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domingo, 19 de abril de 2015

24 plazas del Cuerpo de Maestros (código 597) : Educación Infantil, Lengua Extranjera: Inglés, y Educación Primaria ; situadas en las ciudades de Ceuta y Melilla.

1. Normas generales 1.1 Se convocan procedimientos selectivos para cubrir 24 plazas del Cuerpo de Maestros (código 597) situadas en las ciudades de Ceuta y Melilla, de las cuales una plaza se reserva para personas que tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento. La distribución territorial de las plazas anunciadas en estos procedimientos selectivos así como su distribución por sistema de cobertura y especialidad es la que se detalla en el anexo I a la presente convocatoria.
3. Solicitudes 3.1 Forma.– Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán hacerlo constar en la solicitud de admisión conforme al modelo 790 que será facilitado a través de la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: www.mecd.gob.es (Áreas: Educación-Profesores-oposiciones), así como en el portal de atención al ciudadano: http://administracion.gob.es a través de la pestaña «Empleo Público» –inscripción de pruebas selectivas– que dará acceso a cumplimentar y presentar la solicitud a través de internet o a rellenar e imprimir el formulario modelo 790. En la solicitud se consignarán el código del cuerpo, el de la especialidad y el del procedimiento de ingreso o reserva de plazas para personas con discapacidad por el que se participe que figuran en esta convocatoria. Su no consignación determinará la exclusión del aspirante. No podrán presentarse solicitudes a la misma especialidad en ambas Ciudades. Su presentación determinará la exclusión de los procedimientos selectivos. 
3.2 Plazo y presentación de solicitudes3.2.1 La solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 19 de abril al  de mayo de 2015, a.i.}
3.2.2 La presentación de la solicitud de participación se realizará por una de las dos opciones que se indican a continuación: a) Los interesados podrán realizar (con certificado digital) el pago telemático de las tasas y el registro electrónico de su solicitud a través de la dirección de internet: http://administracion.gob.es, accediendo a la pestaña Empleo Público-Inscripción en los procesos selectivos.
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031 Educación Infantil .032 Lengua Extranjera: Inglés. 038 Educación Primaria 

lunes, 3 de noviembre de 2014

bolsa de trabajo del Cuerpo de Maestros en la especialidad de Lengua Extranjera-Inglés. Junta de Andalucía.

