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sábado, 30 de marzo de 2013

16 plazas del Cuerpo de Abogados del Estado, Código 0903, por el sistema general de acceso libre

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284 del 27), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 183, de 30 de julio).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en la página web: www.060.es.
1. Descripción de las plazas. 1.1
Se convoca proceso selectivo para proveer 16 plazas del Cuerpo de Abogados del Estado, Código 0903, por el sistema general de acceso libre, de las cuales 5 corresponden a la Oferta de Empleo Público para el año 2012, aprobada por Real Decreto 1694/2012, de 21 de diciembre, y 11 a la Oferta de Empleo Público para el año 2013, aprobada por Real Decreto 218/2013, de 22 de marzo.
1.2 De acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, se establecerán las adaptaciones de tiempo adicionales y medios necesarios para la realización de las pruebas. Los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán las necesidades específicas, adjuntando el Dictamen Técnico Facultativo.
3. Programa. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el aprobado por la Orden JUS/1509/2010, de 31 de mayo (BOE del 11 de junio).
4. Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Derecho o Graduado en Derecho.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Nacionalidad. Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
6. Solicitudes. 6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo oficial de solicitud (modelo 790) que será facilitado, gratuitamente, en internet en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas: www.060.es.
6.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro Auxiliar de la Abogacía General del
Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, calle Ayala, 5, 28001 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 31 de marzo al 19 de abril de 2013,a.i.} y se dirigirán al Abogado General del Estado-Director del Servicio Jurídico del Estado. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.3. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo II.

martes, 25 de octubre de 2011

becas para la preparación de oposiciones para el ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal y en los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Abogados del Es

Becas
Resolución de 10 de octubre de 2011, del Centro de Estudios Jurídicos, por la que se convocan becas para la preparación de oposiciones para el ingreso en las Carreras Judicial y Fiscal y en los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Abogados del Estado, Médicos Forenses y Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en el año 2011.
Objeto.- La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para contribuir en los gastos ocasionados a los opositores por la preparación de procesos selectivos para el ingreso en la Carrera Judicial o Fiscal o en los Cuerpos de Secretarios Judiciales, Abogados del Estado, Médicos Forenses o Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Únicamente los procesos selectivos de ámbito estatal del Cuerpo de Médicos Forenses quedarán comprendidos en el objeto de estas becas.
a) Estas subvenciones, destinadas a opositores que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en esta convocatoria, consistirán en becas cuya concesión se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
b) Las becas se solicitarán en el plazo establecido en el apartado Quinto, punto 4.º, de esta convocatoria, se abonarán en forma de pago único anual y no serán renovables automáticamente, sino que, en caso de que los beneficiarios de las becas de esta convocatoria quieran seguir percibiéndolas, deberán solicitarlas en los siguientes ejercicios, hasta los tres años consecutivos de tope máximo para ser beneficiarios de estas becas, previsto en el artículo 2 apartado 3.º, de las bases reguladoras.
c) Se reservará un porcentaje del 5% de estas becas para personas con discapacidad. Si estas becas reservadas se declarasen desiertas se acumularán a las restantes.cuantía de las becas.
Cuantía de las becas.- 3. Cada beca está dotada con 3.000 euros, abonable directamente a cada beneficiario mediante transferencia bancaria.
Requisitos de los beneficiarios. Para ser beneficiario de las becas objeto de la presente convocatoria, será imprescindible reunir los siguientes requisitos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Reunir los requisitos exigidos en la última convocatoria de acceso a la Carrera o Cuerpo correspondiente, según la beca que se solicite.
b) No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y cumplir los requisitos establecidos en el artículo 14 de esta Ley.
c) No estar disfrutando de ayudas o subvenciones para el mismo objeto de entes públicos ni privados.
d) Contar con la dirección de un centro especializado o un preparador para orientar el proceso de preparación. A estos efectos, se considerará centro especializado aquel que sea reconocido como tal por el Centro de Estudios Jurídicos, y preparador al juez, fiscal, secretario judicial, médico forense o facultativo del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses o, en su caso, jurista o facultativo cuya idoneidad sea reconocida por el Centro de Estudios Jurídicos.
e) Acreditar un máximo de renta del solicitante o, en su caso, de los familiares de los que dependa económicamente, de 50.000 euros anuales, en concepto de base imponible general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio fiscal anterior a esta convocatoria.
f) Certificado de empadronamiento a efectos de acreditación de miembros de la unidad familiar y para su valoración en la comprobación de los requisitos máximos de renta por solicitante.
g) Acreditar un expediente académico con una puntuación media mínima de 1.70 puntos sobre 4, en la licenciatura o grado exigido para el proceso selectivo a la Carrera o Cuerpo para cuya preparación se solicite la beca. ... Solicitudes. 1. La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa e incondicionada de las bases reguladoras para la concesión de estas becas, así como de los requisitos, condiciones y obligaciones contenidos en esta convocatoria.
2. Las solicitudes de estas becas sólo se formalizarán en el impreso oficial que se acompaña como anexo 1 a la presente Resolución, disponible en la página web del Organismo (www.cej.justicia.es), dirigiéndolas a la Directora del Centro de Estudios Jurídicos.
3. Las solicitudes sólo podrán presentarse a través de registros oficiales, como el Registro General del Centro de Estudios Jurídicos (C/ Juan del Rosal, n.º 2, Ciudad Universitaria, 28071 Madrid) o de cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, de acuerdo con lo previsto en este artículo 38.4. Podrán presentarse también a través de las oficinas de Correos (Sociedad Estatal, S.A.) mediante correo administrativo, regulado en el artículo 31 del Reglamento por el que se regula la prestación de servicios postales, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que desarrolla la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal.
4. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 26 de Octubre al 17 de Noviembre de 2011, a.i.

