad Profesionales: profesionales individuales o equipos de profesionales cuya labor en el ámbito del diseño se haya desarrollado al menos durante quince años.
5. Premio Nacional de Diseño modalidad Empresas: empresas con una trayectoria consolidada en el campo de diseño de más de diez años.
Los candidatos, en el momento de la presentación de la solicitud, deberán estar en activo y desarrollando una labor significativa así como gozar de un reconocido prestigio, tanto nacional como internacional.
Quinto. Características de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño. 1. La cuantía del Premio Nacional de Diseño modalidad Profesionales será de 30.000 euros.
2. El resto de los premios convocados tendrá un carácter estrictamente honorífico.
3. Los ganadores de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño podrán hacer uso de esta denominación en el material promocional de su actividad.  ...
Formalización y presentación de las candidaturas. 1. Las candidaturas al Premio Nacional de Innovación modalidad Trayectoria Innovadora y el Premio Nacional de Diseño modalidad Profesionales, deberán ser presentadas por una persona distinta al candidato.
2. La presentación de las candidaturas se realizará a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación «Procedimientos y servicios electrónicos», desde el cual se accederá al enlace correspondiente a esta convocatoria de premios. ...
Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el día 19 de noviembre 2013, a las 00:00 horas (hora peninsular) y finalizará el día 23 de diciembre de 2013, a la 15:00 horas (hora peninsular).

miércoles, 19 de junio de 2013

beques per a l’ampliació i perfeccionament d’estudis audiovisuals per a l’any 2013.

ORDE 59/2013, de 12 de juny, de la Conselleria d’Educació, Cultura i Esport, per la qual es convoca concurs públic per a la concessió de beques per a l’ampliació i perfeccionament d’estudis audiovisuals per a l’any 2013. [2013/6402] (pdf 762KB) 
ORDEN 59/2013, de 12 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca concurso público para la concesión de becas para la ampliación y perfeccionamiento de estudios audiovisuales para el año 2013. [2013/6402] (pdf 762KB)
Primero. Convocar un concurso público para la concesión de becas para ampliación y perfeccionamiento de estudios audiovisuales en centros nacionales o internacionales. El importe total de dichas ayudas será de 7.000 euros, ...
Segundo. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria, que se incluyen en la presente orden como anexo I.
ANEXO I
Bases para la concesión de becas para la asistencia a cursos de ampliación y perfeccionamiento de estudios audiovisuales.
Objeto. Estas becas tienen por objeto favorecer la formación y perfeccionamiento de profesionales en el campo audiovisual.
Características. Estas ayudas están destinadas a la realización de cursos audiovisuales de formación y perfeccionamiento en centros de estudio de reconocido prestigio, tanto nacionales como internacionales. Quedan excluidos de estas ayudas todos aquellos cursos universitarios destinados a la obtención de un grado, máster, licenciatura, o título de doctorado. No se podrá conceder más de una ayuda por solicitante. No se podrá conceder un importe superior al 30 % del presupuesto destinado a estas ayudas para solicitudes de un mismo centro de estudios. Se otorgarán tantas becas como solicitantes cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria.
La cuantía se prorrateará entre los solicitantes que alcancen el mínimo de diez puntos especificado en el apartado 4 de la base sexta.
El importe de la beca no podrá ser superior al coste de la matrícula del curso. Los cursos que opten a estas becas deberán finalizar dentro del año 2013, en caso contrario serán desestimados.
Personas beneficiarias. Los solicitantes deben ser personas físicas con residencia administrativa en la Comunitat Valenciana y presentar un proyecto de estudios que sea de especial interés en el campo audiovisual. 
Solicitudes.1. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 19 de junio al 8 de julio de 2013, a.i.}

miércoles, 12 de junio de 2013

programes d’ajudes destinats a afavorir l’accés al mercat laboral dels jóvens menors de 30 anys, per a l’exercici 2013. // programas de ayudas destinados a favorecer el acceso al mercado laboral de los jóvenes menores de 30 años, para el ejercicio 2013.

