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jueves, 28 de febrero de 2019

se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2018/2019.

Artículo 1. Objeto. En el curso 2018/2019, las pruebas de evaluación final de la Educación Secundaria Obligatoria, se realizarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria para el curso 2017/2018, incluidos los anexos correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, con las modificaciones que se establecen en esta orden.
Artículo 2. Fechas de realización y resultados. No obstante, lo dispuesto en el artículo primero, las pruebas de evaluación del curso 2018/2019 se realizarán teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Las fechas de referencia que figuran en el artículo 9 de la Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ECD/65/2018, de 29 de enero, por la que se regulan las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018, serán las correspondientes al curso escolar 2018/2019.
b) Los resultados de las evaluaciones serán confidenciales y en ningún caso tendrán efectos académicos para el alumnado, ni podrán ser utilizados para el establecimiento y publicación de clasificaciones de los centros.

martes, 30 de enero de 2018

pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2017/2018.

Artículo 1. Objeto. La presente orden tiene por objeto regular, para todos los centros docentes del Sistema Educativo Español, y para el curso 2017/18, las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
Artículo 2. Ámbito de aplicación y finalidad de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria. La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria tendrá carácter muestral y finalidad diagnóstica. Se aplicará a alumnos que se encuentren cursando cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria, con independencia de sus calificaciones. Esta evaluación carecerá de efectos académicos.
La selección de alumnos y centros será suficiente para obtener datos representativos. No obstante, las Administraciones educativas podrán elevar el número de centros participantes por encima de las necesidades muestrales, o hacer la evaluación final con carácter censal.
Artículo 3. Competencias objeto de evaluación. Conforme a lo dispuesto en la disposición final quinta.2 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, modificada por el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria valorará el grado de adquisición de la competencia matemática, la competencia lingüística y la competencia social y cívica, teniendo como referencia principal las materias generales del bloque de asignaturas troncales cursadas en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria.
A este respecto, las materias Lengua Castellana y Literatura, Primera Lengua Extranjera y, en su caso, Lengua Cooficial y Literatura, serán la referencia principal para la determinación del grado de adquisición de la competencia lingüística; las materias Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas y Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas serán la referencia principal para la determinación del grado de adquisición de la competencia matemática; y la materia Geografía e Historia será la referencia principal para la determinación del grado de adquisición de la competencia social y cívica.
Artículo 4. Diseño de las pruebas. 1. El diseño de las pruebas comprenderá la matriz de especificaciones, la longitud (número mínimo y máximo de preguntas), tiempo de aplicación, la tipología de preguntas (preguntas abiertas, semiabiertas y de opción múltiple) y los cuestionarios de contexto.
2. Se realizará una prueba por cada una de las materias que constituyen la referencia principal de las competencias objeto de evaluación.
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viernes, 1 de abril de 2016

bolsas de trabajo de Profesores del Centro de Formación de Personas Adultas de los grupos de titulación A1 (Especialidades Educación Secundaria) y A2 (Educación Primaria). Ayuntamiento de Paiporta

Ayuntamiento de Paiporta
Anuncio del Ayuntamiento de Paiporta sobre rectificación errores convocatoria de pruebas para la formación de bolsas de trabajo de profesores del Centro de Formación de Personas Adultas.
ANUNCIO
Mediante Resolución de Alcaldía nº 207/2016, de fecha 16 de marzo de 2016, habiéndose detectado errores en las bases de las pruebas selectivas para la formación de bolsas de trabajo de Profesores del Centro de Formación de Personas Adultas de los grupos de titulación A1 (Especialidades Educación Secundaria) y A2 (Educación Primaria) para proveer temporalmente las necesidades del personal de la Corporación, convocados mediante edicto publicado en el BOP nº 47 de fecha 9 de marzo de 2016, se ha acordado deja sin efecto dicha publicación y convocar de nuevo las pruebas mediante el presente edicto, conforme a las Bases Reguladoras cuyo texto íntegro aparece publicado en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web (www.paiporta.es).
Los interesados en tomar parte en las pruebas selectivas deberán presentar su solicitud mediante instancia presentada en el Registro General del Ayuntamiento, o en cualquier otro registro autorizado junto con la documentación acreditativa, de conformidad con lo dispuesto en las Bases Reguladoras del presente proceso selectivo, en el plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio.{del 1 al 11* de abril de 2016, a.i.}

viernes, 11 de abril de 2014

ayudas para participar en el programa nacional para la educación complementaria de alumnos «Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados» durante el período lectivo de 2014.

