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viernes, 13 de julio de 2018

Programa TICCámaras, Cámara Oficial de Comercio e Industria de Orihuela.

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios de Orihuela informa de la Convocatoria Pública de ayudas para el desarrollo de planes de apoyo a la incorporación de TIC en el marco del Programa TICCámaras cofinanciado en un 50% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea.
Primero. – Beneficiarios. Pymes, micropymes y personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Orihuela, que se encuentren dadas de alta en el Censo del IAE. 
Segundo. – Objeto.
El objeto de la convocatoria es la concesión de ayudas a las empresas de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Orihuela en el Programa TICCámaras, mediante la puesta a su disposición de los servicios de Diagnóstico Asistido de TIC e Implantación. Esta actuación tiene como objetivo principal impulsar la incorporación sistemática de las TIC a la actividad habitual de las pymes, como herramientas competitivas claves en su estrategia, así como maximizar las oportunidades que ofrecen para mejorar su productividad y competitividad.
Tercero. – Convocatoria.  El texto completo de esta convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Comercio, Avda. de la Vega, 22 – Entlo. Orihuela. Además, puede consultarse a través de la web www.camaraorihuela.es 
En dicha dirección podrá descargarse, junto con la convocatoria, la Solicitud de Participación.
Cuarto. – Cuantía. El presupuesto máximo de ejecución del Programa en el marco de esta convocatoria es de 35.728€, que se enmarcan en el "Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020”. El coste máximo por empresa en la Fase I de Diagnóstico será de 1.200 € y será cofinanciado por FEDER y la Cámara de Comercio de Orihuela, por lo que este servicio será gratuito para las empresas participantes.
   La cuantía máxima, por empresa, de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de:
- Fase II de Ayudas: Coste máximo elegible: 7.000 € (IVA no incluido), prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado al 50% por FEDER, siendo por tanto la cuantía máxima de ayuda por empresa de 3.500 €
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes se abre una vez transcurridos 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y finaliza el día 27 de Julio de 2018 a las 14:00h (o hasta agotar presupuesto).

miércoles, 7 de junio de 2017

Programa "Expande Digital". Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Alicante.

Resultado de imagen de XPANDE Cámara oficial de Comercio, Industria y Navegación de Alicante.Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Alicante. PROGRAMA XPANDE DIGITAL
La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Alicante anuncia mediante la correspondiente Convocatoria Pública del Programa Xpande Digital, la apertura del plazo para la presentación de solicitudes de participación en la Fase de Asesoramiento y en la Fase de Ayudas del Programa, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea. 
Primero.– Beneficiarios. Pymes, micropymes y autónomos de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Alicante.  
Segundo.– Objeto. El objeto de la convocatoria es la selección de empresas participantes en el Programa Xpande Digital. 
 El Programa tiene como objetivo apoyar el posicionamiento on-line de las empresas participantes en un mercado objetivo concreto, a través de un asesoramiento personalizado conforme a una metodología moderna y sustentada en técnicas de inteligencia competitiva, que tiene como fin último ofrecer a la empresa un Plan de Acción de Marketing Digital en el mercado exterior objetivo. Asimismo, Xpande Digital ofrece a la empresa un conjunto de ayudas para desarrollar el Plan de Acción de Marketing Digital. 
El Programa tiene una duración máxima de 9 meses (duración máxima de Fase de Asesoramiento y Fase de Ayudas de 3 y 6 meses respectivamente).  
Tercero.– Convocatoria. El texto completo de esta convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Alicante. Además puede consultarse a través de la web www.camaralicante.com/exterior/?a=TTFtclZ6SkViMnVzQWhWeHcydXNBaFZ4d00xbXJWekpFYg==  
Cuarto.– Cuantía. El presupuesto máximo de ejecución del programa en el marco de esta convocatoria para el periodo 2016/2017 es de 140.195,60 euros, dentro del "Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020". 
Los recursos estimados por empresa previstos en la Fase de Asesoramiento son de 2.700€, cofinanciado al 50% por los Fondos FEDER y al 50% por la Cámara de Comercio de Alicante, el Instituto Valenciano de Competitividad (IVACE) y Cámara de Comercio de España. 
 Las empresas que participen en la Fase de Ayudas contarán con una ayuda de 4.000€, cofinanciada en un porcentaje del 50% con cargo a los fondos FEDER y el 50% con cargo a la empresa. Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes se abre una vez transcurridos 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio [BOP-A Nº 107 de 07/06/2017] y finalizará el día 1 de septiembre de 2017 ó hasta agotar presupuesto. El Modelo de Solicitud de Participación podrá descargarse a través de la web www.camaralicante.com/exterior/?a=TTFtclZ6SkViMnVzQWhWeHcydXNBaFZ4d00xbXJWekpFYg==

lunes, 13 de enero de 2014

ajudes per a finançar estades en centres de dia per a persones majors dependents per a l’any 2014. Programa Bo Centre de Dia.

