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miércoles, 19 de agosto de 2015

bolsas de monitores destinadas a impartir los programas formativos de la EPA: Francés , Gimnasia de mantenimiento , Yoga. Organizados por el Centro Público de Formación de Personas Adultas de Betxí . Ajuntament de Betxí. (Plana Baixa-Castelló)

Por la Alcaldía-Presidencia del Ilmo. Ayuntamiento de Betxí, en fecha 5 de agosto de 2015, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva se trascribe literalmente:
"Primero.- Modificar las Bases reguladoras del proceso selectivo para la formación de varias bolsas de monitores destinadas a impartir los programas formativos de la EPA, aprobadas por resolución de la alcaldía de fecha 20 de julio de 2012, en los siguientes términos:
La Base 4ª, respecto de los Grupos II y III, queda redactada de la siguiente manera:
"GRUPO II:
ADMINISTRATIVO, INFORMÁTICA E INTERNET, EDUCACIÓN DE LA VOZ, EDUCACIÓN POSTURAL, FOTOGRAFÍA DIGITAL, VISAGISME I MAQUILLATGE Y GIMNASIA MANTENIMIENTO: Estar posesión del Título académico oficial del Grado Superior del Ciclo Formativo de Formación Profesional y/o Título universitario oficial de Grado o equivalente, relacionado con la materia. Respecto del programa formativo de GIMNASIA: Estar en posesión de la titulación oficial de Técnico Superior en Actividades Físicas y Animación Deportiva (TAFAD) y/o Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o equivalente.
GRUPO III:
Para las especialidades de CATA DE VINO, GRANADA I TUL, PATCHWORD, INGLÉS ORAL, RISOTERAPIA, TALLER DE ESCRITURA CREATIVA, BAILES DE SALÓN, DANZA ORIENTAL, SEVILLANAS Y TÉCNICAS DE RELAJACIÓN: YOGA, TAICHI Y PILATES: Los aspirantes deberán acreditar tener experiencia directa en la impartición de estas materias y/o Formación específica en la materia."
Segundo.- Proceder a la convocatoria para la formación de bolsas de monitores respecto de los programas formativos de Francés, Gimnasia de mantenimiento y Yoga.
Tercero.- La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las Bases reguladoras del proceso selectivo indicadas anteriormente, así como lo dispuesto en la presente resolución.
Cuarto.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento."
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en las Bases de la convocatoria, se informa:
La impartición de la actividad formativa comportará el otorgamiento de una beca, cuya concesión estará condicionada a las necesidades del servicio.
Relación de cursos:
Francés
Gimnasia de mantenimiento
Yoga
Instancias: Se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento o en la forma que se determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, conforme al modelo general de instancias confeccionado al efecto, que podrán obtenerse a través de la web municipal.
Plazo: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 19 de agosto al 2 de septiembre de 2015, a.i.}
Sistema de selección: Concurso de méritos.
Derechos participación Bolsa: El importe de los derechos de participación en la Bolsa se fijan en 24,04 euros, y solo podrá ser devuelto cuando el aspirante no fuera admitido en el Concurso, por falta de requisitos para participar en el mismo.
Bases: Podrán ser consultadas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento o a través del portal Web municipal.
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria serán publicados únicamente en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento, y en su caso, en la Web municipal. www.betxi.es  - Plaça Major, 1, 12549 Betxí  - 964 62 00 02

viernes, 27 de marzo de 2015

Borsa de treball de Professors/ores de Francès per a Escoles Oficials d’Idiomes i ensenyament secundari de la Conselleria d’Educació, Cultura i Universitats del Govern de les Illes Balears

