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lunes, 18 de mayo de 2015

concurso para la adjudicación de (392) plazas en los apartamentos "Cardenal Mendoza" para estudiantes de la Universidad de Valladolid, durante el curso académico 2015-2016.

Bases de la convocatoria
Primera. El objeto de la presente convocatoria, dentro de la política dirigida a que los estudiantes puedan acceder a la Universidad en condiciones de igualdad, es facilitar el alojamiento de aquellos estudiantes universitarios con bajo nivel de renta, desplazados del lugar de residencia familiar por razón de sus estudios en la Universidad de Valladolid. Todo ello en cumplimiento de las previsiones contenidas en el Convenio antes referido, con el fin de poner a disposición de los estudiantes alojamientos idóneos y hacer posible la adjudicación, por concurso, de las plazas en los apartamentos
«Cardenal Mendoza» de Valladolid.
En este sentido, dando inicio de oficio al procedimiento, se convocan a concurso público de méritos 392 plazas de residentes en los apartamentos «Cardenal Mendoza» para el curso académico 2015-2016, destinadas a estudiantes de la Universidad de Valladolid, que se otorgarán de conformidad con las presentes bases.
Segunda. Son posibles beneficiarios de una plaza de residente las siguientes personas:
a) Estudiantes que cursen o vayan a cursar estudios universitarios de primero y segundo ciclo, estudios de grado y másteres oficiales, en cualquiera de los Centros de la Universidad de Valladolid.
b) Estudiantes de tercer ciclo en algún programa de doctorado de la Universidad de Valladolid y jóvenes que desarrollen labores investigadoras y docentes en esta Universidad, así como antiguos alumnos doctorados, licenciados o diplomados de la misma que acrediten preparar una oposición pública. Para este colectivo se reservarán 32 de las plazas ofertadas. La Comisión de adjudicación podrá aumentar este número de plazas con la finalidad de satisfacer la ocupación total de las plazas; en este caso, el acuerdo de la Comisión será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.
En cualquiera de los casos establecidos en los párrafos anteriores, los adjudicatarios de las plazas serán menores de treinta años con bajo nivel de renta.
c) En caso de quedar plazas disponibles después de su adjudicación a las personas incluidas en los apartados a) y b), la Universidad podrá destinarlas para su uso por los diferentes sectores integrados en la comunidad universitaria, en los términos más convenientes para el servicio público.
Tercera. Las plazas de los apartamentos universitarios que salen a concurso son las siguientes:
a) Para las personas recogidas en el apartado a) de la base segunda, 352 plazas. Dentro de este cupo, podrán destinarse plazas a alumnos incluidos en programas de movilidad estudiantil de la Universidad, siempre que presenten solicitud y cumplan los requisitos exigidos con carácter general.
Los precios vienen establecidos según la renta disponible de la unidad familiar de acuerdo con los umbrales de renta indicados en la base cuarta. Si no se supera el primer umbral de renta, el precio es de 167 euros mensuales por plaza y persona. Si el umbral de renta está comprendido entre el primer y el segundo umbral el precio es de 183 euros mensuales. Si el umbral de renta está comprendido entre el segundo y el tercer umbral el precio es de 234 euros mensuales. Y por último, cuando la renta neta de la unidad familiar sea superior al tercer umbral el precio es de 260 euros.
b) Para las personas recogidas en el apartado b) de la base segunda, 32 plazas. El precio establecido por plaza es de 269 euros.
c) Cuatro plazas, más las cuatro correspondientes a los respectivos acompañantes, en cuatro apartamentos para residentes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento. El precio establecido por plaza es de 167 euros. Igual precio se aplicará a sus acompañantes.
A estos precios hay que incrementar el porcentaje de IVA correspondiente.
Los importes indicados no incluyen la alimentación, ropa de cama y enseres, así como los gastos de consumo de energía eléctrica y de teléfono. Además, otros servicios extras que se puedan ofertar serán con cargo a los beneficiarios.
La reparación de los daños que se causen al inmueble, instalaciones del mismo y muebles con los que se haya dotado cada apartamento, serán por cuenta del usuario y quedarán garantizados con fianza.
Sexta. El disfrute de una plaza de residente es por un período que abarcará desde el inicio del curso académico 2015-2016 hasta el 27 de julio del 2016. ...
Séptima. Cualquier interesado en solicitar plaza para los apartamentos deberá dirigirse a la Sección de Servicios Universitarios de la Universidad de Valladolid (calle Real de Burgos, s/n. Casa del Estudiante-Valladolid) y cumplimentar la solicitud que les facilitará la citada sección. Las solicitudes deberán presentarse en horario de 9 a 14 horas en la Sección de Servicio Universitarios de la Universidad, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo de presentación será desde el día 9 de junio hasta el día 1 de julio de 2015, ambos incluidos.También se publicará, de acuerdo con lo estipulado en el convenio, en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
La Comisión de adjudicación podrá ampliar el plazo de presentación de solicitudes atendiendo a las circunstancias que concurran, acuerdo que será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.

