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viernes, 7 de julio de 2017

VI Ciclo Bandas - ADDA -. Fundación de la Comunitat Valenciana, Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA

http://fundacionorfeo.com/librodeoro/files/2013/06/Logos-ADDA.jpg-Fundación de la Comunitat Valenciana, Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA. VI CICLO BANDAS ADDA
VI CICLO BANDAS ADDA
VI CICLO LAS BANDAS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE EN EL ADDA.
Convocatoria y Bases. Por Resolución del Sr. Vicepresidente de la Fundación de la Comunitat Valenciana, Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA, número 4 de fecha 18 de mayo de 2017, se ha dispuesto la aprobación de las siguientes Bases para la selección de las bandas de música que actuarán en el ADDA:
“Primera.-La Fundación ADDA organiza para el año 2018 el VI CICLO LAS BANDAS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE EN EL ADDA con la colaboración de la FSMCV.
Este proyecto tiene la finalidad de presentar en el Auditorio de la Diputación de Alicante, un Ciclo de 12 Conciertos, con una diversidad de proyectos que propondrán las propias Sociedades Musicales interesadas en participar.
Segunda.- La Fundación ADDA abonará a cada Sociedad Musical que habiendo solicitado en tiempo y forma tomar parte en este ciclo y sea seleccionada por la comisión mixta que a tal fin se constituya con la FSMCV, la cantidad de 2.000 euros por el concepto de actuación de la Banda de Música, I.V.A. incluido, una vez que se haya producido el concierto.
A tal efecto, la Sociedad Musical deberá presentar en un plazo máximo de 15 días desde la celebración del concierto la correspondiente factura que deberá contener los siguientes requisitos:
- Identificación de la Sociedad Musical:
Nombre, Razón social y CIF de la misma
- Número, lugar y fecha emisión de la factura
- Precio total de la factura
- Emitida a nombre de: 
- Fundación de la Comunitat Valenciana Auditorio de la Diputación de Alicante,
ADDA

- CIF: G-54526645
- Dirección: Avda de Jijona nº 5 03010- Alicante
Tercera.- Las Sociedades Musicales de la provincia de Alicante pertenecientes a la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana (FSMCV) que deseen actuar en este ciclo, lo solicitarán mediante la ficha de inscripción que figura como ANEXO I, la cual debe remitirse escaneada a las dos entidades que forman la comisión mixta que será la encargada de seleccionar a los participantes:
Por una parte a la Fundación de la Comunitat Valenciana Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA, a la siguiente dirección electrónica:
adda@diputacionalicante.es
Y por otra parte a la FSMCV, a su dirección de correo electrónico:
fsmcv@fsmcv.org
Cuarta.- Plazo de presentación: Las solicitudes de inscripción se podrán presentar durante el plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia.[Alacant Nº 129 de 07/07/2017] {del 8 de julio al 4 de agosto de 2017, a.i.}
Quinta.- Una vez finalizado el plazo, se reunirá la comisión mixta, formada por dos representantes designados por la Fundación ADDA y dos por la FSMCV, a fin de examinar las peticiones válidamente presentadas y seleccionar las participantes en este Ciclo con arreglo a los siguientes criterios:
a) Se valorará de 1 a 5 puntos el proyecto presentado con arreglo, entre otros, a los siguientes criterios: a su interés artístico, la variedad temática, conmemoración de efemérides musicales (aniversarios de las Sociedades Musicales (múltiplos de 25 años) o de Autores, Músicos, etc.)
b) Con el fin de facilitar el acceso a las bandas que no hayan actuado con anterioridad, éstas tendrán preferencia sobre las que hayan participado en los últimos ciclos, otorgándose la siguiente puntuación: 0 puntos si ha actuado en 2017, 1 punto si actuó en 2016, 2 puntos si actuó en 2015, 3 puntos si actuó en 2014 y 4 puntos si no ha actuado en los cuatro últimos ciclos.
c) Se valorará de 1 a 3 puntos cada proyecto según el Baremo Federal de la FSMCV vigente en ese momento. En el caso de que se hayan seleccionado más de 12 sociedades, se dará prioridad a las que tengan mayor puntuación en dicho BAREMO. 
d) También obtendrán 1 punto adicional aquellas bandas que en el año 2017 figuran estaban entre las seleccionadas pero no pudieron actuar por problemas de fecha, y 1 punto a las bandas ganadoras en cada una de las secciones del Certamen Provincial de Bandas del mismo año 2017.
e) Así mismo se otorgará 1 punto a los proyectos que presenten obras de compositores alicantinos.
Sexta.- Para facilitar la asignación de fechas, cada Sociedad Musical señalará en la ficha de inscripción 6 fechas posibles para su actuación. En caso de coincidencia en la elección de las mismas, tendrán prioridad aquellas bandas que hayan obtenido mayor puntuación.
Si alguna fecha quedase libre y no se pudiese asignar a las sociedades seleccionadas en primera instancia por motivos de disponibilidad, se seleccionará la siguiente Sociedad Musical de la lista de clasificación.
Si por motivos de programación del Auditorio, hubiese algún cambio en las fechas previstas, se le comunicará a la Sociedad Musical afectada con el fin de adaptarse a la nueva fecha, que en caso de que no fuera posible, la Sociedad Musical en cuestión no tendrá derecho a reclamación alguna.
Séptima.- La resolución de la Convocatoria corresponderá al Sr. Presidente de la Fundación y los sucesivos anuncios que se produzcan en base a esta convocatoria, serán publicados en la web de la Fundación de la Comunitat Valenciana Auditorio de la Diputación de Alicante, ADDA y/o en el tablón de anuncios de la misma.