1. Obrir una convocatòria específica i extraordinària per a cobrir, en règim d’interinitat, places vacants en centres públics d’ensenyaments no universitaris dependents de la Conselleria d’Educació, Cultura i Universitats del Govern de les Illes Balears de les següents funcions:
Professors d’Escoles Oficials d’Idiomes:
Francès
Professors d’ensenyament secundari:
Francès
3. Els aspirants que vulguin prendre part en aquesta convocatòria han d’emplenar la sol·licitud que figura a l’annex d’aquesta Resolució.
Per tal de formalitzar la sol·licitud s’ha de registrar aquesta juntament amb els documents justificatius compulsats que acreditin els requisits per poder participar en la convocatòria, i el document oficial que acrediti la nota mitjana de l’expedient acadèmic d’una de les titulacions al·legades per a l’accés a les distintes funcions.
4. Presentació de la sol·licitud de participació. La sol·licitud de participació i la documentació corresponent es podrà registrar:
a) A qualsevol dels registres de la Conselleria d’Educació, Cultura i Universitats o a les Delegacions Territorials d’Educació, Cultura i Universitats a Menorca o a Eivissa i Formentera.
b) A qualsevol dels llocs que preveu l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre (BOE núm. 285, de 27-11-1992), de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener (BOE núm. 12, de 14-1-1999).
En el cas que s’opti per presentar la sol·licitud en una oficina de Correus, s’ha de fer en sobre obert per tal que la sol·licitud sigui datada i segellada pel funcionari abans de ser certificada.
5. Termini de presentació de sol·licituds. El termini de presentació de sol·licituds i de la documentació pertinent per participar en la convocatòria serà de 3 dies naturals comptadors des del mateix dia de la publicació.{26 AL 28 DE MARÇ DE 2015, Aa.i.}
pàgina web ( http://dgpdocen.caib.es ).

viernes, 26 de septiembre de 2014

Borsa de treball, professorat no universitari: Francés, Rus, Cuina i Pastisseria, i Cor. Conselleria d’Educació, Cultura i Universitats del Govern de les Illes Balears.

1. Obrir una convocatòria específica i excepcional per a cobrir, en règim d’interinitat, places vacants en centres públics d’ensenyaments no universitaris dependents de la Conselleria d’Educació , Cultura i Universitats del Govern de les Illes Balears de les següents funcions:
Professors d’ensenyament secundari
Francès
Professors d’escoles oficials d’Idiomes
Rus
Francès
Professors tècnics de formació professional
Cuina i Pastisseria
Professors de música i arts escèniques
Cor
2. Fer constar que els requisits són els establerts a la Resolució del director general de Planificació, Infraestructures Educatives i Recursos Humans de 13 de maig de 2014 (BOIB núm.68 de dia 17 de maig).
3. Els aspirants que vulguin prendre part en aquesta convocatòria han d’emplenar la sol·licitud que figura a l’annex d’aquesta Resolució.
Per tal de formalitzar la sol·licitud s’ha de registrar aquesta juntament amb els documents justificatius compulsats que acreditin els requisits per poder participar en la convocatòria i el document oficial que acrediti la nota mitjana de l’expedient acadèmic d’una de les titulacions al·legades per a l’accés a les distintes funcions.
Presentació de la sol·licitud de participació. La sol·licitud de participació i la documentació corresponent es podrà registrar:
a. A qualsevol dels registres de la Conselleria d’Educació, Cultura i Universitats o a les delegacions territorials d’Educació, Cultura i Universitats a Menorca o a Eivissa i Formentera.
b. A qualsevol dels llocs que preveu l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre (BOE núm. 285, de 27-11-1992), derègim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener (BOE núm. 12, de 14-1-1999).
En el cas que s’opti per presentar la sol·licitud en una oficina de Correus, s’ha de fer en sobre obert per tal que la sol·licitud sigui datada i segellada pel funcionari abans de ser certificada.
Termini de presentació de sol·licituds. El termini de presentació de sol·licituds i de la documentació pertinent per participar en la convocatòria serà de
3 dies naturals comptats des del mateix dia de la publicació.{del 26 al 29* de setembre de 2014, a.i.} * al ser el 28 domingo e inhábil.   (http://dgpdocen.caib.es)

miércoles, 30 de abril de 2014

113 plazas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria: 19+3 Lengua Castellana y Literatura, 25+4 Geografia e Historia, 24+3 Matemática, 7+1 Francés, 24+3 Orientación Educativa.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y la adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, esta Dirección General ha resuelto anunciar que en el «Boletín Oficial de Aragón» de fecha 14 de abril de 2014, se publica la Orden de 11 de abril de 2014, del Departamento Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso y accesos al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del citado Cuerpo.
Que el número de plazas convocadas quedan distribuidas de la forma que se establece en el anexo I.
Que el plazo de presentación de instancias será el periodo de tiempo comprendido entre el 15 de abril y el 5 de mayo de 2014, ambos inclusive.
Que la solicitud, que se puede obtener a través de la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, http://www.educaragon.org, será dirigida a la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón a través del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de la provincia de examen.
Código Especialidades . . Acceso libre . . Reserva discapacidad
004 Lengua Castellana y Literatura . . 19 . . 3
005 Geografia e Historia . . . . . . . . . 25 . . 4
006 Matemáticas . .  . . . . . . . . . . . 24 . . 3
010 Francés . . . . . . . . . . . . . . . . .  7 . . 1 
018 Orientación Educativa . . . . . .  24 . . 3
Total........................................... 99 . . 14

lunes, 14 de abril de 2014

210 plazas Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (Código 0590): Francés, Geografía e Historia, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Orientación Educativa; situadas en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón


DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE 



1. Normas generales. 1.1. Plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 210 plazas correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (Código 0590), situadas en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, correspondientes a la Oferta complementaria de la Oferta de Empleo Público del 2011, para su provisión de acuerdo con la siguiente distribución de las plazas, por sistema de acceso y especialidad:
Las plazas reservadas para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, se ofertan conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, redactado por el artículo 11 de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad («Boletín Oficial del Estado» de 2 agosto), resultante de aplicar el porcentaje de un siete por ciento de las plazas correspondientes a cada una de las especialidades.
La plaza reservada para ser cubierta por quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo, es resultante de aplicar el porcentaje de un cero coma cinco por ciento de las plazas correspondientes a cada una de las especialidades, siendo de aplicación los índices de redondeo por enteros atendiendo al primer decimal.
En el supuesto de que las plazas reservadas a los distintos sistemas de acceso (personas con discapacidad, victimas del terrorismo, acceso a Cuerpos de grupo superior y acceso a Cuerpo del mismo grupo y nivel de complemento de destino) no sean cubiertas, total o parcialmente, se acumularán a las de acceso libre.
Los solicitantes sólo podrán participar por uno de los sistemas de acceso.
1.2 Celebración de las pruebas. Las pruebas correspondientes a los procesos selectivos que se convocan se celebrarán en las siguientes localidades:
- Zaragoza: Lengua Castellana y Literatura
Francés
Orientación Educativa
- Huesca: Matemáticas
- Teruel: Geografía e Historia
No obstante, en función del número de participantes, la Dirección General de Gestión de Personal podrá mediante Resolución modificar la distribución de especialidades en cada localidad de examen.
La gestión de las pruebas se llevará a cabo en los Servicios Provinciales de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, agrupadas por sistema de cobertura, especialidad y provincia de examen.
1.4.- Requisitos y forma de participación. Los participantes deberán reunir los requisitos establecidos en la base segunda y seguir los trámites establecidos en la base tercera para ser admitidos a los procedimientos convocados por esta Orden.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 2.1.- Requisitos generales. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que sean dependientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano en la forma que se establece en la base sexta.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo Cuerpo al que se refiera la convocatoria, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades.
f) Haber abonado la correspondiente Tasa de derechos de examen.
2.2.- Requisitos específicos para participar por el turno libre.
Además de los requisitos generales previstos en la base anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.2 del RD. 276/2007, de 23 de febrero, quienes deseen participar en los procesos selectivos convocados para el ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos específicos:
a) Estar en posesión o haber superado todos los estudios conducentes y haber satisfecho los derechos de expedición del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Grado o equivalente a efectos de docencia de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, recogidos en Anexo V.
En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación por el Estado Español, de conformidad con lo dispuesto en los Reales Decretos 285/2004, de 20 de febrero y 104/1988, de 29 de enero, o su reconocimiento al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE, y el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en cuanto sean de aplicación.
b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
En virtud de lo establecido en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, acreditan dicha formación quienes se encuentren en posesión del título oficial de Máster que habilita para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
Estarán exceptuados de la exigencia de este título quienes acrediten haber obtenido, con anterioridad al 1 de octubre de 2009, alguno de los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica.
- Estar en posesión de un título universitario oficial que habilite para el ejercicio de la profesión de Maestro, o de un título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía, así como cualquier otro título de Licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica.
- Haber impartido docencia durante un mínimo de 12 meses en centros públicos o privados de enseñanza reglada, debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008.
3.-SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. 3.1. Solicitud de admisión. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán cumplimentar el modelo de solicitud de admisión, que se obtendrá por medios telemáticos a través de la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte ( http://www.educaragon.org, en la pestaña "Gestión de Personal", apartado "Oposiciones").
...
3.5.- Lugar de presentación.
Una vez debidamente cumplimentadas y abonado el pago de la Tasa por los derechos de examen, la solicitud se dirigirá a la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y se presentará preferentemente, en los Servicios Provinciales del Departamento.
En su defecto se presentará por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
- En los Registros Generales del Gobierno de Aragón.
- En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
- En las Oficinas de correos. En este caso la solicitud se presentará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de correos antes de ser certificada.
Las solicitudes suscritas por los residentes en el extranjero podrán presentarse en el plazo señalado en el apartado 3.6 de la presente base en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente.
3.6.- Plazo de presentación. El plazo de presentación será el periodo de tiempo comprendido entre el 15 de abril y el 5 de mayo de 2014, ambos inclusive.