Primero. Objeto de la convocatoria y financiación.1. Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para un máximo de 98 grupos de centros docentes españoles, compuestos por 20 a 25 alumnos y 1 o 2 profesores, para la participación en la actividad de recuperación y utilización educativa de los pueblos abandonados de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), durante 14 semanas de los períodos comprendidos entre el 25 de mayo y el 21 de junio y entre el 21 de septiembre y el 29 de noviembre de 2014.
La oferta de plazas de alumnos disponibles por semana se distribuye de la siguiente forma: Búbal 50 (equivalente a 2 grupos), Granadilla: 75 (equivalente a 3 grupos) y Umbralejo: 50 (equivalente a 2 grupos).
2. Estas ayudas ..., por un importe máximo de 339.810,80 euros, con los que se atenderán los gastos de desarrollo del programa, incluido el seguro de accidentes de responsabilidad civil para el alumnado y profesorado participante y personal organizador, a través de una encomienda de gestión con empresa considerada medio propio instrumental de la Administración.
3. El traslado de los participantes desde el lugar de residencia hasta el lugar en el que se desarrolle la actividad correrá a cargo de los interesados.
Segundo. Destinatarios. Podrán participar en esta convocatoria, los alumnos de centros docentes españoles que cursen alguna de las siguientes enseñanzas:
– 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria.
– Bachillerato.
– Formación Profesional de Grado Medio.
– Programas de Cualificación Profesional Inicial.
Cuarto. Solicitudes de participación, plazo de presentación, subsanaciones y notificaciones. 1. Los alumnos de Educación Secundaria o enseñanzas equivalentes que deseen participar, deberán solicitarlo a través de la Dirección de sus centros, formando grupos de 20 a 25 alumnos que serán acompañados por uno o dos profesores de los que habitualmente les impartan clase. Los grupos de Centros de Educación Especial que participen deberán respetar la siguiente ratio profesor/alumno: un profesor acompañante más, tres en total, por grupo de 20 a 25 alumnos, y solo en casos excepcionales debidamente justificados con los pertinentes informes, podrá ampliarse ese número de profesores que en ningún caso podrá exceder de cinco por grupo. En todo caso, se hará constar detalladamente cuál es el nivel de autonomía de cada uno de los alumnos con discapacidad que solicita participar en la actividad, que siempre participarán formando un grupo en ningún caso inferior a 20 ni superior a 25 alumnos.
4. Cumplimentación y presentación de solicitudes: quienes, reuniendo los requisitos exigidos, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, sección «Trámites y Servicios».

9. El plazo de presentación de solicitudes, finalizará el 29 de abril de 2014. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases de convocatoria en particular, y a los efectos previstos en el artículo 28.1 de la Ley 11/2007, se acepta la práctica de las notificaciones por el medio al que se refiere el apartado sexto.

viernes, 31 de mayo de 2013

175 ayudas por turno en el Programa «Recuperación y utilización educativa de Pueblos Abandonados» durante el período lectivo de 2013.

Objeto de la convocatoria y financiación. Primero. 1. Se convocan para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para un máximo de 77 grupos de centros docentes españoles, compuestos por 20 a 25 alumnos y 1 o 2 profesores, para la participación en la actividad de recuperación y utilización educativa de los pueblos abandonados de Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), del 22 de septiembre y el 7 de
diciembre de 2013.
Destinatarios. Segundo. Podrán participar en esta convocatoria, los alumnos de centros docentes españoles del territorio nacional que cursen alguna de las siguientes enseñanzas de Educación Secundaria o equivalentes:
– 3.º y 4.º de Educación Secundaria Obligatoria.
– Bachillerato.
– Formación Profesional de Grado Medio.
– Programas de Cualificación Profesional Inicial.
Tercero. 1. Las ayudas disponibles por turno, en cada pueblo, se distribuyen de la siguiente forma: Búbal: 50, Granadilla 75 y Umbralejo: 50, de acuerdo con la distribución temporal expuesta en el apartado primero, punto 1.
2. Los grupos de alumnos participantes y sus profesores desarrollarán las actividades en períodos semanales de domingo por la tarde a sábado por la mañana.
3. Los profesores serán, en todo momento, responsables de sus alumnos y participarán en el desarrollo de las actividades programadas. Cuidarán del correcto cumplimiento de las normas y horarios, así como del uso adecuado de las instalaciones.
Solicitudes de participación, plazo de presentación, subsanaciones y notificaciones
Cuarto. 1. Los alumnos que deseen participar, deberán solicitarlo a través de la Dirección de sus centros, formando grupos de 20 a 25 alumnos que serán acompañados por uno o dos profesores de los que habitualmente les impartan clase. Los grupos de Centros de Educación Especial que participen deberán respetar la siguiente ratio profesor/alumno: un profesor acompañante más, tres en total, por grupo de 20 a 25 alumnos, y solo en casos excepcionales debidamente justificados con los pertinentes informes, podrá ampliarse ese número de profesores que en ningún caso podrá exceder de cinco por grupo. En todo caso, se hará constar detalladamente cuál es el nivel de competencia de cada uno de los alumnos con discapacidad que solicita participar en la actividad, que siempre participarán formando un grupo en ningún caso inferior a 20 ni superior a 25 alumnos.
2. Los profesores acompañantes serán los responsables de la elaboración del proyecto de participación, de acuerdo con las orientaciones que figuran como anexo I, que deberá presentarse en soporte informático utilizando el procesador de textos Word con una extensión máxima de diez páginas. El proyecto contemplará:
a) Los objetivos generales que se pretenden potenciar con la participación del grupo en este programa.
b) Centros de interés o ámbitos que guiarán el proyecto a realizar con especificación de objetivos, contenidos y actividades.
c) Actividades a desarrollar antes y después de la estancia en el pueblo abandonado, teniendo en cuenta que deberán estar relacionadas con las posibilidades de actuación reseñadas en el anexo I.
3. Cumplimentación y presentación de solicitudes: quienes, reuniendo los requisitos exigidos, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, sección «Trámites y Servicios». Para cumplimentar la solicitud telemática y adjuntar toda la documentación preceptiva en formato informático, se procederá del siguiente modo:
a) Si se posee el DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida (http://www.dnielectronico.es/seccion_aapp/rel_autoridades.html), puede completarse el proceso de registro de la solicitud a través de la vía electrónica disponible.
b) En caso contrario, a través de la aplicación informática se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel con el fin de, una vez firmado, pueda presentarse en el registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (c/ Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid) ...
sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (https://sede.educacion.gob.es)
9. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 13 de junio de 2013.

jueves, 3 de noviembre de 2011

bolsas de trabajo de especialidades con perfil bilingüe del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para el curso 2011/2012. Junta de Andalucía.