lunes, 27 de mayo de 2013

ayudas en especie para la realización del proyecto demostrador plurirregional de soluciones y servicios tecnológicos en las PYMES del segmento hotelero y alojamientos de turismo rural 2013.

El Programa Alojamientos Conectados se traduce en la realización de las siguientes actuaciones:
i. Convocatorias de ayudas en especie: Desarrollo del Proyecto Demostrador Plurirregional de Soluciones y Servicios Tecnológicos en Establecimientos Hoteleros y Alojamientos de Turismo Rural, que consiste en la implantación, en una muestra de empresas y autónomos del sector, de soluciones TIC, así como prestación de servicios tecnológicos.
ii. Organización y celebración de Talleres de Capacitación.
iii. Desarrollo de un Portal de Apoyo al Programa (http://www.alojamientosconectados.es).
... todas las comunicaciones que realicen los solicitantes de esta convocatoria a Red.es deberán tramitarlas a través de los correspondientes formularios de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/sede/).
En virtud de lo anterior se establecen las siguientes bases, que regularán la convocatoria de ayudas en las que consiste el proyecto demostrador.
Primera. Objeto. 1. Constituye el objeto de estas bases el establecimiento de los términos y condiciones que regirán la convocatoria para la concesión de las ayudas en especie del Proyecto Demostrador Plurirregional de Soluciones y Servicios Tecnológicos en las PYMEs del Segmento Hotelero y Alojamientos de Turismo Rural 2013.
Las ayudas en especie objeto de esta convocatoria consisten en la implantación de una solución tecnológica de gestión de la propiedad y/o la recepción de servicios orientados al uso de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación en establecimientos hoteleros y alojamientos rurales.
Los beneficiarios, recibirán las siguientes soluciones/servicios: Un máximo de dos (2) paquetes de soluciones y servicios a elegir por el Beneficiario entre los siguientes:
a) Paquete 1. Solución de Gestión de la Propiedad (PMS).
b) Paquete 2. Servicio de Auditoría y Mejora Web.
c) Paquete 3. Servicio de Marketing Online.