jueves, 20 de marzo de 2014

4 becas de investigación de un mes de duración durante el año 2014. Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, y la Embajada de Francia

Primera. Estas becas se destinarán a profesores españoles de francés de un centro público universitario o a estudiantes españoles de Tercer Ciclo de francés que deseen ir a Francia, en el marco de un proyecto de investigación o de preparación de una tesis doctoral, en los campos siguientes:
Lingüística o literatura francesa.
Didáctica de francés como lengua extranjera.
Traducción o terminología (francés/español).
Francés sobre objetivos específicos.
Segunda. Los candidatos deberán cumplir los requisitos siguientes:
Haber emprendido ya investigaciones en las áreas citadas anteriormente.
Ser licenciado en Filología Moderna (sección de francés), en Filología Románica, en Literatura Francesa o equivalente.
No haber disfrutado de este tipo de beca durante los tres últimos años.
Tercera. Las becas se solicitarán en los formularios que al efecto serán proporcionados por el Servicio Cultural de la Embajada de Francia en Madrid (BCLE), calle Marqués de la Ensenada, 10, 28004 Madrid y, una vez cumplimentados, se enviará un ejemplar a dicha Embajada y otro a la Subdirección General de Promoción Exterior Educativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Paseo del Prado, 28, quinta planta, 28071 Madrid.
Cuarta. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 28 de marzo de 2014.

jueves, 13 de marzo de 2014

Bolsa de 28 Auxiliares de conversación en lenguas extranjeras (Alemán, Chino, Francés, Inglés e Italiano) para el curso 2013/2014 en centros docentes públicos bilingües y escuelas oficiales de idiomas, dependientes de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo. Murcia.

1.- Objeto. 1. El objeto de la presente orden es el siguiente:
a) Aprobar las bases reguladoras.
b) Convocar la constitución de una nueva bolsa de auxiliares de conversación en lengua extranjeras: Alemán, Chino, Francés, Inglés e Italiano con el fin de cubrir las vacantes existentes y las que se pudieran producir, por renuncia del titular, tanto en el cupo de los auxiliares subvencionados por el MECD como en aquellos que gestiona y subvenciona directamente la CARM, en el curso escolar 2013/2014, en los centros docentes públicos bilingües de educación infantil y primaria, de educación secundaria y escuelas oficiales de idiomas, dependientes de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
c) Convocar 28 plazas de auxiliares de conversación del cupo gestionado por el MECD con el fin de cubrir las vacantes que se pudieran producir en caso de renuncias de los titulares.
2. Las personas seleccionadas a través de esta convocatoria serán llamadas en función de las necesidades que puedan surgir a lo largo del curso académico 2013/2014.
6. Beneficiarios y requisitos. 1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas nativas de países cuyo idioma oficial sea alguna de las lenguas objeto de esta convocatoria. 
Deberán ser titulados universitarios o estudiantes en su último curso académico, tener más de 18 años y tener un nivel suficiente de español.
2. Los beneficiarios deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
a) No estar incursos en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 
b) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
La acreditación de los requisitos establecidos en este apartado se realizará mediante la presentación de declaración responsable, pudiendo utilizar el modelo que se adjunta como Anexo III de esta orden, conforme a lo establecido en el artículo 24 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en relación con la Orden de 1 de abril de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La presentación de la declaración responsable conlleva el consentimiento expreso del solicitante a los efectos de la verificación de los datos personales requeridos para su tramitación. No obstante, si el interesado no concede dicho consentimiento, deberá acreditar los datos incluidos en la declaración responsable a requerimiento de la Administración y con anterioridad a la orden de concesión de la subvención.
7. Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes.. 1. Las personas interesadas en formar parte de la bolsa de trabajo de auxiliares de conversación deberán presentar su solicitud debidamente cumplimentada y firmada, según el modelo recogido en el Anexo I de la presente orden. La solicitud, junto con la documentación reseñada en el punto siguiente, se presentará preferentemente en el Registro de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo sita en Avda. de la Fama n.º 15 de Murcia, o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se presenten a través de las oficinas de Correos, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por la correspondiente oficina antes de que se proceda a su certificación.
2. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Fotocopia compulsada del pasaporte o del NIE (Número de Identificación de Extranjeros).
b) Fotocopia compulsada de la titulación universitaria alegada o certificado de estar matriculado en el último curso de estudios de nivel universitario.
c) Currículum vitae europeo, al que podrán acceder desde la página http://europass.cedefop.eu.int/.
d) Declaración responsable, conforme al modelo recogido en el Anexo III.
e) Documentación acreditativa de los méritos alegados en relación con los criterios de valoración recogidos en el artículo 12.3 y que se relacionarán conforme al Anexo II de la presente orden. 
3. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.{del 14 al 26 de marzo de 2014, a.i.}

