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jueves, 25 de junio de 2015

VI edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2015

Objeto. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la VI edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2015, en las categorías de «excelencia a la innovación en la actividad agraria», «excelencia a la innovación en diversificación de la actividad económica en el medio rural» y «excelencia a la comunicación».
Por su parte, el premio «extraordinario de innovación de mujeres rurales» se convoca, al margen del régimen de concurrencia competitiva, con objeto de reconocer las circunstancias destacadas o continuas en la difusión y promoción de proyectos o actuaciones relacionados con las categorías de los premios del párrafo anterior.
Candidaturas y propuestas de candidaturas. Requisitos.1. Podrán presentar candidaturas a los premios de «excelencia a la innovación en la actividad agraria», «excelencia a la innovación en diversificación de la actividad económica en el medio rural» y «excelencia a la comunicación», las personas físicas o jurídicas y los medios de comunicación participantes que cumplan con los requisitos establecidos para esas categorías en las letras a), b) y c) del artículo 3.1 de la Orden AAA/839/2015, de 29 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales.
2. Asimismo, las administraciones, las organizaciones profesionales, las federaciones, las entidades y las asociaciones podrán proponer candidaturas a los premios de las categorías previstas en las letras a) y b), una para cada categoría, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.4 de la Orden AAA/839/2015, de 29 de abril.
3. En el caso del premio «extraordinario de innovación de las mujeres rurales», la propuesta de la candidatura la efectuará la Presidencia del jurado regulado en el artículo 6 de la Orden AAA/839/2015, de 29 de abril, según lo previsto en la letra d) del artículo 3.1 de la citada orden.
4. Los premios de las categorías a) y b) constituyen un reconocimiento al carácter de excelencia e innovación de acciones y proyectos que se estén llevando a cabo desde al menos un año antes de la fecha de publicación de esta convocatoria. En el caso del premio de la categoría c) los trabajos deberán haber sido publicados, editados o emitidos en el año anterior a la fecha de esta convocatoria.   ...
Presentación de candidaturas y propuesta de candidaturas. Documentación requerida. 1. Los candidatos a las categorías a), b) y c) deben cumplimentar la tabla resumen con los datos de la persona física o jurídica candidata al premio y los datos generales del proyecto en la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta como anexo I, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Orden AAA/839/2015, de 29 de abril.
En el caso de que se trate de una propuesta de candidatura a las categorías a) y b) se debe cumplimentar la tabla resumen con los datos del que propone, los datos de la persona física o jurídica propuesta al premio y los datos generales del proyecto, según el modelo que se adjunta como anexo II, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.4 de la orden citada.  ...
Lugar y plazo de presentación.1. Las candidaturas, las propuestas de candidaturas y el resto de documentación se dirigirán a la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, se admitirá la presentación electrónica de las candidaturas a través de la sede electrónica del Departamento, conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
2. Las candidaturas y las propuestas de candidaturas se presentarán en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 24 de junio al 23 de julio de 2015, a.i.}

miércoles, 10 de septiembre de 2014

Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, en su V edición.

Primero. Objeto. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la segunda convocatoria para la V edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2014.
Segundo. Candidaturas y requisitos. 1. Los premios están dirigidos a aquellas personas físicas o jurídicas españolas privadas que, en razón de lo dispuesto en sus estatutos o normas por las que se rijan, desempeñen su actividad preferentemente en el medio rural y cuyo domicilio social se encuentre en el medio rural, entendido según la definición de la Ley 45/2007 de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.
2. Los premios constituyen un reconocimiento al carácter de excelencia e innovación de acciones y proyectos ya completados en la fecha de publicación de la convocatoria a la que concurran.
Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación. 1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta como anexo de la presente orden y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Orden ARM/405/2010, de 23 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras. La solicitud se acompañará de un ejemplar en papel, y una copia en formato digital que deberá coincidir exactamente con el ejemplar entregado en papel, del documento descriptivo de la actividad que justifica la candidatura debidamente firmado y sellado ...
3. Las solicitudes y el resto de documentación se dirigirán al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Las solicitudes se presentarán en el plazo de ocho días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 11 al 18 de septiembre de 2014, a.i.}

jueves, 24 de julio de 2014

V edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2014.

