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jueves, 15 de marzo de 2018

fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2018-2019.

– Período para la preinscripción: deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 2 de julio de 2018, inclusive.
Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en el artículo 9.1.b) y 9.2.b) y c) del citado Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, dicho período deberá estar abierto hasta el 9 de julio de 2018, inclusive. No obstante, las solicitudes presentadas entre el 10 y el 31 de julio de 2018 por los estudiantes pertenecientes a estos colectivos serán tenidas en cuenta, respetándose los derechos de admisión de dichos estudiantes.
– Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 19 de julio de 2018.
– Período de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las listas de admitidos.

jueves, 8 de junio de 2017

fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2017-2018.

El artículo 7 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, dispone que «La Conferencia General de Política Universitaria, en función de las fechas fijadas para la realización de la evaluación final de Bachillerato, fijará los plazos mínimos de preinscripción y matriculación en las universidades públicas para permitir a los estudiantes concurrir a la oferta de todas las universidades».
http://universitatsirecerca.gencat.cat/web/.content/00_HOME/4_diapositives/imatges/555x431_Preinscripcio2017.jpg_191393041.jpgEn virtud de lo anterior, la Conferencia General de Política Universitaria, a través de su Comisión Delegada en la sesión del día 29 de mayo de 2017, ha acordado las siguientes fechas límite de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso 2017-2018:
– Período para la preinscripción: deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 3 de julio de 2017, inclusive.
Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la Universidad por la vía prevista en el artículo 9.1.b) y 9.2.b) y c) del citado Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, dicho período deberá estar abierto hasta el 10 de julio de 2017, inclusive. No obstante, las solicitudes presentadas entre el 11 y el 31 de julio de 2017 por los estudiantes pertenecientes a estos colectivos serán tenidas en cuenta, respetándose los derechos de admisión de dichos estudiantes.
– Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 19 de julio de 2017.
– Período de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las listas de admitidos.

viernes, 31 de mayo de 2013

procediments d’admissió al primer curs dels ensenyaments universitaris oficials de grau en les universitats públiques i els seus centres adscrits de la Comunitat Valenciana. ## procedimientos de admisión al primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas y sus centros adscritos de la Comunitat Valenciana.

