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viernes, 11 de abril de 2014

ayudas para participar en el programa nacional para la educación complementaria de alumnos «Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados» durante el período lectivo de 2014.

Primero. Objeto de la convocatoria y financiación.1. Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para un máximo de 98 grupos de centros docentes españoles, compuestos por 20 a 25 alumnos y 1 o 2 profesores, para la participación en la actividad de recuperación y utilización educativa de los pueblos abandonados de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), durante 14 semanas de los períodos comprendidos entre el 25 de mayo y el 21 de junio y entre el 21 de septiembre y el 29 de noviembre de 2014.
La oferta de plazas de alumnos disponibles por semana se distribuye de la siguiente forma: Búbal 50 (equivalente a 2 grupos), Granadilla: 75 (equivalente a 3 grupos) y Umbralejo: 50 (equivalente a 2 grupos).
2. Estas ayudas ..., por un importe máximo de 339.810,80 euros, con los que se atenderán los gastos de desarrollo del programa, incluido el seguro de accidentes de responsabilidad civil para el alumnado y profesorado participante y personal organizador, a través de una encomienda de gestión con empresa considerada medio propio instrumental de la Administración.
3. El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el lugar en el que se desarrolle la actividad correrá a cargo de los interesados.
Segundo. Destinatarios. Podrán participar en esta convocatoria, los alumnos de centros docentes españoles que cursen alguna de las siguientes enseñanzas:
– 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria.
– Bachillerato.
– Formación Profesional de Grado Medio.
– Programas de Cualificación Profesional Inicial.
Cuarto. Solicitudes de participación, plazo de presentación, subsanaciones y notificaciones. 1. Los alumnos de Educación Secundaria o enseñanzas equivalentes que deseen participar, deberán solicitarlo a través de la Dirección de sus centros, formando grupos de 20 a 25 alumnos que serán acompañados por uno o dos profesores de los que habitualmente les impartan clase. Los grupos de Centros de Educación Especial que participen deberán respetar la siguiente ratio profesor/alumno: un profesor acompañante más, tres en total, por grupo de 20 a 25 alumnos, y solo en casos excepcionales debidamente justificados con los pertinentes informes, podrá ampliarse ese número de profesores que en ningún caso podrá exceder de cinco por grupo. En todo caso, se hará constar detalladamente cuál es el nivel de autonomía de cada uno de los alumnos con discapacidad que solicita participar en la actividad, que siempre participarán formando un grupo en ningún caso inferior a 20 ni superior a 25 alumnos.
4. Cumplimentación y presentación de solicitudes: quienes, reuniendo los requisitos exigidos, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, sección «Trámites y Servicios».

9. El plazo de presentación de solicitudes, finalizará el 29 de abril de 2014. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases de convocatoria en particular, y a los efectos previstos en el artículo 28.1 de la Ley 11/2007, se acepta la práctica de las notificaciones por el medio al que se refiere el apartado sexto.

martes, 1 de abril de 2014

1.920 ayudas para participar en el Programa «Campus Científicos de Verano», dirigidas a alumnos que se encuentren cursando en el año académico 2013-2014 4º curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria o 1er curso de Bachillerato, en la especialidad de Ciencias y Tecnología; en el año 2014.

1. Se convocan hasta 1.920 ayudas, en régimen de concurrencia competitiva para participar en el año 2014 en el Programa «Campus Científicos de Verano», dirigidas a alumnos que se encuentren cursando en el año académico 2013-2014 cuarto curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria o primer curso de Bachillerato, en la especialidad de Ciencias y Tecnología, según la siguiente distribución: se asignarán 960 ayudas para alumnos de cuarto curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria y 960 ayudas para alumnos de primer curso de bachillerato. En el supuesto de que, en alguno de dichos niveles educativos, no existieran suficientes candidatos aptos para la obtención de la ayuda, las eventuales ayudas no adjudicadas, podrán acumularse al otro nivel educativo realizándose los ajustes precisos en los diferentes turnos.
Los Campus tendrán lugar del 29 de junio al 26 de julio de 2014, en cuatro turnos de 7 días de duración cada uno, de domingo por la tarde a sábado a mediodía, según el siguiente calendario:
– Primer turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato: del 29 de junio al 5 de julio.
– Segundo turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato: del 6 al 12 de julio.
– Primer turno de estudiantes de 4.º de ESO: del 13 al 19 de julio.
– Segundo turno de estudiantes de 4.º de ESO: del 20 al 26 de julio.
Se desarrollarán en institutos y/o departamentos de investigación adscritos a los Campus de Excelencia Internacional (CEI) o Regional (CER), en las siguientes universidades: Universidad Autónoma de Madrid, Universidad Carlos III de Madrid, Universidad de Castilla-La Mancha, Universidad de Extremadura, Universidad de Granada, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Universidad de Huelva, Universidad de Murcia, Universidad de Oviedo, Universidad Politécnica de Cataluña, Universidad Rovira i Virgili, Universidad de Salamanca, Universidad de Santiago de Compostela, Universidad de Sevilla, Universidad de Valencia y Universidad de Vigo.
2. Constituye el objeto de los Campus incentivar el acceso de los estudiantes a titulaciones científico-técnicas, apoyar la permanencia en el primer año de los estudios de Grado para consolidar las vocaciones en estos ámbitos, que los estudiantes conciban el científico como un saber integrado que se estructura en distintas áreas científicas, así como su aplicación en la resolución de problemas en diversos campos de la investigación científica y de la innovación, transmitir a los estudiantes la experiencia científica directa, así como los valores, fundamentos y procesos metodológicos de la ciencia, conectar la vida no universitaria y la universitaria y potenciar la convivencia entre estudiantes de diferentes comunidades autónomas.
3. 1. Serán requisitos necesarios para poder participar en los Campus:
a) Estar cursando, en el año académico 2013-2014, enseñanzas de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria o primer curso de Bachillerato de la especialidad de Ciencias y Tecnología, del sistema educativo español.
b) Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1996.
c) No haber sido adjudicatario de una ayuda, habiendo participado en un proyecto, en ediciones anteriores del Programa Campus Científico de Verano.
d) Haber obtenido una nota media en el curso escolar 2012-2013 igual o superior a 7,50 puntos.
e) Estar situado en un lugar de orden de prelación de solicitudes que le permita la obtención de una de las ayudas convocadas, tal y como consta en el artículo 7 de las presentes bases.
2. Para realizar el cálculo de la nota media se tendrán en cuenta todas las asignaturas computables, (conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, disposición adicional segunda, apartado 7) cursadas por el solicitante en el curso escolar 2012-2013 y en los supuestos en los que no figure calificación numérica, se aplicará el siguiente baremo:  ...
6. 1. Las solicitudes de participación de los alumnos se deberán cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la dirección electrónica www.campuscientificos.es. Una vez cumplimentado el formulario se enviará telemáticamente, dentro del plazo de presentación de solicitudes que se establece en el punto 4 de este artículo.
3. También se podrá admitir la presentación de la solicitud impresa, que se presentará, junto con el resto de la mencionada documentación, debidamente cumplimentada y firmada, en el plazo establecido en el punto siguiente de este artículo para la presentación de solicitudes, en la sede de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, situada en Madrid (CP 28020), calle Pedro Teixeira, 8, planta 2. Asimismo podrá presentarse la solicitud por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. El plazo de presentación de solicitudes, incluyendo tanto el formulario como la documentación establecida en el apartado 2 de este artículo, será de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 2 al 24 de abril de 2014, a.i.}

