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miércoles, 3 de marzo de 2010

procedimiento de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, para los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros con es

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. 3470 . Orden EDU/473/2010, de 26 de febrero, por la que se establece el procedimiento de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, para los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros con estudios homologables al título de Bachiller español.
Objeto.- 1. La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento de acceso a la universidad para estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.
2. Asimismo, esta Orden tiene por objeto aprobar los currículos adaptados, relativos a las materias comunes del bachillerato, que regirán para los ejercicios de la fase general de la prueba de acceso a la universidad que realicen los estudiantes a que se refiere el apartado anterior.
Ámbito de aplicación.- Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación a los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros que, habiendo acreditado la homologación de sus estudios al título de Bachiller español, se encuentren en alguno de los tres supuestos previstos en el artículo 21.1 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre.
Organización de la prueba.- 1. La prueba de acceso a la universidad que deberán realizar los estudiantes a los que se refiere la presente Orden será organizada por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED).
2. La prueba de acceso a la que se refiere esta Orden se celebrará en los centros asociados de la UNED, o en los lugares que acuerde el órgano competente de ésta. Asimismo, siempre que el número de estudiantes así lo justifique, la UNED podrá organizar la prueba en aquellos países en los que exista Consejería de Educación, u otra con funciones delegadas, en la Embajada de España en dicho país.
3. Quienes deseen realizar la prueba de acceso a la universidad regulada en esta Orden, lo solicitarán directamente a la UNED, en los plazos y forma que se determinen al efecto.
En el momento de formalizar la solicitud, se deberá acreditar, mediante documento expedido por el órgano competente, tener homologados los títulos extranjeros al título de Bachiller español. En defecto de lo anterior, se podrá presentar un documento acreditativo de haber solicitado la homologación, en cuyo caso los resultados de las pruebas tendrán carácter condicional.
4. A efectos de calcular la nota media del expediente académico del estudiante, la solicitud a que se refiere el apartado 3 de este artículo deberá ir acompañada de las certificaciones académicas con las calificaciones correspondientes a los dos últimos cursos de las enseñanzas cursadas, conducentes al título homologado al título de Bachiller español. Las certificaciones correspondientes a los estudios cursados en el sistema educativo extranjero deberán estar debidamente traducidas y legalizadas. En el caso de no aportarse las certificaciones citadas, se asignará como nota media del expediente la calificación de 5 puntos.
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jueves, 10 de diciembre de 2009

se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de Grado en la Universitat de València-Estudi General.

Conselleria d’Educació . DECRET 220/2009, de 4 de desembre, del Consell, pel qual s’autoritza la implantació d’ensenyaments universitaris oficials de grau en la Universitat de València-Estudi General. [2009/14101]
DECRETO 220/2009, de 4 de diciembre, del Consell, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de Grado en la Universitat de València-Estudi General. [2009/14101]
Autorización de enseñanzas
Se autoriza a la Universitat de València-Estudi General la implantación, para el curso 2009/2010, de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, cuyas enseñanzas serán organizadas por las facultades y centros que se indican, y todo ello en los términos consignados en las memorias presentadas a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación:
Grado en Biología, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Ciencias Biológicas e impartidas en el Campus de Burjassot.
Grado en Biotecnología, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Ciencias Biológicas e impartidas en el Campus de Burjassot.
Grado en Bioquímica y Ciencias Biomédicas, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Ciencias Biológicas e impartidas en el Campus de Burjassot.
Grado en Ciencias Ambientales, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Ciencias Biológicas e impartidas en el Campus de Burjassot.
Grado en Fisioterapia, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Escuela Universitaria de Fisioterapia e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, cuyas enseñanzas serán organizadas por Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Historia, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Geografía e Historia e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Historia del Arte, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Geografía e Historia e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Educación Social, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Pedagogía, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Maestro en Educación Primaria, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Escuela Universitaria de Magisterio Ausias March e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Maestro en Educación Infantil, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Escuela Universitaria de Magisterio Ausias March e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Psicología, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Psicología e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Comunicación Audiovisual, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Filología, Traducción y Comunicación e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Periodismo, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Filología, Traducción y Comunicación e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Información y Documentación, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Geografía e Historia e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Trabajo Social, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Ciencias Sociales e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Ciencias Sociales e impartidas en el Campus de Valencia.
Grado en Farmacia, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Farmacia e impartidas en el Campus de Burjassot.
Grado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Farmacia e impartidas en el Campus de Burjassot.
Grado en Nutrición Humana y Dietética, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Facultad de Farmacia e impartidas en el Campus de Burjassot.
Autorización de enseñanzas al centro adscrito Florida Universitaria
Se autoriza al Centro Florida Universitaria, adscrito a la Universitat de València-Estudi General, la implantación para el curso 2009/2010 de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Maestro en Educación Infantil.

martes, 17 de noviembre de 2009

se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de grado en la Universidad Politécnica de Valencia