Conselleria d’Educació, Cultura i Esport.
RESOLUCIÓ de 27 de maig de 2013, del president de la Comissió Gestora dels Processos d’Accés i Preinscripció en les Universitats Públiques del Sistema Universitari Valencià, per la qual es publica l’acord de la comissió sobre regulació dels procediments d’admissió al primer curs dels ensenyaments universitaris oficials de grau en les universitats públiques i els seus centres adscrits de la Comunitat Valenciana. [2013/5662]  (pdf 692KB) 
RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2013, del presidente de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, por la que se publica el acuerdo de la misma sobre regulación de los procedimientos de admisión al primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas y sus centros adscritos de la Comunitat Valenciana. [2013/5662]  (pdf 692KB)
Ámbito de aplicación. 1. El alumnado que cumpla los requisitos académicos correspondientes y quiera acceder a las enseñanzas universitarias de grado impartidas por centros propios o adscritos a universidades públicas del sistema universitario valenciano, que tengan aprobado un número limitado de plazas de acceso, deberán solicitar su admisión en las mismas a través del proceso general de preinscripción que se establece en los presentes acuerdos.
2. A efectos del acceso a la universidad, las universidades públicas valencianas se considerarán como una sola, por lo que el proceso de preinscripción será común y único en todas ellas, con independencia de aquella en la que hayan superado la prueba de acceso. 
Requisitos académicos Podrán participar en el procedimiento de preinscripción, los solicitantes que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a)
Haber superado la prueba de acceso a la universidad.
b) Haber superado los estudios requeridos con arreglo al sistema educativo de un estado miembro de la Unión Europea, o de otro estado con el que España haya suscrito acuerdo internacional a este respecto, en régimen de reciprocidad, y reunir los requisitos académicos exigidos en su respectivo país para el acceso a la universidad.
c) Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.
d) Haber superado la prueba de acceso para mayores de cuarenta y cinco años, o haber superado el proceso de admisión para los mayores de cuarenta años con experiencia profesional, en ambos casos en una universidad de la Comunitat Valenciana.
e) Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU) con anterioridad al curso académico 1974-75, el Curso Preuniversitario y las pruebas de madurez o el Bachillerato de planes de estudios anteriores al del año 1953.
f) Estar en posesión de un título de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas y diseño, o técnico deportivo superior, haber superado las enseñanzas de formación profesional de segundo grado o un módulo profesional de nivel III, obteniendo el título de técnico especialista, o títulos declarados equivalentes a los anteriores.
g) Estar en posesión de un título universitario o equivalente que habilite para el acceso a la universidad. 
Solicitudes. 1. Los estudiantes cumplimentarán su solicitud de preinscripción telemáticamente, a través del procedimiento que se establece en la página web de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, en la dirección www.preinscripcion.gva.es.
4. Aquellos estudiantes que no puedan utilizar la vía informática, podrán cumplimentar la solicitud de preinscripción utilizando el modelo de solicitud que a tal efecto se adjunta como anexo I de los presentes acuerdos, que podrá obtenerse en la dirección de Internet señalada en el punto 1 de este apartado tercero (documento pdf) o solicitarla en los servicios de estudiantes de las universidades públicas valencianas o en la sede de la Consellería de Educación Cultura y Deporte, avenida de Campanar, número 32, de Valencia.
5. Los estudiantes harán constar en la solicitud de preinscripción, por orden de preferencia, hasta un máximo de 20 enseñanzas universitarias oficiales de grado.
En el supuesto de que un estudiante pueda participar por más de un cupo indicará las calificaciones con que concurre en cada uno de ellos en la misma solicitud.
Lugar de presentaciónEl alumnado que no tenga opción de presentar la solicitud de forma telemática tal como se establece en el apartado tercero punto 2, párrafo primero, de estos acuerdos, deberán presentar la solicitud impresa y firmada junto con la correspondiente documentación en los siguientes lugares:
En el centro docente de la Comunitat Valenciana donde los estudiantes hayan cursado sus estudios de segundo de Bachillerato o sus estudios de un ciclo formativo de Formación Profesional de grado superior, o enseñanzas superiores de Artes Plásticas y Diseño, o enseñanzas de técnico deportivo superior.
En los restantes supuestos, en cualquiera de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana, preferentemente en la universidad correspondiente a los estudios solicitados en primera opción.
Todo ello sin perjuicio de que pueda presentarse por correo certificado, en sobre abierto para ser fechado y sellado antes de ser certificado, así como por las restantes formas o lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 
Plazos de presentación. 1. La Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción Universitaria determinará y hará públicas las fechas de la convocatoria de cada curso académico.
2. Para el curso académico 2013-2014 los plazos de presentación de solicitudes serán:
a)
Alumnado que ya disponga de sus calificaciones de acceso, por haberse presentado a las pruebas de acceso en años anteriores, o a los procesos de acceso de mayores de 25, 40 y 45 años de 2013, o por ser titulados universitarios, o por tener titulación de técnico superior de formación profesional o técnico superior de artes plásticas y diseño o técnico deportivo superior de años anteriores a la convocatoria de preinscripción en la que participan, etc., del día 3 de junio de 2013 al día 10 de junio de 2013, ambos inclusive.
b) Alumnado que se presenta a las pruebas de acceso a la universidad del curso 2012-2013 en la convocatoria ordinaria de junio, del día 17 de junio de 2013 al día 5 de julio de 2013, ambos inclusive. En este plazo se incluyen los estudiantes de la convocatoria ordinaria de prueba de acceso a la universidad (PAU) de otras comunidades autónomas y los de sistemas educativos extranjeros que se examinan en la UNED y no están incluidos en el apartado d siguiente.
c) Alumnado que se presenta a las pruebas de acceso a la universidad del curso 2012-2013, en la convocatoria extraordinaria de julio, del día 9 de julio de 2013 al día 14 de julio de 2013, ambos inclusive.
Los estudiantes de Bachillerato de la Comunitat Valenciana podrán realizar y presentar telemáticamente la instancia hasta las 24 horas del día 14 de julio, pero si tuvieran que presentar algún documento, tal como se específica en el apartado 4 punto 2 letra a de los presentes acuerdos, se aceptará la presentación de la instancia en papel y la documentación hasta las 14 horas del día 15 de julio en las universidades correspondientes.
El alumnado de Bachillerato de la Comunitat Valenciana deberá presentar la solicitud de preinscripción en el plazo indicado aunque no conozca sus calificaciones de la prueba de acceso, será el programa informático el que cargará sus calificaciones, cuando estén disponibles, antes del proceso de baremación y adjudicación de plazas.
Los alumnos de otras comunidades autónomas o de la UNED que se presenten a las pruebas de acceso a la universidad del curso 2012-2013, en sus convocatorias extraordinarias, o los alumnos de ciclos formativos de grado superior de la Comunitat Valenciana que finalicen sus estudios en su convocatoria extraordinaria del presente curso, se presenten o no a la fase específica de la prueba de acceso en la convocatoria extraordinaria de julio, presentarán la solicitud en papel, junto con la documentación correspondiente, dentro de los plazos que se establecen en este apartado c y si no dispusieran en dicho plazo de la documentación necesaria no podrán participar en el proceso de preinscipción. Los alumnos que no puedan participar por no conocer sus calificaciones se dirigirán directamente a las universidades públicas de la Comunitat Valenciana para solicitar plaza cuando tengan sus calificaciones, en el mes de septiembre, y tendrán los mismos derechos de adjudicación que los alumnos de la Comunitat Valenciana que hubieran superado la prueba de acceso a la universidad en la convocatoria extraordinaria de julio de 2013.
d) El alumnado que obtenga su título de técnico superior de Formación Profesional, o técnico superior de Artes Plásticas y Diseño, o técnico deportivo superior, en la convocatoria ordinaria del curso 2012-2013, así como los que accedan a la universidad por la vía prevista en el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es decir, alumnos procedentes de sistemas educativos de estados miembros de la Unión Europea o los de otros estados con los que se hayan
suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, el período de presentación de solicitudes será del día 17 de junio de 2013 al día 12 de julio de 2013, ambos inclusive.

