El artículo 7 del Real Decreto 412/2014, de 6 de
junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos
de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado, dispone
que «La Conferencia General de Política Universitaria, en función de
las fechas fijadas para la realización de la evaluación final de
Bachillerato, fijará los plazos mínimos de preinscripción y
matriculación en las universidades públicas para permitir a los
estudiantes concurrir a la oferta de todas las universidades».
– Período para la preinscripción: deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 3 de julio de 2017, inclusive.
Por lo que se refiere a los estudiantes que
accedan a la Universidad por la vía prevista en el artículo 9.1.b) y
9.2.b) y c) del citado Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, dicho
período deberá estar abierto hasta el 10 de julio de 2017, inclusive. No
obstante, las solicitudes presentadas entre el 11 y el 31 de julio de
2017 por los estudiantes pertenecientes a estos colectivos serán tenidas
en cuenta, respetándose los derechos de admisión de dichos estudiantes.
– Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 19 de julio de 2017.
– Período de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de las listas de admitidos.
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