Mostrando entradas con la etiqueta estancias profesionales. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta estancias profesionales. Mostrar todas las entradas

domingo, 5 de mayo de 2019

108 plazas de estancias profesionales en varios paises europeos para profesorado perteneciente a distintos cuerpos. Curso 2019/2020.

Resultado de imagen de 108 plazas de estancias profesionales en varios paises europeos para profesorado perteneciente a distintos cuerpos. Curso 2019/2020.- MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL  Extracto de la Resolución de 2 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan 108 plazas de estancias profesionales en varios paises europeos para profesorado perteneciente a distintos cuerpos. Curso 2019/2020.
  • PDF (BOE-B-2019-19199 - 1 pág. - 169 KB)
  • Otros formatos 

  • BDNS(Identif.): 451156.
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
    Primero. Beneficiarios:
    Funcionarios/as de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño
    Segundo. Objeto:
    Adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 108 plazas para la realización de estancias profesionales en centros educativos de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Italia, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República de Irlanda y Suiza.
    Tercero. Bases Reguladoras:
    Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE de 12 de mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva
    Cuarto. Cuantía:
    El importe total será de 140.400,00 € del ejercicio 2020.
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
    El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados desde el siguiente día hábil a la publicación del presente extracto en el BOE.{del 5 al 24 de mayo de 2019, a.i.}
    Sexto. Otros datos:
    Los/as candidatos/as seleccionados/as recibirán una ayuda de mil trescientos euros (1.300,00€) para sus gastos de transporte, alojamiento y manutención. Esta cantidad está sujeta a las retenciones que sean de aplicación

    miércoles, 15 de abril de 2015

    se convocan plazas para centros educativos de Educación Infantil y Primaria, Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o de Enseñanzas de Régimen Especial que deseen acoger, durante su estancia profesional, a un docente de Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, Países Bajos, el Reino Unido, la República de Irlanda o Suiza, para el curso 2015/2016.

    1. Objeto y finalidad de la convocatoria. La presente resolución tiene como objeto la selección de centros educativos que deseen acoger profesorado de Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, Países Bajos, el Reino Unido, la República de Irlanda o Suiza para la realización de Estancias Profesionales en el conjunto del territorio del Estado español. Este programa tiene como finalidad, para los centros educativos, reforzar el conjunto de acciones destinadas a favorecer intercambios culturales, conocer otras metodologías, así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y la participación en programas educativos europeos.
    2. Características del programa 2.1 Los centros educativos interesados en participar en este programa podrán hacerlo en una de estas dos modalidades:
    a) Como centro de acogida para un docente ya identificado, procedente de alguno de los países incluidos en esta convocatoria, y que esté participando en un programa de movilidad profesional en su país de origen.
    b) Como centro que desea acoger a un docente de alguno de estos países y que, en el caso de haber demanda, le sea asignado a través de esta convocatoria. En ninguno de los dos casos se recibirá ayuda o compensación económica alguna.
    2.2 La acogida se realizará en período lectivo durante el curso escolar 2015/2016, por una duración de dos semanas.
    2.3 Solamente se podrá asignar un docente por centro educativo.