El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la 
selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, modificado por el Decreto 311/2012, de 26 de junio, establece en el artículo 22 que la Consejería competente en materia de educación realizará convocatorias extraordinarias para el acceso a las bolsas de trabajo cuando se prevea que estas no cuentan con personal suficiente para la atención del servicio educativo.
La Orden de 8 de junio de 2011 (BOJA de 16 de junio) por la que se regulan las bolsas de trabajo 
del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal, así como los de procedimientos de convocatoria extraordinaria de acceso a las bolsas de trabajo regulados en la Sección II del Capítulo II de la citada Orden.
A fin de cubrir mediante nombramiento de funcionario interino las posibles vacantes o sustituciones 
de puestos del Cuerpo de Maestros, especialidad Lengua Extranjera-Inglés, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 8 de junio de 2011, esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en virtud de las competencias que le confiere el Decreto 128/2013, de 24 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, ha resuelto realizar convocatoria para la presentación de solicitudes, con arreglo a las siguientes 
BASES
Primera. Objeto. Es objeto de esta convocatoria la selección de personal para formar parte de la bolsa de trabajo del Cuerpo de Maestros en la especialidad de Lengua Extranjera-Inglés en centros docentes públicos dependientes de esta Consejería.
Segunda. Requisitos. El personal participante en esta convocatoria deberá reunir los requisitos generales y específicos de la especialidad convocada, así como justificar los méritos alegados, que deberán estar perfeccionados a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.1. Requisitos generales.
a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo, sobre libre circulación de personas trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre.
Asimismo, podrán participar los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados 
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho o estándolo se encuentre en uno de los supuestos descritos en el apartado 4 del artículo 9 del citado Real Decreto 1710/2011, así como sus descendientes, y los de sus cónyuges, si no están separados de derecho, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplida la edad mínima de acceso a la Función Pública y no haber alcanzado la edad 
establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa. 
c) No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones docentes correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado del servicio, por expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y no hallarse cumpliendo pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas. En el supuesto de no estar en posesión de la nacionalidad española, y de conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se deberá acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en el país de origen, el acceso a la función pública.
e) Poseer la capacidad funcional y competencia profesional, tanto teórica como práctica, para impartir docencia en la especialidad a la que se opte.
f) No hallarse excluido de las bolsas de personal funcionario interino de la Consejería de Educación, 
Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, mediante Resolución del órgano competente, por incompetencia profesional o por otras causas que impidan la impartición de docencia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.2. de la Orden de 8 de junio de 2011 (BOJA núm. 117 de 16 de junio de 2011).
g) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente 
nombramiento del mismo cuerpo al que se pretende acceder.
h) El personal aspirante que no posea la nacionalidad española deberá acreditar el conocimiento del 
idioma español mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El contenido de la prueba se ajustará a lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen diplomas de español como lengua extranjera (DELE), modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero. No tendrán que cumplir con el trámite de la realización de la prueba a que se refiere el apartado anterior, quienes estén en posesión de algunos de los títulos o certificados que se indican a continuación:
- Diploma Superior de Español como lengua extranjera.
- Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por la Escuela Oficial de Idiomas.
- Título de Licenciatura o grado equivalente en Filología Hispánica o Románica. 
- Certificación académica en la que conste que se han realizado en el Estado español todos los estudios conducentes a la obtención de un título universitario.
- Certificado de haber obtenido la calificación de apto en la prueba de acreditación de conocimiento 
del español en convocatorias efectuadas por esta Consejería a partir del año 2001, así como en otras 
Administraciones educativas españolas.
El certificado correspondiente o, en su caso, la fotocopia del título o diploma, será aportado junto a la documentación que se acompañe con la solicitud. De no aportar la citada documentación, no podrá concederse la exención, debiendo en consecuencia realizar la prueba.
La valoración de la citada prueba se realizará por un tribunal designado por la Dirección General de 
Gestión de Recursos Humanos, mediante Resolución, formado por un presidente o presidenta y cuatro vocales, pertenecientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Lengua Castellana y Literatura. 
En la citada Resolución que se hará pública en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, una vez expuestas las listas provisionales del personal admitido y excluido, se indicará lugar y fecha de la realización de la citada prueba.
La prueba se calificará como «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de apto para la admisión en la presente convocatoria.
Una vez concluida la prueba, el tribunal de valoración hará pública la lista de las calificaciones en 
los tablones de anuncios del lugar donde se celebre la prueba y en los de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, remitiendo una copia de la misma a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos. 
Contra la citada lista se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Gestión de 
Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 
2.2. Requisitos específicos.
a) Título de Maestro en la especialidad de Lengua Extranjera-Inglés o el título de Graduado en Maestro en Educación Primaria con mención en Lengua Extranjera Inglés.
b) Título de Maestro, Profesor de Educación General Básica, Maestro de Primera Enseñanza o título de grado equivalente; que sin haber cursado los estudios en la especialidad de Inglés acompañe alguno de los títulos, diplomas o certificaciones que se detallan a continuación:
- Licenciatura o grado correspondiente en: Filología, Filosofía y Letras (sección Filología), Traducción e Interpretación, en el idioma Inglés.
- Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma Inglés.
- Certificado de aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas (cinco cursos) o certificado de nivel avanzado en el idioma Inglés.
- First Certificate in English (FCE-Universidad de Cambridge).
- Certificate in Advanced English (CAE-Universidad de Cambridge).
- Certificate of Proficiency in English (CPE-Universidad de Cambridge).
- Integrated Skills in English examinations ISE II B2, ISE III C1, ISE IV C2 (ISE Trinity College).
- Graded Examinations in Spoken English (GESE), grades 8,9,10,11,12 (GESE Trinity College).
En el caso de que los títulos se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente credencial de homologación, según los Reales Decretos 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en educación superior; 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo de 20 de noviembre de 2006, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado, y 1171/2003, de 12 de septiembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2001, por la que se modifican directivas sobre reconocimiento profesional, y se modifican los correspondientes reales decretos de transposición. En la credencial expedida por el Ministerio deberá constar expresamente la titulación a la que se homologa el título extranjero.
Asimismo, el personal participante que acredite la homologación de una titulación universitaria cursada en un país cuyo idioma oficial sea el inglés estará exento de la presentación del requisito específico del conocimiento del idioma.
Tercera. Personal interino participante. El personal interino que participe en la presente convocatoria y se encuentre ocupando un puesto de trabajo en el ámbito de gestión de la Administración Educativa de la Junta de Andalucía no podrá acceder, de resultar seleccionado en el presente procedimiento a un puesto de la nueva bolsa, mientras se encuentre ocupando aquel.
Cuarta. Solicitudes, documentación, plazos y lugares de presentación. 4.1. Solicitudes, plazos y lugares de presentación. En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, quienes deseen participar en esta convocatoria deberá cumplimentar el formulario web asociado a la solicitud de participación que facilitará esta Administración educativa a través del portal web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Dicho formulario se deberá cumplimentar a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número identificativo, que dará validez y unicidad a esta.
Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, y se presentarán preferentemente en las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en los artículos 82 y siguientes de la ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.{del 1 al 13 de noviembre de 2014, a.i.} En el caso de que un mismo participante presentara más de una instancia, solo se validará la última de las presentadas. 
En el caso de que se optara por presentar solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto, 
para que dicha solicitud sea fechada y sellada antes de certificarse. De no ser así, no podrá considerarse como presentada en esa fecha.
También podrán teletramitarse, conforme a lo previsto en la disposición adicional quinta del Decreto 
302/2010, de 1 de junio. 
4.2. Documentación acreditativa que debe adjuntarse con la solicitud. La documentación referida al cumplimiento de los requisitos y justificantes de los méritos alegados han de poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las fotocopias que se aporten irán firmadas y llevarán en ellas la leyenda «Es copia fiel del original», en el anverso y reverso de la copia, con lo que el personal participante se responsabiliza expresamente de la veracidad de la documentación presentada. 
En caso de falsedad o manipulación de algún documento, decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar. La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda desprenderse la información que se pretende documentar.
Los documentos presentados en un idioma distinto al español solo serán tenidos en cuenta si se acompañan de su traducción oficial a dicha lengua, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá documentación ni justificación de méritos no alegados con la solicitud.
4.2.1. Personal participante de nacionalidad española:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor si el personal aspirante no presta el consentimiento expreso, marcando con una X la casilla correspondiente de la solicitud, para la consulta de los datos de identidad a través de los Sistemas de Verificación de Identidad.
b) Fotocopia del título alegado o títulos alegados, en su caso, o del resguardo de haber abonado los 
derechos para su expedición.
c) En el caso de aportar una titulación que no haga referencia expresa a la especialidad o modalidad 
cursada, deberá presentarse, además del título, fotocopia de certificación académica personal comprensiva de todas las materias cursadas para la obtención del mismo.
d) Fotocopia de la documentación justificativa de los méritos alegados, según el baremo que figura en el Anexo II de la presente convocatoria.
4.2.2. Personal participante que no tenga la nacionalidad española:
El personal participante que no tenga la nacionalidad española, además de presentar las fotocopias de 
los documentos b), c) y d) enumerados anteriormente, presentará la siguiente documentación:
Si reside en España, fotocopia del documento de identidad o pasaporte, y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario o, en su defecto, de la tarjeta temporal de residente  comunitario o de personal trabajador comunitario fronterizo, en vigor, en el caso de que dicho personal no  haya dado el consentimiento expreso para la consulta de los datos de identidad a través de los Sistemas de  Verificación de Identidad.
De no residir en España, fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte (personal nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de la aplicación  de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de  aplicación la libre circulación de personas trabajadoras).
Los familiares del personal incluido en el párrafo anterior deberán presentar fotocopia del pasaporte o del visado o, en su caso, del resguardo de haber solicitado la tarjeta o la exención del visado y de dicha tarjeta. En caso contrario deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa de la persona con la que existe este vínculo, de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el personal participante vive a sus expensas o está a su cargo.

