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lunes, 18 de mayo de 2015

concurso para la adjudicación de (392) plazas en los apartamentos "Cardenal Mendoza" para estudiantes de la Universidad de Valladolid, durante el curso académico 2015-2016.

Bases de la convocatoria
Primera. El objeto de la presente convocatoria, dentro de la política dirigida a que los estudiantes puedan acceder a la Universidad en condiciones de igualdad, es facilitar el alojamiento de aquellos estudiantes universitarios con bajo nivel de renta, desplazados del lugar de residencia familiar por razón de sus estudios en la Universidad de Valladolid. Todo ello en cumplimiento de las previsiones contenidas en el Convenio antes referido, con el fin de poner a disposición de los estudiantes alojamientos idóneos y hacer posible la adjudicación, por concurso, de las plazas en los apartamentos
«Cardenal Mendoza» de Valladolid.
En este sentido, dando inicio de oficio al procedimiento, se convocan a concurso público de méritos 392 plazas de residentes en los apartamentos «Cardenal Mendoza» para el curso académico 2015-2016, destinadas a estudiantes de la Universidad de Valladolid, que se otorgarán de conformidad con las presentes bases.
Segunda. Son posibles beneficiarios de una plaza de residente las siguientes personas:
a) Estudiantes que cursen o vayan a cursar estudios universitarios de primero y segundo ciclo, estudios de grado y másteres oficiales, en cualquiera de los Centros de la Universidad de Valladolid.
b) Estudiantes de tercer ciclo en algún programa de doctorado de la Universidad de Valladolid y jóvenes que desarrollen labores investigadoras y docentes en esta Universidad, así como antiguos alumnos doctorados, licenciados o diplomados de la misma que acrediten preparar una oposición pública. Para este colectivo se reservarán 32 de las plazas ofertadas. La Comisión de adjudicación podrá aumentar este número de plazas con la finalidad de satisfacer la ocupación total de las plazas; en este caso, el acuerdo de la Comisión será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.
En cualquiera de los casos establecidos en los párrafos anteriores, los adjudicatarios de las plazas serán menores de treinta años con bajo nivel de renta.
c) En caso de quedar plazas disponibles después de su adjudicación a las personas incluidas en los apartados a) y b), la Universidad podrá destinarlas para su uso por los diferentes sectores integrados en la comunidad universitaria, en los términos más convenientes para el servicio público.
Tercera. Las plazas de los apartamentos universitarios que salen a concurso son las siguientes:
a) Para las personas recogidas en el apartado a) de la base segunda, 352 plazas. Dentro de este cupo, podrán destinarse plazas a alumnos incluidos en programas de movilidad estudiantil de la Universidad, siempre que presenten solicitud y cumplan los requisitos exigidos con carácter general.
Los precios vienen establecidos según la renta disponible de la unidad familiar de acuerdo con los umbrales de renta indicados en la base cuarta. Si no se supera el primer umbral de renta, el precio es de 167 euros mensuales por plaza y persona. Si el umbral de renta está comprendido entre el primer y el segundo umbral el precio es de 183 euros mensuales. Si el umbral de renta está comprendido entre el segundo y el tercer umbral el precio es de 234 euros mensuales. Y por último, cuando la renta neta de la unidad familiar sea superior al tercer umbral el precio es de 260 euros.
b) Para las personas recogidas en el apartado b) de la base segunda, 32 plazas. El precio establecido por plaza es de 269 euros.
c) Cuatro plazas, más las cuatro correspondientes a los respectivos acompañantes, en cuatro apartamentos para residentes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento. El precio establecido por plaza es de 167 euros. Igual precio se aplicará a sus acompañantes.
A estos precios hay que incrementar el porcentaje de IVA correspondiente.
Los importes indicados no incluyen la alimentación, ropa de cama y enseres, así como los gastos de consumo de energía eléctrica y de teléfono. Además, otros servicios extras que se puedan ofertar serán con cargo a los beneficiarios.
La reparación de los daños que se causen al inmueble, instalaciones del mismo y muebles con los que se haya dotado cada apartamento, serán por cuenta del usuario y quedarán garantizados con fianza.
Sexta. El disfrute de una plaza de residente es por un período que abarcará desde el inicio del curso académico 2015-2016 hasta el 27 de julio del 2016. ...
Séptima. Cualquier interesado en solicitar plaza para los apartamentos deberá dirigirse a la Sección de Servicios Universitarios de la Universidad de Valladolid (calle Real de Burgos, s/n. Casa del Estudiante-Valladolid) y cumplimentar la solicitud que les facilitará la citada sección. Las solicitudes deberán presentarse en horario de 9 a 14 horas en la Sección de Servicio Universitarios de la Universidad, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo de presentación será desde el día 9 de junio hasta el día 1 de julio de 2015, ambos incluidos.También se publicará, de acuerdo con lo estipulado en el convenio, en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
La Comisión de adjudicación podrá ampliar el plazo de presentación de solicitudes atendiendo a las circunstancias que concurran, acuerdo que será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.

lunes, 5 de julio de 2010

3.304 becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico 2010-2011.