viernes, 31 de mayo de 2013

procediments d’admissió al primer curs dels ensenyaments universitaris oficials de grau en les universitats públiques i els seus centres adscrits de la Comunitat Valenciana. ## procedimientos de admisión al primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas y sus centros adscritos de la Comunitat Valenciana.

Conselleria d’Educació, Cultura i Esport.
RESOLUCIÓ de 27 de maig de 2013, del president de la Comissió Gestora dels Processos d’Accés i Preinscripció en les Universitats Públiques del Sistema Universitari Valencià, per la qual es publica l’acord de la comissió sobre regulació dels procediments d’admissió al primer curs dels ensenyaments universitaris oficials de grau en les universitats públiques i els seus centres adscrits de la Comunitat Valenciana. [2013/5662]  (pdf 692KB) 
RESOLUCIÓN de 27 de mayo de 2013, del presidente de la Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, por la que se publica el acuerdo de la misma sobre regulación de los procedimientos de admisión al primer curso de las enseñanzas universitarias oficiales de grado en las universidades públicas y sus centros adscritos de la Comunitat Valenciana. [2013/5662]  (pdf 692KB)
Ámbito de aplicación. 1. El alumnado que cumpla los requisitos académicos correspondientes y quiera acceder a las enseñanzas universitarias de grado impartidas por centros propios o adscritos a universidades públicas del sistema universitario valenciano, que tengan aprobado un número limitado de plazas de acceso, deberán solicitar su admisión en las mismas a través del proceso general de preinscripción que se establece en los presentes acuerdos.
2. A efectos del acceso a la universidad, las universidades públicas valencianas se considerarán como una sola, por lo que el proceso de preinscripción será común y único en todas ellas, con independencia de aquella en la que hayan superado la prueba de acceso. 
Requisitos académicos Podrán participar en el procedimiento de preinscripción, los solicitantes que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
a)
Haber superado la prueba de acceso a la universidad.
b) Haber superado los estudios requeridos con arreglo al sistema educativo de un estado miembro de la Unión Europea, o de otro estado con el que España haya suscrito acuerdo internacional a este respecto, en régimen de reciprocidad, y reunir los requisitos académicos exigidos en su respectivo país para el acceso a la universidad.
c) Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años.
d) Haber superado la prueba de acceso para mayores de cuarenta y cinco años, o haber superado el proceso de admisión para los mayores de cuarenta años con experiencia profesional, en ambos casos en una universidad de la Comunitat Valenciana.
e) Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU) con anterioridad al curso académico 1974-75, el Curso Preuniversitario y las pruebas de madurez o el Bachillerato de planes de estudios anteriores al del año 1953.
f) Estar en posesión de un título de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas y diseño, o técnico deportivo superior, haber superado las enseñanzas de formación profesional de segundo grado o un módulo profesional de nivel III, obteniendo el título de técnico especialista, o títulos declarados equivalentes a los anteriores.
g) Estar en posesión de un título universitario o equivalente que habilite para el acceso a la universidad. 
Solicitudes. 1. Los estudiantes cumplimentarán su solicitud de preinscripción telemáticamente, a través del procedimiento que se establece en la página web de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, en la dirección www.preinscripcion.gva.es.
4. Aquellos estudiantes que no puedan utilizar la vía informática, podrán cumplimentar la solicitud de preinscripción utilizando el modelo de solicitud que a tal efecto se adjunta como anexo I de los presentes acuerdos, que podrá obtenerse en la dirección de Internet señalada en el punto 1 de este apartado tercero (documento pdf) o solicitarla en los servicios de estudiantes de las universidades públicas valencianas o en la sede de la Consellería de Educación Cultura y Deporte, avenida de Campanar, número 32, de Valencia.
5. Los estudiantes harán constar en la solicitud de preinscripción, por orden de preferencia, hasta un máximo de 20 enseñanzas universitarias oficiales de grado.
En el supuesto de que un estudiante pueda participar por más de un cupo indicará las calificaciones con que concurre en cada uno de ellos en la misma solicitud.
Lugar de presentaciónEl alumnado que no tenga opción de presentar la solicitud de forma telemática tal como se establece en el apartado tercero punto 2, párrafo primero, de estos acuerdos, deberán presentar la solicitud impresa y firmada junto con la correspondiente documentación en los siguientes lugares:
En el centro docente de la Comunitat Valenciana donde los estudiantes hayan cursado sus estudios de segundo de Bachillerato o sus estudios de un ciclo formativo de Formación Profesional de grado superior, o enseñanzas superiores de Artes Plásticas y Diseño, o enseñanzas de técnico deportivo superior.
En los restantes supuestos, en cualquiera de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana, preferentemente en la universidad correspondiente a los estudios solicitados en primera opción.
Todo ello sin perjuicio de que pueda presentarse por correo certificado, en sobre abierto para ser fechado y sellado antes de ser certificado, así como por las restantes formas o lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 
Plazos de presentación. 1. La Comisión Gestora de los Procesos de Acceso y Preinscripción Universitaria determinará y hará públicas las fechas de la convocatoria de cada curso académico.
2. Para el curso académico 2013-2014 los plazos de presentación de solicitudes serán:
a)
Alumnado que ya disponga de sus calificaciones de acceso, por haberse presentado a las pruebas de acceso en años anteriores, o a los procesos de acceso de mayores de 25, 40 y 45 años de 2013, o por ser titulados universitarios, o por tener titulación de técnico superior de formación profesional o técnico superior de artes plásticas y diseño o técnico deportivo superior de años anteriores a la convocatoria de preinscripción en la que participan, etc., del día 3 de junio de 2013 al día 10 de junio de 2013, ambos inclusive.
b) Alumnado que se presenta a las pruebas de acceso a la universidad del curso 2012-2013 en la convocatoria ordinaria de junio, del día 17 de junio de 2013 al día 5 de julio de 2013, ambos inclusive. En este plazo se incluyen los estudiantes de la convocatoria ordinaria de prueba de acceso a la universidad (PAU) de otras comunidades autónomas y los de sistemas educativos extranjeros que se examinan en la UNED y no están incluidos en el apartado d siguiente.
c) Alumnado que se presenta a las pruebas de acceso a la universidad del curso 2012-2013, en la convocatoria extraordinaria de julio, del día 9 de julio de 2013 al día 14 de julio de 2013, ambos inclusive.
Los estudiantes de Bachillerato de la Comunitat Valenciana podrán realizar y presentar telemáticamente la instancia hasta las 24 horas del día 14 de julio, pero si tuvieran que presentar algún documento, tal como se específica en el apartado 4 punto 2 letra a de los presentes acuerdos, se aceptará la presentación de la instancia en papel y la documentación hasta las 14 horas del día 15 de julio en las universidades correspondientes.
El alumnado de Bachillerato de la Comunitat Valenciana deberá presentar la solicitud de preinscripción en el plazo indicado aunque no conozca sus calificaciones de la prueba de acceso, será el programa informático el que cargará sus calificaciones, cuando estén disponibles, antes del proceso de baremación y adjudicación de plazas.
Los alumnos de otras comunidades autónomas o de la UNED que se presenten a las pruebas de acceso a la universidad del curso 2012-2013, en sus convocatorias extraordinarias, o los alumnos de ciclos formativos de grado superior de la Comunitat Valenciana que finalicen sus estudios en su convocatoria extraordinaria del presente curso, se presenten o no a la fase específica de la prueba de acceso en la convocatoria extraordinaria de julio, presentarán la solicitud en papel, junto con la documentación correspondiente, dentro de los plazos que se establecen en este apartado c y si no dispusieran en dicho plazo de la documentación necesaria no podrán participar en el proceso de preinscipción. Los alumnos que no puedan participar por no conocer sus calificaciones se dirigirán directamente a las universidades públicas de la Comunitat Valenciana para solicitar plaza cuando tengan sus calificaciones, en el mes de septiembre, y tendrán los mismos derechos de adjudicación que los alumnos de la Comunitat Valenciana que hubieran superado la prueba de acceso a la universidad en la convocatoria extraordinaria de julio de 2013.
d) El alumnado que obtenga su título de técnico superior de Formación Profesional, o técnico superior de Artes Plásticas y Diseño, o técnico deportivo superior, en la convocatoria ordinaria del curso 2012-2013, así como los que accedan a la universidad por la vía prevista en el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, es decir, alumnos procedentes de sistemas educativos de estados miembros de la Unión Europea o los de otros estados con los que se hayan
suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, el período de presentación de solicitudes será del día 17 de junio de 2013 al día 12 de julio de 2013, ambos inclusive.

175 ayudas por turno en el Programa «Recuperación y utilización educativa de Pueblos Abandonados» durante el período lectivo de 2013.