lunes, 17 de febrero de 2014

275 Secretarios (grados SC 1 y SC 2) en las siguientes lenguas: (53) croata, (102) inglés, (89) francés y (31) alemán (Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas en Luxemburgo)

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza una oposición general con vistas a la constitu­ción de una lista de reserva para la contratación de secretarios. 
La presente convocatoria tiene por objeto la constitución de listas de reserva destinadas a cubrir puestos vacantes de funcionarios en las instituciones de la Unión Europea. 
ÍNDICE 
I. MARCO GENERAL . 1. Número de candidatos 
aprobados por lengua y 
por grado 
Grado SC 1 . . . Grado SC 2 
HR = 40 . . . . 13 
EN = 70 . . . .  32 
FR = 56 . . . .  33 
DE = 21 . . . .  10 
La mayor parte de los puestos de grado SC 2 estarán en el Tribunal de Justicia y en el 
Tribunal de Cuentas en Luxemburgo
2. Observaciones. 
La presente convocatoria de oposiciones se refiere a dos grados y a las lenguas croata, inglesa, francesa y alemana. Cada candidato solo podrá inscribirse en un grado y una lengua. 
Esta elección deberá hacerse en el momento de la inscripción electrónica y no se podrá modificar una vez que se haya confirmado y validado el formulario de candidatura por vía electrónica. 
No obstante, 
— si está inscrito en el grado SC 2 y 
— si ha obtenido, en las pruebas de acceso, una de las mejores notas, lo que le da derecho a ser convocado a la etapa siguiente de las presentes oposiciones, y 
— si no cumple las condiciones de admisibilidad del grado SC 2 y sí las del grado SC 1, el tribunal podrá, con su consentimiento ( 1 ), reclasificar su candidatura para el grado SC 1. 
En este caso, sus resultados se compararán con los de los candidatos del grado SC 1 y, si se encuentra usted entre quienes han obtenido las mejores notas en las pruebas de acceso para ese grado, se le convocará a las pruebas de evaluación. 
Esta reclasificación tendrá lugar antes de que se le convoque a las pruebas de evaluación y sobre la base de sus declaraciones en el formulario electrónico de candidatura. A efectos de la transferencia hacia el grado SC 1, no se tendrán en cuenta los candidatos que se encuentren por debajo del umbral de las mejores notas para el grado SC 2. 
II. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES 
Las instituciones europeas buscan personas para llevar a cabo tareas de secretaría en sus servicios. 
La función principal es la de secretario/empleado administrativo. Estas actividades, a menudo asignadas a la gestión administrativa/de oficina, pueden variar, no obstante, en función del puesto. En general, un secretario desempeña un papel de apoyo a una o más personas, servicios o unidades en la institución. Su contribución funcional consiste en dar forma a la información, a transformarla y transmitirla. 
Las tareas son variadas y podrán consistir en: 
— preparación de informes, 
— organización y coordinación de las actividades de los servicios (reuniones, misiones), 
— gestión de los documentos y de las solicitudes de intervención (recepción, tratamiento, seguimiento y clasificación de los documentos, las memorias y la correspondencia), 
— preparación, tratamiento, finalización y comprobación de documentos (redacción, composición, forma­teado, cuadros), utilizando programas informáticos específicos, 
— búsqueda, recopilación y difusión de información (actualización de las bases de datos, los ficheros). 