Junta de Andalucía. RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2011, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para el acceso extraordinario a determinadas bolsas de trabajo de especialidades con perfil bilingüe del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para el curso 2011/2012. [BOJA núm. 214 Sevilla, 2 de noviembre 2011]
La ampliación de la modalidad de enseñanza bilingüe en los centros educativos públicos supone un aumento significativo de personal que imparte docencia al alumnado en un idioma extranjero además del propio.
Por ello, se hace necesario contar con personas que tengan la competencia lingüística apropiada para desarrollar los procesos de enseñanza-aprendizaje en el aula y garantizar de este modo una educación de calidad al servicio de la comunidad escolar.
B A S E S
Primera. Objeto. Es objeto de esta convocatoria la selección del personal para formar parte de las bolsas de trabajo con perfil bilingüe de determinadas especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, relacionadas a continuación:
CÓDIGO PUESTO NOMBRE DEL PUESTO
10590006 Matemáticas P.E.S. (Francés)
10590008
Biología y Geología P.E.S. (Francés)

10590016
Música P.E.S. (Francés)

10590017 Educación Física P.E.S. (Francés)
10590019 Tecnología P.E.S. (Francés)
11590005 Geografía e Historia P.E.S. (Inglés)
11590016
Música P.E.S. (Inglés)

Segunda. Requisitos. El personal participante en esta convocatoria deberá reunir los requisitos generales, así como los específicos de la especialidad convocada y justificar los méritos alegados, a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.1. Requisitos generales.
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo, sobre libre circulación de personas trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al Ordenamiento Jurídico Español y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Asimismo, podrán participar los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes, y los de sus cónyuges, si no están separados de derecho, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos la edad mínima de acceso a la Función Pública y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones docentes correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No estar en situación de separación del servicio, por expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y no hallarse cumpliendo pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas. En el supuesto de no estar en posesión de la nacionalidad española, y de conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se deberá acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en el país de origen, el acceso a la función pública.
e) Poseer la capacidad funcional y competencia profesional, tanto teórica como práctica, para impartir docencia en la especialidad a la que se opte.
f) No hallarse excluido de las bolsas de personal funcionario interino de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, mediante Resolución del órgano competente, por incompetencia profesional o por otras causas que impidan la impartición de docencia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.2 de la Orden de 8 de junio de 2011, BOJA núm. 117, de 16 de junio de 2011.
g) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se pretende acceder.
h) El personal aspirante que no posea la nacionalidad española deberá acreditar el conocimiento del idioma español mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El contenido de la prueba se ajustará a lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen diplomas de español como lengua extranjera (DELE), modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero. No tendrán que cumplir con el trámite de la realización de la prueba a que se refiere el apartado anterior, quienes estén en posesión de algunos de los títulos o certificados que se indican a continuación:
- Diploma Superior de Español como lengua extranjera.
- Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por la Escuela Oficial de Idiomas.
- Título de Licenciatura o grado equivalente en Filología Hispánica o Románica.
- Certificación académica en la que conste que se han realizado en el Estado español todos los estudios conducentes a la obtención de un título universitario.
- Certificado de la calificación de apto en la prueba previa de acreditación de conocimiento del español en las convocatorias efectuadas por esta Consejería a partir del año 2001, así como en otras Administraciones educativas.
El certificado correspondiente o, en su caso, la fotocopia del título o diploma, será aportado junto a la documentación que se acompañe con la solicitud. De no aportar la citada documentación, no podrá concederse la exención, debiendo en consecuencia realizar la prueba.
La valoración de la citada prueba se realizará por un tribunal designado por Resolución de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, y estará compuesto por un presidente o presidenta y cuatro vocales, pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Lengua Castellana y Literatura.
En la citada Resolución que se hará publica en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, una vez expuestas las listas provisionales del personal admitido y excluido, se indicará lugar y fecha de la realización de la citada prueba.
...
Tercera. Solicitudes, documentación, plazos y lugares de presentación.
3.1. Solicitudes. Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán presentar la solicitud, conforme al modelo que figura en el Anexo I, que estará a disposición de las personas interesadas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, pudiendo igualmente imprimirse desde el portal web de la Consejería, a la que deberán adjuntar la documentación que se indica en las bases segunda y tercera de la presente convocatoria.
3.2. Documentación acreditativa que debe adjuntarse con la solicitud:
3.2.1. Personal participante de nacionalidad española:
a) Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor si el personal aspirante no presta el consentimiento expreso, marcando con una X la casilla correspondiente de la solicitud, para la consulta de los datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad.
b) Fotocopia del título alegado o títulos alegados, en su caso, o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.
c) En el caso de aportar una titulación que no haga referencia expresa a la especialidad cursada, deberá presentarse, además del título, fotocopia de certificación académica personal comprensiva de todas las materias cursadas para la obtención del mismo.
d) Fotocopia de la acreditación, o exención, en su caso, del requisito relativo a la formación pedagógica y didáctica establecido por el Ministerio para el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
e) Fotocopia de la documentación justificativa de los méritos alegados, según el baremo que figura en el Anexo II de la presente convocatoria.
3.2.2. Personal participante que no tenga la nacionalidad española:
Además de presentar las fotocopias de los documentos b), c), d) y e) enumerados anteriormente:
- El personal aspirante que resida en España deberá presentar fotocopia del documento de identidad o pasaporte, y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario o, en su defecto, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de personal trabajador comunitario fronterizo, en vigor, en el caso de que dicho personal no haya dado el consentimiento expreso para la consulta de los datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad.
- El personal que sea nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de la aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar dos fotocopias compulsadas del documento de identidad o pasaporte.
- El personal familiar incluido en el párrafo anterior deberá presentar fotocopia del pasaporte o del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la tarjeta o la exención del visado y de dicha tarjeta. En caso contrario deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa de la persona con la que existe este vínculo, de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el personal participante vive a sus expensas o está a su cargo.
La documentación referida al cumplimiento de los requisitos y justificantes de los méritos alegados han de poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las fotocopias que se aporten irán firmadas y llevarán en ellas la leyenda «Es copia fiel del original», con lo que el personal participante se responsabiliza expresamente de la veracidad de la documentación presentada. En caso de falsedad o manipulación de algún documento, decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar. La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda desprenderse la información que se pretende documentar.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá documentación ni justificación de méritos no alegados con la solicitud.
3.3. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes. Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Director General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y se presentarán preferentemente en las Delegaciones Provinciales de Educación o en los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.{del 3 al 14 de Noviembre de 2011, a.i.}
En el caso de que se optara por presentar solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada antes de certificarse. De no ser así, no podrá considerarse como presentada en esa fecha.
Asimismo, podrá utilizarse el procedimiento previsto en el artículo 19 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa al ciudadano.
Las solicitudes suscritas por las personas que residan en el extranjero deberán cursarse en el plazo señalado a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas, quienes las remitirán seguidamente a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
Cuarta. Petición de destinos. Quienes participen en esta convocatoria consignarán en la solicitud una provincia y, potestativamente, hasta ocho provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las que deseen ocupar puestos de trabajo para posibles vacantes o sustituciones durante el curso 2011/2012. De no hacerlo así, se le incluirán de oficio las ocho provincias de Andalucía, por orden alfabético.
Quien consigne más de una provincia estará obligado a aceptar el primer puesto de trabajo que se le oferte en cualquiera de ellas. La no aceptación de dicho puesto supondrá la exclusión definitiva de la bolsa, salvo en los supuestos previstos en el artículo 14 de la Orden de 8 de junio de 2011. www.juntadeandalucia.es/educacion