El detalle de la solución y servicios tecnológicos de estas tres opciones se encuentra en la base tercera.
En la solicitud se deberá especificar qué paquete de servicios se elige en primera opción y qué paquete se elige en segunda opción. Red.es asignará uno o dos paquetes a cada beneficiario en función de la disponibilidad presupuestaria del proyecto, y de acuerdo a lo establecido en la base sexta.
2. Este proyecto demostrador pretende validar el modelo de negocio apoyado en la solución y servicios tecnológicos que han acreditado tener un efecto positivo sobre la cuenta de resultados de las empresas, en términos de mejora de eficiencia, productividad y rentabilidad y verificar su impacto en la productividad y rentabilidad de los procesos de negocio de los establecimientos hoteleros y alojamientos de turismo rural (CNAE 2009: 5510 Hoteles y alojamientos similares, 5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, 5530 Campings y aparcamientos para caravanas, y 5590 Otros Alojamientos).Todo ello como medida previa para, posteriormente y mediante actuaciones de sensibilización y dinamización, llevar a cabo programas de asesoramiento y otros mecanismos de apoyo dirigidos a las empresas del sector en cuestión, de forma que tenga lugar la adopción generalizada de tales soluciones y servicios TIC.
3. Red.es procederá a la adquisición de los bienes y servicios, mediante los procedimientos de licitación correspondientes, con la finalidad de entregarlos a los beneficiarios y validar los objetivos del proyecto demostrador definidos en el punto anterior. La titularidad de toda la solución suministrada por Red.es se entenderá transmitida al beneficiario, a partir de la fecha de instalación de dicha solución.
Segunda. Requisitos de los solicitantes de las ayudas. Para poder concurrir al procedimiento de concesión de estas ayudas en especie, los solicitantes deberán ser autónomos o pymes que cumplan, y acrediten mediante la documentación correspondiente, todos y cada uno de los siguientes requisitos específicos:
a) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
b) Tener una plantilla media anual de entre 0 y 49 empleados referida a los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud.
c) Tener un volumen de negocio anual o que no exceda de 10 millones de euros.
d) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como del pago de las obligaciones de rembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
e) Desarrollar su actividad principal en el sector de Establecimientos Hoteleros y Alojamientos de
i 5510 Hoteles y alojamientos similares.
ii 5520 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.
iii 5530 Campings y aparcamientos para caravanas.
iv 5590 Otros Alojamientos.
f) Que la fecha de constitución de la empresa o alta del trabajador autónomo en su actividad económica en vigor sea anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria.
g) Que tanto su domicilio social como la dirección del hotel o alojamiento rural objeto de las actuaciones de esta convocatoria, estén establecidos en la misma Comunidad Autónoma o Ciudad con Estatuto de autonomía, y siempre en alguna de las siguientes: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Ceuta, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Canarias, Melilla, Murcia o Navarra.
h) No tratarse de una empresa de naturaleza pública o con accionariado de dicha naturaleza.
i) Disponer de un contrato de conexión a Internet de Banda Ancha a nombre del autónomo o pyme solicitante, así como de dirección de correo electrónico operativos, al menos, desde el momento en que se presenta la solicitud. Esta conexión debe permitir la conectividad a Internet tanto de la Solución a implantar, como para la puesta en marcha de los resultados de los distintos servicios objeto de esta ayuda.
j) No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
k) No haber resultado beneficiario de la anterior convocatoria de ayudas en especie publicada por Red.es, en el ámbito del Programa Alojamientos Conectados (Convocatoria C-065/11-ED).
l) Aquellos solicitantes que pidan el paquete de soluciones y servicios 2, de acuerdo con la base PRIMERA, deberán disponer de una página web propia del negocio y operativa, al menos, desde el momento en que se presenta la solicitud.
Turismo Rural, de acuerdo a los siguientes códigos del CNAE 2009:
Cuarta. Procedimiento de concesión de ayuda. El procedimiento para la concesión es el de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de gestión previstos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El procedimiento de concesión de ayudas se inicia de oficio mediante la publicación de las bases de convocatoria, de acuerdo con lo establecido en la base octava.
Durante el plazo de presentación de solicitudes los solicitantes deberán presentar la documentación establecida en la base quinta, a través de la Sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/sede/).
Quinta. Formalización y presentación de solicitudes.
Las solicitudes constarán de la documentación señalada en el anexo I de esta convocatoria.
Las bases reguladoras (incluyendo los anexos) estarán disponibles en la página web de Red.es (http://www.red.es/redes/contratacion) y se anunciarán en el «BOE».
Los solicitantes podrán presentar solicitud únicamente por vía telemática, con certificado digital válido, a través de la sede electrónica de Red.es, donde deberán cumplimentar el formulario electrónico que se habilitará al efecto en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/sede). La solicitud junto con los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base segunda (originales o equivalentes), deberán ser presentados a través de la sede electrónica de Red.es en el plazo de solicitud indicado en la base octava. Para la admisión de la solicitud es imprescindible cumplimentar correctamente todos los campos requeridos en el formulario correspondiente.
Los solicitantes, en el formulario de solicitud, podrán autorizar a Red.es a recabar los datos relativos a algunos de los documentos exigidos, quedando en tal caso eximidos de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Sólo se admitirá a trámite una solicitud por pyme o profesional autónomo solicitante.
Red.es no admitirá ninguna solicitud recibida con posterioridad a la fecha de presentación de solicitudes establecida en la base octava, ni las recibidas por canales diferentes a la sede electrónica de Red.es.
Si la documentación aportada en la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos requeridos, con advertencia de que, si no lo hiciese, se considerará que ha desistido de su solicitud. Los defectos a subsanar, en su caso, por cada solicitante serán publicados en el perfil del contratante de Red.es (http://www.red.es/redes/contratacion).
Para más información sobre el proceso de solicitud y sobre el desarrollo del proyecto, el teléfono de contacto a disposición de los solicitantes es el 901 900 333 y en el correo electrónico empresasenred@red.es
Octava. Plazos, notificaciones y publicidad. 1. El plazo de solicitud se abrirá el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y permanecerá abierto dos meses a contar desde su apertura.{del 28 de mayo al 27 de julio de 2013, a.i.}
2. El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación es de doce meses contados desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Si transcurrido dicho plazo no se hubiese notificado dicha resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada su solicitud.
4. La publicidad de las ayudas concedidas se llevará a cabo en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de Red.es (www.red.es).