    2.4 La estancia profesional se desarrollará de acuerdo al plan de actividades establecido por ambas partes y en ningún caso conlleva la obligatoriedad de impartir docencia.
    2.5 El equipo directivo y el docente responsable de la acogida asesorarán al profesor que realiza su movilidad profesional en temas relacionados con el alojamiento y manutención durante su estancia. En el centro favorecerán su integración en las actividades educativas y culturales previstas en el proyecto de trabajo, contribuyendo así al éxito de la visita y al cumplimiento de los objetivos previstos en este programa.
    3. Requisitos y distribución de plazas 3.1 Requisitos.– Podrán presentar candidatura aquellos centros educativos, sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006 en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013.
    3.2 Distribución de plazas.– La distribución de plazas se ajustará a la oferta recibida desde cada uno de los países participantes, dependiendo de las características de los centros educativos de destino y de los perfiles profesionales de los docentes que sean acogidos. Asimismo, se favorecerá la distribución territorial de los docentes entre todos los centros que lo soliciten.
    4. Documentación, solicitudes y plazo de presentación 4.1 Documentación:
    a) Solicitud de participación debidamente cumplimentada a través de la sede electrónica.
    Modalidad A: el centro educativo indicará en la solicitud de participación los datos personales y profesionales correspondientes al profesor europeo identificado y el nombre del docente responsable de la acogida.
    Modalidad B: indicará en su solicitud de participación su preferencia por un máximo de dos países de origen del docente visitante y el nombre del docente responsable de la acogida.
    b) Esquema del programa de actividades previsto para el docente acogido según anexo I.
    4.2 Solicitudes.– Los centros educativos que reúnan los requisitos exigidos y deseen en participar en la presente convocatoria, deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD). Las instrucciones para realizar correctamente el proceso de solicitud podrán consultarse igualmente en dicha sede electrónica. [http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/sede-electronica.html ]
    Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el/la director/a del centro con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los/as ciudadanos/ as a los servicios públicos y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. El resguardo de la solicitud deberá ser conservado para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no se completen siguiendo el proceso de presentación establecido.
    A los efectos establecidos en el apartado anterior y en los términos legalmente previstos, la firma electrónica del interesado/a podrá efectuarse mediante la utilización de claves concertadas y/o la aportación de información conocida por ambas partes.
    En caso de modificación del formulario oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
    De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si se advirtiesen defectos formales u omisiones en la solicitud o en la documentación que debe acompañarla para justificar los requisitos, se comunicará al centro interesado, que dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles, a partir de la comunicación por correo electrónico de la incidencia, para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose la misma previa resolución a tal efecto, de acuerdo con el artículo 42.1 de la citada ley. Todas las comunicaciones con los centros solicitantes se realizarán a través del correo electrónico que hayan facilitado al cumplimentar la solicitud en la sede electrónica.
    4.3 Plazo de presentación.– El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de treinta días naturalescontados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución. {del 16 de abril al 15 de mayo de 2015, a.i.}