lunes, 23 de mayo de 2011

72 ayudas para participar en el programa «Campus de Profundización Científica para estudiantes de 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria» (Jaca)

Resolución de 13 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para participar en el programa «Campus de Profundización Científica para estudiantes de 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria» en Jaca (Huesca).
Primero. Objeto.–La presente Resolución tiene por objeto convocar 72 ayudas para participar en el año 2011, en el Programa «Campus de profundización científica para estudiantes de secundaria» en Jaca (Huesca), durante el mes de julio de 2011.
Segundo. Lugar y fecha de realización del Campus.–El Campus científico se realizará en el IES «Domingo Miral» de Jaca (Huesca), siendo alojados los alumnos en la Residencia de la Universidad de Zaragoza en Jaca.
El Campus se desarrollará en dos turnos, de 36 alumnos cada uno que tendrán lugar en las siguientes fechas:
Primer turno: Del 29 de junio al 8 de julio de 2011.
Segundo turno: Del 10 al 19 de julio de 2011.
Tercero. Finalidad del Campus.–Constituye el objeto de este Campus el favorecer el desarrollo del interés científico por parte de los alumnos, potenciar sus capacidades demostradas en el ámbito de las ciencias, así como fomentar el esfuerzo individual y la motivación del alumnado, al tiempo que se integra en un ámbito en el que prima la convivencia y el intercambio de experiencias culturales y educativas entre alumnos procedentes de las distintas Comunidades Autónomas.
Cuarto. Requisitos de los participantes.–Podrán participar en el Campus alumnos/as que en el curso escolar 2010/2011 estén cursando 4.º curso de Educación Secundaria Obligatoria en centros educativos sostenidos con fondos públicos y que hayan obtenido una nota media en los tres primeros cursos de Educación Secundaria Obligatoria de sobresaliente.
Tendrán preferencia para ser seleccionados aquellos/as alumnos/as que, teniendo nota media de sobresaliente, hayan obtenido una nota superior en las materias de las áreas científicas.
Quinto. Selección de los participantes.–La propuesta de los alumnos participantes será efectuada por los órganos competentes de las Consejerías de Educación de su respectiva Comunidad Autónoma. Cada una de ellas seleccionará, para cada uno de los turnos, dos alumnos titulares y un alumno suplente para el supuesto de renuncia de los titulares.
Las Comunidades Autónomas determinarán, dentro de los criterios de selección establecidos en esta Resolución, el procedimiento que consideren oportuno para llevar a cabo la selección de los candidatos.
Las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación en Ceuta y Melilla propondrán, cada una de ellas, y para cada turno un alumno titular y un suplente.
Décimo. Matrícula, materiales, alojamiento y manutención.–La ayuda cubre los gastos de matrícula en el curso, materiales, actividades, alojamiento, asistencia de monitores y manutención de los alumnos quienes contarán, asimismo, con un seguro que cubra las contingencias de accidentes y responsabilidad civil durante el desarrollo del Campus.
El traslado de los alumnos desde sus lugares de origen al Campus, así como desde éste hasta sus domicilios será de cuenta de los alumnos, sin que proceda el abono de ayuda alguna por este concepto por parte del Ministerio de Educación.
Undécimo. Adjudicación de las ayudas.–La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva y siguiendo el siguiente procedimiento:
Efectuada la selección, las Comunidades Autónomas y las Direcciones Provinciales del Departamento remitirán a la Subdirección General de Alumnos, Participación e Igualdad del Ministerio de Educación (fax n.º 917018635; calle Los Madrazo, 15-17, 3.ª planta, 28071 Madrid) antes del día 3 de junio de 2011 la relación de candidatos y suplentes propuestos.
Antes del día 15 de junio de 2011 la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, por delegación del Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, dictará Resolución aprobando la lista definitiva de alumnos admitidos en el programa y sus suplentes que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

lunes, 16 de agosto de 2010

Solicitud de matrícula para realizar la prueba para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria.