Becas
Orden EDU/1799/2010, de 29 de junio, por la que se convocan becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico 2010-2011.
PDF (BOE-A-2010-10669 - 8 págs. - 242 KB)
Otros formatos
Objeto y destinatarios.-1. Es objeto de la presente convocatoria promover la mejora de la formación de los estudiantes universitarios que vayan a finalizar los estudios de segundo ciclo o último curso de Grado, mediante la asignación de una beca que les permita iniciarse en tareas de investigación o de prácticas vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar la continuación de estudios de postgrado con orientación profesional o investigadora.
2. No se concederán estas becas para el alumnado que esté cursando el Proyecto de Fin de Carrera o Másteres universitarios oficiales.
Número de becas.-
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 3.304 Becas de Colaboración para el curso 2010-2011, con la distribución que se recoge en el Anexo a esta Orden. No se computarán dentro del número mencionado las que se concedan en vía de recurso administrativo o jurisdiccional.
3. Cuantía de las becas.- La dotación total y única de la beca para todos los beneficiarios será de 2.700 euros. En esta cantidad se entiende incluido el importe de los precios públicos por servicios académicos
4. Régimen de la beca.- 1. Podrá obtenerse la condición de beneficiario de esta beca en un único curso académico y por una sola vez, siendo compatible solamente con las becas de carácter general y de movilidad para el curso 2010-2011, convocadas por el Ministerio de Educación para los estudiantes universitarios.
2. En ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el beneficiario y el Estado o la universidad correspondiente.
6.–Requisitos académicos de los solicitantes.-1. Podrán obtener la beca colaboración los estudiantes universitarios de Grado o de segundo ciclo que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:
a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Máster oficial.
b) Haber superado todo el primer ciclo y al menos el 45 por ciento de los créditos que integran el segundo ciclo, con excepción de los estudiantes de Medicina que deberán haber superado el 60 por ciento de los mismos. En el caso de los estudiantes de Grado encontrarse cursando los últimos 60 créditos para completar los requisitos para la obtención del título, y haber superado 180 créditos.
c) Estar matriculado en 2010-2011 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios.
d) Tener como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
5,50 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
6,50 puntos para Ciencias y Ciencias de la Salud o Ciencias Experimentales y Ciencias de la Salud.
7,00 puntos para Ciencias Jurídicas y Sociales y Artes y Humanidades o Humanidades.
9. Solicitudes y documentación.- 1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptadas por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando el proyecto de colaboración evaluado por el departamento en formato informático hasta el 30 de septiembre de 2010 inclusive en el lugar y en el plazo que se indican en el artículo 10.
En el supuesto que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo con su firma y acompañado del proyecto de colaboración evaluado por el departamento.
2. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.
10. Plazo y lugar de presentación.- 1. Las solicitudes de quienes no dispongan de firma electrónica y, por tanto, impriman el modelo de solicitud en fichero pdf la presentarán en la unidad de becas de la universidad donde el estudiante esté cursando sus estudios, hasta el 30 de septiembre de 2010 inclusive.
2. Asimismo podrán presentarse las solicitudes en los registros, oficinas de correos, oficinas consulares de España y en cualquier otra de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y Procedimiento Administrativo Común.
ANEXO Distribución de las becas de colaboración por universidades
Universidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Número de becas
U. Alicante/Alacant . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77
U. Católica de Valencia San Vicente Mártir . . 2

U. Illes Balears . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

U. Jaume I de Castelló . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45

U. Miguel Hernández (Elx/Elche). . . . . . . . . . . .
28
U. Murcia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 90

U. Politècnica de València . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 79

U. València Estudi General . . . . . . . . . . . . . . . . . 186

U. Rovira i Virgili (Tarragona) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13

viernes, 11 de junio de 2010

procediments d'admissió a ensenyaments universitaris en la Comunitat Valenciana per al curs 2010/2011.

Conselleria d'Educació
ORDE 51/2010, de 2 de juny, de la Conselleria d'Educació, per la qual es regulen els procediments d'admissió a ensenyaments universitaris en la Comunitat Valenciana per al curs 2010/2011. [2010/6502] (pdf 631KB)
TÍTULO ÚNICO - Procedimiento de admisión a enseñanzas universitarias oficiales
CAPÍTULO I - Procedimiento de admisión al primer curso de enseñanzas universitarias oficiales
1. Ámbito de aplicación.- El alumnado que cumpla los requisitos académicos correspondientes y quiera acceder a las enseñanzas universitarias de grado impartidas por centros propios o adscritos a universidades públicas del sistema universitario valenciano, que tenga aprobado un número limitado de plazas de acceso, deberá solicitar su admisión en las mismas a través del proceso general de preinscripción regulado en la presente orden para el curso 2010-2011.
A efectos del acceso a la universidad, las universidades públicas valencianas se considerarán como una sola, por lo que el proceso de preinscripción será común y único en todas ellas, con independencia de aquella en la que hayan superado la prueba de acceso.
3. Solicitudes.- 3.1 Los estudiantes realizarán su solicitud vía Internet, a través del procedimiento que se establece en la página web de la Conselleria de Educación, en la dirección:
http://www.preinscripcion.gva.es/>.
3.2 La solicitud, impresa en papel y firmada por el estudiante, deberá presentarse, junto con la documentación procedente en cada caso, en el lugar de presentación que corresponda, según se establece en el apartado quinto de la presente orden. Sin el cumplimiento de este trámite no se considerará válidamente realizada la preinscripción.
3.3. No obstante lo anterior, aquellos estudiantes que no deseen utilizar la vía informática, podrán realizar la preinscripción utilizando el modelo de solicitud que a tal efecto se adjunta como anexo I a la presente orden, que podrá obtenerse en la dirección de Internet señalada (documento PDF) o solicitarla en los servicios de estudiantes de las universidades públicas valencianas o en la sede de la Conselleria de Educación (servicios centrales).
3.4. Los estudiantes presentarán una única solicitud, donde señalarán por orden de preferencia un máximo de 10 enseñanzas universitarias oficiales.
En el supuesto de que un estudiante pueda participar por más de un cupo (prueba de acceso/titulado universitario) indicará las calificaciones con que concurre en cada uno de ellos.
La presentación de más de una instancia de solicitud en papel en diferentes universidades de la Comunitat Valenciana conllevará la nulidad de todas ellas. Por ello, sólo podrá presentarse en el registro correspondiente una única solicitud en papel, con independencia de que puedan realizarse todas las que se estimen convenientes telemáticamente en la página web de la Conselleria de Educación. No obstante, en el caso de presentarse más de una solicitud en papel en la misma universidad, dentro del plazo de preinscripción y dentro del horario de registro correspondiente, se validará la última presentada.

viernes, 7 de mayo de 2010

procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el a

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Orden EDU/1161/2010, de 4 de mayo, por la que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad española por parte de los estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Objeto y ámbito de aplicación.- 1. La presente Orden tiene por objeto regular, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 20 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas, el acceso a la universidad española de los estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se haya suscrito Acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, siempre que dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades.
2. Lo establecido en esta norma será de aplicación a los estudiantes procedentes de los sistemas educativos que se relacionan en el anexo I de la presente norma, que acrediten la posesión de los requisitos académicos, diplomas, títulos y certificados que en el mismo se establecen.
ANEXO I
Sistemas educativos y requisitos de acceso

Sistema educativo __ Título, diploma o certificado Alemania. Título Allgemeine Hochschulreife (Abitur).
Andorra. Título de Bachiller del sistema educativo andorrano.
Austria. Reifeprünfungszeugnis.
Bachillerato Internacional. Diploma de Bachillerato Internacional (BI).
Bélgica. Certificat d’enseignement secondaire supérieur (comunidad francófona).
Diploma van Secundair Onderwijs (comunidad flamenca).
Abschlusszeugnis der Oberstufe des Sekundarunterrichts (comunidad germanófona).