viernes, 11 de mayo de 2012

fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del periodo de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2012-2013.

... la Conferencia General de Política Universitaria, en su sesión del día 19 de abril de 2012, ha acordado las siguientes fechas límite de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso 2012-2013:
• Período para la preinscripción: Deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 3 de julio de 2012, inclusive.
Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la universidad por la vía prevista en el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dicho período deberá estar abierto al menos hasta el 12 de julio de 2012, inclusive.• Fecha para la publicación de la lista de admitidos: Antes del 23 de julio de 2012.
• Período de matriculación: Deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las lista de admitidos.

lunes, 21 de junio de 2010

procés de preinscripció i matriculació per al curs acadèmic 2010-2011 en les escoles oficials d'idiomes de la Comunitat Valenciana

9. La fase de preinscripción se iniciará a partir del día 21 de junio. Cada escuela oficial de idiomas abrirá un plazo no inferior a diez días hábiles comprendidos entre la apertura de dicha fase y el día 30 de septiembre.
Segundo. Proceso de matriculación
1. El orden de matriculación será el siguiente:
1.1. En primer lugar, a lo largo del mes de junio y julio, según el calendario que determine cada escuela oficial de idiomas, se matriculará el alumnado que no requiere preinscripción, a saber:
1.1.1. El alumnado matriculado en el curso académico anterior en
las enseñanzas de 1º de nivel básico, 1º de nivel intermedio o 1º de
nivel avanzado que promociona a 2º curso de cada uno de estos niveles
(convocatoria de junio).
1.1.2. El alumnado que, matriculado en el curso académico anterior en las enseñanzas de los cursos finales de nivel que ha realizado la prueba de certificación correspondiente de nivel básico, de nivel intermedio o de nivel avanzado, tanto si la ha superado como si no.
Quienes la hayan superado se podrán matricular en el 1º curso de nivel intermedio, 1º curso de nivel avanzado o 1º de nivel básico de un nuevo idioma. Quienes no la hayan superado podrán repetir curso siempre que no hayan agotado el número de convocatorias o una vez finalizado el plazo de matriculación quedasen vacantes disponibles.
1.1.3. El alumnado que, matriculado en el curso académico anterior en primer o segundo curso del nivel básico, haya superado la prueba homologada en su respectivo centro de educación secundaria o formación profesional. Se matriculará en el primer curso de nivel intermedio.
1.1.4. El alumnado matriculado en el curso académico anterior en las enseñanzas de la escuela oficial de idiomas, que para realizar la prueba de certificación, renunció a su matrícula oficial. El alumno que haya superado esta prueba, se matriculará en el 1º curso del nivel siguiente y, el que no la haya superado, volverá al mismo curso al que renunció.
1.1.5. El alumnado matriculado, en el curso académico anterior, en las enseñanzas de la escuela oficial de idiomas en los cursos finales de cada nivel que, sin haber renunciado ni perdido la escolaridad, no se inscribió en las correspondientes pruebas de certificación de nivel básico, de nivel intermedio o de nivel avanzado.
1.1.6. El alumnado matriculado en el curso académico anterior en las enseñanzas del programa That’s English! que haya superado el módulo 9 y la prueba de certificación de nivel intermedio de inglés, se matriculará en 1º de nivel avanzado, en la misma escuela.
1.2. En segundo lugar, en el mes de septiembre, según el calendario y el procedimiento que determine cada escuela oficial de idiomas, se matriculará el siguiente alumnado que tampoco requiere preinscripción:
1.2.1. Tras los exámenes extraordinarios de septiembre, el alumnado matriculado en el curso académico anterior en las enseñanzas de 1º de nivel básico, 1º de nivel intermedio, y 1º de nivel avanzado, se matriculará en el curso al que accede, o en el curso que repite, como resultado de dichas pruebas.
1.2.2. El alumnado matriculado en el curso académico anterior en las enseñanzas de la escuela oficial de idiomas al que le fue aceptada la renuncia a la matrícula oficial por causa debidamente justificada, tal y como establece el artículo 9.2 de la Orden de 31 de enero de 2008.
1.2.3. El alumnado matriculado el año académico anterior en las enseñanzas de una escuela oficial de idiomas que solicite traslado de expediente.
1.2.4. El alumnado matriculado en el curso académico anterior en las enseñanzas del programa That’s English! que haya superado el módulo 5 y la prueba de certificación de nivel básico de inglés, se matriculará de 1º de nivel intermedio.
1.2.5. El alumnado que al obtener el Certificado de nivel avanzado o el que esté en posesión del Certificado de ciclo superior en uno de los idiomas impartidos en la escuela oficial de idiomas, desea iniciar estudios en otro idioma diferente.
1.3. En tercer lugar, se matriculará el alumnado con preinscripción.
Se matriculará el alumnado con preinscripción según el orden resultante del sorteo correspondiente, en los idiomas y niveles que así proceda, incluido el alumnado que acredite haber superado la prueba homologada para la obtención del certificado de nivel básico, realizada en los centros de educación secundaria y formación profesional, y que no estuvo matriculado el curso anterior en una escuela oficial de idiomas.
1.4. Por último, una vez determinadas las vacantes existentes, se procederá a su adjudicación hasta el agotamiento de los puestos escolares disponibles. Durante este período de vacantes se podrán matricular los que perdieron la escolaridad, los que agotaron sus convocatorias presenciales y los que deseen actualizar sus conocimientos de un curso ya superado, sin efectos académicos.

martes, 9 de marzo de 2010

fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el

UNIVERSIDADES. 3848. Resolución de 23 de febrero de 2010, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia General de Política Universitaria por el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2010-2011.
La Conferencia General de Política Universitaria, en su sesión del día 22 de febrero de 2010, ha acordado las siguientes fechas límites de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso 2010-2011:
Período para la preinscripción: Deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 12 de julio de 2010, inclusive.
Fecha para la publicación de la lista de admitidos: Antes del 20 de julio de 2010.
Período de matriculación: Deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las listas de admitidos.

viernes, 26 de junio de 2009

proceso de preinscripción y matriculación en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana.