Conselleria d’Educació. DECRET 211/2009, de 13 de novembre, del Consell, pel qual s’autoritza la implantació d’ensenyances universitàries oficials de grau a la Universitat Politècnica de Valencia. [2009/13096]
DECRETO 211/2009, de 13 de noviembre, del Consell, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de grado en la Universidad Politécnica de Valencia. [2009/13096]
Autorización de enseñanzas
Se autoriza a la Universidad Politécnica de Valencia para la implantación, en el curso 2009/2010, de las enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado en:
1. Ciencias Ambientales, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Escuela Politécnica Superior de Gandia.
2. Gestión Turística, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Escuela Politécnica Superior de Gandia.
3. Comunicación Audiovisual, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Escuela Politécnica Superior de Gandia.
4. Ingeniería de la Edificación, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Escuela Técnica Superior de Gestión en la Edificación de Valencia.
5. Ingeniería en Diseño Industrial y Desarrollo de Productos, cuyas enseñanzas serán organizadas por la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Diseño de Valencia, así como por la Escuela Politécnica Superior de Alcoy.

miércoles, 2 de septiembre de 2009

currículums formatius de Grau mitjà i/o superior de determinades titolacions de Formació Professional, a la C.V.:

Tot seguit fem referència als currículums formatius de Grau mitjà i/o superior de determinades titolacions de Formació Professional, a la C.V.: (per vorer les disposicions, clikeu als enllaços)
Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de Grau Superior corresponent al títol de Tècnic Superior en Laboratori d'Anàlisis i de Control de Qualitat. [2009/9798] (pdf 880KB) pàgina 32.785

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de Grau Mitjà corresponent al títol de Tècnic en Mecanitzat. [2009/9799] (pdf 848KB) pàgina 32.810

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de Grau Superior corresponent al títol de Tècnic Superior en Gestió d'Allotjaments Turístics. [2009/9800] (pdf 965KB) pàgina 32.834

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de Grau Superior corresponent al títol de Tècnic Superior en Educació Infantil. [2009/9801] (pdf 1.161KB) pàgina 32.862

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de grau superior corresponent al títol de Tècnic Superior en Audiologia Protètica. [2009/9803] (pdf 963KB) pàgina 32.896

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del Cicle Formatiu de Grau Mitjà corresponent al títol de Tècnic en Forn, Rebosteria i Confiteria. [2009/9804] (pdf 949KB) pàgina 32.924

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de Grau Superior corresponent al títol de Tècnic Superior en Programació de la Producció en Fabricació Mecànica. [2009/9805] (pdf 1.129KB) pàgina 32.951

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de Grau Mitjà corresponent al títol de Tècnic en Farmàcia i Parafarmàcia. [2009/9807] (pdf 958KB) pàgina 32.985

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de Grau Mitjà corresponent al títol de Tècnic en Instal·lacions Elèctriques i Automàtiques. [2009/9814] (pdf 1.116KB) pàgina 33.013

Conselleria d'Educació
ORDE de 29 de juliol de 2009, de la Conselleria d'Educació, per la qual s'establix per a la Comunitat Valenciana el currículum del cicle formatiu de Grau Superior corresponent al títol de Tècnic Superior en Eficiència Energètica i Energia Solar Tèrmica. [2009/9822] (pdf 1.161KB) pàgina 33.046

jueves, 2 de julio de 2009

se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.

MINISTERIO DE FOMENTO. Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
Objeto y ámbito de aplicación..- Este real decreto tiene por objeto regular las condiciones básicas de titulación profesional aplicables a quienes ejerzan funciones a bordo de los buques mercantes españoles, así como las atribuciones que corresponde a cada uno de los títulos que se regulan en este real decreto, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar, hecho en Londres el 7 de julio de 1978, en su forma enmendada de 1995 (Convenio STCW -78/95).
CAPITULO II - De los títulos profesionales de la marina mercante
Enumeración y denominación.

1. Los títulos profesionales de la marina mercante serán los siguientes:
a) Capitán de la marina mercante.
b) Piloto de primera de la marina mercante.
c) Piloto de segunda de la marina mercante.
d) Patrón de altura.
e) Patrón de litoral.
f) Patrón portuario.
g) Marinero de puente.
h) Jefe de máquinas de la marina mercante.
i) Oficial de máquinas de primera de la marina mercante.
j) Oficial de máquinas de segunda de la marina mercante.
k) Mecánico mayor naval.
l) Mecánico naval.
m) Marinero de máquinas.
n) Oficial radioelectrónico de primera de la marina mercante.
o) Oficial radioelectrónico de segunda de la marina mercante.
2. Los títulos enumerados en el apartado anterior se clasifican en tres secciones, denominadas sección de puente o cubierta, sección de máquinas y sección de radiocomunicaciones. A la sección de puente pertenecen los títulos indicados en las letras a) a g), sin perjuicio de las funciones polivalentes propias del título de patrón portuario; a la sección de máquinas pertenecen los títulos que figuran en las letras h) a m), y a la de radiocomunicaciones los que se señalan en las letras n) y o).