Objeto de la convocatoria y financiación. Primero. 1. Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para un máximo de 77 grupos de centros docentes españoles, compuestos por 20 a 25 alumnos y 1 o 2 profesores, para la participación en la actividad de recuperación y utilización educativa de los pueblos abandonados de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), del 22 de septiembre y el 7 de
diciembre de 2013.
Destinatarios. Segundo. Podrán participar en esta convocatoria, los alumnos de centros docentes españoles del territorio nacional que cursen alguna de las siguientes enseñanzas de Educación Secundaria o equivalentes:
– 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria.
– Bachillerato.
– Formación Profesional de Grado Medio.
– Programas de Cualificación Profesional Inicial.
Tercero. 1. Las ayudas disponibles por turno, en cada pueblo, se distribuyen de la siguiente forma: Búbal: 50, Granadilla 75 y Umbralejo: 50, de acuerdo con la distribución temporal expuesta en el apartado primero, punto 1.
2. Los grupos de alumnos participantes y sus profesores desarrollarán las actividades en períodos semanales de domingo por la tarde a sábado por la mañana.
3. Los profesores serán, en todo momento, responsables de sus alumnos y participarán en el desarrollo de las actividades programadas. Cuidarán del correcto cumplimiento de las normas y horarios, así como del uso adecuado de las instalaciones.
Solicitudes de participación, plazo de presentación, subsanaciones y notificaciones
Cuarto. 1. Los alumnos que deseen participar, deberán solicitarlo a través de la Dirección de sus centros, formando grupos de 20 a 25 alumnos que serán acompañados por uno o dos profesores de los que habitualmente les impartan clase. Los grupos de Centros de Educación Especial que participen deberán respetar la siguiente ratio profesor/alumno: un profesor acompañante más, tres en total, por grupo de 20 a 25 alumnos, y solo en casos excepcionales debidamente justificados con los pertinentes informes, podrá ampliarse ese número de profesores que en ningún caso podrá exceder de cinco por grupo. En todo caso, se hará constar detalladamente cuál es el nivel de competencia de cada uno de los alumnos con discapacidad que solicita participar en la actividad, que siempre participarán formando un grupo en ningún caso inferior a 20 ni superior a 25 alumnos.
2. Los profesores acompañantes serán los responsables de la elaboración del proyecto de participación, de acuerdo con las orientaciones que figuran como anexo I, que deberá presentarse en soporte informático utilizando el procesador de textos Word con una extensión máxima de diez páginas. El proyecto contemplará:
a) Los objetivos generales que se pretenden potenciar con la participación del grupo en este programa.
b) Centros de interés o ámbitos que guiarán el proyecto a realizar con especificación de objetivos, contenidos y actividades.
c) Actividades a desarrollar antes y después de la estancia en el pueblo abandonado, teniendo en cuenta que deberán estar relacionadas con las posibilidades de actuación reseñadas en el anexo I.
3. Cumplimentación y presentación de solicitudes: quienes, reuniendo los requisitos exigidos, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, sección «Trámites y Servicios». Para cumplimentar la solicitud telemática y adjuntar toda la documentación preceptiva en formato informático, se procederá del siguiente modo:
a) Si se posee el DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida (http://www.dnielectronico.es/seccion_aapp/rel_autoridades.html), puede completarse el proceso de registro de la solicitud a través de la vía electrónica disponible.
b) En caso contrario, a través de la aplicación informática se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel con el fin de, una vez firmado, pueda presentarse en el registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (c/ Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid) ...
sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (https://sede.educacion.gob.es)
9. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 13 de junio de 2013.

viernes, 1 de marzo de 2013

1.808 ayudas para participar en el programa «Campus Científicos de Verano» para alumnos de enseñanza secundaria y bachillerato durante el año 2013.

1. Se convocan 1.808 ayudas en régimen de concurrencia competitiva para participar en el año 2013 en el Programa «Campus Científicos de Verano», para alumnos que se encuentren cursando en el año académico 2012-2013, cuarto curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria o primer curso de Bachillerato de las áreas científica y/o tecnológica.
Los campus tendrán lugar del 30 de junio al 27 de julio de 2013, en cuatro turnos de 7 días de duración cada uno, según el siguiente calendario:
– Primer turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato: del 30 de junio al 6 de julio.
– Segundo turno de estudiantes de 1.º de Bachillerato: del 7 al 13 de julio.
– Primer turno de estudiantes de 4.º de ESO: del 14 al 20 de julio.
– Segundo turno de estudiantes de 4.º de ESO: del 21 al 27 de julio.

Se desarrollarán en institutos y/o departamentos de investigación adscritos a los Campus de Excelencia Internacional (CEI) o Regional (CER), en las siguientes universidades:
Autónoma de Madrid, Carlos III, Extremadura, Granada, Jaén, Las Palmas, Murcia, Oviedo, País Vasco, Politécnica de Cataluña, Rovira i Virgili, Salamanca, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia, Vigo.
2. Constituye el objeto de los campus incentivar el acceso de los estudiantes a titulaciones científico-técnicas, apoyar la permanencia en el primer año de los estudios de Grado para consolidar las vocaciones en estos ámbitos, que los estudiantes conciban el conocimiento científico como un saber integrado que se estructura en distintas áreas científicas, así como su aplicación en la resolución de problemas en diversos campos de la investigación científica y de la innovación, transmitir a los estudiantes la experiencia científica directa, así como los valores, fundamentos y procesos metodológicos de la ciencia, conectar la vida no universitaria y la universitaria y potenciar la convivencia entre estudiantes de diferentes comunidades autónomas.