Solicitud de matrícula para realizar la prueba para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria.
Plazo de presentación.- Con carácter general, para las provincias de Alicante, Castellón y Valencia, se presentarán las solicitudes:
- Durante el mes de abril, para la convocatoria de junio.
- Durante la segunda quincena de agosto y primera semana de septiembre, para la convocatoria de octubre.
¿Dónde dirigirse?
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN
AVDA. CAMPANAR, 32 46015 Valencia Tel: 961970062
DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN - VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 14 46009 Valencia Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN - ALICANTE
C/ CARRATALÁ, 47 03007 Alacant/Alicante Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN - CASTELLÓN
AVDA. DEL MAR, 23
12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana Tel: 012
* FECHA, LUGAR Y HORARIO DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS (octubre 2010)
- En Valencia:
Las pruebas se realizarán el día 15 de octubre de 2010.
El lugar de realización de las pruebas y listados de admitidos, se harán públicos a partir del día 4 de octubre en la Dirección Territorial de Educación de VALENCIA y en esta página.
- En Alicante:
Las pruebas se realizarán el día 15 de octubre de 2010.
El lugar se comunicará a partir del día 29 de septiembre de 2010 en la Dirección Territorial de Educación de Alicante o en atención telefónica (PROP) 012.
- En Castellón:
Las pruebas se realizarán el día 15 de octubre de 2010.
El lugar se hará público a partir del día 30 de septiembre de 2010 en la Dirección Territorial de Educación de Castellón y en la página web: http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=1638.
La hora de inicio en todos los lugares determinados una vez finalizada la matrícula y elaboradas las listas, será las 9,30 horas del día 15 de OCTUBRE
* REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS
- Para la realización de las pruebas los aspirantes acreditarán su identidad a través del DNI o pasaporte.
- La prueba versará sobre contenidos relativos a los siguientes módulos: Valenciano; Castellano; Lengua Extranjera; Procesos e Instrumentos Matemáticos; Naturaleza, Ecología y Salud; Ciencias y Tecnología; El Mundo del Trabajo y Sociedades, Territorio y Procesos Histórico-Culturales.
(Los contenidos y criterios de evaluación de referencia de cada uno de estos módulos son los establecidos en el anexo I del Decreto 220/1999, de 23 de noviembre, del Gobierno Valenciano, en el que se establece el currículo de la Formación Básica de las Personas Adultas hasta la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria)
- La prueba se celebrará en sesiones de mañana y tarde:
a) La sesión de mañana se iniciará a las 09.30 horas y finalizará a las 14.00 horas, y se dedicará íntegra a la primera y segunda parte de la prueba. La primera parte constará de contenidos de los siguientes módulos: Procesos e Instrumentos Matemáticos; Naturaleza, Ecología y Salud; Ciencias y Tecnología.
Esta parte se realizará desde las 9.30 hasta las 11.30 horas. De 11.30 horas a 12.00 horas habrá un período de descanso.
La segunda parte constará de contenidos de los siguientes módulos: El Mundo del Trabajo y Sociedades, Territorio y Procesos Histórico-Culturales, y se realizará desde las 12.00 a las 14.00 horas.
b) La sesión de tarde, que comenzará a las 16.00 horas, y finalizará a las 19.30 horas, se dedicará a la tercera parte de la prueba que contendrá contenidos de los siguientes módulos: Valenciano, castellano y Lengua Extranjera.
* CONVALIDACIONES
- Aquellas personas que hayan cursado 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria no habiendo obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria y se matriculen en la prueba, se les convalidarán las áreas superadas correspondientes, según el cuadro de equivalencias que indicamos a continuación, para lo cual deberán presentar en el momento de formalizar la matrícula la correspondiente certificación al respecto.
- Asimismo, las personas adultas que posean módulos superados del 2º nivel del Ciclo II de la Formación Básica de Personas Adultas, se les convalidarán los módulos correspondientes, para lo que deberán presentar en el momento de formalizar la matrícula la correspondiente certificación.

Impresos asociados
SOLICITUD DE EXENCIÓN DE VALENCIANO PARA LA PRUEBA DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA POR SISTEMA LIBRE (Modelo para los residentes en municipios de predominio lingüístico valenciano)

SOLICITUD DE MATRÍCULA PARA REALIZAR LA PRUEBA PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

SOLICITUD DE EXENCIÓN DE VALENCIANO PARA LA PRUEBA DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA POR SISTEMA LIBRE (Modelo para los residentes en municipios de predominio lingüístico castellano)

ANEXO PARA PETICIÓN DE ZONA (SOLO PARA PROVINCIA DE VALENCIA) SOLICITUD DE ZONA PARA REALIZAR LA PRUEBA PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

ANEXO PARA PETICIÓN DE ZONA (SOLO PARA PROVINCIA DE CASTELLÓN). SOLICITUD DE ZONA PARA REALIZAR LA PRUEBA PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA

jueves, 12 de agosto de 2010

programa experimental d'orientació professional en instituts d'Educació Secundària, per a alumnat que finalitza l'educació bàsica, curs 2010-2011.