ORDE 28/2013, de 26 de desembre, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regula i convoca el programa per a finançar estades en centres de dia per a persones majors dependents l'any 2014. [2014/127]  (pdf 476KB)
Ajudes per a finançar estades en centres de dia per a persones majors dependents
1. Objecte,- L’objecte d’esta orde és convocar ajudes per a finançar estades en centres de dia per a persones majors dependents per a l’any 2014.
2. Beneficiaris.- Les ajudes convocades per mitjà d’esta orde van destinades a persones que hagen sigut beneficiàries d’ajuda en convocatòries anteriors i mantinguen les condicions que van donar lloc a estes, en especial acreditar que no disposen de mitjans suficients per a fer front al cost de la plaça en un centre de dia per a persones majors dependents.
3. Requisits. És requisit imprescindible ser beneficiari d’estes ajudes durant l’any 2012 o 2013.
Podran sol·licitar la ratificació de la seua ajuda per a l’any 2014, sempre que acrediten el manteniment de les condicions que van donar lloc a la concessió de l’ajuda, d’acord amb el que establix l’article 4.2 d’esta orde, presentant la documentació a què es referix l’article 5 de la present orde.
4. Preus de les places, acreditació d’insuficiència de recursos, determinació de la quantia de l’ajuda i servicis i prestacions que inclou. 1. El preu de la plaça i, per tant, les quanties que serviran de base per al càlcul de les ajudes per a l’exercici 2014, serà de 845 € mensuals, IVA i la resta d’impostos exigibles inclosos.
2. Per a acreditar la insuficiència de recursos econòmics per a afrontar els costos de l’estada en un centre de dia per a la tercera edat, es considerarà la capacitat econòmica de la persona beneficiària, de conformitat amb el que s’establix en l’Orde 21/2012, de 25 d’octubre, de la Conselleria de Justícia i Benestar Social, per la qual es regulen els requisits i les condicions d’accés al programa d’atenció a les persones i a les seues famílies en el marc del Sistema per a l’Autonomia i Atenció a la Dependència a la Comunitat Valenciana, i en el Decret 113/2013, de 2 d’agost, del Consell, pel qual s’establix el règim i les quanties dels preus públics a percebre en l’àmbit dels servicis socials.
Es considerarà que el sol·licitant té suficients recursos econòmics i, per tant, no podrà acollir-se a les ajudes establides en esta orde, quan la seua capacitat econòmica, calculada de conformitat amb este article, siga igual o superior al cost de la plaça que necessita, d’acord amb els preus que s’indiquen en el present article.
3. La determinació de la quantia de les ajudes a concedir per la Generalitat es realitzarà una vegada acreditada la insuficiència de recursos econòmics, i l’import anual de la subvenció a concedir per la Generalitat es calcularà distribuint-se en quantitats mensuals.
El dit import estarà determinat per la diferència entre la quantitat que el beneficiari pot aportar a càrrec dels seus ingressos personals i l’import de l’estada a què es referix l’article 4.1. d’esta orde:
Import de l’ajuda = cost de la plaça – aportació del beneficiari.
El dit import serà satisfet directament al centre de dia adherit al Programa Bo Centre de Dia, triat pel beneficiari de l’ajuda.
4. L’aportació de l’usuari es calcularà de conformitat amb la participació econòmica del beneficiari en el cost del servici residencial establida en la mencionada Orde 21/2012, de 25 d’octubre, de la Conselleria de Justícia i Benestar Social, i en el Decret 113/2013, de 2 d’agost, del Consell.
A estos efectes, es tindran en compte les pensions percebudes pels interessats i les dades que subministre l’Agència Estatal de l’Administració Tributària corresponents a l’exercici de 2012.
L’aportació de l’usuari serà satisfeta directament pel beneficiari de l’ajuda al centre adherit al Programa Bo Centre de Dia que haja sigut triat per este i en el qual se li preste el servici.
5. Els servicis i les prestacions que inclou el preu de la plaça són els que es fixen en l’article 3 de l’Orde de 13 de desembre de 2006, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regula i convoca el programa per a finançar estades en centres de dia per a persones majors dependents en l’any 2007 (DOGV 5414, 26.12.2006).
7. Lloc de presentació. Les sol·licituds de ratificació d’ajudes es presentaran, junt amb la documentació requerida en l’article 5 d’esta orde, en la direcció territorial de la Conselleria de Benestar Social de la província de residència del sol·licitant, sense perjuí del que establix l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú.
8. Termini de presentació de sol·licituds. El termini de presentació de les sol·licituds s’iniciarà a partir de l’endemà de la publicació d’esta orde i finalitzarà el 14 de febrer de 2014.