3. 1. Podrán participar en los campus alumnos que en el curso 2012-2013 estén cursando cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria o primer curso de Bachillerato de la especialidad de Ciencias y Tecnología en centros docentes españoles, que hayan nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1995, que no hayan sido adjudicatarios de ayuda en la edición anterior del Programa Campus Científico de Verano, que tengan una nota media en el curso escolar 2011-2012 igual o superior a 7,50 puntos y que superen, con una nota mínima de 5 sobre 10, una prueba de conocimientos de respuesta alternativa que se realizará a través de Internet.
2. Para realizar el cálculo de la nota media se tendrán en cuenta todas las asignaturas computables, (conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, disposición adicional segunda, apartado 7) cursadas por el solicitante en el curso escolar 2011-2012 y en los supuestos en los que no figure calificación numérica, se aplicará el siguiente baremo:
Matrícula de Honor: 10 puntos.
Sobresaliente: 9 puntos
Notable: 7,5 puntos.
Bien: 6,5 puntos.
Suficiente o apto: 5,5 puntos.
Insuficiente o no apto: 3 puntos.
Muy deficiente o no presentado: 1 punto.
3. Los centros educativos deberán facilitar los medios necesarios para que la prueba de conocimientos sea realizada por los alumnos solicitantes en las instalaciones del centro, bajo la supervisión del Director del centro, el día programado para efectuarla.
4. Los solicitantes priorizarán el turno de participación de su preferencia e indicarán hasta 10 proyectos, de los ofertados por las universidades, de su elección que ordenarán por su prioridad.
Una vez finalizado el proceso de selección, la asignación al campus y a los proyectos se realizará en atención al orden de puntuación obtenida por cada solicitante y a las plazas vacantes de cada campus y proyecto.
5. La ayuda cubre los gastos de materiales, actividades complementarias, alojamiento, asistencia de monitores y manutención de los alumnos quienes contarán, asimismo, con un seguro que cubra las contingencias de accidente y responsabilidad civil durante el desarrollo de los campus.
El traslado de los alumnos desde sus lugares de origen hasta el campus asignado, así como desde éste hasta sus domicilios será de cuenta de los alumnos, sin que proceda el abono de ayuda alguna por este concepto.
Los alumnos que obtengan plaza, deberán abonar la cantidad de 85 euros, en concepto de matriculación.
7. 1. Las solicitudes de los alumnos se deberán cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la dirección electrónica www.campuscientificos.es. Una vez cumplimentado el formulario se enviará telemáticamente junto con la documentación que se especifica en el apartado 3.
2. También se podrá admitir la presentación de la solicitud impresa, que se presentará, junto con el resto de la mencionada documentación, debidamente cumplimentada y firmada en la sede de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, situada en Madrid (CP 28020), calle Pedro Teixeira 8, planta 2. Asimismo podrá presentarse la solicitud por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. La documentación adicional, que deberá cumplimentarse mediante modelo al que se podrá acceder en la dirección electrónica www.campuscientificos.es, que debe acompañar a las solicitudes será la siguiente:
...
4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 2 al 20 de marzo de 2013,a.i.}
5. La prueba de conocimientos –que se llevará a cabo en los centros escolares, bajo la supervisión del director del mismo y a través de la aplicación informática www.campuscientificos.es– será realizada, por los estudiantes que hayan presentado su solicitud acompañada de la documentación según lo indicado en los apartados anteriores de este artículo, en horario de 09:00 a 17:00 horas (horario peninsular) en la fecha prevista para realizar dicha prueba según el siguiente calendario:
– Los solicitantes de centros escolares ubicados en las Comunidades Autónomas de: Islas Baleares, Murcia, Valencia, centros docentes españoles en el extranjero, Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, realizarán la prueba de conocimientos el día 22 de abril de 2013.
– Los solicitantes de centros escolares ubicados en las Comunidades Autónomas de: Islas Canarias, Extremadura y Madrid realizarán la prueba de conocimientos el día 23 de abril de 2013.
– Los solicitantes de centros escolares ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, realizarán la prueba de conocimientos el día 24 de abril de 2013.
– Los solicitantes de centros escolares ubicados en las Comunidades Autónomas de: Asturias, Cantabria, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Navarra y País Vasco realizarán la prueba de conocimientos el día 25 de abril de 2013.
– Los solicitantes de centros escolares ubicados en las Comunidades Autónomas de: Aragón, Castilla La Mancha y Cataluña realizarán la prueba de conocimientos el día 26 de abril de 2013.
6. Se considera la realización de la prueba de conocimientos como requisito imprescindible para la solicitud de la ayuda.

jueves, 28 de junio de 2012

subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso 2012/2013. (Programa de Aulas Itinerantes)

Objeto y tipos de actuaciones de las subvenciones. 1. La presente Resolución tiene por objeto convocar, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, subvenciones dirigidas a empresas y/o empresarios individuales dedicados a la actividad circense, para el curso 2012/2013, dentro del Programa de Aulas Itinerantes.
2. Las subvenciones irán destinadas a la atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
3. Se atenderá al alumnado matriculado en educación primaria en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD) que viaje con el circo y se colaborará con el CIDEAD en la orientación y supervisión de las actividades de estudio de los alumnos escolarizados en educación secundaria obligatoria. Igualmente, siempre que lo permita la dedicación al alumnado citado, se podrá atender a los alumnos escolarizados en etapas de educación infantil en edades comprendidas entre los tres y los seis años, postobligatorias o en educación de adultos matriculados en dicho Centro.
4. La atención educativa a este alumnado se desarrollará en aulas ubicadas en una caravana facilitada por la empresa del circo al efecto, que deberá reunir, como mínimo, los requisitos establecidos en el Anexo V de esta disposición.
Beneficiarios. 1. Podrán participar en esta convocatoria aquellas empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial y que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de cinco alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria.
Solicitud, plazo de presentación y documentación. 1. La solicitud para participar en la presente convocatoria se formalizará en el modelo de instancia que se incluye como Anexo I de esta Resolución, dirigida al Director General de Evaluación y Cooperación Territorial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Centro Nacional de Innovación e Investigación Educativa), c/ Los Madrazo, 15-17, tercera planta, 28071 Madrid, presentándose en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Los Madrazo, 15-17, 28071 Madrid o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la instancia aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. Si, en uso de este derecho, la solicitud es remitida por correo será necesario que se presente en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de que éste proceda a su certificación. Los formularios podrán ser generados por vía telemática en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (www.educacion.es/educacion/becas-y-ayudas/centros-docentes/entidades.html).
2. El plazo de presentación de solicitud será de quince días naturales desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 29 de junio al 13 de julio de 2012, a.i.}

lunes, 23 de mayo de 2011

72 ayudas para participar en el programa «Campus de Profundización Científica para estudiantes de 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria» (Jaca)