miércoles, 23 de abril de 2014

40 plazas de Maestros, en la especialidad de Lengua Extranjera: Inglés. Comunidad de Madrid.

Primero. La Resolución de 14 de abril de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nueva especialidad, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» del 21 de abril de 2014.
Segundo. El número de plazas que se convocan es de 40, en la especialidad de Lengua Extranjera: Inglés, cuyo desglose y sistema de cobertura es el siguiente:
Código Especialidad Acceso libre Reserva para personas con discapacidad
FI Lengua extranjera: Inglés ..... 37 . . . . . 3
 Total.................................... 40
Tercero. El plazo de presentación de solicitudes, y documentación finaliza el día 12 de mayo de 2014.
Cuarto. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán cumplimentar las solicitudes exclusivamente a través de la aplicación informática habilitada al efecto, que está disponible en el portal www.madrid.org, pestaña «Gestiones y Trámites», donde se encuentran todas las utilidades propias de la Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid. Se podrá acceder a estas utilidades siguiendo la secuencia www.madrid.org, pestaña «Temas, Educación», «personal+educación», «Oposiciones 2014 Cuerpo de Maestros». La solicitud, deberá ir acompañada del modelo 030 justificativo del pago correspondiente a la tasa y, en su caso, de la documentación para la baremación de los méritos alegados.

lunes, 6 de mayo de 2013

123 plazas de Maestros: 59 Lengua Extranjera Inglés, 40 Lengua Extranjera Francés y 24 Audición y Lenguaje. Comunidad Autónoma de Canarias.

Primero.- Convocar procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, para la cobertura de las 123 plazas ofrecidas para el ingreso en este Cuerpo en el Decreto 43/2013, de 4 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2013, por el procedimiento de urgencia.
Segundo.- Reservar un siete por ciento del total de las 123 plazas para su origen en retraso mental leve, moderado o límite y que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, estableciéndose la siguiente distribución por turnos de acceso:
- 9 plazas, correspondientes a la reserva del siete por ciento del total de las ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad.
- 114 plazas de ingreso libre.
Tercero.- Distribuir las 123 plazas objeto de la presente convocatoria en las siguientes especialidades:
ara el acceso de personas afectadas por discapacidad física, sensorial o psíquica que no tenga su origen en retraso mental leve, moderado o límite y que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, estableciéndose la siguiente distribución por turnos de acceso:
Especialidad . . . . . . . . . . . . . . . Nº de plazas
Lengua Extranjera : Inglés . . . . . 59
Lengua Extranjra: Francés. . . . .  40
Audicón y Lenguaje . . . . . . . . . . . 24
Cuarto.- Aprobar las bases que han de regir este procedimiento selectivo y que figuran en el anexo I de esta Orden.
Asimismo, salvo que se disponga otra cosa en las bases de la convocatoria y a efectos informativos, los actos que se deriven de la presente convocatoria se publicarán en el sitio Web de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad: http://www.gobiernodecanarias.org/educación/.
2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 2.1. Requisitos generales. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, quienes aspiren a participar en este procedimiento selectivo deberán cumplir las condiciones generales siguientes:
f) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
- Título de Maestro o el título de Grado correspondiente.
- Título de Profesor de Educación General Básica.
- Título de Maestro de Enseñanza Primaria.
3. SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y ACREDITACIÓN DE MÉRITOS A PRESENTAR. 3.1. Solicitud. 3.1.1. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud a través de la página Web de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad,
http://www.gobiernodecanarias.org/educación/, siguiendo las instrucciones que en la misma se incluyen.
Una vez cumplimentada informáticamente, la solicitud deberá imprimirse y firmarse para su presentación junto con la documentación relativa a requisitos y méritos que se mencionan en esta base.
En la solicitud el aspirante deberá elegir, para la realización de la prueba, una única isla: Gran Canaria o Tenerife.

jueves, 2 de mayo de 2013

Bolsa de trabajo: 20 profesores/as (maestros/as con la especialidad lengua extranjera inglés) - A2 -, para prestar sus servicios en la Diputación de Valencia. . Diputación Provincial de Valencia sobre convocatoria nº 16/13.

Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre convocatoria nº 16/13.- Bases que han de regir la formación de una bolsa de trabajo de veinte profesores/as (maestros/as con la especialidad lengua extranjera inglés) para prestar sus servicios en la Diputación de Valencia. [Jueves, 02 de Mayo de 2013 - BOP 103] (ver pdf)
ANUNCIO
Por Decreto núm. 2786 de fecha 25 de abril del 2013 la Presidencia de esta Corporación ha dispuesto convocar un proceso selectivo para la formación de una bolsa de trabajo de veinte Profesores/as (maestros/as con la especialidad lengua extranjera inglés), de conformidad con las siguientes:
BASES
Base primera. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la formación de una de una bolsa de trabajo para el desempeño provisional de puestos de profesor (maestro especialidad lengua extranjera Inglés), grupo de clasificación A2, para la Diputación de Valencia.
Base segunda. Funciones. Realiza la función docente y en concreto:
-Impartir las áreas de su especialidad y las áreas propias de la especialidad de Educación Primaria.
-Realizar apoyos pedagógicos según las necesidades organizativas del centro.
-Cuidar de los alumnos en los tiempos de recreo y en todas las actividades escolares que se programen.
-Velar, en su caso, por la utilización de la prótesis auditiva individual en clase, colaborando con los padres en el mantenimiento y buen estado de la prótesis.
-Colaborar y ayudar al gabinete psicopedagógico en la práctica de la orientación escolar cuidando de que se sigan las sugerencias realizadas para cada alumno.
-Colaborar con las familias de los alumnos asesorándoles acerca de su educación, de los contenidos curriculares y ejercicios terapéuticos del lenguaje.

Base tercera. Condiciones o requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes. Para tomar parte en esta convocatoria será necesario:
a)
Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea. Igualmente será de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y a sus descendientes y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título Maestro o equivalente y la especialidad de lengua extranjera Inglés, según R.D. 1594/2011.
f) Estar en posesión, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del certificado de grado medio de valenciano, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.
La equivalencia en las titulaciones señaladas en los párrafos anteriores deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente.
Toda la documentación acreditativa tanto del cumplimiento de los requisitos de participación como de los méritos que, en su caso, se aleguen deberá estar redactada en cualquiera de los dos idiomas cooficiales en el ámbito de la Comunitat Valenciana. En el caso de documentos expedidos en otras lenguas, éstos deberán presentarse traducidos por traductor jurado.
El incumplimiento por parte de los aspirantes de estos requisitos y condiciones comportará la exclusión del proceso de selección.
Base cuarta. Solicitudes y admisión de aspirantes. En las solicitudes para tomar parte en el presente proceso, que deberán estar debidamente cumplimentadas, los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la Base tercera, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, y serán dirigidas al Sr. Presidente de la Diputación, y se deberán presentar en su Registro General (Palacio de la Batlía, calle Serranos, núm. 2, Valencia) o en los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Jueves, 02 de Mayo de 2013 - BOP 103] {del 3 al 20 de mayo de 2013, a.i.}, debiendo utilizar el modelo original que se encuentra en la página web, www.dival.es/personal o recoger dicho modelo original en el Registro General de la Diputación o en la Oficina de Atención al Usuario del Servicio de Personal (calle Hugo de Moncada, 9, Valencia).
En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de correos, la presentación se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada.
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de los títulos exigidos en la base tercera.

jueves, 11 de abril de 2013

95 plazas del Cuerpo de Maestros (Código 0597): 40 (37+3) Educación Infantil; 35 (32+3) lengua Extranjera: Ingles; 20 (19+1) Educación Física. Gobierno de Aragón.

CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICIÓN PARA INGRESO EN EL CUERPO DE
MAESTROS
1. Normas generales. 1.1. Plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema general de acceso libre, 95 plazas correspondientes al Cuerpo de Maestros (Código 0597), situadas en el ámbito de gestión del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.
Se reservan 7 plazas del total de las plazas ofertadas, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad. En el supuesto de que éstas no sean cubiertas total o parcialmente, se acumularán a las restantes plazas convocadas.
La distribución de las plazas, por sistema de acceso y especialidad, es la siguiente:
CÓDIGO - ESPECIALIDADES - ACCESO LIBRE - RESERVA DISCAPACIDAD - TOTAL
EI  - EDUCACIÓN INFANTIL  - 37  - 3  - 40
FI  - LENGUA EXTRANJERA: INGLÉS  - 32  - 3  - 35
EF  - EDUCACIÓN FÍSICA  - 19  - 1  - 20 
         TOTAL        -                     88  - 7  - 95
1.2. Lugar de celebración de las pruebas. Las pruebas selectivas que por la presente se convocan tendrán lugar en las siguientes localidades:
Huesca: Lengua extranjera: Inglés.
Teruel: Educación Física.
Zaragoza: Educación Infantil.

No obstante, en función del número de participantes, la Dirección General de Gestión de Personal podrá mediante resolución, modifi car la distribución de especialidades en cada localidad de examen.
1.4. Requisitos y forma de participación. Los participantes deberán reunir los requisitos establecidos en la base 2 y seguir los trámites establecidos en la base 3 para ser admitidos a los procedimientos convocados por esta orden.
1.5. Sistema de selección. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el sistema de selección será el de concurso-oposición y se realizará mediante un procedimiento selectivo en el que, en la fase de concurso se valorarán, entre otros méritos, la formación académica y la experiencia docente previa. En la fase de oposición se tendrán en cuenta la posesión de los conocimientos específi cos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.   ...
2. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a los procedimientos selectivos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1. Requisitos Generales:

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratifi cados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano en la forma que se establece en la base sexta.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nueva especialidad.
2.2. Requisitos específi cos para participar. Conforme dispone el artículo 13.1 del Real Decreto. 276/2007, de 23 de febrero, podrán participar por este procedimiento los aspirantes que además de reunir los requisitos generales exigidos para ingreso al Cuerpo, acredite estar en posesión o haber superado todos los estudios conducentes y haber satisfecho los derechos de expedición del título de Maestro/a o el título de Grado correspondiente.
Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
De acuerdo con la Disposición Adicional Undécima de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el título de Diplomado/a en Profesorado de Educación General Básica y el título de Maestro/a de Enseñanza Primaria, son equivalentes al de Maestro a efectos de docencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro/a de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros en educación superior, y el Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo.
2.3. Requisitos específicos para participar por la reserva de discapacidad acreditada.  ...
2.4. Fecha en la que deben reunirse estos requisitos. Todas las condiciones y requisitos enumerados en esta base deberán reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Forma de participar. 3.1. Modelo de solicitud. El modelo de solicitud será único para todos los procedimientos que se anuncian en esta orden. Dicho modelo se obtendrá en la forma que se indica en la presente base.
Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud de admisión que se obtendrá por medios telemáticos a través de la página web de este Departamento (www.educaragon.org), en la pestaña “Gestión de Personal”, apartado “Oposiciones”.
El acceso a la solicitud, para aquellos participantes que ya tienen “clave personal” facilitada por la Dirección General de Gestión de Personal en procedimientos convocados anteriormente, se realizará a través de la citada clave y ya tendrán incorporados aquellos méritos que constan en el registro de méritos de esta Administración. Dichos méritos figurarán como “validados” y no será necesario justifi carlos con documentación.
Aquellos aspirantes de los cuales esta Administración no dispone de datos, podrán acceder a la solicitud a través de su Documento Nacional de Identidad, de forma que el sistema les generará una “clave personal” al finalizar la cumplimentación y grabación de la solicitud.
Dicha clave deberá ser recordada para futuros procedimientos que convoque la Dirección General de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de esta Comunidad Autónoma.
Respecto a aquellos méritos que el aspirante posea y no estén incorporados a la aplicación web, el interesado deberá grabarlos a través de la citada aplicación, de tal forma que cuando se imprima la solicitud, dichos méritos figuren impresos en la relación de méritos alegados, debiendo aportar de los mismos el correspondiente documento acreditativo.
En la solicitud se elegirá la especialidad y el procedimiento de ingreso o acceso por el que participe, que figuran en esta convocatoria. Su no consignación determinará la exclusión del aspirante.  ...
3.3. Derechos de examen. - Derechos a liquidar: 20,59 euros.
3.5. Lugar de presentación. La solicitud se dirigirá a la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte y se presentará en los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, o en su caso, en las Oficinas de Información y Documentación Administrativa de las diferentes sedes de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Edificio Pignatelli, Paseo María Agustín, 36, en las Delegaciones Territoriales de Huesca y Teruel, o en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz, Barbastro, Calamocha, Calatayud, Ejea de los Caballeros, Fraga, Jaca y Tarazona o en cualquiera de las Oficinas a que se refiere el art. 38.4 de la L.R.J.A.P. y P.A.C., modificada por la Ley 4/99.
Estas Oficinas vienen obligadas, dentro de las veinticuatro horas a partir de su presentación, a cursar las instancias recibidas al Servicio Provincial del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de la “Provincia de examen” que consta en la solicitud.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.
Las solicitudes suscritas por los residentes en el extranjero podrán presentarse, en el plazo señalado en el apartado 3.6 de la presente base, en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al Organismo competente. El abono de los derechos de examen se realizará de acuerdo con lo establecido en el apartado 3.3 de esta convocatoria.
3.6. Plazo de presentación. El plazo de presentación será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”. [BOA- Núm. 69 Boletín Oficial de Aragón 10/04/2013] {del 11 al 30 de abril de 2013,a.i.}