Conselleria d’Educació . RESOLUCIÓ de 17 de juny de 2009, de la Direcció General d’Ordenació i Centres Docents, per la qual s’establix el procés de preinscripció i matriculació en les escoles oficials d’idiomes de la Comunitat Valenciana. [2009/7394]
RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2009, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se establece el proceso de preinscripción y matriculación en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana. [2009/7394]
Proceso de preinscripción.- 1. Conforme al artículo 59.2 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, para acceder a las enseñanzas de idiomas será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año en que se comiencen los estudios. Podrán acceder así mismo los mayores de catorce años para seguir las enseñanzas de un idioma distinto de la primera lengua extranjera cursada en la educación secundaria obligatoria.
2. El título de Bachiller habilitará para acceder directamente a los estudios de idiomas de Nivel Intermedio de la primera lengua extranjera cursada en el Bachillerato; así mismo, podrá acceder al Nivel Intermedio de Valenciano el alumnado que, habiendo superado en sus estudios de Bachillerato la materia común «Valenciano: lengua y literatura I» (1º) y «Valenciano: lengua y literatura II» (2º), disponga del título de Bachiller.
La fase de preinscripción se iniciará a partir del día 17 de junio.- Cada escuela oficial de idiomas abrirá un plazo no inferior a diez días hábiles comprendidos entre la apertura de dicha fase y el mes de septiembre.
Proceso de matriculación.- 1. El orden de matriculación será el siguiente:
1.1. En primer lugar, a lo largo del mes de junio y julio –según el calendario que determine cada escuela oficial de idiomas –, se matriculará
el alumnado que no requiere preinscripción.
1.2. En segundo lugar, en el mes de septiembre –según el calendario y el procedimiento que determine cada escuela oficial de idiomas-, se matriculará el siguiente alumnado que tampoco requiere preinscripción:
1.2.1. Tras las pruebas extraordinarias de septiembre, el alumnado matriculado en el curso académico anterior en 1º de Nivel Básico, 1º de Nivel Intermedio, y 1º de Nivel Avanzado, se matriculará en el curso al que accede como resultado de dichas pruebas.
1.2.2. El alumnado que habiendo obtenido el certificado de Nivel Avanzado o certificado de Ciclo Superior en uno de los idiomas impartidos en la escuela oficial de idiomas, desea iniciar estudios en otro idioma diferente.
1.2.3. El alumnado matriculado en el curso académico anterior y que le fue aceptada la renuncia a la matrícula oficial por causa debidamente justificada, tal y como establece el artículo 9.2 de la Orden de 31 de enero de 2008.
1.2.4. El alumnado que, habiendo solicitado traslado de expediente, ha estado matriculado en el curso académico anterior, en otra escuela oficial de idiomas.
1.2.5. El alumnado que curso el programa That’s English! en el curso académico anterior y, que haya obtenido el certificado del Nivel Básico, y desee pasar a la modalidad presencial se matriculará de 1º de Nivel Intermedio.
1.3. En tercer lugar, se matriculará el alumnado con preinscripción según el orden resultante del sorteo correspondiente, en los idiomas y niveles que así proceda.
1.4. Por último, una vez determinadas las vacantes existentes, se procederá a su adjudicación hasta el agotamiento de los puestos escolares disponibles. Durante este período de vacantes se podrán matricular los que perdieron la escolaridad, los que agotaron sus convocatorias presénciales y los que deseen actualizar sus conocimientos de un curso ya superado sin efectos académicos.