    lunes, 23 de junio de 2014

    plazas para centros educativos de Educación Infantil y Primaria, Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o de Enseñanzas de Régimen Especial que deseen acoger, durante su estancia profesional, a un docente de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido o Suiza, para el curso 2014/2015.

    • Resolución de 27 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas para centros educativos de Educación Infantil y Primaria, Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o de Enseñanzas de Régimen Especial que deseen acoger, durante su estancia profesional, a un docente de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido o Suiza, para el curso 2014/2015.
    1. Objeto y finalidad de la convocatoria. La presente resolución tiene como objeto la selección de centros educativos que deseen acoger profesorado de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido o Suiza para la realización de estancias profesionales en el conjunto del territorio del Estado español.
    Este programa tiene como finalidad, para los centros educativos, reforzar el conjunto de acciones destinadas a favorecer intercambios culturales, conocer otras metodologías, así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y la participación en programas educativos europeos.
    2. Características del programa. 2.1 Los centros educativos interesados en participar en este programa podrán hacerlo en una de estas dos modalidades:
    a) Como centro de acogida para un docente ya identificado, procedente de alguno de los países incluidos en esta convocatoria, y que esté participando en un programa de movilidad profesional en su país de origen.
    b) Como centro que desea acoger a un docente de alguno de estos países y que, en el caso de haber demanda, le sea asignado a través de esta convocatoria.
    En ninguno de los dos casos se recibirá ayuda o compensación económica alguna.
    2.2 La acogida se realizará en período lectivo durante el curso escolar 2014/2015, por una duración máxima de dos semanas.
    2.3 Solamente se podrá asignar un docente por centro educativo.
    2.4 La estancia profesional se desarrollará de acuerdo al plan de actividades establecido por ambas partes, en ningún caso conlleva la obligatoriedad de impartir docencia.
    2.5 El equipo directivo y el docente responsable de la acogida asesorarán al profesor que realiza su movilidad profesional en temas relacionados con el alojamiento y manutención durante su estancia. En el centro favorecerán su integración en las actividades educativas y culturales previstas en el proyecto de trabajo, contribuyendo así al éxito de la visita y al cumplimiento de los objetivos previstos en este programa.
    3. Requisitos y distribución de plazas 3.1 Requisitos: Podrán presentar candidatura aquellos centros educativos, sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013.
    3.2 Distribución de plazas: La distribución de plazas se ajustará a la oferta recibida desde cada uno de los países participantes, dependiendo de las características de los centros educativos de destino y de los perfiles profesionales de los docentes que sean acogidos. Asimismo, se favorecerá la distribución territorial de los docentes entre todos los centros que lo soliciten.
    4. Documentación, solicitudes y plazo de presentación 4.1 Documentación.
    a) Solicitud de participación debidamente cumplimentada a través de la sede electrónica.
    Modalidad A: El centro educativo indicará en la solicitud de participación los datos personales y profesionales correspondientes al profesor europeo identificado y el nombre del docente responsable de la acogida del profesor europeo visitante.
    Modalidad B: Indicará en su solicitud de participación el país de origen o el idioma de preferencia del docente visitante y el nombre del docente responsable de la acogida.
    b) Esquema del programa de actividades previsto para el docente acogido según anexo I.
    c) Exposición de los motivos para participar en esta convocatoria.
    4.2 Solicitudes: Los centros educativos que reúnan los requisitos exigidos y deseen en participar en la presente convocatoria, deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html, Sección «Trámites y Servicios». Las instrucciones para realizar correctamente el proceso de solicitud podrán consultarse en la siguiente dirección:
    Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el punto 4.1, deberán confirmarla en la propia sede. Además de confirmar la solicitud es necesario registrarla. El registro puede completarse por vía electrónica si el centro se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la
    Sede electrónica (http://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html ). En caso de no disponer de firma electrónica, una vez confirmada la solicitud en la sede, se deberá imprimir el formulario oficial que genera la aplicación y enviar, a la dirección que figura en el pie del propio formulario, la «copia para registro» en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. En caso de que la solicitud se presente en una oficina de correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su envío.
    El formulario oficial incluirá un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del formulario oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
    ...
    4.3 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de treinta días naturalescontados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.{del 24 de junio al 23 de julio de 2014, a.i.}
    4.4 La relación de centros solicitantes y toda la información sobre la convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet:
    4.5 Los centros admitidos en la presente convocatoria se incluirán en un listado permanente de centros que se ofrecen para acoger a docentes de alguno de los países participantes en esta convocatoria. En cada una de las posibles convocatorias posteriores podrán actualizar sus datos y renovar o no su solicitud.

    100 plazas de estancias profesionales en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza; para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2014/2015.

    • Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2014/2015.
    1. Objeto y finalidad de la convocatoria . 1.1 Objeto: La presente resolución tiene como objeto hacer pública la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 100 plazas para la realización de estancias profesionales en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza.
    1.2 Finalidad: Este programa tiene como finalidad reforzar el conjunto de acciones destinadas a mejorar la calidad de la formación del profesorado, promover la innovación, adoptar métodos docentes más eficaces y crear comunidades profesionales a escala de la Unión Europea o participar en ellas, así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y favorecer intercambios culturales.
    2. Características del programa 2.1 Objetivos del programa.
    a) La mejora de las competencias profesionales de los participantes, tanto en lo que respecta a su área específica de trabajo como en las lenguas de uso durante la estancia para promover así el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lenguas extranjeras.
    b) La participación en la vida de un centro escolar europeo mediante la observación de la práctica docente en el aula, la participación coordinada en la docencia, el estudio de medidas de acompañamiento para el alumnado o el análisis de procedimientos de evaluación, orientación y dirección de centros.
    c) La elaboración de proyectos pedagógicos comunes de carácter intercultural y multidisciplinar que favorezcan el enriquecimiento del alumnado y del docente al tiempo que se intercambian buenas prácticas pedagógicas.
    d) La profundización o consolidación de proyectos internacionales de intercambio y/o asociaciones entre centros escolares.
    2.2 Estancias Profesionales: Son visitas de estudio en las que un centro educativo, de alguno de los países participantes, acoge a un docente español por un periodo de dos semanas durante el cual se desarrollará el plan de actividades programadas conjuntamente y previamente establecido. Esta visita no implica impartir docencia.
    Los profesores seleccionados para participar en el programa realizarán la estancia profesional en período lectivo del centro de acogida asignado entre octubre 2014 y agosto de 2015, ambos inclusive.
    Esta convocatoria no regula la movilidad recíproca con el docente anfitrión del centro de acogida. Si el docente extranjero desea realizar una estancia profesional en España, deberá solicitarla de acuerdo al procedimiento establecido en su país de origen.
    3. Países y distribución de plazas. 3.1 Se convocan 100 plazas de estancias profesionales para el curso 2014/2015 en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza.
    3.2 Distribución de plazas: Se adjudicarán 30 plazas para Reino Unido; 30 plazas para Francia; 16 para Alemania; 10 para Italia; 7 para Austria y 7 para Suiza.
    En Francia, los centros educativos en los que poder realizar la estancia profesional son «Collège« y «Lycée», al carecer de convocatoria para centros de educación infantil y primaria para realizar una estancia profesional.
    Si quedaran plazas sin cubrir en alguno de los países, se procederá a repartirlas de forma equitativa entre el resto de países para los que haya docentes en lista de espera.
    3.3 El importe total a distribuir en la presente convocatoria no podrá superar la cantidad de 132.000,00 euros, ... . La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
    4. Requisitos de los candidatos. Los profesores interesados en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:
    4.1 Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
    4.2 Estar impartiendo docencia, en el momento de presentar la solicitud de participación en esta convocatoria, en una de estas dos modalidades:
    a) lengua extranjera o,
    b) una disciplina no lingüística en alguna lengua extranjera. En este caso deberán acreditar un nivel de competencia lingüística equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Esta condición deberá mantenerse para el curso académico objeto de la convocatoria, 2014/2015, para lo que se le solicitará al candidato la documentación acreditativa correspondiente. En el caso de no cumplirse este requisito se considerara desestimada su petición.
    4.3 En el caso de solicitar un país de destino cuya lengua o lenguas oficiales no coincidan con la lengua extranjera que imparte en su centro o con la que imparte su disciplina, deberá acreditar un dominio de esa lengua extranjera equivalente al B2 del MCER.
    4.4 No haber disfrutado de una ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este Programa.
    4.5 Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 5.1 Solicitudes: Los funcionarios docentes que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y deseen tomar parte en la misma deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html, Sección «Trámites y Servicios. Las instrucciones para realizar correctamente el proceso de solicitud podrán consultarse en la siguiente dirección:
    Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el punto 5.2, el solicitante deberá confirmarla en la propia sede. Además de confirmar la solicitud es necesario registrarla. El registro puede completarse por vía electrónica si el ciudadano se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la Sede electrónica (http://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html). En caso de no disponer de firma electrónica, una vez confirmada la solicitud en la sede, deberá imprimir el formulario que genera la aplicación «formulario oficial» y
    enviar, a la dirección que figura en el pie del propio formulario, la «copia para registro» en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. En caso de que la documentación se presente en una oficina de correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su envío.
    ...
    5.3 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de treinta días naturalescontados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.{del 24 de junio al 23 de julio de 2014, a.i.}
    5.4 Concluido el plazo de presentación no se admitirá ninguna instancia de participación ni modificación alguna de las peticiones formuladas en ella, ni documentación referida a los méritos aportados.
    5.5 La presente convocatoria y toda la información sobre la misma se encontrará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet:

    sábado, 30 de noviembre de 2013

    hacer pública la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 77 plazas para la realización de estancias profesionales en centros educativos de (15) Alemania,(6) Austria, (25) Francia, (25) Reino Unido y (6) Suiza.