Primero. Objeto. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la V edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2014.
Segundo. Candidaturas y requisitos. 1. Los premios están dirigidos a aquellas personas físicas o jurídicas españolas privadas que, en razón de lo dispuesto en sus estatutos o normas por las que se rijan, desempeñen su actividad preferentemente en el medio rural y cuyo domicilio social se encuentre en el medio rural, entendido según la definición de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.
2. Los premios constituyen un reconocimiento al carácter de excelencia e innovación de acciones y proyectos ya completados en la fecha de publicación de la convocatoria a la que concurran.
Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación. 1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta como anexo de la presente orden y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras. La solicitud se acompañará de un ejemplar en papel, y una copia en formato digital que deberá coincidir exactamente con el ejemplar entregado en papel, del documento descriptivo de la actividad que justifica la candidatura debidamente firmado y sellado. Dicho documento descriptivo en ningún caso podrá tener una extensión superior a 25 folios a una sola cara, a doble espacio con letra Times New Roman 12. Se deberá incluir al inicio de la documentación descriptiva, una tabla resumen con los siguientes datos generales: Nombre del proyecto, nombre de la persona física o jurídica candidata al premio, N.I.F. (, actividad, sector, año de inicio de la actividad, domicilio, teléfono de contacto (fijo y móvil), fax, correo electrónico, página Web. Además, el documento descriptivo incluirá, al menos, los siguientes componentes, todo ello enfocado a la adecuada aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 8 de la mencionada orden por la que se establecen las bases reguladoras y en el apartado quinto de la presente orden:
a) Argumentación conceptual, justificación y objetivos de la innovación que justifican presentarse al premio.
b) Memoria técnica en relación con los objetivos de la convocatoria. Esta memoria técnica incluirá un análisis detallado correspondiente a cada uno de los criterios de valoración. Esta información se resumirá inicialmente en una tabla que se desarrollará posteriormente en los siguientes apartados:
Análisis de sostenibilidad (ecológico-ambiental, sociocultural y económica).
Análisis de originalidad e innovación del proyecto (con especial hincapié en su aportación para las mujeres, mediante un análisis del impacto producido sobre las mujeres como resultado de la actividad, a nivel social y económico).
Análisis de la contribución a la empleabilidad de los grupos en riesgo de exclusión social.
Análisis de la contribución a la mejora de la calidad de vida de la población rural y a la generación de condiciones de mayor equidad.
Análisis del carácter participativo y multilateral del proyecto, buscando la excelencia en materia de gobernanza respecto a la participación de las mujeres.
Análisis de la viabilidad de su transferencia y contribución al desarrollo sostenible del medio rural.
Análisis, para personas jurídicas, de la presencia de mujeres en el órgano de toma de decisiones.
Análisis del apoyo de personas o instituciones que respaldan la candidatura de acuerdo con el artículo 5.1.a).9.º de la orden por la que se establecen las bases reguladoras (apoyos que motiven el carácter de excelencia del proyecto presentado, haciendo mención a los resultados obtenidos por el mismo que lo hacen merecedor del premio. En esta memoria técnica se incluirá una relación numerada de estos apoyos que se corresponderá con el la letra g) del punto 1. de este apartado.
c) Memoria financiera y de resultados económicos.
d) Detalle de recursos humanos implicados, en particular de las mujeres trabajadoras. Se deberá presentar un detalle (por sexo, edad, porcentaje de mujeres…), tanto de los miembros de la empresa/socios trabajadores, como de las personas contratadas.
e) Análisis del impacto producido sobre las mujeres como resultado de la actividad, a nivel social y económico.
f) Reportaje fotográfico del proyecto. Será necesario presentar diez fotografías que ilustren el proyecto y que muestren la información suficiente para comprobar que el proyecto candidato está en proceso de avanzada ejecución o totalmente implementado en el momento de entrega de la solicitud (dichas fotografías se entregarán, impresas en papel y también se incluirá un archivo de las imágenes en la copia digital, cuya dimensión óptima debería ser de 1.600 x 1.200 píxeles con formato de imagen tif o jpg).
g) Cartas de apoyos institucionales (se entregarán, en papel, los documentos originales enumerados en el último punto de la memoria técnica y se incluirán en la copia digital los mismos documentos escaneados).
2. Además se entregará en papel, debidamente cumplimentado, el anexo adjunto a la presente orden (que también será incluido en la copia digital), y que incluye:
a) Declaración responsable del solicitante de no haber estado afectado por ningún expediente de regulación de empleo o haber sido sancionado por infracción de carácter medioambiental o contra la Hacienda Pública, así como por ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Autorización para la verificación por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
c) Compromiso escrito del solicitante de proceder a la comunicación inmediata al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y devolución del distintivo, en caso de incurrir, con posterioridad al otorgamiento, en cualquiera de los supuestos señalados en la letra a) anterior, según el procedimiento previsto en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
d) Comunicación del número de identificación fiscal. Las candidaturas podrán corresponder a una persona física o a una persona jurídica, pero una vez entregada la solicitud no se admitirán modificaciones a este respecto. Se acompañará copia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal en el caso de que la candidatura corresponda una persona jurídica, o fotocopia del DNI si la candidatura corresponde a una persona física.
3. Las solicitudes y el resto de documentación se dirigirán al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 25 de julio al 13 de agosto de 2014, a.i.}

lunes, 1 de julio de 2013

IV edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales

1. Objeto. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la IV edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2013. 
2. Candidaturas y requisitos. 1. Los premios están dirigidos a aquellas personas físicas o jurídicas españolas privadas que, en razón de lo dispuesto en sus estatutos o normas por las que se rijan, desempeñen su actividad preferentemente en el medio rural y cuyo domicilio social se encuentre en el medio rural, entendido según la definición de la Ley 45/2007 de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.
2. Los premios constituyen un reconocimiento al carácter de excelencia e innovación de acciones y proyectos ya completados en la fecha de publicación de la convocatoria a la que concurran.
3. Solicitud, forma y plazo de presentación. 1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta como anexo de la presente orden y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Orden ARM/405/2010, de 23 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras. La solicitud se acompañará de un ejemplar en papel, y una copia en formato digital que deberá coincidir exactamente con el ejemplar entregado en papel, del documento descriptivo de la actividad que justifica la candidatura debidamente firmado y sellado.  ...
3. Las solicitudes y el resto de documentación se dirigirán al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 28 de junio al 17 de julio de 2013, a.i.}