ORDE 18/2013, de 5 de juny, de la Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació, per la qual es convoquen distints programes d’ajudes destinats a afavorir l’accés al mercat laboral dels jóvens menors de 30 anys, per a l’exercici 2013. [2013/6128]  (pdf 413KB) 
ORDEN 18/2013, de 5 de junio, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan distintos programas de ayudas destinados a favorecer el acceso al mercado laboral de los jóvenes menores de 30 años, para el ejercicio 2013. [2013/6128] (pdf 413KB)
1. Objeto y ámbito. 1. Esta orden tiene como objeto favorecer el acceso al mercado laboral y reducir la tasa de temporalidad de las personas jóvenes desempleadas menores de 30 años.
2. Con carácter general las contrataciones y prácticas no laborales objeto de subvención deberán efectuarse en 2013 a partir de la publicación de la convocatoria y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana. No obstante, las contrataciones indefinidas iniciales subvencionadas en el título II podrán haberse efectuado en 2013 con carácter previo a la publicación. 
2. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarias de esta orden las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana.
3. Destinatarios finales. 1. Serán destinatarios finales de estos programas los jóvenes menores de 30 años que hayan permanecido desempleados e inscritos como demandantes de empleo en los centros SERVEF de Empleo durante un periodo de al menos tres meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de su contratación o de la suscripción del acuerdo de prácticas no laborales.
2. En el caso del programa de incentivos a la conversión en indefinidos de contratos temporales, serán destinatarios los jóvenes menores de 30 años que hayan permanecido ininterrumpidamente de alta en la empresa durante al menos seis meses.
7. Solicitud y documentación general. 1. Dirigidas al SERVEF, las solicitudes se presentarán en impreso normalizado en las Direcciones Territoriales de Empleo, ...
8. Plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación o suscripción del acuerdo de prácticas no laborales, sin que en ningún caso puedan presentarse después de las fechas que se indican a continuación:
a) Ayudas del título II: 31 de julio de 2013.
b) Ayudas de los títulos IV a VI:
30 de septiembre de 2013.
2. Para las contrataciones indefinidas iniciales efectuadas en el periodo de 2013 previo a la publicación de la orden, el plazo de dos meses a que hace referencia el apartado anterior se iniciará el día siguiente al de dicha publicación.
3. Para las ayudas del título III el plazo de presentación de solicitudes será de 40 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la orden.{del 13 de junio al 22 de julio de 2013, a.i.}
TÍTULO II - Programa de incentivos a la contratación indefinida inicial
Artículo 15. Objeto. El objeto de este programa es fomentar la contratación indefinida inicial de las personas jóvenes menores de 30 años.
TÍTULO III - Programa de incentivos a la conversión en indefinidos de contratos temporales
Artículo 17. Objeto. 1. El objeto de este programa es fomentar la estabilidad en el empleo de las personas jóvenes menores de 30 años.
2. Resultará subvencionable la transformación en indefinidos (incluida la modalidad de fijo discontinuo) de contratos temporales, formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, siempre que concurran las siguientes condiciones:
a) La conversión tenga lugar una vez transcurridos seis meses desde el inicio de la relación laboral, que deberá ser ininterrumpida con independencia de que se materialice en uno o en sucesivos contratos temporales.
b) La conversión tenga lugar en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria.
c) Los contratos indefinidos tengan una jornada igual o superior a la del contrato transformado.
TÍTULO IV - Programa de incentivos a la contratación para la formación y el aprendizaje
Artículo 19. Objeto. 1. Este programa tiene por objeto favorecer la inserción laboral de los jóvenes menores de 30 años mediante la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.
2. Únicamente resultarán subvencionables aquellos contratos para la formación y el aprendizaje que tengan una duración mínima de un año.
TÍTULO V - Programa de incentivos a la contratación en prácticas
Artículo 21. Objeto. Este programa tiene por objeto favorecer la inserción laboral de los jóvenes menores de 30 años mediante la modalidad de contrato en prácticas, cuya duración será de al menos seis meses.
TÍTULO VI - Programa de incentivos a las prácticas no laborales en empresas
Artículo 23. Objeto y condiciones 1. Este programa tiene por objeto fomentar la realización de prácticas no laborales en empresas por jóvenes de entre 18 y 25 años inclusive, al amparo del Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre.
2. Únicamente resultarán subvencionables aquellos acuerdos para la realización de prácticas no laborales que tengan una duración de nueve meses.
DISPOSICIONES ADICIONALES. Primera. Financiación. 1. Las ayudas convocadas por esta orden se financiarán ... , por un importe global máximo de 4.266.000,00 €, según el detalle de líneas e importes que se especifican a continuación:  ...

jueves, 15 de abril de 2010

borses d'ampliació d'estudis d'investigació per a estades breus en centres d'investigació nacionals i estrangers per a l'any 2010.

importe máximo de sesenta y cinco mil euros (65.000 euros).
Objetivo y ámbito de las bolsas de ampliación de estudios de investigación.- La presente orden tiene como objeto la convocatoria, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de bolsas de ampliación de estudios de investigación destinadas a financiar estancias de profesionales de la salud, en posesión del título de doctor, en centros de investigación nacionales (fuera de la Comunitat Valenciana) y extranjeros, que tengan como finalidad la adquisición de nuevas técnicas, el acceso a instalaciones científicas, la consulta de fondos bibliográficos o documentales u otras actividades significativas que contribuyan a un mejor desarrollo del trabajo de investigación objeto de la estancia y una mayor interacción con otros grupos de investigación afines en las áreas de interés, todo ello con el objetivo común de fomentar la investigación científica y el desarrollo tecnológico de la Comunitat Valenciana, y que deben realizarse durante el ejercicio 2010.
Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de estas bolsas las personas físicas con capacidad investigadora, profesionales de la salud, en posesión del grado de doctor, que formen parte de las instituciones sanitarias, centros y servicios dependientes de la Conselleria de Sanidad y Agencia Valenciana de Salud, o de las universidades, organismos públicos de investigación u otras entidades públicas o privadas que carezcan de finalidad de lucro, radicadas en todos los casos en la Comunitat Valenciana.
Duración y periodo de realización de las estancias.- La estancia deberá realizarse en un único centro de investigación radicado fuera de la Comunitat Valenciana, y tendrá una duración ininterrumpida mínima de un mes y máxima de tres meses.
Cuando el objeto de la estancia sea la consulta de fondos bibliográficos o documentales, la duración de la estancia no será superior a 30 días.
El periodo de realización de las estancias se extiende a lo largo del año 2010.
Solicitud y documentación.- Las solicitudes deberán presentarse en el modelo de impreso normalizado disponible en la dirección de internet http://www.san.gva.es , y deberán ser suscritas por el investigador solicitante de la bolsa. Sólo se admitirá una solicitud por cada persona física.
Las solicitudes, junto con la documentación que las acompaña, se dirigirán a la Oficina de Investigación Sanitaria de la Dirección General de Ordenación, Evaluación e Investigación Sanitaria, Conselleria de Sanidad, C/. Micer Mascó, 31, Valencia 46010, entregándose en el Registro General de la Conselleria de Sanidad o por cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 14 de ABRIL al 3 de MAYO de 2010, a.i.]