Resolución de 13 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para participar en el programa «Campus de Profundización Científica para estudiantes de 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria» en Jaca (Huesca).
Primero. Objeto.–La presente Resolución tiene por objeto convocar 72 ayudas para participar en el año 2011, en el Programa «Campus de profundización científica para estudiantes de secundaria» en Jaca (Huesca), durante el mes de julio de 2011.
Segundo. Lugar y fecha de realización del Campus.–El Campus científico se realizará en el IES «Domingo Miral» de Jaca (Huesca), siendo alojados los alumnos en la Residencia de la Universidad de Zaragoza en Jaca.
El Campus se desarrollará en dos turnos, de 36 alumnos cada uno que tendrán lugar en las siguientes fechas:
Primer turno: Del 29 de junio al 8 de julio de 2011.
Segundo turno: Del 10 al 19 de julio de 2011.
Tercero. Finalidad del Campus.–Constituye el objeto de este Campus el favorecer el desarrollo del interés científico por parte de los alumnos, potenciar sus capacidades demostradas en el ámbito de las ciencias, así como fomentar el esfuerzo individual y la motivación del alumnado, al tiempo que se integra en un ámbito en el que prima la convivencia y el intercambio de experiencias culturales y educativas entre alumnos procedentes de las distintas Comunidades Autónomas.
Cuarto. Requisitos de los participantes.–Podrán participar en el Campus alumnos/as que en el curso escolar 2010/2011 estén cursando 4.º curso de Educación Secundaria Obligatoria en centros educativos sostenidos con fondos públicos y que hayan obtenido una nota media en los tres primeros cursos de Educación Secundaria Obligatoria de sobresaliente.
Tendrán preferencia para ser seleccionados aquellos/as alumnos/as que, teniendo nota media de sobresaliente, hayan obtenido una nota superior en las materias de las áreas científicas.
Quinto. Selección de los participantes.–La propuesta de los alumnos participantes será efectuada por los órganos competentes de las Consejerías de Educación de su respectiva Comunidad Autónoma. Cada una de ellas seleccionará, para cada uno de los turnos, dos alumnos titulares y un alumno suplente para el supuesto de renuncia de los titulares.
Las Comunidades Autónomas determinarán, dentro de los criterios de selección establecidos en esta Resolución, el procedimiento que consideren oportuno para llevar a cabo la selección de los candidatos.
Las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación en Ceuta y Melilla propondrán, cada una de ellas, y para cada turno un alumno titular y un suplente.
Décimo. Matrícula, materiales, alojamiento y manutención.–La ayuda cubre los gastos de matrícula en el curso, materiales, actividades, alojamiento, asistencia de monitores y manutención de los alumnos quienes contarán, asimismo, con un seguro que cubra las contingencias de accidentes y responsabilidad civil durante el desarrollo del Campus.
El traslado de los alumnos desde sus lugares de origen al Campus, así como desde éste hasta sus domicilios será de cuenta de los alumnos, sin que proceda el abono de ayuda alguna por este concepto por parte del Ministerio de Educación.
Undécimo. Adjudicación de las ayudas.–La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva y siguiendo el siguiente procedimiento:
Efectuada la selección, las Comunidades Autónomas y las Direcciones Provinciales del Departamento remitirán a la Subdirección General de Alumnos, Participación e Igualdad del Ministerio de Educación (fax n.º 917018635; calle Los Madrazo, 15-17, 3.ª planta, 28071 Madrid) antes del día 3 de junio de 2011 la relación de candidatos y suplentes propuestos.
Antes del día 15 de junio de 2011 la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, por delegación del Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, dictará Resolución aprobando la lista definitiva de alumnos admitidos en el programa y sus suplentes que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

viernes, 29 de abril de 2011

ayudas para la participación en el Programa de Cooperación Territorial «Rutas Científicas» durante el curso 2011/2012.