jueves, 10 de enero de 2013

70 plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y para centros educativos que deseen acoger a un docente de uno de estos países para el curso 2012-2013.

Resolución de 17 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y para centros educativos que deseen acoger a un docente de uno de estos países para el curso 2012-2013.
1. Objeto y finalidad de la convocatoria. 1.1 Objeto: La presente Resolución tiene como objeto por una parte, hacer pública la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 70 plazas para la realización de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza, y por otra, seleccionar centros educativos que puedan acoger al profesorado de estos países.
1.2 Finalidad: Este programa tiene como finalidad reforzar el conjunto de acciones destinadas a mejorar la calidad de la formación del profesorado y fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras, además de favorecer intercambios profesionales y culturales entre los sistemas educativos de los países que participan.
2. Características del programa. 2.1 Objetivos del programa:
a)
La participación en la vida de un centro escolar europeo mediante, por ejemplo, la observación de aula y las prácticas pedagógicas, la participación coordinada de ambos en la docencia, el estudio de medidas de acompañamiento para el alumnado o el análisis de procedimientos de evaluación, orientación y dirección de centros.
b) La profundización o preparación de proyectos de intercambio y/o asociaciones entre centros escolares, como en el caso de una asociación existente entre el centro de origen y la región del centro de acogida.
c) La preparación de proyectos pedagógicos comunes de carácter intercultural y multidisciplinar que favorezcan la apertura de los centros educativos españoles al exterior, así como crear condiciones favorables para la movilidad y el enriquecimiento de alumnado y profesorado al tiempo que se intercambian buenas prácticas pedagógicas.
d) La mejora de las competencias profesionales de los participantes, tanto en lo que respecta a su área específica de trabajo como en las lenguas de uso durante la estancia para promover así el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lengua extranjera.
2.2 Estancias Profesionales. Son visitas de estudio en las que un centro europeo acoge al docente español (que no impartirá docencia) durante un período de una o dos semanas, teniendo como referente a un anfitrión, que tiene la opción de devolverle la visita en otro momento del curso escolar, y con un programa de actividades definido y acordado por ambas partes.
Los docentes españoles podrán así realizar estancias de hasta dos semanas en el país y centro de acogida asignado y recibir a su homólogo europeo durante un período similar en el caso de movilidades recíprocas.
Los profesores seleccionados para participar en el programa realizarán la estancia profesional en período lectivo del centro de acogida asignado entre enero y julio de 2013.
2.3 Centros educativos de acogida. Los centros educativos españoles acogerán a un docente europeo sin que se produzca una movilidad profesional recíproca entre su profesorado y el centro de procedencia del profesor acogido.
Los centros educativos interesados en participar en esta convocatoria podrán hacerlo en una de estas dos modalidades:
a) Como centro de acogida para un docente europeo ya identificado, procedente de uno de los países solicitados, y que esté participando a su vez en un programa de movilidad profesional en su país de origen. En este caso, el centro educativo indicará en la solicitud de participación los datos personales y profesionales correspondientes al profesor europeo identificado, presentará un programa de actividades, indicará el nombre del docente responsable de la acogida del profesor europeo visitante e indicará las razones por las que le interesa participar en esta convocatoria.