jueves, 25 de marzo de 2010

ayudas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO
Resolución de 11 de marzo de 2010, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se convocan, para el ejercicio 2010, ayudas a programas plurirregionales de formación dirigidos a los profesionales del medio rural.
Objeto.–
Es objeto de la presente resolución convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2010, para programas plurirregionales de formación, dirigidos a los profesionales del medio rural, previstas en la Orden ARM/787/2009, de 17 de marzo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 31 de marzo de 2009.
Beneficiarios y requisitos.–Podrán acceder a estas ayudas las organizaciones y entidades previstas en el articulo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen programas plurirregionales de formación, integrados por actividades formativas cuyos objetivos estén incluidos en el articulo 4 de dichas bases reguladoras y que cumplan los requisitos establecidos en el articulo 5 de las bases reguladoras.
Solicitud de la subvención, documentación necesaria y plazo de presentación.–Las solicitudes de subvenciones para programas plurirregionales de formación, se dirigirán al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, de acuerdo con el modelo de instancia establecido en el anexo, y se presentarán en el registro del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución. [del 26 de MARZO al 26 de ABRIL de 2010, a.i.]
Cuantías de las ayudas.- 1. De acuerdo con lo previsto en el articulo 7.3 de la Orden de bases reguladoras ninguna entidad beneficiaria podrá dedicar mas del 15 por ciento de la subvención concedida a financiar actividades realizadas en regiones de objetivo competitividad regional y empleo, sin que se consideren incluidas en dicho porcentaje las actividades formativas realizadas en regiones con ayuda transitoria, tanto phasing-out como phasing-in.
El importe total máximo, para ocupados y no ocupados, asciende a la cantidad de siete millones de euros (7.000.000 euros).
ANEXO MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES DESTINADAS A PROGRAMAS PLURIRREGIONALES DE FORMACION EN EL MEDIO RURAL COFINANCIADOS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO (Orden ARM/787/2009, de 17 de marzo de 2009)(1)

domingo, 18 de octubre de 2009

89 becas de formación en observación y diseño de cualificaciones profesionales, en documentación y legislación educativa y en tecnologías de la inform

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Resolución de 5 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas de formación en observación y diseño de cualificaciones profesionales, en documentación y legislación educativa y en tecnologías de la información y comunicación, a desarrollar en Unidades dependientes de la Dirección General de Formación Profesional.
Convocatoria.–Se convocan 89 becas de formación en régimen de concurrencia competitiva, en la Dirección General de Formación Profesional para el año 2010, de las cuales 20 serán de formación en observación y diseño de cualificaciones profesionales, 9 en documentación y legislación educativa, y 60 en tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la educación.

Objeto y duración.- a) El objeto específico de las becas es la formación en observación y diseño de las cualificaciones profesionales, en documentación y legislación educativa y en tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la educación, así como la colaboración en las tareas encomendadas en las Unidades administrativas donde realicen su proceso de formación.
b) El periodo de disfrute de las becas será por un año natural, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2010.
Requisitos de los candidatos.- a)
Podrán solicitar las becas aquellas personas de nacionalidad española, o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea con perfecto dominio de la lengua española y residencia en España en el momento de su incorporación al disfrute de la beca.
b) Los nuevos candidatos deberán estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca y haberla obtenido con posterioridad al 1 de enero del 2004.
A los efectos de esta convocatoria, los estudiantes universitarios que hayan finalizado los tres primeros cursos de una carrera superior, tienen la consideración de titulados de grado medio, pudiendo, por tanto, participar en ella. Los títulos obtenidos fuera de España deben estar homologados oficialmente.
c) La titulación aludida tendrá relación con la especialidad adecuada a la beca o becas que se soliciten y se valorará según el grado de idoneidad detallado en el anexo II.
d) Los actuales becarios podrán presentarse y obtener la renovación de la beca si la Comisión de selección lo considera oportuno, a la vista del informe positivo de evaluación que le remita la Unidad en la que han realizado sus actividades, teniendo en cuenta que el período máximo de disfrute de las mismas es de 48 meses a partir de la fecha en la que se concedió por primera vez.
Así mismo, quedarán excluidas aquellas personas que habiéndola obtenido en otra convocatoria anterior hayan perdido los beneficios de la misma por el procedimiento enunciado en el apartado séptimo, h.
Presentación de solicitudes.- a) Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Ministerio de Educación, (calle Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid) o, en su caso, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado»[del 18 de octubre al 2 de noviembre, a.i.]. En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, para garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.
b) El modelo de solicitud que figura en el anexo I de la presente Resolución y que se facilitará en la página web: http://www.educacion.es/
Cuantía.- La remuneración anual íntegra será de 12.350,04 euros por cada beca que se distribuirá en doce mensualidades de 1.029,17 euros cada una, y se pagarán dentro del mes siguiente al del vencimiento.
ANEXO II
Becas de la unidad de apoyo a la Dirección General.
TIPO 1 (3 becas) Actividades relacionadas con la orientación información y documentación en materia educativa
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: licenciatura de Documentación y/o diplomatura de Biblioteconomía y Documentación, licenciatura en Psicología, en Sociología y/o en Pedagogía, Licenciatura en Economía, Diplomado en Ciencias Empresariales, Técnico Superior en Administración y Finanzas.
2.ª.- Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 2 (1 beca) Actividades relacionadas con la gestión administrativa y económica, apoyo informático para la gestión de bases de datos
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.-Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: licenciatura en Economía, diplomado en Ciencias Empresariales, Técnico Superior en Administración y Finanzas, diplomatura en Gestión y Administración Pública e ingeniería Técnica de informática de gestión.
2.ª.- Otras titulaciones podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
Becas de la Subdirección General de Orientación y Formación Profesional
TIPO 3 (1 beca)- Actividades relacionadas con la gestión administrativa
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Técnico en Gestión Administrativa o titulación equivalente.
2.ª.- Técnico Superior en Administración y finanzas o titulación equivalente.
TIPO 4 (1 beca) Actividades relacionadas con la gestión informatizada de expedientes de ciudadanos que solicitan convalidaciones y equivalencias con Formación Profesional del sistema educativo
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Técnico Superior en «Desarrollo de Aplicaciones Informáticas» o titulación equivalente.
2.ª.- Técnico Superior en «Administración de Sistemas Informáticos» o titulación equivalente.
TIPO 5 (1 beca) - Funciones de gestión administrativa y de aplicaciones informáticas, organización y planificación de eventos, reuniones de trabajo y viajes, realización de gestiones diversas ante otros organismos e instituciones públicas y privadas.
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Técnico Superior en «Secretariado» o titulación equivalente.
2.ª.- Técnico en «Gestión Administrativa» o titulación equivalente.
TIPO 6 (1 beca) - Actividades relacionadas con la traducción e interpretación
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1ª.- Licenciado en Traducción e Interpretación o en Filología Inglesa o titulación equivalente.
2ª.- Diplomado en Biblioteconomía y Documentación o titulación equivalente.
TIPO 7 (1 beca) - Actividades relacionadas con el análisis, diseño y gestión de páginas web de carácter educativo, valoración de aplicaciones multimedia aplicables a portales relacionados con información educativa, apoyo a la gestión de proyectos, y localización de información en Internet
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Técnico Superior de la familia profesional de Informática y Comunicaciones.
Becas de la Subdirección General de Aprendizaje a lo Largo de la Vida
TIPO 8 (6 becas) - Actividades relacionadas con análisis de páginas educativas en Internet, valoración y orientación de aplicaciones multimedia aplicables en la enseñanza, elaboración y sistematización de directorios dirigidos a los diversos miembros de la comunidad escolar implementación y mantenimiento de recursos educativos ya existentes y la formación a distancia basada en Internet.
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Licenciatura en Filología Hispánica, Geografía e Historia y Filosofía (en el ámbito de las Humanidades).
Licenciatura en Matemáticas, Ciencias Físicas y Ciencias Químicas y Ciencias Biológicas (en el ámbito de las Ciencias).