Resolución de 14 de abril de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para la participación en el Programa de Cooperación Territorial «Rutas Científicas» durante el curso 2011/2012.
Primero.–1. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el curso 2011-2012, ayudas destinadas a 64 grupos de centros públicos españoles ordinarios, de entre veinte a veinticuatro alumnos con edad inferior a 20 años y dos profesores acompañantes, que cursen materias científicas en Bachillerato o en Ciclos Formativos de Grado Medio, para participar en el programa «Rutas científicas» durante el curso 2011-2012, de acuerdo con la distribución territorial incluida como anexo I a la presente convocatoria; por un importe máximo de 650.000 euros.
2. Para la participación en este programa, se concederán dos tipos de ayudas:
2.1 Ayudas para sufragar los gastos de alojamiento, manutención y desarrollo de la actividad de los grupos participantes, cuyo pago se efectuará a través de las correspondientes Comunidades Autónomas receptoras hasta un importe máximo de 343.033,06 euros.
2.2 Ayudas para el desplazamiento y preparación de la actividad hasta un importe máximo de 306.966,94 euros. Para participar en el programa, el transporte hasta la residencia cabecera de la ruta científica se hará por cuenta de los interesados. Para contribuir a dichos gastos, los centros seleccionados recibirán una ayuda para cada grupo participante (compuesto por 20 a 24 alumnos y dos profesores acompañantes) en la que se incluirán los gastos de preparación de la actividad y de desplazamiento y que estará determinada de acuerdo con los siguientes módulos de distancia en kilómetros (ida y vuelta) entre la localidad del centro y la de cabecera del itinerario.
4. La distribución territorial de las ayudas del programa «Rutas científicas» se detalla en el Anexo I de la presente Resolución.
5. Los itinerarios del programa «Rutas científicas» se recorrerán en las fechas comprendidas entre el 19 de septiembre y el 11 de diciembre de 2011.
6. La actividad tendrá una duración de una semana, produciéndose la incorporación de los grupos a la cabecera de itinerario y regreso a sus lugares de origen, de acuerdo con las instrucciones de coordinación de cada Comunidad Autónoma.
Segundo.–El catálogo de rutas científicas para el 2011-2012 será el que se indica en el anexo II a la presente Resolución.
Tercero.–En el anexo III figura la distribución de los 64 grupos, tanto por Comunidad Autónoma o provincia de procedencia, como por la ruta científica en la que pueden participar.
Cuarto.1. El alumnado que desee participar, deberá solicitarlo a través de la dirección de su centro, formando un grupo de entre veinte a veinticuatro alumnos con edad inferior a 20 años en el momento de finalización del plazo de solicitud y dos profesores acompañantes de los que habitualmente les imparten clase de materias científicas, que se responsabilizarán a todos los efectos de la adecuada participación del grupo en la actividad. Como la participación tiene lugar en el otoño del curso 2011/2012 pero la solicitud de participación se presenta en el curso 2010/2011, se admitirán solicitudes de alumnos matriculados en 4.º ESO que confirmarán su asistencia, en el caso de ser concedida su participación, como alumnos matriculados en 1.º de Bachillerato o 1.º de Ciclo Formativo de Formación Profesional de Grado Medio.
2. El centro elaborará un proyecto de participación de acuerdo con las orientaciones generales y objetivos que figuran como anexo IV que adjuntará a la solicitud.
3. Cumplimentación de solicitudes: quienes, reuniendo las condiciones exigidas, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación https://sede.educacion.gob.es sección «Trámites y Servicios».
sede electrónica del Ministerio de Educación (https://sede.educacion.gob.es)
9. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 19 de mayo de 2011.
ANEXO I Distribución territorial de ayudas del Programa «Rutas científicas» curso 2011/12
Comunidades Autónomas ......... N.º grupos
Comunitat Valenciana .................... 4
(C.V.) Rutas: Andalucía, Aragón, Baleares, y Madrid.
Andalucía. Itinerario: «Andalucía, ciencia a tope».
Resumen de contenidos: El principal objetivo de la ruta es visitar y dar a conocer Centros donde se hace y se aplica la ciencia usando las más recientes tecnologías; Centros cuyas investigaciones están en vanguardia y gozan del reconocimiento y merecido prestigio internacional.
Aragón. Itinerario «Paseo por la Biología y la Geología».
Resumen de contenidos: La ruta pretende mostrar, siguiendo un orden coherente, contenidos relacionados con la geología, tanto con la dinámica interna de la tierra, como externa, además de otros relativos a la historia geológica del planeta y la paleontología, gracias a la geodiversidad que atesora el geoparque de Sobrarbe.
Illes Balears. Itinerario. «Ciencia y desarrollo sostenible».
Resumen de contenidos: Contribución de la ciencia y la tecnología al desarrollo sostenible de las civilizaciones.
Madrid. Itinerario: «Ruta científica de la Comunidad de Madrid».
Resumen de contenidos: La Ruta científica de la Comunidad de Madrid pretende dar a los alumnos una visión panorámica de la ciencia y la tecnología, mostrándoles las posibilidades académicas y profesionales que ofrece la Comunidad.

sábado, 27 de febrero de 2010

1.300 ayudas para cursos de lengua alemana o francesa en el extranjero durante el verano de 2010 para alumnado de estudios universitarios y de enseñan

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Ayudas
Orden EDU/422/2010, de 15 de febrero, por la que se convocan ayudas para cursos de lengua alemana o francesa en el extranjero durante el verano de 2010 para alumnado de estudios universitarios y de enseñanzas artísticas superiores.
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Artículo 1. Objeto de la convocatoria.-Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, un máximo de 1300 ayudas para la estancia y realización de un curso de lengua alemana o francesa en el extranjero de, al menos, tres semanas de duración entre el 1 de julio y el 30 de noviembre de 2010. El curso deberá comprender como mínimo 15 horas lectivas a la semana.
Artículo 2. Beneficiarios.- 1. Podrán optar a estas ayudas los alumnos que se encuentren matriculados en este curso 2009-2010 en estudios universitarios y/o en enseñanzas artísticas superiores.
2.
Será requisito indispensable para obtener una de estas ayudas haber obtenido en este curso 2009-2010 la condición de becario del Ministerio de Educación conforme a la Orden EDU/1901/2009, de 9 de julio, por la que se convocan becas de carácter general y de movilidad para estudiantes de enseñanzas universitarias («BOE» de 15 de julio) o a la Resolución de 3 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad, para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores no universitarios («BOE» de 20 de junio).
3. El curso en el extranjero deberá realizarse en un país cuyo idioma oficial se corresponda con el idioma que se desea cursar.
Artículo 3. Cuantía de la ayuda.- La cuantía de las ayudas a que se refiere la presente Orden ascenderá a 1.700 euros, que se abonarán directamente a los alumnos que resulten seleccionados y que serán financiadas por el Ministerio de Educación.
Artículo 4. Presentación y tramitación de solicitudes.- 1. Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el registro telemático del Ministerio de Educación en la dirección www.educación.es a través de los enlaces «Becas y Ayudas», «Becas para estudiar», «Idiomas». «Ayudas para cursos de francés o alemán en el extranjero para alumnos becarios de estudios superiores», cumplimentando el correspondiente formulario de la opción «entrar en el sistema con certificado digital», de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero de 2005 («BOE» del 19).
Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.educacion.es a través de los enlaces indicados en el apartado anterior accediendo a la opción «entrar en el sistema sin certificado digital». Estos alumnos deberán, además, imprimir el modelo de solicitud y una vez cumplimentado presentarlo firmado en la Subdirección General de Becas, Ayudas y Movilidad de Estudiantes (Sección de Convocatorias Especiales), calle Torrelaguna, 58, 28027 Madrid, o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. La parte académica del modelo de solicitud deberá ser cumplimentada por el secretario del centro docente donde estén cursando sus estudios. En el caso de presentación de solicitudes con certificado digital, y, por consiguiente de presentación digitalizada de dicho modelo de certificación académica, podrá requerirse en cualquier momento al solicitante que aporte, además, el documento original firmado por el Jefe de Secretaría correspondiente.
3. El plazo para la presentación de solicitudes es hasta el día 30 de marzo de 2010 inclusive.