b) Como centro que desea acoger a un profesor europeo que se le asigne. En este caso el centro educativo presentará un programa de actividades, indicará en su solicitud de participación el nombre del docente responsable de la acogida del profesor europeo visitante e indicará las razones por las que le interesa participar en esta convocatoria.
La acogida se realizará en período lectivo durante el curso escolar 2012/2013. En el caso de centros plurilingües estos podrán recibir en el centro a dos docentes europeos de diferente país, como máximo.
Los equipos directivos de estos centros asesorarán a los profesores europeos asignados en temas relacionados con su alojamiento y manutención durante su estancia en el centro y favorecerán su integración en las actividades educativas y culturales previstas en su proyecto de trabajo, contribuyendo así al éxito de la visita y al cumplimiento de los objetivos previstos en este programa.
3. Países y distribución de plazas. 3.1 Se convocan 70 plazas de estancias profesionales para el curso 2012/2013, en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza.
3.2 La distribución de plazas se ajustará a la oferta recibida desde cada uno de los países de destino pudiendo ampliarse o reducirse el número de las mismas para cada país dependiendo de las características de los centros educativos de destino y a los perfiles profesionales del profesorado involucrado.
4. Requisitos de los candidatos. Los profesores interesados en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:
4.1
Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
4.2 Estar impartiendo clase de la lengua del país que se solicita o de otras disciplinas en dicha lengua en el momento de la presentación de la solicitud de participación en la presente convocatoria.
4.3 En el caso de profesores de disciplinas no lingüísticas que imparten su clase en lengua extranjera, acreditar un nivel de competencia lingüística en la lengua del país que solicita equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y presentar certificación, expedida por los órganos competentes, de estar impartiendo clase en lengua extranjera.
4.4 No haber obtenido ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este Programa.
5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación de candidatos. 5.1 Solicitudes: Los funcionarios docentes que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria, y deseen tomar parte en la misma, deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html. Sección «Trámites y Servicios». Una vez cumplimentada y confirmada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el punto 5.2, si el ciudadano se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la Sede electrónica (http://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html) se podrá completar el proceso electrónico de registro de la solicitud.
En caso contrario, una vez cumplimentada, adjuntada toda la documentación preceptiva en formato informático y confirmada la solicitud telemática, se obtendrá un impreso oficial de la misma en soporte papel con el fin de, una vez firmado, poder presentarlo en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4. de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. En caso de que la documentación se presente en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su certificación. ...
5.2 Documentación: Junto con la solicitud electrónica se acompañará la siguiente documentación en formato informático:
a)
Fotocopia del título administrativo o, en su caso, del boletín o diario oficial en el que aparezca su nombramiento como funcionario de carrera.
b) Fotocopia del documento que acredite el nivel de competencia lingüística establecido en la convocatoria y certificación del órgano competente que acredite que puede impartir clase en lengua extranjera, para el profesorado de disciplinas no lingüísticas.
c) Certificado del director del centro en el que conste que tiene destino en el centro y que está impartiendo clase de la lengua del país que se solicita o de otras disciplinas en dicha lengua en el momento de la presentación de la solicitud, según modelo del anexo II.
d) Currículum Vitae Europass.
e) Documentación acreditativa de los méritos que considere conveniente aportar, en relación al baremo establecido en el Anexo V de esta Resolución, entendiéndose que solamente se tendrán en cuenta, y por tanto valorados, aquellos méritos debidamente acreditados, mediante la documentación que se determina en dicho Anexo, en los términos establecidos en él y presentados dentro del plazo fijado en el apartado 5.3 de esta convocatoria.
5.3 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 11 al 30 de enero de 2013,a.i.}