2.ª.- Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 9 (1 beca) - Actividades relacionadas con la documentación y la publicación electrónica
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Licenciatura en Ciencias de la Información (periodismo).
2.ª.- Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 10 (1 beca) - Actividades relacionadas con las tareas de edición web
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requiere titulaciones en la familia profesional: Informática y comunicaciones.
Becas del Instituto de Tecnologías Educativas
TIPO 11 (9 becas) - Análisis y desarrollo de sistemas informáticos en entornos locales, web y cliente-servidor. Administración de sistemas telemáticos, comunicaciones, desarrollo y bases de datos
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: ingeniería superior o técnica, licenciatura o diplomatura en Informática (todas las especialidades); ingeniería superior o técnica de Telecomunicaciones (todas las especialidades); licenciatura en Ciencias Exactas (especialidad de Computación).
2.ª.- Otras ingenierías superiores o técnicas, licenciaturas o diplomaturas de ámbito científico-técnico también podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 12 (6 becas) - Actividades relacionadas con análisis de páginas educativas en Internet, valoración y orientación de aplicaciones multimedia aplicables en el aula, elaboración y sistematización de directorios dirigidos a los diversos miembros de la comunidad escolar con materiales educativos obtenidos en Internet, e implementación y mantenimiento de recursos educativos ya existentes
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: las licenciaturas de Filología Hispánica, Geografía e Historia y Filosofía (en el ámbito de las Humanidades) y las de Matemáticas, Ciencias Físicas y Ciencias Químicas y Ciencias Biológicas (en el ámbito de las Ciencias).
2.ª.- Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 13 (4 becas) - Actividades relacionadas con el análisis de contenidos educativos y el diseño de materiales para la educación y la formación a distancia basada en Internet
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requiere diplomatura en Formación del Profesorado, licenciatura en Psicopedagogía, Pedagogía o Psicología educativa.
TIPO 14 (4 becas) - Actividades relacionadas con el diseño y el dibujo gráfico, composición, maquetación de productos telemáticos y multimedia
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: licenciado en Bellas Artes y Comunicación Audiovisual.
2.ª.- Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 15 (2 becas) - Actividades relacionadas con la documentación y la publicación electrónica
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: licenciado en Ciencias de la Información (periodismo).
2.ª.- Otras titulaciones podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 16 (2 becas)
Actividades relacionadas con la producción de video y televisión y con la elaboración de guiones audiovisuales
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requiere una de las siguientes licenciaturas: Ciencias de la Información, (especialidad en Comunicación Audiovisual), Periodismo, Publicidad y Relaciones Públicas, o Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva.
TIPO 17 (2 becas) - Actividades relacionadas con la documentación
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1ª.- Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: licenciatura de Documentación y diplomatura de Biblioteconomía y Documentación.
2ª.- Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 18 (2 becas) - Actividades relacionadas con las tareas de edición y post-producción de multimedia educativos para su difusión en Internet
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1ª.- Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: titulaciones superiores o de grado medio relacionadas con Comunicación, Imagen y Sonido.
2ª.- Otras titulaciones superiores podrán optar a la beca, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad.
TIPO 19 (2 becas) - Actividades relacionadas con el análisis, la elaboración y la gestión de proyectos educativos internacionales y/o de trabajo en colaboración
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requiere titulación universitaria media o superior y conocimientos de inglés.
TIPO 20 (1 beca) - Actividades relacionadas con la realización de producciones audiovisuales
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requiere licenciatura en Ciencias de la Información, especialidad Comunicación Audiovisual, o en Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva.
TIPO 21 (1 beca) - Actividades relacionadas con la administración de proyectos internacionales educativos y/o tecnológicos
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: Ciencias Económicas y Dirección de empresas.
2.ª.- Podrán optar también a la beca los ingenieros con la especialidad de Organización Industrial o Dirección y Administración de Empresas, siendo consideradas en un grado menor de idoneidad
TIPO 22 (11 becas) - Administración de sistemas informáticos, telemáticos, desarrollo, comunicaciones y bases de datos
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requiere titulación de Formación Profesional de Técnico Superior, en cualquier especialidad relacionada con la Informática o la Electrónica.
TIPO 23 (1 beca) - Actividades relacionadas con el apoyo a la gestión de proyectos
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Se requiere titulación de Técnico Superior en Formación Profesional. Las titulaciones y especialidades que se consideran idóneas son: Familia de Administración.
2.ª.- Otras titulaciones se podrán considerar de menor grado de idoneidad.
TIPO 24 (3 becas) - Actividades relacionadas con la obtención de imágenes fijas y en movimiento para vídeo y televisión
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requerirá titulación como Técnico Superior en Imagen dentro de la de Comunicación, Imagen y Sonido del grado superior de Formación Profesional.
TIPO 25 (1 beca) - Actividades relacionadas con la captación, registro, tratamiento y reproducción de sonido en producciones audiovisuales
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requiere titulación como Técnico Superior en Sonido dentro de la rama de Comunicación, Imagen y Sonido del grado superior de Formación Profesional.
TIPO 26 (1 beca) - Actividades relacionadas con las tareas de edición y post-producción de audiovisuales para la TV
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Se requerirá titulación como Técnico Superior en Realización de Audiovisuales y Espectáculos dentro de la de Comunicación, Imagen y Sonido del grado superior de Formación Profesional.
Becas del Instituto Nacional de las Cualificaciones.
Observatorio de las Cualificaciones
TIPO 27 (2 becas) - Para la observación de las cualificaciones y su evolución
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Licenciatura en Ciencias Actuariales y Financieras, Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Licenciatura en Ciencias y Técnicas Estadísticas, Licenciatura en Investigación y Técnicas de Mercado, Licenciatura en Sociología, Diplomatura en Ciencias Empresariales, Diplomatura en Estadística, o Diplomatura en Relaciones Laborales.
TIPO 28 (2 becas) - Actividades relacionadas con la información, orientación y documentación sobre cualificaciones profesionales y formación profesional
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
Licenciatura en Documentación, Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación, o Licenciatura en Ciencias de la Información.
Diseño de las Cualificaciones
TIPO 29 (4 becas) - Diseño cualificaciones Industriales y Técnicas: Familias profesionales de agraria, energía y agua, electricidad y electrónica, informática y comunicaciones, transporte y mantenimiento de vehículos, química, industrias extractivas, madera, mueble y corcho, fabricación mecánica, instalación y mantenimiento y textil, confección y piel
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.-Ingeniero Aeronáutico. Ingeniero Agrónomo.
Ingeniero de Caminos Canales y Puertos.
Ingeniero en Electrónica o Electricidad.
Ingeniero Geólogo. Ingeniero Industrial.
Ingeniero en Informática. Ingeniero de Minas.
Ingeniero de Montes. Ingeniero Naval. Ingeniero Químico.
Ingeniero de Telecomunicación.
Ingeniero Técnico Industrial especialidad Mecánica, o Electricidad, y/o Electrónica, o Especialidad Textil, Título Superior de Diseño especialidad Moda.
Licenciado en Biología.
Licenciado en Bioquímica.
Licenciado en Ciencias Ambientales.
Licenciado en Farmacia.
Licenciado en Geología.
Licenciado en Náutica y Transporte Marítimo.
Licenciado en Psicopedagogía.
Licenciado en Química.
Licenciado en Veterinaria.
Ingeniero Técnico Aeronáutico.
Ingeniero Técnico Agrícola.
Ingeniero Técnico Forestal.
Ingeniero Técnico Industrial.
Ingeniero Técnico en Informática.
Ingeniero Técnico de Minas.
Ingeniero Técnico de Obras Públicas. I
Ingeniero Técnico de Telecomunicación.
Diplomado en Ciencias Empresariales.
Diplomado en Navegación Marítima o en Máquinas Navales.
Diplomado en Educación Social.
2.ª.- Técnico Superior en Gestión de Organización de Empresas Agropecuarias.
Técnico Superior en Mantenimiento de Equipo Industrial.
Técnico Superior en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso.
Técnico Superior en Sistemas de Regulación y Control Automático.
Técnico Superior en Instalaciones Electrotécnicas.
Técnico Superior en Desarrollo de Productos Electrónicos.
Técnico Superior en Producción de Madera y Mueble.
Técnico Superior en Desarrollo de Productos de Carpintería y Mueble.
Técnico Superior en Navegación.
Técnico Superior en Pesca y Transporte Marítimo.
Técnico Superior en Automoción.
Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico.
Técnico Superior en Mantenimiento de Aviónica.
Técnico Superior en Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque.
Técnico Superior en Industrias Alimentarias.
Técnico Superior en Análisis y Control.
Técnico Superior en Industrias de Proceso Químico.
Técnico Superior en Fabricación de Productos Farmacéuticos y Afines.
Técnico Superior en Salud Ambiental. Técnico Superior en Química Ambiental.
Técnico Superior en Gestión y Organización de Recursos Naturales y Paisajísticos.
Técnico Superior en Gestión del Transporte.
Técnico Superior en Comercio Internacional.
Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos.
Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.
Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.
Técnico Superior en Producción por Mecanizado, o en Desarrollo de Proyectos Mecánicos, o en Mantenimiento de Equipo Industrial, o en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones de Fluidos, Térmicas y de Manutención, o en Procesos Textiles de Hilatura y Tejeduría de Calada o en Procesos de Confección Industrial o en Curtidos
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TIPO 30 (4 becas) - Diseño de Cualificaciones Ciencias Sociales y Jurídicas: Familias profesionales de administración y gestión, comercio y marketing, artes gráficas, hostelería y turismo, imagen personal, imagen y sonido y edificación y obra civil
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Licenciado en Administración y Dirección de Empresas o en Investigación y Técnicas de Mercado, Licenciados en Economía, Licenciados en Derecho. Licenciados en Publicidad y Relaciones Públicas. Título Técnico Superior de Diseño especialidad Gráfico, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Publicitaria Técnico Superior en Producción en Industrias de Artes Gráficas o en Diseño y Producción Editorial, Licenciado en Comunicación Audiovisual, Ingeniero Técnico de Telecomunicación especialidad Sonido e Imagen, Diplomado en Turismo, Licenciado, o en Farmacia, o en Biología, Diplomado en Fisioterapia, Ingeniero de Caminos Canales y Puertos o de Minas o Arquitecto. Técnico Superior en Alojamiento, o en Restauración, o en Agencia de Viajes, o en Información y Comercialización Turística.
2.ª.- Diplomado en Ciencias Empresariales, Técnico Superior en Administración y Finanzas, o en Gestión del Transporte o en Comercio Internacional, Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos o en Realización de Audiovisuales y Espectáculos o en Sonido o en Imagen, Técnico Superior en Animación Turística, Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal, o en Estética, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico de Minas o de Obras Públicas especialidad en Construcciones Civiles, Técnico Superior en Desarrollo y Aplicaciones de Proyectos de Construcción, o en Realización y Planes de Obra.
TIPO 31 (4 becas) - Diseño de Cualificaciones Ciencias de la Salud: Familias profesionales de actividades físicas y deportivas, sanidad, servicios socioculturales y a la comunidad, industrias alimentarias, maritimo-pesquera, seguridad y mediambiente, vidrio y cerámica y artes y artesanias
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Diplomados: Enfermería y Fisioterapia. Ingenieros: Agrónomo. Licenciados: Antropología Social y Cultural, Arquitectura, Bellas Artes, Biología, Ciencias Ambientales, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Ciencias de la Educación, Ciencias y Tecnología de los Alimentos, Farmacia, Historia del Arte.
Medicina, Náutica y Transporte Marítimo, Psicología, Psicopedagogía, Sociología y Veterinaria