    1. Objeto y finalidad de la convocatoria, 1.1 Objeto.– La presente resolución tiene como objeto hacer pública la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 77 plazas para la realización de estancias profesionales en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza.
    1.2 Finalidad.– Este programa tiene como finalidad reforzar el conjunto de acciones destinadas a mejorar la calidad de la formación del profesorado, favorecer intercambios profesionales y culturales para conocer los sistemas educativos de los países que participan y fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras.
    2. Características del programa. 2.1 Objetivos del programa
    a)
    La mejora de las competencias profesionales de los participantes, tanto en lo que respecta a su área específica de trabajo como en las lenguas de uso durante la estancia para promover así el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lengua extranjera.
    b) La participación en la vida de un centro escolar europeo mediante la observación de la práctica docente en el aula, la participación coordinada en la docencia, el estudio de medidas de acompañamiento para el alumnado o el análisis de procedimientos de evaluación, orientación y dirección de centros.
    c) La preparación de proyectos pedagógicos comunes de carácter intercultural y multidisciplinar que favorezcan el enriquecimiento del alumnado y del docente al tiempo que se intercambian buenas prácticas pedagógicas.
    d) La profundización o preparación de proyectos de intercambio y/o asociaciones entre centros escolares.
    2.2 Estancias Profesionales. Son visitas de estudio en las que un centro educativo, de alguno de los países participantes, acoge a un docente español por un periodo de dos semanas durante el cual se desarrollará el plan de actividades programadas conjuntamente y previamente establecido. Esta visita no implica impartir docencia.
    Los profesores seleccionados para participar en el programa realizarán la estancia profesional en período lectivo del centro de acogida asignado entre enero y agosto de 2014, ambos inclusive.
    Esta convocatoria no regula la movilidad recíproca con el docente anfitrión del centro de acogida. Si el docente extranjero desea realizar una estancia profesional en España, deberá solicitarla de acuerdo al procedimiento establecido en su país de origen.
    3. Países y distribución de plazas. 3.1 Se convocan 77 plazas de estancias profesionales para el curso 2013/2014 en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza.
    3.2 Distribución de plazas: Se adjudicarán 25 plazas para Reino Unido; 25 plazas para Francia; 15 para Alemania; 6 para Austria y 6 para Suiza. Si quedaran plazas sin cubrir en alguno de los países, se procederá a repartirlas de forma equitativa entre el resto de países para los que haya docentes en lista de espera.
    3.3 El importe total a distribuir en la presente convocatoria no podrá superar la cantidad de 92.400,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 18.04.321N.489 del ejercicio 2014. La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuada y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
    4. Requisitos de los candidatos. Los profesores interesados en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:
    4.1 Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
    4.2 Estar impartiendo docencia, en el momento de presentar la solicitud de participación en esta convocatoria, en una de estas dos modalidades:
    a) Lengua extranjera.
    b) Una disciplina no lingüística en alguna lengua extranjera. En este caso deberán acreditar un nivel de competencia lingüística equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) o, en su defecto, certificado de su administración educativa de estar habilitado para impartir las asignaturas correspondientes en lengua extranjera.
    4.3 En el caso de solicitar un país de destino cuya lengua o lenguas oficiales no coincidan con la lengua extranjera que imparte en su centro o con la que imparte su disciplina, deberá acreditar un dominio de esa lengua extranjera equivalente al B2 del MCER.
    4.4 No haber disfrutado de una ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este Programa.
    4.5 Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación
    5.1 Solicitudes.–
    Los funcionarios docentes que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y deseen tomar parte en la misma deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html, Sección «Trámites y Servicios». En la sede podrán consultarse las indicaciones para realizar correctamente el proceso. Una vez cumplimentada y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el punto 5.2, el solicitante deberá confirmar su solicitud. Es necesario que la solicitud esté confirmada y registrada. El registro puede completarse por vía electrónica si el ciudadano se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la Sede electrónica (http://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html). En caso de no disponer de firma electrónica, una vez confirmada la solicitud en la sede electrónica, deberá imprimir el formulario que genera la aplicación y enviar la «copia para registro» en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. En caso de que la documentación se presente en una oficina de correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su envío.
    El formulario oficial incluirá un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del formulario oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
    De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si se advirtiesen defectos formales u omisión en la solicitud o en la información que debe acompañarla, se comunicará al interesado, quien dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles, a partir de la comunicación por correo electrónico de la incidencia, para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose la misma previa resolución a tal efecto, de acuerdo con el artículo 42.1 de la citada Ley.
    Todas las comunicaciones con los participantes se realizarán a través del correo electrónico que el usuario haya facilitado al cumplimentar la solicitud en la sede electrónica.
    5.2 Documentación: En la solicitud electrónica deberá incluirse la siguiente documentación:
    a)
    ... 
    5.3 Plazo de presentación.– El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.{del 1 al 26 de diciembre de 2013, a.i.}
    5.4 Concluido el plazo de presentación no se admitirá ninguna instancia de participación ni modificación alguna de las peticiones formuladas en ella, ni documentación referida a los méritos aportados.
    5.5 La presente convocatoria y toda la información sobre la misma se encontrará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet:
    http://www.educacion.es/educacion/profesorado/formacion/formacion-permanente.html
    5.6 El Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado (INTEF) podrá solicitar en cualquier momento del procedimiento administrativo, los originales a través de los cuales se generaron todos los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia.