lunes, 16 de junio de 2014

“XIX Campanya de Música als Pobles”, ayudas a las Sociedades Musicales de la provincia de Alicante. Diputació d'Alacant.

Diputació d'Alacant.  CAMPAÑA MÚSICA ALS POBLES 2014
“B A S E S
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento - en régimen de concurrencia competitiva ordinaria - para la concesión de ayudas a las Sociedades Musicales de la provincia de Alicante, dentro de la “XIX Campanya de Música als Pobles”.
La presente convocatoria tiene por finalidad la promoción de la cultura musical mediante la interpretación de conciertos por las bandas de música de las Sociedades Musicales de la provincia de Alicante pertenecientes a la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana, durante el año 2014, en local o lugar públicos, en su municipio de residencia o en otro de la provincia.
Se consideran gastos subvencionables los necesarios para la realización de la actuación de la banda de música respectiva, tales como, entre otros, gastos de manutención y remuneración de los participantes el día de la interpretación del concierto, edición de programas de mano o cualquier otro tipo de publicidad de la actuación, y, en su caso, los relativos al transporte, en el supuesto de que el concierto hubiera tenido lugar en un municipio distinto al en  que la Sociedad Musical tenga su sede, hasta las cuantías establecidas en la base Tercera de esta misma convocatoria.
La fecha de celebración de los conciertos para los que se solicita ayuda deberá ser anterior al 15 de noviembre de 2014.
En el caso de que tenga lugar en el mismo municipio de residencia de la Sociedad, no habrá de coincidir con las fechas y programación de las Fiestas Patronales.
El acceso del público a las actuaciones para las cuales se solicita ayuda será en todo caso gratuito de forma que bajo ningún concepto podrá exigirse a aquél precio ni contraprestación económica alguna por su asistencia. Este extremo deberá acreditarse en la certificación a que se refiere la Base Octava de esta misma convocatoria.
No será subvencionable  cualquier otro gasto que pueda derivarse por utilización del local, derechos de autor a la Sociedad General de Autores y Editores o cualquier otro concepto que no sea el gasto subvencionable hasta la cantidad que conste en el acuerdo de resolución de la presente convocatoria.
SEGUNDA.- BENEFICIARIOS. Podrán acogerse a la Convocatoria las Sociedades Musicales de la provincia de Alicante pertenecientes a la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valencia, que cuenten o no con Escuela de Música debidamente inscrita en el Registro de Centros Docentes de la Comunidades Valenciana.
Se entiende por Sociedad Musical, a los efectos de esta convocatoria y de acuerdo a los Estatutos de la citada Federación, a aquellas asociaciones de carácter cultural que estando legalmente constituidas, sean entidades sin ánimo de lucro y tengan como finalidad, aunque no sea exclusiva, el cultivo de la música.
Sólo se podrá presentar una única solicitud por entidad.
CUARTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
Los interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado, que se publicará en la página web de esta Diputación (www.ladipu.com ), en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Calle Tucumán nº 8, 03005 Alicante en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas Bases en el B.O. de la Provincia de esta Excma. Diputación.{del 17 de junio al 16 de julio de 2014, a.i.} Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.