2.ª.- Diplomados: Educación Social, Navegación Marítima y Trabajo Social. Ingenieros: Técnico Agrícola y Técnico en Diseño Industrial. Magisterio (todas las especialidades). Técnicos Superiores: Análisis y Control,
Anatomía Patológica y Citología, Animación de Actividades Físico-Deportivas, Animación Sociocultural, Artes Plásticas y Diseño (todas las especialidades), Educación Infantil, Gestión y Organización de Recursos Naturales y Paisajísticos,
Higiene Bucodental, Imagen para el Diagnóstico, Industrias Alimentarias, Integración Social, Interpretación de la Lengua de los Signos, Laboratorio de Diagnóstico Clínico, Máquinas Navales, Navegación, Pesca y Transporte Marítimo, Prótesis Dentales, Química Ambiental, Radioterapia y Salud Ambiental.
Titulados Superiores: Artes Plásticas y Diseño (todas las especialidades)
TIPO 32 (3 becas) - Relacionadas con el reconocimiento y acreditación de competencias profesionales y la calidad y evaluación del sistema nacional de cualificaciones y formación profesional
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Licenciado en Psicología, o en Sociología o en Psicopedagogía, o en Ciencias de la Educación, o en Pedagogía.
2.ª.- Licenciado en Derecho o en Ciencias del Trabajo, Diplomado en Educación Social o en Trabajo Social.
TIPO 33 (1 beca)
Relacionadas con la información, apoyo informático y difusión electrónica
Requisitos de titulación por orden de prioridad.
1.ª.- Ingeniero en Informática, Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas y/o Gestión o en Telecomunicaciones, Licenciado en Documentación, o en Ciencias del Trabajo, o Diplomado en Biblioteconomía y Documentación.
2.ª.- Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos, o en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas, o en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos, o en Administración y Finanzas.