Bulgaria. Diploma za Sredno Obrasovanie y Prueba de acceso a una universidad concreta.
República Checa. Título Vysvedcení o Maturnitní skousce, que se obtiene tras haber superado la prueba de Maturita.
China. Título acreditativo de la finalización de la enseñanza secundaria (Pu Tong Gao Zhong Bi Ye Zheng Shu) y acreditación de la superación del Examen Nacional (Gao Kao).
Chipre. Título Apolytirio y certificado de haber superado la prueba de acceso a la Universidad.
Dinamarca. Certificado de Studentereksamen (stx). Certificado de Hojere forgberedelsaseksamen (hf)
Escuelas Europeas. Título de Bachillerato Europeo.
Eslovaquia. Título Vysvedcenie o maturitnej skuske.
Eslovenia. Título de Matura (Maturitetno spricevalo).
Estonia. Calificación del examen estatal o de la prueba de acceso (Riigieksamitunnistus) y certificado de educación secundaria (Gümnaasiumi Loputunnistus).
Finlandia. Título Lukio y certificado acreditativo de haber aprobado el examen Ylioppilastutkinto.
Francia. Título de Baccalauréat.
Grecia. Título Apolytirio Kykiou junto con el Certificado de Acceso Estudios Superiores (Veveosi).
Hungría. Certificado Érettségui bizonyitvány, acreditativo de haber completado la educación secundaria y de haber superado el examen Érettségi vizsga.
Islandia. Stúdentspróf.
Irlanda. Established Leaving Certificate (que deberá incluir como mínimo seis materias de las cuales dos han de ser de nivel superior con grados A, B, C o D; el resto de las materias podrá de ser de nivel ordinario con grados A1, A2, B1 o B2).
Italia. Diploma de Examen de Estado o de Maturità.
Letonia. Atestas par Visparejo Videjo Videjo Izglitibu (Certificate of General Secondary Education).
Diploms par profesionalo videjo izglitibu (Diploma of Secondary Vocational Education).
Liechtenstein. Matura.
Lituania. Título Brandos Atestatas y el certificado acreditativo de haber superado en una universidad lituana el examen de acceso.
Luxemburgo. Diploma de fin de estudios secundarios. Diploma de fin de estudios secundarios técnicos.
Malta. Acreditación de haber superado el examen Matriculate Certificate Examination y al menos un nivel C en tres asignaturas cursadas en secundaria: inglés, matemáticas y maltés.
Noruega. Vietnemal Fra Videregaende Skole.
Países Bajos. Diploma Voorbereidend Wetenschappelijk Onderwijs (vWO) que se obtiene una vez superado el examen final Centraal examen.
Polonia. Título Swiadectwo Dojrzalosci acreditativo de haber aprobado el examen Nowa Matura.
Portugal. Acreditación de la superación del Ensino Secundario y de las pruebas de ingreso de ámbito nacional (Ficha ENES) y certificado de la Direcçao Geral do Ensino Superior en el que conste la nota definitiva de acceso a la universidad para determinadas enseñanzas o área concreta, con indicación de la vigencia de los requisitos de acceso acreditados.

Reino Unido. Acreditación de al menos cinco materias del Certificate of Secondary Education (GCSE) con calificación A, B o C, y de dos materias de nivel avanzado (AL) del General Certificate of Education (GCE) con calificación A*,A, B, C, D o E y un mínimo de 140 puntos de UCAS Tariff (o de las materias y niveles equivalentes del Scottish Certificate of Education, Advanced Higher). Rumania. Diploma de Baccalaureat.
Suecia. Diploma Slutbetyg.
Suiza. Diploma de Maturité.
ANEXO IV
Equivalencia de calificaciones
(ver cuadro en disposición)

lunes, 26 de abril de 2010

procediments d'accés a la universitat dels majors de 25, 40 i 45 anys i els procediments d'admissió a les universitats públiques espanyoles, en l'àmb