    viernes, 29 de noviembre de 2013

    selección de centros educativos que deseen acoger profesorado de Alemania, Austria, Francia, Reino Unido o Suiza para la realización de Estancias Profesionales en el conjunto del territorio del Estado español, con la finalidad de crear y reforzar acciones destinadas a fomentar intercambios profesionales y culturales entre centros de otros países europeos.

    1. Objeto y finalidad de la convocatoria. La presente resolución tiene como objeto la selección de centros educativos que deseen acoger profesorado de Alemania, Austria, Francia, Reino Unido o Suiza para la realización de Estancias Profesionales en el conjunto del territorio del Estado español, con la finalidad de crear y reforzar acciones destinadas a fomentar intercambios profesionales y culturales entre centros de otros países europeos.
    2. Características del programa. 2.1 Los centros educativos interesados en participar en este programa podrán hacerlo en una de estas dos modalidades:
    a) Como centro de acogida para un docente ya identificado, procedente de alguno de los países incluidos en esta convocatoria, y que esté participando en un programa de movilidad profesional en su país de origen.
    b) Como centro que desea acoger a un docente de alguno de estos países y que sea asignado a través de esta convocatoria.
    En ninguno de los dos casos se recibirá ayuda o compensación económica alguna.
    2.2 La acogida se realizará en período lectivo durante el curso escolar 2013/2014. Solamente se podrá asignar más de un docente a aquellos centros que impartan varios programas de enseñanza en lengua extranjera.
    2.3 El equipo directivo y el docente responsable de la acogida asesorarán a los profesores que realizan su movilidad profesional en temas relacionados con su alojamiento y manutención durante su estancia. En el centro favorecerán su integración en las actividades educativas y culturales previstas en el proyecto de trabajo, contribuyendo así al éxito de la visita y al cumplimiento de los objetivos previstos en este programa.
    3. Requisitos y distribución de plazas. 3.1 Requisitos.– Podrán presentar candidatura aquellos centros educativos, sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
    3.2 Distribución de plazas.– La distribución de plazas se ajustará a la oferta recibida desde cada uno de los países participantes, dependiendo de las características de los centros educativos de destino y de los perfiles profesionales de los docentes que sean acogidos. Así mismo, se favorecerá la distribución territorial de los docentes entre todos los centros que lo soliciten.
    4. Documentación, solicitudes y plazo de presentación. 4.1 Documentación.
    a)
    Solicitud de participación debidamente cumplimentada a través de la sede electrónica.
    Modalidad A: El centro educativo indicará en la solicitud de participación los datos personales y profesionales correspondientes al profesor europeo identificado y el nombre del docente responsable de la acogida del profesor europeo visitante.
    Modalidad B: Indicará en su solicitud de participación el país de origen o el idioma de preferencia del docente visitante y el nombre del docente responsable de la acogida.
    b) Esquema del programa de actividades previsto para el docente acogido según anexo I.
    c) Exposición de los motivos para participar en esta convocatoria.
    4.2 Solicitudes.– Los centros educativos interesados en participar en la presente convocatoria, deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html, Sección «Trámites y Servicios». Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el punto 4.1, el solicitante deberá confirmarla en la propia sede. Si el interesado se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la Sede electrónica (http://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html) podrá completar el proceso electrónico de registro de la solicitud.
    En caso contrario, una vez cumplimentada e incluida toda la documentación preceptiva en el formulario disponible en la sede electrónica y confirmada la solicitud telemática por el interesado, se obtendrá un impreso oficial de la misma en soporte papel con el fin de, una vez firmado y sellado, poder presentarlo en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. En caso de que la documentación se presente en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su certificación.
    El impreso oficial incluirá un número que identifica a la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.
    De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si se advirtiesen defectos formales u omisión en la solicitud o en la información que debe acompañarla, se comunicará a los interesados, quienes dispondrán de un plazo máximo de diez días hábiles para subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos, indicándose que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose la misma previa resolución a tal efecto, de acuerdo con el artículo 42.1 de la citada Ley.
    4.3 Plazo de presentación.– El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.{del 30 de noviembre al 24 de diciembre de 2013,a.i.}
    4.4 La relación de centros solicitantes y toda la información sobre la convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet:
    http://www.educacion.es/educacion/profesorado/formacion/formacion-permanente.html
    4.5 Los centros admitidos en la presente convocatoria se incluirán en un listado permanente de centros que se ofrecen para acoger a docentes de alguno de los países participantes en esta convocatoria. En cada una de las posibles convocatorias posteriores podrán actualizar sus datos y renovar o no su solicitud.