jueves, 15 de octubre de 2009

premios profesionales para el alumnado que ha concluido los estudios profesionales de las enseñanzas de Música y Danza en el curso 2008-2009.

Conselleria d’Educació. ORDE de 29 de setembre de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es convoquen a la Comunitat Valenciana els premis professionals per a l’alumnat que ha conclòs els estudis professionals de les ensenyances de Música i Dansa en el curs 2008-2009. [2009/11554] ORDEN de 29 de septiembre de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan en la Comunitat Valenciana los premios profesionales para el alumnado que ha concluido los estudios profesionales de las enseñanzas de Música y Danza en el curso 2008-2009. [2009/11554]
Objeto.- 1. Convocar los premios profesionales para el alumnado que ha concluido los estudios profesionales de las enseñanzas de Música y de Danza en las distintas especialidades en el curso académico 2008-2009 en los conservatorios profesionales de la Comunitat Valenciana.
2. La presente convocatoria se organizará en dos fases. Una primera fase se desarrollará en el mismo conservatorio profesional y una segunda fase a nivel autonómico.

CAPÍTULO I - Fase conservatorio profesional
Condiciones de acceso.- 1. Podrán optar al premio profesional los estudiantes que hayan cursado y superado, en las convocatorias de junio o septiembre del curso académico 2008-2009, el 6º curso de danza o música, en conservatorios situados en la Comunitat Valenciana.
2. Para concurrir a estos premios, el expediente académico deberá alcanzar una nota media de siete o superior a ésta, y una calificación mínima de nueve en el sexto curso en la asignatura específica del instrumento o canto o danza a cuyo premio opte.
En el caso de danza, las asignaturas específicas son:
– En la especialidad de Baile flamenco: Baile flamenco
– En la especialidad de Danza clásica: Danza clásica y Repertorio.
– En la especialidad de Danza contemporánea: Técnicas de danza contemporánea y Composición coreográfica.
– En la especialidad de Danza española: Escuela bolera y Danza estilizada.
Las especialidades instrumentales de música son las referidas en el anexo III de la presente orden.
Documentación a aportar y presentación de instancias
1. El alumnado que, reuniendo los requisitos indicados, desee optar a los Premios profesionales, se inscribirá en el conservatorio en el que se encuentre su expediente académico, cumplimentando la solicitud que figura en el anexo I de la presente orden.
El plazo de presentación de instancias finalizará el 21 de octubre.
Realización de la prueba.- La prueba se realizará la última semana del mes de octubre. El calendario de las pruebas será publicado en el tablón de anuncios del conservatorio una semana antes de la realización de las mismas.
Premios.- 1. El tribunal otorgará el premio por mayoría de los miembros del tribunal, y se reflejará en el modelo anexo V de la presente orden. El alumnado que, optando al premio profesional, no lo haya obtenido, podrá ser premiado con una mención de honor hasta un máximo de dos por especialidad, si el tribunal lo considera oportuno. El premio profesional podrá quedar desierto.
2. La obtención del premio profesional, así como de la mención de honor se consignará en los documentos de evaluación del alumnado mediante una diligencia específica.
CAPÍTULO II - Fase autonómica
Condiciones de acceso.-
Podrá acceder a la fase autonómica, el alumnado que haya obtenido el premio de la especialidad en la fase conservatorio profesional.
Realización de la prueba.- La prueba tendrá lugar la tercera semana del mes de noviembre de 2009, en los conservatorios superiores de música y de danza de Valencia.
Premios
1. El número de premios en la fase autonómica será de 3 en música y 2 en danza. El premio podrá quedar desierto. Consistirá :
a) En música, la interpretación de un concierto-solista junto a la orquesta del conservatorio superior de la provincia en donde estudie la alumna o el alumno ganador.
b) En danza, la interpretación de un solo en una representación del conservatorio superior de la provincia en donde estudie la alumna o el alumno ganador.
2. La obtención de este premio se hará constar igualmente en el expediente académico del alumnado, con la denominación de Premio Profesional Autonómico de Música, y/o Danza.
anexo III
Especialitats MUSICALS:
Arpa
Cant
Clarinet
Clau
Contrabaix
Fagot
Flauta
Guitarra
Oboé
Orgue
Percussió
Piano
Saxòfon
Trombó
Trompa
Trompeta
Tuba
Violí
Viola
Violoncel
Especialitats DANSA
Ball Flamenc
Dansa Clàssica
Dansa Contemporània
Dansa Espanyola