viernes, 18 de marzo de 2011

(20 plazas) Cuerpo de Abogados del Estado: se convoca proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre.

Cuerpo de Abogados del Estado . Orden JUS/587/2011, de 11 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre al Cuerpo de Abogados del Estado.
PDF (BOE-A-2011-4960 - 5 págs. - 194 KB)
Otros formatos
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, del 27), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio («Boletín Oficial del Estado» número 183, del 30 de julio).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en la página web www.060.es.
1. Descripción de las plazas.- 1.1 Se convoca proceso selectivo para proveer 20 plazas del Cuerpo de Abogados del Estado, Código 0903, por el sistema general de acceso libre.
2. Proceso selectivo.- 2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario: El primer ejercicio de la oposición se iniciará en la segunda quincena del mes de abril de 2011.
3. Programa.- El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el aprobado por Orden del Ministerio de Justicia, JUS/1509/2010, de 31 de mayo («BOE» del 11 de junio).
4. Titulación.- Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Derecho.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
5. Nacionalidad.- Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
6. Solicitudes.- 6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo oficial de solicitud (modelo 790) que será facilitado, gratuitamente, en Internet en la página web del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública www.060.es.
6.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro Auxiliar de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, calle Ayala, 5, 28001 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»{del 19 de marzo al 7 de abril de 2011, a.i.} y se dirigirán al Abogado General del Estado-Director del Servicio Jurídico del Estado. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.3 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo II.

viernes, 11 de junio de 2010

programa que ha de regir en las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Abogados del Estado.

MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Abogados del Estado
Orden JUS/1509/2010, de 31 de mayo, por la que se aprueba el programa que ha de regir en las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Abogados del Estado.
PDF (BOE-A-2010-9241 - 26 págs. - 413 KB)
Otros formatos
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado (B.O.E. del 7 de agosto), a propuesta de la Abogacía General del Estado Dirección del Servicio Jurídico del Estado y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, este Ministerio aprueba el programa que habrá de regir en los ejercicios teóricos de las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Abogados del Estado y que figura como anexo a la presente Orden.
ANEXO
Programa de las pruebas de acceso al Cuerpo de Abogados del Estado