Objeto y ámbito de aplicación.- El objeto de esta orden es el establecimiento de las líneas generales de la metodología, desarrollo y contenidos de los ejercicios que integran los procedimientos de acceso a la universidad para los mayores de 25 y 45 años, así como el establecimiento de los criterios y las fórmulas de valoración de los mismos, y por otra parte, la regulación de los requisitos de participación en el procedimiento de acceso a la universidad para los mayores de 40 años, todo ello en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Organización de las pruebas de acceso.- 1. La organización de las pruebas de acceso corresponderá a las universidades públicas que ofrecen titulaciones universitarias vinculadas a las distintas ramas de conocimiento. Las pruebas de acceso deberán realizarse en todo caso en una universidad pública, sin perjuicio de que los alumnos que las superen puedan matricularse en universidades privadas con sede en la Comunitat Valenciana.
2. De acuerdo con el artículo 36 del Real Decreto 1.892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de acceso a estudios universitarios, serán las universidades públicas valencianas las que establecerán las condiciones de acceso a sus titulaciones universitarias mediante acreditación de experiencia laboral o profesional de los mayores de 40 años.
Convocatorias.- 1. Las universidades realizarán anualmente una convocatoria de prueba de acceso a la universidad para alumnos mayores de 25 y 45 años. Cada universidad hará públicas las fechas y el lugar de realización.
2. Una vez superada la prueba de acceso, los candidatos podrán presentarse nuevamente en sucesivas convocatorias con la finalidad de mejorar la calificación, y se tomará en consideración la obtenida en la nueva convocatoria siempre que sea superior a la anterior. En el supuesto de que, en la nueva convocatoria, el candidato que se presente a las pruebas para mayores de 45 años decida realizar la prueba de acceso en otra universidad, sólo se tomará en consideración, a efectos de ingreso, la calificación obtenida en esta última.
3. Los candidatos que se presenten a las pruebas para mayores de 45 años no podrán realizar la prueba de acceso, para un mismo curso académico, en más de una universidad. En caso contrario, quedarán automáticamente anuladas todas las pruebas realizadas.
CAPÍTULO II - Acceso para mayores de 25 años
Requisitos de los participantes en la prueba de acceso para mayores de 25 años.-Podrán participar en la prueba de acceso para mayores de 25 años las personas que no reúnan las condiciones necesarias para el acceso a la universidad y hayan cumplido los 25 años de edad antes del día 1 de octubre del año natural en el que se realizan las pruebas.
Instancia de participación en la prueba de acceso para mayores de 25 años.- 1. La inscripción para la realización de la prueba de acceso se realizará de acuerdo con el modelo de solicitud que aparece como anexo II en la presente orden.
Temarios de la prueba de acceso para mayores de 25 años.- Los ejercicios que componen la prueba de acceso para mayores de 25 años se basarán en los temarios que se adjuntan como anexo I de esta orden.
CAPÍTULO III - Acceso para mayores de 40 años
Requisitos de los participantes para el acceso de mayores de 40 años.- Podrán acceder por esta vía los candidatos con experiencia laboral o profesional en relación con una enseñanza universitaria y que no tengan ninguna titulación académica que los habilite para acceder a la universidad y hayan cumplido los 40 años de edad antes del día 1 de octubre del año de comienzo del curso académico.
Procedimiento de acceso.- Las universidades establecerán los criterios de acreditación y el ámbito de la experiencia laboral y profesional en relación con cada una de las enseñanzas, y entre otros criterios se incluirá, en todo caso, una entrevista personal.
Instancia de participación.- El acceso se realizará a una única enseñanza universitaria concreta ofertada por una universidad, dirigiendo la solicitud al rector de la misma.
CAPÍTULO IV - Acceso para mayores de 45 años
Requisitos de los participantes en la prueba de acceso para mayores de 45 años.- Podrán participar en la prueba de acceso para mayores de 45 años las personas que no tengan ninguna titulación académica que los habilite para acceder a la universidad, no puedan acreditar experiencia laboral o profesional habilitante y hayan cumplido los 45 años de edad antes del día 1 de octubre del año natural en el que se realicen las pruebas.
Temarios de la prueba de acceso para mayores de 45 años.- Los ejercicios que componen la prueba de acceso para mayores de 45 años se basarán en los temarios de las asignaturas Comentario de Texto de un Tema de actualidad, Castellano y Valenciano que se adjuntan en el anexo I de esta orden.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Los estudiantes que tengan aprobada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden podrán hacer efectiva la matrícula en la universidad y estudios de los que se trate, de conformidad con la normativa anterior correspondiente.
ANEXO I
Temarios de las asignaturas de las Pruebas de Acceso a la Universidad para los Mayores de 25 y 45 años
ANNEX III - SOL•LICITUD D’INSCRIPCIÓ A LES PROVES D’ACCÉS PER A MAJORS DE 45 ANYS
ANEXO III - SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN A LAS PRUEBAS DE ACCESO PARA MAYORES DE 45 AÑOS

martes, 9 de marzo de 2010

fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el

UNIVERSIDADES. 3848. Resolución de 23 de febrero de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria por el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2010-2011.
La Conferencia General de Política Universitaria, en su sesión del día 22 de febrero de 2010, ha acordado las siguientes fechas límites de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso 2010-2011:
Período para la preinscripción: Deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 12 de julio de 2010, inclusive.
Fecha para la publicación de la lista de admitidos: Antes del 20 de julio de 2010.
Período de matriculación: Deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las listas de admitidos.

sábado, 13 de febrero de 2010

se actualizan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades p

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Enseñanzas universitarias. Orden EDU/268/2010, de 11 de febrero, por la que se modifica la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.
PDF (BOE-A-2010-2330 - 2 págs. - 163 KB)
Otros formatos
Artículo único. Modificación de la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, por la que se actualizan los anexos del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas.
Se añade una disposición transitoria única a la Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, con la siguiente redacción:
«Disposición transitoria única. Incorporación de las materias de la fase específica para el cálculo de la nota de admisión.
1. Para los estudiantes que estén cursando en el año académico 2009-2010 el segundo curso de bachillerato, que se presenten en el año 2010 a las pruebas de acceso a la universidad, y que se vean afectados por el cambio de adscripción de un título universitario a una rama de conocimiento, la nota de admisión incorporará las calificaciones de las materias de la fase específica, independientemente de que estén adscritas, según el anexo I del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, a la nueva rama de conocimiento del título al que quieren ser admitidos.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior será únicamente de aplicación a los procedimientos que se celebren para la admisión a las universidades públicas en el curso 2010-2011

lunes, 23 de noviembre de 2009

concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios. Universidad Politécnica de Cartagena.