sábado, 12 de septiembre de 2009

(19+35) becas «Turismo de España» 2009 para realizar prácticas profesionales y de investigación turística en: la sede de TURESPAÑA, en ...

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO. Resolución de 27 de julio de 2009, del Instituto de Turismo de España, por la que se convocan becas «Turismo de España» 2009 para realizar prácticas profesionales y de investigación turística en la sede de TURESPAÑA, en las oficinas españolas de turismo en el extranjero o en empresas del sector turístico en España o en el extranjero.
Objeto y destinatarios.–La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de becas a personas físicas de nacionalidad española para realizar prácticas profesionales y de investigación turística en la sede de TURESPAÑA, en las Oficinas españolas de Turismo en el extranjero o en empresas del sector turístico en España o en el extranjero, con el fin de mejorar la cualificación y formación de los recursos humanos en el sector turístico.
Modalidades. Número. Dotación. Duración.
A) Modalidad 1.ª: Becas para realizar prácticas profesionales y de investigación turística en los servicios centrales de TURESPAÑA y en empresas del sector turístico en España.
Número: 19
Dotación: 30.000 euros brutos/beca.
Este importe se imputará a la aplicación presupuestaria 20.208.432-A-484 (Ejercicios presupuestarios 2010, 2011 y 2012).
Contenido del trabajo a desarrollar: En función del destino, las tareas a desarrollar serán las siguientes:
Subdirección Gral. de Desarrollo y Sostenibilidad Turística y Subdirección Gral. de Cooperación y Competitividad Turística: Seguimiento de Planes en destino/Seguimiento del Sistema de Calidad Turística española/Participación en grupos de trabajos con empresas y cooperación con Comunidades Autónomas y Unión Europea/Realización de estudios e informes sobre calidad turística empresarial/Colaboración en la elaboración, mantenimiento y ampliación de la Guía del Inversor en Internet/Investigación, documentación e información de las fuentes de financiación de la Unión Europea para empresas y entidades turísticas.
Subdirección Gral. de Promoción y Comercialización Exterior del Turismo y Subdirección General de Planificación y Coordinación con las OET’S: Promoción y apoyo a la comercialización de productos y destinos turísticos españoles en mercados exteriores/Apoyo a la realización de estudios e informes de productos y mercados turísticos emisores/Búsqueda en la red de contenidos de información turística/Diseño y propuesta de modificaciones y actualización de la página WEB de TURESPAÑA.
Instituto de Estudios Turísticos. IET:
Análisis y elaboración de informes respecto a la estadística de Frontur. Análisis de mercados y destinos turísticos/Análisis y elaboración de informes respecto a la encuesta EGATUR en lo que se refiere al gasto turístico y economía del turismo/Análisis y elaboración de informes respecto a la encuesta Movimientos turísticos de los españoles FAMILITUR y análisis sociodemográfico/Análisis y seguimiento de fuentes estadísticas y documentación relativa a la economía del turismo con especial seguimiento en DATATUR, banco de datos estadístico que permite la explotación del sistema de Indicadores Económicos para el análisis del Turismo.
Empresas del Sector Turístico en España: Promoción, apoyo, seguimiento y estudio del sistema de Calidad Turística española.
Duración: Las prácticas tendrán una duración de dos años. Se realizarán desde abril de 2010 a abril de 2012, iniciándose con posterioridad a la fecha de la Resolución de adjudicación.
Horario: El horario de trabajo será de lunes a viernes de nueve a quince horas para los becarios destinados en los servicios centrales de TURESPAÑA. Los becarios destinados en empresas del sector turístico estarán sujetos a las normas de dichas empresas sobre jornada laboral.
B) Modalidad 2.ª: Becas para realizar prácticas profesionales y de investigación turística en Oficinas Españolas de Turismo en el extranjero y en empresas en el extranjero en las siguientes Áreas Geográficas: Europa Occidental. Europa del Este. Región Asia/Pacífico. América y Sudáfrica.
Número: 35.
Dotación: 48.000 euros brutos/beca, para destinos en Europa. Para el resto de destinos, incluido Rusia, la dotación será de 62.000 euros brutos/beca. (En estas cantidades están incluidos los gastos de desplazamiento).
Este importe se imputará a la aplicación presupuestaria 20.208.432-A-484 (Ejercicios Presupuestario 2010, 2011 y 2012).
Duración: Las prácticas tendrán una duración de dos años. Se realizarán desde abril de 2010 a abril de 2012, iniciándose con posterioridad a la fecha de la Resolución de adjudicación.