Conselleria d'Educació
RESOLUCIÓ de 6 de juliol de 2010, de la Conselleria d'Educació, per la qual es convoca i regula el funcionament del programa experimental d'orientació professional en instituts d'Educació Secundària, per a alumnat que finalitza l'educació bàsica, durant el curs 2010-2011. [2010/8560] (pdf 574KB)
Descripción y objetivo.- 1. Convocar durante el curso 2010-2011 un programa experimental de orientación profesional a través del cual se puedan llevar a cabo acciones que mejoren el proceso, los procedimientos y la metodología para contribuir al desarrollo de la orientación profesional dirigida al alumnado próximo a finalizar la educación básica.
2. El objetivo del programa experimental de orientación profesional es favorecer en el alumnado una formación más completa y profunda, que le haga conocer y valorar más opciones formativas y profesionales, motivar futuros aprendizajes, mejorar su inserción profesional, desarrollar una identidad profesional con una mayor capacidad de adaptación a los cambios productivos y favorecer nuevas expectativas emprendedoras. En conclusión, fomentar fórmulas innovadoras que ayuden al alumnado en la toma de decisiones que debe realizar al concluir la educación básica para poder elaborar su plan de desarrollo personal posterior, todo ello con la intención de generar buenas prácticas y difundirlas en la comunidad educativa.
Destinatarios y solicitudes.- 1. El programa experimental de orientación profesional se dirige a los institutos de Educación Secundaria que imparten Educación Secundaria Obligatoria y estén dispuestos a aplicarlo al alumnado próximo a finalizar la enseñanza obligatoria.
2. Los institutos de Educación Secundaria que deseen participar, cumplimentarán el anexo I que incluye la solicitud y la certificación del consejo escolar y el anexo II con el proyecto de orientación siguiendo para ello las bases del anexo III.
Lugar y plazo de presentación.- 1. La dirección del instituto de Educación Secundaria dirigirá la solicitud (anexo I) y el proyecto de orientación del centro (anexo II), a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional a través de cualquier forma de las previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de los proyectos finalizará el día 30 de septiembre de 2010.
3. La dirección del instituto de Educación Secundaria enviará copia de los anexos I y II al correo electrónico: orientacion@gva.es

viernes, 7 de mayo de 2010

programa experimental per a previndre i reduir l'absentisme i l'abandó escolar prematur de l'alumnat en centres educatius de secundària durant el curs

Objeto y descripción.- Convocar para el curso 2010-11 un programa experimental para prevenir y reducir el absentismo y el abandono prematuro del sistema educativo, dirigido al alumnado matriculado en centros educativos que impartan Educación Secundaria Obligatoria sostenidos con fondos públicos en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Objetivos.- Los objetivos específicos de este programa son los siguientes:
a) Proporcionar al alumnado unos conocimientos, procedimientos y actitudes básicos que contribuyan a una mejora de su comportamiento escolar y social y a una mayor adaptación al contexto educativo.
b) Reducir el absentismo con una oferta educativa adaptada a las necesidades de este alumnado.
c) Prevenir el abandono escolar prematuro y fomentar la integración socio-educativa del alumnado con necesidades de adaptación, apoyándole en su itinerario educativo y en su etapa de transición a la vida activa.
d) Propiciar la madurez del alumnado, mejorando su competencia personal, social y prelaboral, como forma de alcanzar el máximo desarrollo personal.
Destinatarios.- Podrán participar en este programa experimental los centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria y que cuenten con alumnos/as entre 14 y 16 años que presenten las siguientes características:
1. Serias dificultades de adaptación al medio escolar y al entorno educativo, existiendo riesgo de exclusión social y de conductas disruptivas y/o violentas.
2. Tendencia al abandono y al absentismo escolar crónico o muy acentuado.
3. Escasas expectativas de obtener el título de Graduado Escolar en Secundaria y mostrar intención de integrarse en el mundo del trabajo al alcanzar la edad laboral.
4. Contexto socio-familiar desestructurado o perteneciente a minorías étnicas desfavorecidas, sin apoyo y control suficientes.
Modalidades de participación.- 1. Se contemplan las siguientes modalidades de participación:
Modalidad A: Dirigida a aquellos centros sostenidos con fondos públicos que durante el curso 2009-2010 desarrollaron el programa experimental para prevenir y reducir el absentismo y el fracaso escolar (Resolución de 20 de julio de 2009 de la directora general de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional) que cumplan las condiciones de participación establecidas en esta resolución, y soliciten su continuación.
Modalidad B: Dirigida a aquellos centros sostenidos con fondos públicos que no participaron en el programa durante el curso 2009-10.
Solicitud y plazo de presentación.- 1. La dirección o el titular de los centros educativos que deseen participar en el programa, deberán dirigir a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional sita en la avenida Campanar, número 32 (46015) de Valencia, la siguiente documentación:
a) Modalidad A: Solicitud de participación (Anexo II) y su programa base modificado, en el que se resalten las novedades respecto al programa anterior, así como los logros conseguidos.
b) Modalidad B: Solicitud de participación (Anexo II) y programa base.
2. El plazo de presentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 8 al 25 de Mayo de 2010, a.i.]
3. La documentación será presentada mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Se enviará una copia de la solicitud y del programa base o modificación del programa base, según modalidad, al correo electrónico:< programa_integra@gva.es >.

lunes, 26 de abril de 2010

programa experimental d'atenció extraordinària i reforç, en els instituts d'Educació Secundària de la C.V. durant el curs 2009-2010, fora de l'horari