III. CONDICIONES DE ADMISIÓN . En la fecha límite para la inscripción electrónica, deberá cumplir todas las condiciones generales y especí­ficas siguientes: 
1. Condiciones generales 
a) Ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea. 
b) Estar en plena posesión de sus derechos civiles. 
c) Estar en situación regular respecto de las leyes de reclutamiento militar aplicables. 
d) Ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas.
2. Condiciones específicas. 2.1. Titulación académica 
Grados SC 1 y SC 2 
Nivel de enseñanza superior acreditado por el título correspondiente en el ámbito del secretariado 
O 
Nivel de enseñanza secundaria acreditado por el título correspondiente que dé acceso a la enseñanza superior, seguido por una experiencia profesional de una duración mínima de tres años en el ámbito del secretariado y cuyas tareas correspondan, directa y mayoritaria­mente, a la función de secretario como queda definida en la sección II. 
N.B.: Estos tres años no se contabilizarán en el número de años de experiencia profesional requeridos a continuación. 
2.2. Experiencia profesional 
Grado SC 2 únicamente 
Una experiencia profesional de una duración mínima de cuatro años en el ámbito del secretariado, cuyas tareas estén directa y mayoritariamente unidas a la función de secre­tario tal como se describe en la sección II. 
Esta experiencia profesional solo será válida si ha sido adquirida después del título que da acceso a la oposición. 
Lengua 1 . Lengua principal:  conocimiento profundo de la lengua elegida para la oposición entre HR/EN/FR/DE
y 
Lengua 2: Segunda lengua (obligatoriamente distinta de la lengua 1): conocimiento satisfactorio del alemán, del inglés o del francés .
IV. PRUEBAS DE ACCESO 
V. OPOSICIÓN GENERAL 
VI. LISTAS DE RESERVA 
VII. CÓMO PARTICIPAR .
1. Inscripción electrónica . Deberá usted inscribirse por vía electrónica, siguiendo el procedimiento indicado en el sitio web de la EPSO y, en particular, en las Instrucciones de inscripción. 
Plazo (incluida la validación): 18 de marzo de 2014 a las 12.00 horas del mediodía, hora de Bruselas 
2. Expediente de candida­tura.  Si está usted entre los candidatos admitidos a las pruebas de evaluación, deberá presentar ( 9 ) su expediente de candidatura completo (formulario electrónico de candidatura firmado y justificantes) cuando vaya a realizar dichas pruebas. 
Modalidades: véase el apartado 6.1 de la Guía para las oposiciones generales.
___________________
( 2 ) Véase el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (CECR) — nivel exigido: lengua 1 = C1/lengua 2= B2 
( 7 ) En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos que hayan obtenido la misma puntuación, todos ellos serán incluidos en la lista de reserva. 
( 8 ) Declaraciones comprobadas por la EPSO en cuanto a las condiciones generales, y por el tribunal en cuanto a las condi­ciones específicas. 
( 9 ) La fecha de su convocatoria a las pruebas de evaluación le será comunicada a su debido tiempo mediante su cuenta EPSO. 

jueves, 26 de septiembre de 2013

bolsas de trabajo de las especialidades del Cuerpo de Maestros con perfil bilingüe: Educación Infantil-Alemán; Música-Alemán; Educación Infantil-Francés ; Música-Francés; Educación Infantil-Inglés; Música-Inglés; Educación Física-Alemán; Educación Primaria-Alemán; Educación Física-Francés; Educación Primaria-Francés; Educación Física-Inglés; Educación Primaria-Inglés. Andalucía.