jueves, 20 de septiembre de 2012

es reconeix la participació del professorat en els projectes d’innovació educativa a través del programa eTwinning.

1.- Objecte. L’objecte d’esta resolució és establir les condicions de reconeixement al professorat per la seua participació en el programa eTwinning.
2. Destinataris.  Professorat de qualsevol nivell educatiu no universitari.
3. Condicions per al reconeixement al professorat. Per a reconéixer la participació del professorat en el programa eTwinning s’establixen les condicions següents:
a) Que es registren els projectes en la web oficial del programa i obtinguen l’autorització del Servici de Programes i Estudis abans de l’inici del curs en què es realitzaran.
b) Que els projectes tinguen una duració mínima d’un curs escolar (amb inici no més tard del 15 d’octubre i finalització no abans del 31 de maig).
c) La duració màxima, a l’efecte d’este reconeixement, serà de dos cursos escolars escolars.
4. Documentació.  El professorat interessat a obtindre el reconeixement derivat de la seua participació en el projecte eTwinning ha de presentar abans del 10 d’octubre la documentació següent:
a) Certificat de la direcció del centre on s’ha realitzat el projecte eTwinning, indicant-hi els noms del professorat participant, segons el document de l’annex I.
b) Memòria de treball, segons el document de l’annex II.
c) La documentació ha de ser remesa en format electrònic a l’adreça etwinning@gva.es i en format paper a la Direcció General d’Innovació, Ordenació i Qualitat Educativa de la Conselleria d’Educació, Formació i Ocupació, situada a l’avinguda de Campanar, 32 (46015) de València. 
5. Reconeixement. Una vegada revisada i valorada la documentació, el Servici de Programes i Estudis proposarà al Servici de Formació del Professorat el reconeixement al professorat participant en els projectes realitzats a través del programa eTwinning. Es reconeixerà, per cada curs escolar, un total de fins a 40 hores de formació al professorat responsable i de fins a 35 hores al professorat participant

domingo, 1 de agosto de 2010

1 profesor/a de Formación Básica, para llevar a cabo el programa de Cualificación profesional Inicial. Ajuntament de Paterna (Horta Nord-València)

Ayuntamiento de Paterna
Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre extracto bases para la contratación temporal de un puesto de profesor de formación básica para llevar a cabo el programa PCPI.
edicto
Por Resolución de Alcaldía núm. 2942 de fecha 5 de julio de 2010, se resolvió aprobar las bases para la contratación temporal de un puesto de profesor/a de Formación Básica, para llevar a cabo el programa de Cualificación profesional Inicial, "Operaciones Básicas de Cocina" y "Operaciones de reproducción manual ó semiautomático de productos cerámicos", cuyo contenido íntegro figura en el tablón de edictos de este Ayuntamiento; significando que el plazo para la presentación de solicitudes será de cinco días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de este edicto.{del 1 al 5 de Agosto de 2010, a.i.}
Contra las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán los interesados interponer los oportunos recursos en los casos y en la forma debidamente establecidas en la Ley 30/92.
Lo que se hace público, para general conocimiento.
http://www.ayto-paterna.es/web/ver_pagina.asp?id=28

viernes, 11 de junio de 2010

programa Educarte, per a la realització de projectes experimentals i d'innovació dirigits a la inserció educativa i social d'alumnat d'Educació Primàr