UNIVERSIDADES. Resolución de 4 de noviembre de 2009, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
Concurso de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de las plazas que se detallan en el anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad Politécnica de Cartagena, incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
Normas generales.–Los concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; por el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos de docentes universitarios; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto 111/2005, de 30 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena; el Reglamento provisional por el que se regulan los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios entre acreditados, aprobado en Consejo de Gobierno de 14 de diciembre de 2007 y con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Presentación de solicitudes.- 3.1 Los interesados que deseen participar en los concursos de acceso, lo solicitarán al Rector de la Universidad Politécnica de Cartagena, mediante solicitud debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña a la presente convocatoria como anexo II, y que también podrán encontrar en el Registro General de la Universidad Politécnica de Cartagena y en la dirección electrónica:
http://www.upct.es/convocatorias/actpdi/convocatorias.php .
3.2 Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad Politécnica de Cartagena, Plaza Cronista Isidoro Valverde, 30202 Cartagena, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación, tal y como señala artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 24 de Noviembre al 11 de Diciembre, a.i.]
3.4 Los derechos de examen serán de 30 euros y se ingresarán en la cuenta número 2043 0136 03 0100000166 en la Caja de Ahorros de Murcia, indicando el nombre, D.N.I. del concursante y el código de ingreso: 1045-X.
La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determina la exclusión definitiva del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supone la sustitución del trámite de presentación en el tiempo y forma de la solicitud.
página web de la Universidad Politécnica de Cartagena,
ANEXO I
Código: 14F/09/CU. Área: Producción Vegetal. Departamento: Producción Vegetal. Centro: ETSIA. Plaza: CU 421. Perfil: Docencia: Botánica Agrícola. Investigación: Estudio Agronómico de Especies Silvestres Mediterráneas con Valor Ornamental y Conservación de Especies Botánicas Amenazadas.
Código: 15F/09/CU. Área: Producción Vegetal. Departamento: Producción Vegetal. Centro: ETSIA. Plaza: CU 422. Perfil: Docencia: Protección de Cultivos. Investigación: Resistencia a insecticidas.
Código: 16F/09/CU. Área: Producción Vegetal. Departamento: Producción Vegetal. Centro: ETSIA. Plaza: CU 423. Perfil: Docencia: Horticultura. Investigación: Cultivo de hortalizas de hoja en bandejas flotantes.
Código: 17C/09/CU. Área: Matemática Aplicada. Departamento: Matemática Aplicada y Estadística. Centro: ETSIA. Plaza: CU 424. Perfil: Docencia: Métodos Numéricos. Investigación: Métodos iterativos para la aproximación de ecuaciones no lineales. Esquemas de subdivisión no lineales y aplicaciones.

lunes, 2 de noviembre de 2009

subvenciones para favorecer la movilidad de profesores y de estudiantes en enseñanzas de doctorado para el curso académico 2009-2010.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/2933/2009, de 23 de octubre, por la que se convocan subvenciones para favorecer la movilidad de profesores y de estudiantes en enseñanzas de doctorado para el curso académico 2009-2010.
Objeto.- 1. Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para promover la movilidad de profesores y estudiantes en los doctorados a los que se concedió o renovó la Mención de Calidad para el curso académico 2008-2009 y de profesores y estudiantes por su participación en la obtención de la Mención Europea en el título de doctor.
Ámbito de aplicación.- 1. Las subvenciones para estancias de movilidad convocadas en la presente Orden serán de aplicación a los programas de doctorado que desarrollen las universidades españolas, según lo previsto en el R. D. 1393/2007, de 29 de octubre, o, en su caso, en el R. D. 56/2005, de 21 de enero, y R. D. 778/1998, de 30 de abril, todo ello de acuerdo con la resolución de la Dirección General de Universidades, de 16 de julio de 2008, sobre diversos aspectos relativos a las enseñanzas de máster y doctorado en la nueva ordenación universitaria.
2. A los efectos de la presente convocatoria, se considera curso académico 2009-2010 al comprendido entre el 1 de octubre de 2009 y el 30 de septiembre de 2010, ambos inclusive.
Modalidades de la convocatoria.- Las subvenciones para las estancias de movilidad durante el curso académico 2009-2010, se referirán a alguna de las modalidades siguientes:
1. Movilidad en programas de doctorado con Mención de Calidad concedida o renovada para el curso académico 2008-2009 y siguientes, en los términos definidos en el capítulo II de la presente Orden.
2. Movilidad para la obtención de la Mención Europea en el título de doctor, en los términos definidos en el capítulo III de la presente Orden.
Plazo y procedimiento para la formalización de solicitudes por los profesores y los estudiantes.
1. El plazo de presentación de solicitudes, es el que figura para cada modalidad de subvención en el capítulo correspondiente.
2. Las solicitudes se cumplimentarán en los impresos que estarán disponibles en la dirección de Internet: http://www.educacion.es/ .
Plazo y procedimiento de presentación de la documentación por las universidades.- 1. El plazo de presentación de las solicitudes y documentación por parte de las universidades, será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de los profesores y estudiantes en las universidades.
CAPÍTULO II
Modalidad A. Subvenciones para estancias de movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en el curso académico 2009-2010 en programas de doctorado con mención de calidad
Objeto.- 1. Es objeto de esta modalidad la concesión de subvenciones a profesores visitantes y a estudiantes para estancias de movilidad en programas de doctorado que impartan las universidades españolas en el curso académico 2009-2010, a los que se concedió o renovó la Mención de Calidad para el curso 2008-2009 de acuerdo con la convocatoria publicada por la Orden ECI/939/2008, de 5 de marzo («BOE» de 5 de abril de 2008.
2. La relación de programas de doctorado con Mención de Calidad a los que se refiere el punto anterior se publicará en la página web del Ministerio de Educación en la siguiente dirección de Internet: http://www.educación.es/ .
Modalidades. - Las subvenciones para estancias de movilidad para el curso académico 2009-2010 en programas de doctorado con Mención de Calidad se referirán a alguna de las modalidades siguientes:
a) Modalidad A-1: Subvenciones para la movilidad de profesores visitantes.
b) Modalidad A-2: Subvenciones para la movilidad de estudiantes.
Modalidad A-1: Subvenciones para la movilidad de profesores visitantes en programas de doctorado con mención de calidad. Los profesores visitantes presentarán la documentación para las solicitudes de subvenciones de movilidad en las universidades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.3, durante los 10 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el «BOE».[
Del 3 al 12 de Noviembre a.i.]

Modalidad A-2. Subvenciones para la movilidad de estudiantes en programas de doctorado con mención de calidad. Para el curso académico 2009-2010 se convocan 300 subvenciones para movilidad de estudiantes estimadas en 3.000 semanas de estancia. El período mínimo de duración de la estancia será de una semana. El período máximo de estancia en universidades españolas, hasta 24 semanas, y las estancias en países del EEES, distintos de España, hasta 12 semanas. El plazo de presentación de las solicitudes por los estudiantes en las universidades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.3, será del 7 al 23 de enero de 2010.
CAPÍTULO III
Modalidad B. Subvenciones para estancias de movilidad de profesores y de estudiantes para la obtención de la Mención Europea en el título de doctor.
Modalidad B-1. Movilidad para la participación de profesores en tribunales de tesis convocados para la Mención Europea en el título de doctor.Los profesores visitantes presentarán la documentación para las solicitudes subvenciones de movilidad en las universidades de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.3, durante los 10 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el «BOE».[del 3 al 12 de noviembre, a.i.]
Modalidad B-2. Estancias de movilidad de estudiantes para la obtención de la Mención Europea en el título de doctor. Se convocan 450 subvenciones con una estimación de 5.400 semanas de estancia para el curso académico 2009-2010. Las subvenciones tendrán una dotación de 350 euros por semana de estancia y una dotación única de viaje de 300 euros salvo los desplazamientos desde las Islas Baleares, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, que tendrán una dotación única máxima de viaje de 350 euros.
Documentación y plazo de presentación de solicitudes. 3. El plazo de presentación de las solicitudes por los estudiantes en las universidades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.3, será del 7 al 23 de enero de 2010.

martes, 20 de octubre de 2009

enseñanzas universitarias oficiales de máster en la Universidad Politécnica de Valencia.