Requisitos de los solicitantes:
A) Modalidad 1.ª:
Nacionalidad: Estar en posesión de la nacionalidad española.
Titulación: Podrán optar a estas becas los Licenciados Universitarios y los Diplomados en Turismo, Ciencias Económicas y Empresariales, Marketing, Sociología y Gestión y Administración Pública, que hayan superado todos los estudios y pruebas para la obtención del correspondiente título con posterioridad al 1 de enero de 2005 y antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Idiomas: Conocimiento de inglés y de otro idioma de un país de la Unión Europea que no sea España.
Informática: Nivel usuario.
Para las prácticas en el Instituto de Estudios Turísticos, se deberán dominar programas informáticos para el análisis estadístico y tener conocimientos de técnicas estadísticas.
B) Modalidad 2.ª:
Nacionalidad: Estar en posesión de la nacionalidad española.
Titulación: Podrán optar a estas becas los Licenciados Universitarios y los Diplomados en Turismo, Ciencias Económicas y Empresariales, Marketing, Sociología y Gestión y Administración Pública que hayan superado todos los estudios y pruebas para la obtención del correspondiente título con posterioridad al 1 de enero de 2005, y antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Idiomas: Excelente conocimiento de uno de los idiomas que se especifican en el apartado Sexto 4.1.de esta convocatoria, idioma que determinará la Oficina de destino.
Informática: Nivel usuario.
C) Ambas modalidades:
1. Tener una nota media mínima de 6,50 sobre 10 o de 1,6 sobre 4 en las calificaciones finales de los estudios que se aleguen.

Presentación de solicitudes.–Los interesados deberán dirigir su solicitud al Presidente de TURESPAÑA (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio -Madrid-) En anexo se adjuntan las instancias normalizadas. Estas instancias serán facilitadas en TURESPAÑA (C/ José Lázaro Galdiano n. º 6. 28036 Madrid), en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y en la página: www.sgt.tourspain.es
La solicitud deberá remitirse a la Presidencia de TURESPAÑA por cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, en el plazo de quince días a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el BOE de esta Resolución. [si son hábiles, será del 8 al 24 de septiembre, a.i.]

martes, 25 de agosto de 2009

reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA. Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. El presente real decreto tiene por objeto establecer el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, así como los efectos de esa evaluación y acreditación de competencias.
2. El procedimiento y los requisitos establecidos en este real decreto, así como los efectos de la evaluación y acreditación de competencias, tienen alcance y validez en todo el territorio del Estado.
Concepto.- A los efectos del presente real decreto, se entiende por procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales el conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer estas competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
Fines del procedimiento de evaluación y acreditación.- Los fines del procedimiento que se regula en este real decreto son:
a) Evaluar las competencias profesionales que poseen las personas, adquiridas a través de la experiencia laboral y otras vías no formales de formación, mediante procedimientos y metodologías comunes que garanticen la validez, fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación.
b) Acreditar oficialmente las competencias profesionales, favoreciendo su puesta en valor con el fin de facilitar tanto la inserción e integración laboral y la libre circulación en el mercado de trabajo, como la progresión personal y profesional.
c) Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación profesional, ofreciendo oportunidades para la obtención de una acreditación parcial acumulable, con la finalidad de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título de formación profesional o certificado de profesionalidad.
Definiciones.- A los efectos del presente real decreto, se entenderá por:
a) Competencia Profesional: el conjunto de conocimientos y capacidades que permitan el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.
Las competencias profesionales se incluyen en las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales.
b) Cualificación Profesional: el conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral.
Las cualificaciones profesionales se recogen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y se acreditan en títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad.
c) Vías formales de formación: Procesos formativos cuyo contenido está explícitamente diseñado en un programa que conduce a una acreditación oficial.
d) Vías no formales de formación: Procesos formativos no conducentes a acreditaciones oficiales.
CAPÍTULO II.- Naturaleza y características del procedimiento de evaluación y acreditación
CAPÍTULO III.- Información y orientación e instrumentos de apoyo al procedimiento
CAPÍTULO IV.- Convocatoria e inscripción en el procedimiento
CAPÍTULO V.- Instrucción y resolución del procedimiento
CAPÍTULO VI.- Organización y gestión del procedimiento

...
Disposición transitoria tercera. Excepcionalidad del requisito de edad.
A las convocatorias que se realicen durante los años 2009 y 2010, al amparo del procedimiento descrito en el presente real decreto, de evaluación de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel II, se podrán presentar las personas que tengan 19 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
...
Disposición final tercera. Implantación.
A partir de la entrada en vigor del presente real decreto, las comunidades autónomas iniciarán las actuaciones necesarias para que, en el plazo máximo de un año,[hasta el 25 de agosto de 2010] se implante el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, establecido en el presente real decreto.

jueves, 2 de julio de 2009

se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.

MINISTERIO DE FOMENTO. Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
Objeto y ámbito de aplicación..- Este real decreto tiene por objeto regular las condiciones básicas de titulación profesional aplicables a quienes ejerzan funciones a bordo de los buques mercantes españoles, así como las atribuciones que corresponde a cada uno de los títulos que se regulan en este real decreto, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, hecho en Londres el 7 de julio de 1978, en su forma enmendada de 1995 (Convenio STCW -78/95).
CAPITULO II - De los títulos profesionales de la marina mercante
Enumeración y denominación.

1. Los títulos profesionales de la marina mercante serán los siguientes:
a) Capitán de la marina mercante.
b) Piloto de primera de la marina mercante.
c) Piloto de segunda de la marina mercante.
d) Patrón de altura.
e) Patrón de litoral.
f) Patrón portuario.
g) Marinero de puente.
h) Jefe de máquinas de la marina mercante.
i) Oficial de máquinas de primera de la marina mercante.
j) Oficial de máquinas de segunda de la marina mercante.
k) Mecánico mayor naval.
l) Mecánico naval.
m) Marinero de máquinas.
n) Oficial radioelectrónico de primera de la marina mercante.
o) Oficial radioelectrónico de segunda de la marina mercante.
2. Los títulos enumerados en el apartado anterior se clasifican en tres secciones, denominadas sección de puente o cubierta, sección de máquinas y sección de radiocomunicaciones. A la sección de puente pertenecen los títulos indicados en las letras a) a g), sin perjuicio de las funciones polivalentes propias del título de patrón portuario; a la sección de máquinas pertenecen los títulos que figuran en las letras h) a m), y a la de radiocomunicaciones los que se señalan en las letras n) y o).