Objeto y ámbito de aplicación.- Constituye el objeto de la presente orden la convocatoria y regulación del programa experimental de atención extraordinaria y refuerzo dirigido al alumnado de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria, en Institutos de Educación Secundaria de la Comunitat Valenciana, que se realizará fuera del horario lectivo durante el curso 2009-2010 conforme a las instrucciones que se establecen en los anexos I y II de la presente orden.
Objetivo y materias.- 1. El presente programa tiene como objetivo principal la superación por parte del alumnado de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria de determinadas materias, mediante estrategias de motivación, individualización y secuenciación de los aprendizajes en el marco de un programa experimental, realizado fuera del horario lectivo, al tiempo que se promueve la investigación y la innovación educativa como principio de calidad en la atención al alumnado con necesidad de refuerzo educativo, para detectar buenas prácticas que puedan ser difundidas posteriormente a la comunidad educativa.
2. Las materias que pueden ser objeto del presente programa son las siguientes:
– Matemáticas.
– Castellano: Lengua y Literatura.
– Valenciano: Lengua y Literatura.
– Lengua extranjera: Inglés.
Modalidades.- Se establecen dos modalidades de realización del programa:
1. Modalidad A: Atención extraordinaria y refuerzo durante los meses de mayo y junio de 2010, cuyas instrucciones se encuentran reguladas en el anexo I.
2. Modalidad B: Atención extraordinaria y refuerzo durante el mes de julio de 2010, cuyas instrucciones se encuentran reguladas en el anexo II.
Destinatarios.- 1. Podrán participar voluntariamente en este programa los institutos de Educación Secundaria de titularidad de la Generalitat.
Solicitudes, documentación y plazo de presentación.- 1. Los directores y las directoras de los institutos de Educación Secundaria que deseen participar en la presente convocatoria, deberán dirigir a la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional de la Conselleria de Educación, sita en avenida de Campanar nº 32 (46015) de Valencia, la siguiente documentación:
a) Solicitud de participación, debidamente cumplimentada, conforme al modelo recogido en el anexo III de esta orden.
b) Proyecto de realización del programa en el centro, conforme a lo establecido en el artículo séptimo de esta orden.
2. La documentación será presentada mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo de presentación de la documentación para participar en el programa dentro de la modalidad A finaliza el día 30 de abril de 2010.
4.
El plazo de presentación de la documentación para participar en el programa dentro de la modalidad B finaliza el día 14 de junio de 2010.
5.
Se enviará una copia de la solicitud y del Proyecto de realización del programa en el centro al correo electrónico: programa_exit@gva.es

viernes, 23 de abril de 2010

( 1.425 ) Profesores de: Enseñanza Secundaria, E.O.I., Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño, Técnicos de F.P. COMUNIDAD DE MADRID.

COMUNIDAD DE MADRID
Cuerpo de funcionarios docentes
Resolución de 16 de abril de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se publica la convocatoria de los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades.
En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (B.O.E. de 2 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, y se regula el régimen transitorio e ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley,
Esta Dirección General ha resuelto anunciar la siguiente información:
Primero.–El día 23 de abril de 2010 se publica en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» Resolución del Director general de Recursos Humanos, de 16 de abril de 2010, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Técnicos de Formación Profesional y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades para los funcionarios de los citados Cuerpos.
Segundo.–El número de plazas convocadas es de 1425, cuyo desglose por Cuerpos, especialidades y procedimiento de selección es el siguiente:
Código -- Cuerpo . . . . Total plazas
0590 -- Profesores de Enseñanza Secundaria . . . . . . . 1.100
0592 -- Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas . . . . 90
0594 -- Profesores de Música y Artes Escénicas . . . . . . . 90
O595 -- Profesores de Artes Plásticas y Diseño . . . . . . . . 25
0591 -- Profesores Técnicos de Formación Profesional . 120
Total de plazas convocadas . . . . . . . . . . . . . . . . 1.425
(VER DESGLOSE EN DISPOSICIÓN)
Dirección General de Recursos Humanos (Gran Vía, núm. 3, 28013 Madrid).
Todas las especialidades del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
Todas las especialidades del Cuerpo Profesores de Música y Artes Escénicas.
Todas las especialidades del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
Todas las especialidades del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Tercero.–El plazo de presentación de solicitudes, de veinte días naturales, se inicia el día 24 de abril de 2010 y termina el día 13 de mayo de 2010.
Cuarto.–Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán presentar las solicitudes dirigidas al Director General de Recursos Humanos y el modelo 030 de abono de las tasas correspondientes, en la forma establecida en la base tercera de la convocatoria de 16 de abril de 2010, a la que se podrá acceder a través del portal: www.madrid.org . Se accede a él mediante la secuencia: www.madrid.org , pestaña «educación», «personal+educación», pestaña «Funcionarios docentes», «Procesos selectivos», «Oposiciones 2010».

( 526 ) Profesores de: Enseñanza Secundaria, (Técnicos) F.P., E.O.I., y Profesores y maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Castilla y León.

COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
B. AUTORIDADES Y PERSONAL
B.2. Oposiciones y Concursos

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
ORDEN ADM/501/2010, de 21 de abril, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los Funcionarios de los mencionados Cuerpos.
Normas generales.
1.1. Número de plazas y procedimiento selectivo.- Se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso en el ámbito de gestión de la Consejería de Educación, para cubrir 526 plazas en los siguientes cuerpos:
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria: 439 plazas (Código 0590).
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional: 38 plazas (Código 0591).
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: 11 plazas (Código 0592).
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas: 28 plazas (Código 0594).
Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño: 2 plazas (Código 0595).
Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño: 8 plazas (Código 0596).

