lunes, 26 de junio de 2017

Bolsa de Trabajo de (4) Técnic/a de Administración General, de l' Ajuntament de Crevillent.(Baix Vinalopó-Alacant)

PRIMERO.- Convocar proceso selectivo de personal para formación de Bolsa de Trabajo de Técnicos de Administración General para las provisiones interinas de las 4 Plazas de Técnico de Administración General de la Plantilla, cuando se den necesidades transitorias de sustitución de sus titulares, futuras vacantes o para nombramientos de funcionarios interino sin adscripción a las plazas.
SEGUNDO.- Aprobar las Bases Específicas que han de regir en el desarrollo del citado proceso selectivo en los siguientes términos:
BASE PRIMERA: Objeto de la Convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la selección de personal para la formación de una Bolsa de Empleo para las provisiones interinas de las 4 Plazas de Técnico de Administración General de la Plantilla, cuando se den necesidades transitorias de sustitución de sus titulares o futuras vacantes o para nombramientos de funcionarios interino sin adscripción a las plazas.
Plazas de naturaleza funcionarial; 
Grupo A; 
Subgrupo A1; 
Escala Administración General.
Se adscribirá a los Puestos de Trabajo de Jefatura de Servicios correspondiente a las plazas de TAG : Puestos de Trabajo nºs 2, 20, 24 y 39 de la RPT.; CD 28; CE: 17.811,36 €/año. (En trámites de valoración)
Se establece como procedimiento de selección el sistema de concurso-oposición en turno de acceso libre, en el que podrán participar aquellos interesados que cumplan con los requisitos exigidos en la Base Segunda. Tanto la selección como la forma de provisión del puesto de trabajo en cuestión que se deduzca de este proceso se regirán por lo establecido en estas Bases, en el Decreto 3/2017, de 13 de enero del Consell y en la Disposición Adicional Primera del RD 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios interinos de Administración Local de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, así como el de máxima agilidad.
En este proceso selectivo será de aplicación supletoria lo previsto en las Bases Generales que el Ayuntamiento tiene aprobadas para los procesos selectivos de personal, de conformidad con el Decreto 3/2017, de 13 de enero del Consell.
El aspirante que resulte propuesto, en su día, para formalizar el nombramiento, quedará sujeto al régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las AAPP (Ley 53/84 y normativa concordante).
BASE SEGUNDA: Requisitos de los aspirantes. Para ser admitido y optar a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán cumplir con los requisitos generales establecidos en los arts. 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y que en síntesis se refieren:
- Tener nacionalidad española o la de los Estados Miembros de la Unión Europea o que la tengan los cónyuges. Se extenderá la posibilidad de acceso a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales. Todo ello en los términos establecidos en el Art. 57 .
- Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, ni haber sido sancionado disciplinariamente con impedimento de acceder al empleo público
- Requisito específico: Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones o cumplidas las condiciones para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación: Licenciado o Grado en Derecho, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Económicas, en Empresariales, en Administración y Dirección de Empresa, en Sociología, en Intendente o Actuario Mercantil.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación u homologación.
Las personas con discapacidad deberán aportar fotocopia compulsada o cotejada de la certificación del órgano competente, que acredite tal condición, así como el tipo y graduación de la misma. Se adoptarán para las personas con la condición legal de discapacitado que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. Para ello, los/as interesados/as deberán formular la correspondiente petición concreta, que aportarán junto con la solicitud de participación dentro del plazo de presentación de instancias. Dicha petición deberá estar motivada.
Todos los requisitos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, en este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas, debiéndose aportar todos los requisitos que determinen las bases.
BASE TERCERA: Anuncio y desarrollo. Anuncio de la Convocatoria y plazos para desarrollo del proceso selectivo.
El Ayuntamiento anunciará la Convocatoria mediante Edicto de estas Bases que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y se expondrán al público a través la página Web del Ayuntamiento “www.crevillent.es”, dándose plazo para la presentación de solicitudes por los interesados que cumplan los requisitos exigidos.
Los interesados podrán participar en el proceso selectivo que se desarrolle al efecto presentando instancia haciendo uso del modelo que figura en la web del Ayuntamiento: 
http://www.crevillent.es/uploads/ficheros/portales/documentos/201705/documentossolicitud-bolsas-de-trabajo-es.pdf
Junto a la instancia deberán adjuntar la siguiente documentación:
a)
Fotocopia compulsada o cotejada del D.N.I. o documento oficial de identificación extranjero equivalente.
b) Fotocopia compulsada o cotejada de la titulación académica exigida.
c) Resguardo justificativo de haber pagado los derechos de examen. Justificante de haber efectuado el abono de la tasa por la prestación de servicios en procesos selectivos, por importe de 53,92 €, en la cuenta del Ayuntamiento siguiente: BANCO DE SABADELL 0081/1361/64/0001030213. Si el pago se efectuó mediante giro postal o telegráfico, se consignará el número de giro.
Plazo presentación de solicitudes: 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del Edicto de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante (si el último día del plazo es sábado se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente).{del 27 de junio al 10 de julio de 2017, a.i.}
Lugar de presentación de solicitudes: Registro Municipal de documentos, planta baja del edificio Consistorial, sito en la C/ Major, 9 de Crevillent. Horario: de 9 a 14 horas.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, se anunciará a través de la web municipal la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicando plazo para subsanación de deficiencias.

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