Primera. Objeto. Es objeto de esta convocatoria la selección del personal para formar parte de las bolsas de trabajo de las especialidades del Cuerpo de Maestros con perfil bilingüe, que se relacionan a continuación:
PUESTOS DEL CUERPO DE MAESTROS (597)
CÓDIGO - PUESTO - CÓDIGO - PUESTO
12597031 - Educación Infantil-Alemán - 12597035 - Música-Alemán
10597031 - Educación Infantil-Francés - 10597035 - Música-Francés
11597031 - Educación Infantil-Inglés - 11597035 - Música-Inglés
12597034 - Educación Física-Alemán - 12597038 - Educación Primaria-Alemán
10597034 - Educación Física-Francés - 10597038 - Educación Primaria-Francés
11597034 - Educación Física-Inglés - 11597038 - Educación Primaria-Inglés
Segunda. Requisitos. El personal participante en esta convocatoria deberá reunir los requisitos generales, así como los específicos de la especialidad que solicite, y justificar los méritos alegados, que deberán estar perfeccionados a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.
2.1. Requisitos generales. El personal participante deberá reunir los siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE ) núm. 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.
Asimismo, podrán participar los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y los descendientes y los de sus cónyuges si no están separados de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de esa edad, dependientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la titulación y especialidad requeridas, que a continuación se relacionan, de acuerdo con la Orden de 8 de junio de 2011.
CÓDIGO - ESPECIALI DAD - TITULACIONES
031 EDUCACIÓN INFANTIL - Maestro de la especialidad de Educación Infantil o el título de grado equivalente.
- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica, especialidad Educación Preescolar.

034 EDUCACIÓN FÍSICA - Maestro de al especialidad de Educación Física o el título de grado equivalente.
- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica, especialidad Educación Física. 
035 MÚSICA
- Maestro de la especialidad de Educación Musical o el título de grado equivalente.
- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica de las especialidades de Ciencias; Ciencias Humanas; Lengua Española e Idioma Moderno; Filología; y Filología Vasca.

038 EDUC ACIÓN PRIMARIA
- Maestro de la especialidad de Educación Primaria o el título de grado equivalente.
- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica de las especialidades de Ciencias; Ciencias Humanas; Lengua Española e Idioma Moderno; Filología; y Filología Vasca.
- Maestro de Primera Enseñanza.
En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente credencial de homologación, según los Reales Decretos 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en educación superior; 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado y 1171/2003, de 12 de septiembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2001, por la que se modifican directivas sobre reconocimiento profesional, y se modifican los correspondientes reales decretos de transposición. En la credencial expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte deberá constar expresamente la titulación a la que se homologa el título extranjero.
c) Tener cumplida la edad mínima de acceso a la Función Pública y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
d) No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo de Maestros y a la especialidad a la que se opta.
e) No estar en situación de separación del servicio por expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y no hallarse cumpliendo pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas. En el supuesto de no estar en posesión de la nacionalidad española, y de conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se deberá acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en el país de origen, el acceso a la función pública.
f) Poseer la capacidad funcional y la competencia profesional, tanto teórica como práctica, para impartir docencia en la especialidad a la que se opte en el idioma acreditado.
g) No hallarse excluido de las bolsas del personal funcionario interino de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, mediante Resolución del órgano competente, por incompetencia profesional o por otras causas que impidan la impartición de docencia.
h) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se pretende acceder.
2.2. Requisitos específicos en el idioma requerido. El Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, establece en las disposiciones adicionales segunda y tercera que el personal del Cuerpo de Maestros que imparta en una lengua extranjera un área distinta a la de dicha lengua, en centros cuyos proyectos educativos comporten un régimen de enseñanza plurilingüe, acreditará, al menos, competencias de un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en la lengua extranjera correspondiente, a partir del curso académico 2013/2014. Extremo que deberá acreditarse mediante alguno de los títulos o certificados que se indican a continuación:
a) Licenciatura o grado correspondiente en: Filología, Filosofía y Letras (sección Filología), Traducción e Interpretación, en el idioma solicitado.
b) Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma solicitado.
c) Certificado de aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas (cinco cursos) o certificado de nivel avanzado en el idioma solicitado.
d) Otros diplomas y certificaciones acreditativas del conocimiento de idiomas:
FRANCÉS
- Diplôme de Langue Française (DL-Alliance Française).
- Diplôme d’Études en Langue Française (DEL F second degré o B2).
- Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS-Alliance Française).
- Diplôme Appronfondi de Langue Française (DALF, DALF C1 o C2).
- Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF-Alliance Française).

INGLÉS
- First Certificate in English (FCE -Universidad de Cambridge).
- Certificate in Advanced English (CAE-Universidad de Cambridge).
- Certificate of Proficiency in English (CPE-Universidad de Cambridge).
- Integrated Skills in English examinations ISE II B2, ISE III C1, ISE IV C2 (ISE Trinity College).
- Graded Examinations in Spoken English (GESE ), grades 8, 9, 10, 11, 12 (GESE Trinity College).