sábado, 12 de septiembre de 2009

750 ayudas, para el alumnado que curse estudios en niveles no universitarios en el exterior.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/2374/2009, de 25 de agosto, por la que se establecen las bases y se convocan ayudas, para el alumnado que curse estudios en niveles no universitarios en el exterior.
Las ayudas de carácter especial para el alumnado que curse estudios en niveles no universitarios en el exterior se regirán por las siguientes bases reguladoras:
Objeto: Fomentar el conocimiento de la lengua y cultura españolas y estimular el aprovechamiento académico, la creatividad y la ampliación de conocimientos del alumnado, tanto español como extranjero, que cursa estudios en los programas de acción educativa española en el exterior.
Beneficiarios: Podrá acceder a la condición de beneficiario el alumnado de nacionalidad española o extranjera que curse, en el extranjero, estudios de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional de grado medio o equivalentes en los sistemas educativos de los países correspondientes, en Centros de titularidad del Estado español, Centros de titularidad mixta, Centros de Convenio, Secciones Bilingües, Secciones españolas en Centros extranjeros.
Contenido de las ayudas: las ayudas consistirán en un pago en metálico. La cuantía de las ayudas se financiará con cargo al crédito presupuestario disponible para esta finalidad, según las necesidades que se pretenden cubrir.
Convocatoria: Anualmente se realizará una convocatoria pública para la concesión de estas ayudas, en la que se establecerán los criterios de otorgamiento, el órgano de selección y demás aspectos de la convocatoria.
Se convocan 750 ayudas al estudio para alumnos/as de nacionalidad española o extranjera que cursen, en el extranjero, estudios de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional de grado medio o equivalentes en los sistemas educativos de los países correspondientes, en Centros de titularidad del Estado español, Centros de titularidad mixta, Centros de Convenio, Secciones Bilingües y Secciones españolas en Centros extranjeros. La concesión de la ayuda se realizará mediante un régimen de concurrencia competitiva.
La cuantía de las ayudas a que se refiere la presente Orden será de 560 euros, según se especifica en cada caso en el Anexo I de esta convocatoria.
El alumnado que cumpla los requisitos establecidos en los apartados anteriores y que desee optar a una de las ayudas convocadas por la presente Orden, deberá presentar su solicitud en la Secretaría del Centro donde vaya a quedar matriculado
en el curso que corresponda según lo establecido en el apartado cuarto, bien directamente en dicha Secretaría o por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de entrega de la solicitud concluye el 25 de septiembre de 2009.

martes, 14 de abril de 2009

Ayudas para financiar actividades de las federaciones y asociaciones de alumnos de centros docentes no universitarios de la C.V. sostenidos con fondos

Conselleria d’Educació . ORDE de 25 de març de 2009, de la Conselleria d’Educac, per la qual es convoquen ajudes per a finançar activitats de les federacions i associacions d’alumnes de centres docents no universitaris de la Comunitat Valenciana, sostinguts amb fons públics durant l’any 2009. [2009/3883]
Conselleria de Educación . ORDEN de 25 de marzo de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan ayudas para financiar actividades de las federaciones y asociaciones de alumnos de centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana, sostenidos con fondos públicos durante el año 2009. [2009/3883]

Objeto de las ayudas.- El objeto de las ayudas es coadyuvar al funcionamiento y realización de actividades por parte de las federaciones y asociaciones de alumnos.
Quedan comprendidas las actividades efectuadas durante el año 2009 hasta el término concedido para la justificación de los gastos de las actividades previstas en los respectivos proyectos.
Solicitantes.- Podrán solicitar las ayudas las federaciones y asociaciones de alumnos a que se refiere el apartado primero de la presente orden, que reúnan los siguientes requisitos:
1. Tener establecida su sede y ámbito de actividad en la Comunitat Valenciana.
2. Estar legalmente constituidas e inscritas en el censo según dictamina el artículo 10.2 del Decreto 127/1986, de 20 de octubre, y el artículo 2 de la Orden de 2 de agosto de 1988, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia.
3. En el caso de las federaciones, estar integradas únicamente por asociaciones de alumnos legalmente constituidas.
4. En el caso de las asociaciones, estar integradas únicamente por los alumnos que estén matriculados en centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana, sostenidos con fondos públicos.

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 15 de mayo de 2009.