Conselleria d'Educació
ORDE 52/2010, de 2 de juny, de la Conselleria d'Educació, per la qual es convoca el programa Educarte, per a la realització de projectes experimentals i d'innovació dirigits a la inserció educativa i social d'alumnat d'Educació Primària amb necessitats de compensació educativa a través de la formació artística en centres sostinguts amb fons públics per al curs 2010-2011. [2010/6528] (pdf 830KB)
Objeto.- El objeto de esta orden es convocar el programa Educarte, consistente en un concurso público de ayudas económicas para la realización de proyectos experimentales y de innovación dirigidos a la integración y socialización de alumnado de Educación Primaria con necesidades de compensación educativa a través de la formación artística, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana durante el curso 2010-11.
Las bases por las que se regirá la convocatoria figuran como anexo I y el modelo de solicitud figura como anexo II.
Plazo de presentación de los proyectos.-El plazo de presentación será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 12 al 29 de Junio de 2010, a.i.}
Período de realización.- Los proyectos seleccionados se realizarán durante el curso 2010-11.
ANEXO I
Bases del concurso por las que se convoca y regula el programa Educarte, para la realización de proyectos experimentales y de innovación dirigidos a la inserción educativa y social de alumnado de Educación Primaria con necesidades de compensación educativa a través de la formación artística en centros sostenidos con fondos públicos para el curso 2010-11.
Finalidad.- La presente convocatoria tiene como finalidad la de seleccionar y financiar los gastos de proyectos elaborados por centros educativos de la Comunitat Valenciana, que tengan como fin la mejora de la inserción educativa y social de alumnado con necesidades de compensación educativa a través de la formación en diferentes modalidades artísticas.
Destinatarios.-Los destinatarios son los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que imparten Educación Primaria con un alto porcentaje de alumnado con necesidades de compensación educativa, especialmente aquel que se encuentra en riesgo de
exclusión, por factores sociales y económicos.
Objetivos.- Los objetivos que se pretenden alcanzar y que deben contemplar los proyectos a desarrollar, serán entre otros:
a) Facilitar la integración social y educativa del alumnado participante.
b) Favorecer la educación intercultural de todo el alumnado del centro.
c) Potenciar la participación de los miembros de la comunidad educativa, especialmente de las familias y el profesorado.
d) Fomentar la convivencia y prevenir situaciones de conflicto.
e) Evitar el absentismo y el abandono escolar.
f) Favorecer la autoestima del alumnado.
g) Fomentar la adquisición de valores y hábitos.
h) Mejorar los resultados académicos del alumnado.
i) Fomentar la adquisición de la lengua de acogida.
j) Promover la investigación e innovación educativa como principio de calidad en la atención al alumnado con necesidad de compensación educativa.

programa que ha de regir en las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Abogados del Estado.

MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Abogados del Estado
Orden JUS/1509/2010, de 31 de mayo, por la que se aprueba el programa que ha de regir en las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Abogados del Estado.
PDF (BOE-A-2010-9241 - 26 págs. - 413 KB)
Otros formatos
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado (B.O.E. del 7 de agosto), a propuesta de la Abogacía General del Estado Dirección del Servicio Jurídico del Estado y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, este Ministerio aprueba el programa que habrá de regir en los ejercicios teóricos de las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Abogados del Estado y que figura como anexo a la presente Orden.
ANEXO
Programa de las pruebas de acceso al Cuerpo de Abogados del Estado

lunes, 12 de abril de 2010

Programa Experimental per a la Detecció de Bones Pràctiques Docents dirigides a l'èxit escolar, la seua difusió, aplicació i avaluació.

