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lunes, 8 de julio de 2019

Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, X edición, correspondientes al año 2019.

BDNS(Identif.):464581
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas y los medios de comunicación participantes que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.
Segundo. Finalidad:
Distinguir proyectos nuevos, excelentes, originales e innovadores realizados por mujeres rurales y actuaciones que reconozcan el trabajo y el papel de las mujeres en el medio rural, así como promover la incorporación e inserción laboral de las mujeres en el territorio, según lo dispuesto en el artículo 1 de las Bases Reguladoras.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden APA/635/2019, de 5 de junio, por la que se modifica la Orden AAA/839/2015, de 29 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales.
Cuarto. Importe:
En cada una de las categorías a), b), c) y d), se premiarán tres iniciativas, concediéndose un primer, segundo y tercer premio de 18.000 €, 12.000 € y 7.500 € respectivamente.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 9 de julio al 5 de agoto de 2019, a.i.}

lunes, 27 de agosto de 2018

IX edición Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales. (ampliación plazos)

BDNS (Identif.): 407972.
Se modifica plazo de anterior convocatoria sobre extracto de la Orden de 6 de Julio de 2018, publicado en el BOE Nº 171, de 16 de Julio de 2018 sobre Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, IX edición.
Plazo:
Se amplia el plazo de presentación de solicitudes hasta el dia 4 de septiembre, surtiendo efecto a partir del dia siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".

lunes, 16 de julio de 2018

Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, IX edición, correspondientes al año 2018.

BDNS(Identif.):407972
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Beneficiarios: Las personas físicas o jurídicas y los medios de comunicación participantes que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.
Segundo. Finalidad: Distinguir proyectos nuevos, excelentes, originales e innovadores realizados por mujeres rurales y actuaciones que reconozcan el trabajo y el papel de las mujeres en el medio rural, así como promover la incorporación e inserción laboral de las mujeres en el territorio, según lo dispuesto en el artículo 1 de las Bases Reguladoras.
Tercero. Bases reguladoras: Orden AAA/839/2015, de 29 de abril, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 110, de 8 de mayo de 2015.
Cuarto. Importe: Los premios no tienen dotación económica.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 30 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 17 de julio al 27 de agosto de 2018, a.i.}

martes, 27 de junio de 2017

Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, VIII edición, correspondientes al año 2017.

BDNS(Identif.):351741
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero.- Beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas y los medios de comunicación participantes que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.
Segundo.- Finalidad:
Distinguir proyectos originales e innovadores, que apliquen modelos de negocio basados en la gestión sostenible de los recursos rurales que permitan explorar nuevos yacimientos de empleo o que respondan a las necesidades de las mujeres en el medio rural, con el fin de contribuir al desarrollo sostenible del medio rural, según lo dispuesto en el artículo 1 de las Bases Reguladoras.
Tercero.- Bases reguladoras:
Orden AAA/839/2015, de 29 de abril, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 110, de 8 de mayo de 2015.
Cuarto.- Importe:
Los premios no tienen dotación económica.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
Dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE [«BOE» núm. 152, de 27 de junio de 2017]. {del 28 de junio al 27 de agosto de 2017, a.i. }

miércoles, 10 de septiembre de 2014

Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, en su V edición.

Primero. Objeto. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la segunda convocatoria para la V edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2014.
Segundo. Candidaturas y requisitos. 1. Los premios están dirigidos a aquellas personas físicas o jurídicas españolas privadas que, en razón de lo dispuesto en sus estatutos o normas por las que se rijan, desempeñen su actividad preferentemente en el medio rural y cuyo domicilio social se encuentre en el medio rural, entendido según la definición de la Ley 45/2007 de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.
2. Los premios constituyen un reconocimiento al carácter de excelencia e innovación de acciones y proyectos ya completados en la fecha de publicación de la convocatoria a la que concurran.
Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación. 1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta como anexo de la presente orden y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Orden ARM/405/2010, de 23 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras. La solicitud se acompañará de un ejemplar en papel, y una copia en formato digital que deberá coincidir exactamente con el ejemplar entregado en papel, del documento descriptivo de la actividad que justifica la candidatura debidamente firmado y sellado ...
3. Las solicitudes y el resto de documentación se dirigirán al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Las solicitudes se presentarán en el plazo de ocho días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 11 al 18 de septiembre de 2014, a.i.}