- Extracto de la Resolución de 7 de junio de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se convocan los Premios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra la mujer para el año 2017.
BDNS(Identif.):352131
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios: Personas físicas, de nacionalidad española o de
algún Estado miembro de la Unión Europea, que hayan defendido su tesis
doctoral en cualquier universidad española, obteniendo la calificación
de sobresaliente cum laude, dentro del período comprendido entre el 1 de
enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016.
Las tesis deberán estar escritas en castellano y
ser inéditas, esto es no haber sido íntegramente reproducidas de forma
múltiple en cualquier formato de impresión o medio audiovisual -salvo
que la publicación la haya llevado a cabo la universidad en que se haya
procedido a su defensa -, ni haber resultado premiadas con anterioridad a
la presentación de la solicitud de participación en la convocatoria.
Segundo. Objeto. Concesión de los premios de la Delegación del
Gobierno para la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia
contra la mujer para el año 2017.
Tercero. Bases reguladoras: Orden SSI/121/2017, de 8 de febrero, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 14 de febrero de 2017.
Cuarto. Importe: La cuantía de los Premios de la Delegación del
Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre Violencia
contra la Mujer para el año 2017 será de cinco mil euros (5.000,00€), a
repartir en dos premios, correspondiendo al primer premio una cuantía de
tres mil euros (3.000,00€) y al segundo premio una cuantía de dos mil
euros (2.000,00€).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Veinte días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 30 de junio al de julio de 2017, a.i.}
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