Conselleria d'Educació
RESOLUCIÓ de 26 de març de 2010, de la directora general d'Avaluació, Innovació i Qualitat Educativa i de la Formació Professional, per la que es convoca el Programa Experimental per a la Detecció de Bones Pràctiques Docents dirigides a l'èxit escolar, la seua difusió, aplicació i avaluació. [2010/3930] (pdf 538KB)
Objeto y descripción del programa.- 1. El objeto del programa es convocar un programa experimental para la mejora de los resultados académicos a través de la detección de buenas prácticas docentes dirigidas al éxito escolar, su aplicación, evaluación y difusión.
2. En el ámbito del presente programa se entiende como buena práctica docente aquella que facilita el desarrollo de actividades de aprendizaje del alumnado, en las que se logran con eficacia y eficiencia los objetivos formativos previstos y también otros aprendizajes con un alto valor educativo.
Participantes.- 1. Podrán participar voluntariamente en el presente programa docentes a título individual o equipos de docentes que impartan docencia en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.
2. En caso de tratarse de un equipo, los docentes deben impartir docencia en un mismo centro educativo, de titularidad de la Generalitat o de otra titularidad pública o privada.
3. Para la participación en el presente programa es preceptiva la autorización de la dirección del centro y del consejo escolar en los centros públicos y de la dirección y la titularidad en los centros privados, ya que la buena práctica docente seleccionada deberá aplicarse y evaluarse en dicho centro.
4. En el caso de que un docente que haya sido seleccionado para desarrollar el programa en un determinado centro educativo no permanezca en éste durante el curso 2010-2011; podrá desarrollar su propuesta en el centro en que imparta docencia durante dicho curso, siempre y cuando aporte, antes del 30 de septiembre, las autorizaciones preceptivas requeridas en el punto tercero de su nuevo centro.
Objetivos del programa.- 1. Este programa tiene como objetivo principal la mejora de los resultados escolares del alumnado, especialmente en los ámbitos, áreas y asignaturas instrumentales, a través de la mejora de la práctica docente.
Solicitud, documentación y plazo de presentación.- 1. Los docentes o los equipos de docentes que deseen participar en el programa deberán dirigir a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional sita en la avenida Campanar, número 32 (46015) de Valencia, la siguiente documentación:
a) Solicitud de participación, conforme al modelo recogido en el anexo I.
b) Documento de autorización del centro, emitido por la dirección y el consejo escolar o en su caso, por la dirección y la titularidad.
c) Documento de descripción de la buena práctica, según condiciones del punto sexto.
2. La documentación será presentada mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 17 de mayo de 2010.
4. Se enviará al correo electrónico: < programa_bonespractiques@gva.es > una copia escaneada de la solicitud y la descripción de la buena práctica en formato digital.

viernes, 22 de enero de 2010

Ayudas a Pymes: Programa ILI (Programa de Iniciación a las Licitaciones Internacionales).Demarcación Valencia).

Convocatoria de ayudas a pymes de la demarcación de Valencia (empresas en la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Valencia ) para el desarrollo del Programa ILI (Programa de Iniciación a las Licitaciones Internacionales). [2010/570]
Objeto.- La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación en el Programa ILI de Pymes de la Comunidad Autónoma de Valencia. El contenido del Programa ILI se detalla en el Documento 12 de empresa participante que puede encontrarse y/o descargarse a través de la web de las cámaras < http://www.camaras.org/ >
3. Beneficiarios.- El Programa va dirigido a pymes.(demarcación Valencia).
5. Importe y tramitación de la ayuda.- El coste total de las acciones horizontales asciende a 205.000 euros (IVA no incluido) por ejercicio para las regiones de Convergencia, Phasing-out, Phasing-in.
El coste subvencionable de estas acciones horizontales es del 100% del coste total, por tanto, estas acciones resultarán gratuitas para las empresas (70% será financiado por fondos FEDER y 30% por las cámaras).
El coste de las acciones individuales asciende a 6.800 euros (IVA no incluido) por empresa beneficiaria. El coste subvencionable en este caso es del 80% del coste total (56% fondos FEDER y 24% cámaras).
Las empresas asumen, por tanto, el 20% del coste total de estas acciones individuales, esto es, 1.360 euros (IVA no incluido).
En caso de llevarse a cabo acciones transversales (con carácter voluntario de participación, en su caso, para las empresas), la financiación del coste total responderá al esquema de financiación que se estipule en cada caso.
La tramitación de la ayuda a aquellas pymes a las que les haya sido concedida se realizará mediante la firma de la correspondiente Carta de Adhesión al Programa por parte de la empresa beneficiaria.
Dicho documento puede ser consultado/descargado a través de la web de las cámaras
6. Presentación de solicitudes.- Aquellas empresas interesadas a priori en el Programa ILI deberán manifestar su interés asistiendo a la Jornada de Sensibilización y Difusión del Programa ILI que se celebra en la sede de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Valencia, calle de Jesús, 19, el día 27 de enero de 2010 a las 17.00 horas.
La asistencia por parte de la empresa a dicha jornada será condición necesaria para poder ser considerada como potencial beneficiaria del ILI.
En la mencionada jornada las empresas recibirán un cuestionario que deberán cumplimentar si persiste su interés en participar, debiendo remitirlo a la Cámara en el plazo señalado.