Conselleria d’Educació. DECRET 183/2009, de 16 d’octubre, del Consell, pel qual s’autoritza la implantació d’ensenyances universitàries oficials de màster a la Universitat Politècnica de València. [2009/11781]
DECRETO 183/2009, de 16 de octubre, del Consell, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales de máster en la Universidad Politécnica de Valencia. [2009/11781]
Autorización de enseñanzas.- Se autoriza a la Universidad Politécnica de Valencia para la implantación, en el curso 2009/2010, de las enseñanzas universitarias oficiales de máster que se relacionan en el anexo del presente decreto.
ANEXO - ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER QUE SE AUTORIZAN EN EL CURSO 2009-2010
1 Máster universitario en Arquitectura Avanzada, Paisaje, Urbanismo y Diseño
2 Máster universitario en Artes Visuales y Multimedia
3 Máster universitario en Automática e Informática Industrial
4 Máster universitario en Biotecnología Molecular y Celular de Plantas
5 Máster universitario en Ciencia e Ingeniería de los Alimentos
6 Máster universitario en Computación Paralela y Distribuida
7 Máster universitario en Conservación del Patrimonio Arquitectónico
8 Máster universitario en Conservación y Restauración de Bienes Culturales
9 Máster universitario en Construcciones e Instalaciones Industriales
10 Máster universitario en Contenidos y Aspectos legales en la Sociedad de la Información
11 Máster universitario en Dirección Financiera y Fiscal
12 Máster universitario en Dirección y Gestión de Proyectos
13 Máster universitario en Diseño y Fabricación Integrada Asistidos por Computador
14 Máster universitario en Edificación
15 Máster universitario en Gestión Cultural
16 Máster universitario en Gestión de Empresas, Productos y Servicios
17 Máster universitario en Gestión y Seguridad Alimentaria
18 Máster universitario en Ingeniería Acústica
19 Máster universitario en Ingeniería Avanzada de Producción, Logística y Cadena de Suministro
20 Máster universitario en Ingeniería Biomédica
21 Máster universitario en Ingeniería de Computadores
22 Máster universitario en Ingeniería de Sistemas Electrónicos
23 Máster universitario en Ingeniería de Diseño
24 Máster universitario en Ingeniería del Hormigón
25 Máster universitario en Ingeniería del Mantenimiento
26 Máster universitario en Ingeniería del Software, Métodos Formales y Sistemas de Información
27 Máster universitario en Ingeniería Hidráulica y Medioambiente
28 Máster universitario en Ingeniería Mecánica y Materiales
29 Máster universitario en Ingeniería Textil
30 Máster universitario en Inteligencia Artificial, Reconocimiento de Formas e Imagen Digital
31 Máster universitario en Materiales y Sistemas Sensores para Tecnologías Medioambientales
32 Máster universitario en Mejora Genética Animal y Biotecnología de la Reproducción
33 Máster universitario en Mejora Genética Vegetal
34 Máster universitario en Motores de Combustión Interna Alternativos
35 Máster universitario en Música
36 Máster universitario en Planificación y Gestión en Ingeniería Civil
37 Máster universitario en Producción Animal
38 Máster universitario en Producción Vegetal y Ecosistemas Agroforestales
39 Máster universitario en Seguridad Industrial y Medioambiente
40 Máster universitario en Tecnología Energética para el Desarrollo Sostenible
41 Máster universitario en Tecnologías, Sistemas y Redes de Comunicaciones
42 Máster universitario en Transporte, Territorio y Urbanismo
43 Máster universitario en Viticultura, Enología y Gestión de la Empresa Vitivinícola
44 Máster universitario en Producción Artística
45 Máster universitario en Química Orgánica, Experimental e Industrial (Interuniversitario UV-UA-UJI-UCH-UPV).

lunes, 19 de octubre de 2009

Reglamento de Permanencia de los y las Estudiantes de la Universitat de València.

Universitat de València . RESOLUCIÓ de 21 de setembre de 2009, del rector de la Universitat de València, que ordena la publicació de l’acord del Consell Social de 23 de juliol de 2009 (ACSUV 2009/349), pel qual s’aprova el Reglament de Permanència dels Estudiants i de les Estudiantes de la Universitat de València. [2009/11380]
RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2009, del rector de la Universitat de València, por el que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo Social de 23 de julio de 2009 (ACSUV 2009/349), por el que se aprueba el Reglamento de Permanencia de los y las Estudiantes de la Universitat de València. [2009/11380]
ANEXO - Reglamento de Permanencia de los las Estudiantes de la Universitat de València.
Ámbito de aplicación.- La presente normativa regula las condiciones de permanencia en la Universitat de València de estudiantes que se hayan matriculado en estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios que tengan carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Rendimiento mínimo necesario para los alumnos de primer curso de nuevo ingreso.- Los y las estudiantes de primer curso de nuevo ingreso deberán superar al menos 12 créditos. Si no cumplen los requisitos establecidos en el apartado anterior no podrán matricularse en la misma titulación hasta que pasen dos años académicos. Con carácter general, una asignatura adaptada o convalidada es una asignatura superada. Esta regla se aplicará tanto a estudiantes a tiempo completo como a tiempo parcial.
Número máximo de convocatorias.- 2.1 Los y las estudiantes que se hayan matriculado dispondrán de seis convocatorias para superar cada asignatura. Se considerará que la condición de no presentado en el acta no consume convocatoria.
2.2 A los y las estudiantes a quienes les falte el 15% o menos de créditos para obtener la titulación, no se les aplicará el apartado anterior.


