- Extracto de la resolución, de fecha 19 de abril de 2017, del Director General del SEPE, por la que aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo en el ámbito exclusivo de gestión del citado servicio, de proyectos en colaboración con órganos de la Administración General del Estado.
BDNS (Identif.): 351489
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans:
Primero. Beneficiarios. Órganos de la Administración General del Estado.
Segundo. Objeto. Desarrollo de proyectos de Escuelas Taller, Casas
de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, en
el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal
de proyectos en colaboración con órganos de la Administración General
del Estado con cargo a la reserva de crédito establecida en su
presupuesto de gastos a los que se refiere el artículo 13.h).2 dela Ley
56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
Todos los proyectos que se pretenden subvencionar
se configuran como programas mixtos de formación y empleo que tienen
por finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas
trabajadoras que participen en ellos.
Tercero. Bases Reguladoras. La convocatoria se efectúa de acuerdo con las
bases reguladoras contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se regulan el
programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de
Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras dela
concesión de subvenciones públicas a dichos programas; en la Orden del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por
la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, por el
que se establece el Programa de Talleres de Empleo.
Cuarto. Cuantía. Las subvenciones previstas en la presente
convocatoria se financiarán con cargo a los créditos presupuestarios
19.101.000X.400.01 del Presupuesto de Gastos del Servicio Público de
Empleo Estatal, por una cuantía total máxima de 10.100.000 euros, con la
siguiente distribución por anualidades:
- 7.790.000 euros en 2017.
- 2.310.000 euros en 2018.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de
quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de
este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".{del 27 de Junio al 11 de Julio de 2017, a.i.}
Sexto. Otros datos. Las solicitudes para esta convocatoria se
presentarán según los términos establecidos en el artículo 14 de la
Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de
2001 por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de
Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las
bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dichos
programas; en el artículo 10 de la Orden del Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se desarrolla el
Real Decreto282/1999, de 22 de febrero, por el que se establece el
Programa de Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de
la concesión de subvenciones públicas a dicho programa; y en el
artículo 3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, dirigidas a la
Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal. Se podrán
presentar en la sede central del Servicio Público de Empleo Estatal,
sita en la calle Condesa de Venadito, número 9, 28027 Madrid, o en las
Direcciones Provinciales de dicho Servicio Público de Empleo Estatal.
Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en
el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
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