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 de la Disposición Adicional duodécima, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en el artículo 17.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por el Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, el sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición, existiendo además una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación y constituirá parte del proceso selectivo.
A tenor de los apartados 3 y 5 de la citada Disposición Adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se incluyen en la presente convocatoria los procedimientos de acceso a los cuerpos docentes de subgrupo superior y de acceso a cuerpos docentes clasificados en el mismo subgrupo y nivel de complemento de destino. En ambos casos el procedimiento selectivo constará de una prueba y un concurso de méritos, quedando los aspirantes que superen aquél exentos de la realización del periodo de prácticas.
1.4. Lugares de realización de las pruebas.- Las pruebas selectivas de ingreso y acceso en los diferentes cuerpos y especialidades tendrán lugar en las provincias que se indican en el Anexo VIII.
Solicitudes.- 3.1. Forma.- Quienes deseen tomar parte en estos procedimientos selectivos deberán cumplimentar y presentar el modelo de solicitud que figura en el Anexo XII de la presente convocatoria que estará disponible en la sede electrónica http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es . Asimismo dicha solicitud será facilitada gratuitamente en las Direcciones Provinciales de Educación y en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León. Igualmente, podrá utilizarse el modelo recogido en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es ).
No podrá presentarse más de una solicitud a no ser que se opte a más de una especialidad. En este caso, habrán de presentarse tantas solicitudes y documentación justificativa de méritos como número de especialidades a las que se opte.
Al cumplimentar dicha solicitud los aspirantes tendrán en cuenta las instrucciones que figuran en el Anexo XIII de la presente Orden. En la solicitud se consignarán el código del cuerpo, el de la especialidad y el del turno de acceso por el que se participe, que figuran en esta convocatoria. Su no consignación determinará la exclusión del aspirante.
Los aspirantes con discapacidad acreditada, tanto si concurren por el turno libre como por el de reserva de discapacidad, podrán hacer constar en la casilla correspondiente de la solicitud las adaptaciones oportunas en tiempo y medios para la realización de los ejercicios en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes.
3.5. Órgano a quien se dirigen las solicitudes.- Las solicitudes se dirigirán al titular de la Dirección Provincial de Educación de la provincia en la que, según el Anexo VIII, se celebrará el procedimiento selectivo de la especialidad por la que participe.
3.6. Lugar de presentación.- La presentación de solicitudes («Ejemplar para la Administración» del modelo de solicitud) y la documentación establecida en la base 3.4, se realizará en el correspondiente plazo, en la Dirección Provincial de Educación de la provincia consignada por el aspirante en el recuadro de la solicitud correspondiente a «Provincia de Examen».
En las Instrucciones que figuran como Anexo XIII a la presente Orden aparecen recogidas las sedes de las Direcciones Provinciales de Educación de las provincias donde se celebrarán las pruebas.
Las solicitudes y la correspondiente documentación podrán presentarse, asimismo, en cualquiera de los lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, los cuales están obligados, dentro de las veinticuatro horas a partir de su presentación, a cursar las solicitudes recibidas a la Dirección Provincial de Educación de la provincia consignada por el interesado en el recuadro «Provincia de Examen» de la solicitud.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud y la documentación ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.
Las solicitudes suscritas por los residentes en el extranjero podrán presentarse, en el plazo señalado en la base 3.7, en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a la Dirección Provincial de Educación de la «Provincia de Examen».
3.7. Plazo de presentación.- El plazo de presentación de la solicitud junto con los documentos establecidos en las bases 3.4.1, 3.4.2 y 3.4.3 será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Castilla y León». [del 23 de ABRIL al 12 de MAYO de 2010, a.i.]
ANEXO VIII
Provincias donde se celebrarán los procesos selectivos de las distintas especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
ÁVILA: Latín. / / Biología y Geología.
BURGOS: Geografía e Historia. / / Procesos Sanitarios.
LEÓN: Matemáticas. / / Educación Física.
PALENCIA: Filosofía. / / Inglés.
SALAMANCA: Orientación Educativa.
SEGOVIA: Física y Química. / / Francés.
SORIA: Música.
VALLADOLID: Lengua Castellana y Literatura. / / Procesos Diagnósticos Clínicos y Productos Ortoprotésicos.
ZAMORA:
Formación y Orientación Laboral. / / Hostelería y Turismo.
Provincias donde se celebrarán los procesos selectivos de las distintas especialidades del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
ÁVILA: Procesos de Gestión Administrativa.
BURGOS: Cocina y Pastelería.
LEÓN: Servicios a la Comunidad.
PALENCIA: Instalaciones Electrotécnicas.
SALAMANCA: Mantenimiento de Vehículos.
SEGOVIA: Procedimientos Sanitarios y Asistenciales.
SORIA: Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas.
VALLADOLID: Laboratorio.
ZAMORA:
Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico.
Provincias donde se celebrarán los procesos selectivos de las distintas especialidades del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
LEÓN: Inglés.
PALENCIA: Francés.
ZAMORA:
Italiano.
Provincias donde se celebrarán los procesos selectivos de las distintas especialidades del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
ÁVILA: Fagot.
BURGOS: Fundamentos de Composición.
LEÓN: Violonchello.
PALENCIA: Violín.
SALAMANCA: Piano. / / Lenguaje Musical.
VALLADOLID: Viola.
Provincias donde se celebrarán los procesos selectivos de las distintas especialidades del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
LEÓN: Historia del Arte.
Provincias donde se celebrarán los procesos selectivos de las distintas especialidades del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
BURGOS: Talla en Piedra y Madera.
LEÓN: Técnicas de Grabado y Estampación. / / Técnicas Vidrieras.
SEGOVIA:
Técnicas Textiles.