Excepciones.- Quedan exceptuados del cómputo de las restricciones establecidas en el primer apartado del artículo anterior, y en los artículos 1 y 2, los y las estudiantes que acreditan la existencia de una causa personal justificada que pudiera haber influido en su rendimiento (enfermedad grave o cualquier otra causa de fuerza mayor). Será competencia del decano o decana o del director o directora del centro la decisión sobre su situación. En caso de resolución negativa, se podrá recurrir ante el rector o rectora.
Asimismo, la Universitat promoverá la efectiva adecuación del reglamento de permanencia a las necesidades de los y las estudiantes con discapacidad, mediante la valoración de cada caso concreto.
Traslados.- A los y las estudiantes procedentes de otras universidades, se les aplicará el mismo trato que a los y las estudiantes de la Universitat de València. A los y las estudiantes que obtengan el traslado de expediente a la Universitat, se les computarán las convocatorias utilizadas.
Disposición Adicional.- El rector o rectora presentará anualmente al Consell Social un informe sobre el desarrollo y aplicación de este reglamento, en el que se deberán valorar los efectos derivados del mismo.
Disposición derogatoria.- Este Reglamento deroga el Reglamento de Permanencia de los Estudiantes de la Universitat de València aprobado por Acuerdo del Consell Social de la Universitat de València de 31 de julio de 2000, y sus modificaciones.

jueves, 30 de julio de 2009

UPV: bolsas de trabajo, para la cobertura de próximas necesidades de carácter temporal, de personal docente e investigador, contratado laboral, en la

Universitat Politècnica de València. RESOLUCIÓ de 24 de juliol de 2009, de la Universitat Politècnica de València, per la qual es convoca concurs de mèrits per a la constitució de borses de treball, per a la cobertura de pròximes necessitats de caràcter temporal de personal docent i investigador, contractat laboral, en la figura de professorat associat. [2009/8938]
RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2009, de la Universidad Politécnica de Valencia, por la que se convoca concurso de méritos para la constitución de bolsas de trabajo, para la cobertura de próximas necesidades de carácter temporal, de personal docente e investigador, contratado laboral, en la figura de profesor asociado. [2009/8938]

Objeto de la convocatoria.- La presente convocatoria tiene por objeto la constitución de bolsas de trabajo de profesor asociado, con las características que figuran en el anexo I, a las que se acudirá para la cobertura de necesidades de docencia sobrevenidas en esta Universidad
Requisitos de los aspirantes.- Las personas que deseen participar en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Tener cumplidos 16 años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.
2. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las correspondientes a las plazas.
En caso de ser nacional de otro estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o funciones correspondientes a las plazas convocadas.
4. Estar ejerciendo una actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, durante un periodo mínimo de tres años dentro de los cinco últimos.

5. Tener nacionalidad española o ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea, así como los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes. Asimismo se extiende igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Asimismo podrán participar los extranjeros no incluidos en los apartados anteriores con residencia legal en España.
La concurrencia de los requisitos anteriores deberá estar referida a una fecha anterior a la expiración del plazo de presentación de instancias.
Solicitudes.- Las personas interesadas en la presente convocatoria formalizarán su solicitud dirigida al rector de la Universidad a través del modelo de instancia que consta en anexo III, y asimismo será facilitada en los departamentos afectados y en el Registro General (puede obtenerse los modelos correspondientes, así como información de esta convocatoria a través de la página web <
http://www.upv.es/rrhh >).
Deberá presentarse una solicitud (por duplicado), para cada plaza a la que se desee concursar, indicándose el número de la misma. Caso de que se convoquen varias plazas con el mismo perfil y características y que vengan agrupadas en la convocatoria deberá presentarse únicamente una solicitud para todas ellas.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana hasta el 7 de septiembre de 2009.
Características de los contratos:
· Tipo de contrato: contrato laboral de naturaleza especial.
· Jornada: dedicación a tiempo parcial.
· Actividades a desempeñar: tareas exclusivamente docentes, en el área de conocimiento que figura en anexo I.

· Retribuciones: las retribuciones vienen determinadas en el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Gobierno Valenciano, considerándose en su caso aquellas variaciones que aprueben los órganos competentes de la Universidad, siendo para el ejercicio 2009 las que seguidamente se indican en función de la dedicación (retribución bruta anual):
Dedicación P06 7.466,34 euros.
Dedicación P05
6.222,44 euros.
Dedicación P04
4.978,40 euros.
Dedicación P03
3.734,08 euros.
Validez temporal de las bolsas de trabajo.- Las bolsas de trabajo que se constituyan tendrán validez para dos cursos académicos.

ANEXO I - Relación y categoría de las plazas ofertadas. Convocatoria: C1/09
Comunicación Audiovisual, Doc. e H.ª Arte
Área: Comunicación Audiovisual y Publicidad
- Localidad: Gandia
No. de plazas: Código de la plaza: S3399
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Publicidad. Teoría de la Comunicación Audiovisual. Teoría e Historia del Cine Publicitario.

Comunicaciones
Área: Ingeniería Telemática
- Localidad: Gandia
No. de plazas: Código de la plaza: S3665
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Ingeniería Telemática.
- Localidad: Alcoy
No. de plazas: Código de la plaza: S3921
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Ingeniería Telemática.

Área: Teoría de la Señal y Comunicaciones
- Localidad: Gandia
No. de plazas: Código de la plaza: S3666
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Teoría de la Señal y Comunicaciones.
- Localidad: Alcoy
No. de plazas: Código de la plaza: S4364
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Teoría de la Señal y Comunicaciones

Economía y Ciencias Sociales
Área: Comercialización e Investigación de Mercados
- Localidad: Gandia
Núm. de plazas: Código de la plaza: S3348
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Comercialización e Investigación de Mercados.
Área: Economía Aplicada
- Localidad: Gandia
Núm. de plazas: Código de la plaza: S3862
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Economía Aplicada.