ALEMÁN
- Goethe-Zertifikat B2.
- Zertifikat Deutsch für den Beruf (ZDfB).
- Prüfung Wirtschaftsdeutsch International (PWD).
- Zentrale Mittelstufenprüfung (ZMP).
- Zentrale Oberstufenprüfung (ZOP).
- Goethe-Zertifikat C1.
- Kleines Deutsches Sprachdiplom (KDS).
- Großes Deutsches Sprachdiplom (GDS).
- TestDaF Nivel 3, 4, 5 (TDN 3, 4, 5).

Asimismo, el personal participante que acredite la homologación de una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma oficial sea el requerido para al puesto bilingüe solicitado, estará exento de la presentación del requisito específico del conocimiento del idioma.
Tercera. Personal participante. El personal participante podrá solicitar una especialidad de las que se convocan para la que posea el requisito de titulación, de acuerdo con lo establecido en. el apartado b) de la base 2.1.
El personal funcionario interino que esté ocupando un puesto de trabajo en el ámbito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y sea admitido en esta convocatoria no podrá acceder a dicho puesto mientras figure ocupando aquel.
Cuarta. Documentación, solicitudes, plazos y lugares de presentación.
4.2.Solicitudes, plazos y lugares de presentación. En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, quienes deseen participar en esta convocatoria deberán cumplimentar el formulario web asociado a la solicitud de participación que facilitará esta Administración educativa a través del portal web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Dicho formulario se deberá cumplimentar a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número identificativo, que dará validez y unicidad a esta.
Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, y se presentarán preferentemente en las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en los artículos 82 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.   {del 26 de septiembre al 7 de octubre de 2013, a.i.}
En el caso de que se optara por presentar solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto,
para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal de correo antes de certificarse. De no ser así, no podrá considerarse como presentada en esa fecha.
También podrán teletramitarse, conforme a lo previsto en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio.
Las solicitudes suscritas por las personas que residan en el extranjero deberán tramitarse a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas para su remisión a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos.

lunes, 6 de mayo de 2013

123 plazas de Maestros: 59 Lengua Extranjera Inglés, 40 Lengua Extranjera Francés y 24 Audición y Lenguaje. Comunidad Autónoma de Canarias.

Primero.- Convocar procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la cobertura de las 123 plazas ofrecidas para el ingreso en este Cuerpo en el Decreto 43/2013, de 4 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2013, por el procedimiento de urgencia.
Segundo.- Reservar un siete por ciento del total de las 123 plazas para su origen en retraso mental leve, moderado o límite y que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, estableciéndose la siguiente distribución por turnos de acceso:
- 9 plazas, correspondientes a la reserva del siete por ciento del total de las ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad.
- 114 plazas de ingreso libre.
Tercero.- Distribuir las 123 plazas objeto de la presente convocatoria en las siguientes especialidades:
ara el acceso de personas afectadas por discapacidad física, sensorial o psíquica que no tenga su origen en retraso mental leve, moderado o límite y que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, estableciéndose la siguiente distribución por turnos de acceso:
Especialidad . . . . . . . . . . . . . . . Nº de plazas
Lengua Extranjera : Inglés . . . . . 59
Lengua Extranjra: Francés. . . . .  40
Audicón y Lenguaje . . . . . . . . . . . 24
Cuarto.- Aprobar las bases que han de regir este procedimiento selectivo y que figuran en el anexo I de esta Orden.
Asimismo, salvo que se disponga otra cosa en las bases de la convocatoria y a efectos informativos, los actos que se deriven de la presente convocatoria se publicarán en el sitio Web de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad: http://www.gobiernodecanarias.org/educación/.
2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 2.1. Requisitos generales. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, quienes aspiren a participar en este procedimiento selectivo deberán cumplir las condiciones generales siguientes:
f) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
- Título de Maestro o el título de Grado correspondiente.
- Título de Profesor de Educación General Básica.
- Título de Maestro de Enseñanza Primaria.
3. SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y ACREDITACIÓN DE MÉRITOS A PRESENTAR. 3.1. Solicitud. 3.1.1. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud a través de la página Web de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad,
http://www.gobiernodecanarias.org/educación/, siguiendo las instrucciones que en la misma se incluyen.
Una vez cumplimentada informáticamente, la solicitud deberá imprimirse y firmarse para su presentación junto con la documentación relativa a requisitos y méritos que se mencionan en esta base.
En la solicitud el aspirante deberá elegir, para la realización de la prueba, una única isla: Gran Canaria o Tenerife.