Ecosistemas Agroforestales
Área: Producción Vegetal
Núm. de plazas: Código de la plaza: S1196
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Producción Vegetal.

Expresión Gráfica Arquitectónica
Área: Expresión Gráfica Arquitectónica
Núm. de plazas: Código de la plaza: S4497
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Geometria Descriptiva.

Física aplicada
Área: Física Aplicada
Núm. de plazas: Código de la plaza: S4355
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Física Aplicada.

Ingeniería Hidráulica y Medio Ambiente
Área: Ingeniería Hidráulica
Núm. de plazas: Código de la plaza: S4704
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Ingeniería Hidráulica.

Área: Tecnología del Medio Ambiente
- Localidad: Gandia
Núm. de plazas: Código de la plaza: S3651
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Tecnología del Medio Ambiente.

Ingeniería Mecánica y de Materiales
Área: Ingeniería de los Procesos de Fabricación
Núm. de plazas: Código de la plaza: S4720
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: ingeniería de los procesos de fabricación.

Ingeniería Textil y Papelera
Área: Ingeniería Textil y Papelera
- Localidad: Alcoy
Núm. de plazas: Código de la plaza: S4635
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Ingeniería Textil y Papelera.

Área: Química Física
- Localidad: Alcoy
Núm. de plazas: Código de la plaza: S2591
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Química Física.
Lingüística Aplicada
Área: Filología Alemana
- Localidad: Valencia
Núm. de plazas: Código de la plaza: S4095
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Filología Alemana.

Área: Filología Francesa
- Localidad: Valencia
Núm. de plazas: Código de la plaza: S3363
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: Filología Francesa.

Pintura
Área: Pintura
- Localidad: Facultad de Bellas Artes
Núm. de plazas: Código de la plaza: S3381
Categoría: ASO/1 Dedicación:
Perfil: proyectos de pintura audiovisual y multimedia.

miércoles, 15 de julio de 2009

becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2009-2010, para estudiantes de enseñanzas universitarias.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/1901/2009, de 9 de julio, por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2009-2010, para estudiantes de enseñanzas universitarias.
Objeto y beneficiarios.- 1. Se convocan por la presente Orden becas para estudiantes que en el curso académico 2009-2010, cursen en centros españoles enseñanzas universitarias con validez en todo el territorio nacional.
2. De conformidad con el artículo 4.1 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, para ser beneficiario de las becas y ayudas al estudio reguladas en este Real Decreto será preciso:
a) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.
b) Cumplir los requisitos básicos establecidos en el Real Decreto 1721/2007, así como los que se fijan en la presente convocatoria.
c) Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema universitario español que se enumeran en el artículo 3 de la presente convocatoria.
d) Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
3. Tendrán la consideración de beneficiarios de las becas a la que se refiere la presente convocatoria, los estudiantes a quienes se les concedan en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Que perciban directamente el importe.
b) Que lo obtengan mediante exención del pago de un determinado precio por un servicio académico.
4. La condición de beneficiario podrá obtenerse aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
5. En cumplimiento de la disposición adicional novena de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de reforma para el impulso de la productividad, se convocan becas y ayudas al estudio sin un número determinado de personas beneficiarias, que se concederán atendiendo, al aprovechamiento académico y a los niveles de renta y patrimonio con que cuente la unidad familiar.
Enseñanzas comprendidas.- 1. Para el curso académico 2009-2010 y, con cargo a los créditos mencionados en el artículo anterior se convocan becas sin número determinado de personas beneficiarias para las siguientes enseñanzas:
a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
c) Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
d) Complementos de formación para acceso al Máster, Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.
2. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.
Clases de becas.- Los estudiantes podrán optar a las siguientes becas:
1. Becas de movilidad para estudiantes que vayan a cursar estudios presenciales en centros ubicados en comunidad autónoma distinta a la de su domicilio familiar.
2. Becas de carácter general para aquellos estudiantes que vayan a cursar estudios en centros ubicados en la misma Comunidad Autónoma de su domicilio familiar.
3. Becas de proyecto fin de carrera para las enseñanzas técnicas.
4. Becas de matrícula para todos los estudiantes independientemente de la comunidad autónoma en la que vayan a realizar sus estudios con respecto al domicilio familiar.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes.- 1. La solicitud impresa del fichero pdf, con la firma del solicitante y demás miembros computables de la familia, acompañada de la documentación descrita en el artículo anterior se presentará en los centros docentes donde los solicitantes vayan a seguir sus estudios durante el curso académico 2009-2010.
2. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse en los registros, oficinas de correos, oficinas consulares de España y en cualquier otra de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
3. Los órganos receptores de los modelos de solicitud de beca sellarán y fecharán una copia del mismo que deberá ser conservado por el/la solicitante.
4. El plazo para presentar la documentación a que se refiere el apartado 1 finaliza el 30 de septiembre de 2009 inclusive, aunque este plazo no coincida con el plazo de matrícula.
5. No obstante podrán presentarse solicitudes de beca después del 30 de septiembre en los siguientes casos:
a) En casos excepcionales debidamente autorizados por las universidades.
b) En caso de fallecimiento del sustentador principal de la familia, o por jubilación forzosa del mismo que no se produzca por cumplir la edad reglamentaria ocurridos después de transcurrido dicho plazo.
c) En caso de estudiantes cuya situación económica familiar se viera gravemente afectada por causa justificada.
En estos casos, las solicitudes se presentarán directamente en las universidades en que corresponda realizar los estudios para los que se solicita el beneficio.
6. En los casos previstos en los apartados b) y c) del punto 5 anterior en los que la situación económica familiar haya variado sustancialmente, los órganos colegiados de selección atenderán, para la concesión o denegación de la beca o ayuda solicitada a la nueva situación económica familiar sobrevenida.
Para que esta nueva situación económica familiar pueda ser tenida en cuenta, será preciso que el/la solicitante exponga y acredite documentalmente tanto la realidad de los hechos causantes de la situación como las características de la misma.
7. Podrán presentarse igualmente solicitudes con posterioridad al 30 de septiembre para beca para la realización del proyecto de fin de carrera y para el curso de acceso para mayores de 25 años durante el mes siguiente a la fecha de formalización de la matrícula correspondiente y, en todo caso, antes del 14 de marzo del 2010.