    jueves, 10 de enero de 2013

    70 plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y para centros educativos que deseen acoger a un docente de uno de estos países para el curso 2012-2013.

    Resolución de 17 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño y para centros educativos que deseen acoger a un docente de uno de estos países para el curso 2012-2013.
    1. Objeto y finalidad de la convocatoria. 1.1 Objeto: La presente Resolución tiene como objeto por una parte, hacer pública la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 70 plazas para la realización de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza, y por otra, seleccionar centros educativos que puedan acoger al profesorado de estos países.
    1.2 Finalidad: Este programa tiene como finalidad reforzar el conjunto de acciones destinadas a mejorar la calidad de la formación del profesorado y fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras, además de favorecer intercambios profesionales y culturales entre los sistemas educativos de los países que participan.
    2. Características del programa. 2.1 Objetivos del programa:
    a)
    La participación en la vida de un centro escolar europeo mediante, por ejemplo, la observación de aula y las prácticas pedagógicas, la participación coordinada de ambos en la docencia, el estudio de medidas de acompañamiento para el alumnado o el análisis de procedimientos de evaluación, orientación y dirección de centros.
    b) La profundización o preparación de proyectos de intercambio y/o asociaciones entre centros escolares, como en el caso de una asociación existente entre el centro de origen y la región del centro de acogida.
    c) La preparación de proyectos pedagógicos comunes de carácter intercultural y multidisciplinar que favorezcan la apertura de los centros educativos españoles al exterior, así como crear condiciones favorables para la movilidad y el enriquecimiento de alumnado y profesorado al tiempo que se intercambian buenas prácticas pedagógicas.
    d) La mejora de las competencias profesionales de los participantes, tanto en lo que respecta a su área específica de trabajo como en las lenguas de uso durante la estancia para promover así el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lengua extranjera.
    2.2 Estancias Profesionales. Son visitas de estudio en las que un centro europeo acoge al docente español (que no impartirá docencia) durante un período de una o dos semanas, teniendo como referente a un anfitrión, que tiene la opción de devolverle la visita en otro momento del curso escolar, y con un programa de actividades definido y acordado por ambas partes.
    Los docentes españoles podrán así realizar estancias de hasta dos semanas en el país y centro de acogida asignado y recibir a su homólogo europeo durante un período similar en el caso de movilidades recíprocas.
    Los profesores seleccionados para participar en el programa realizarán la estancia profesional en período lectivo del centro de acogida asignado entre enero y julio de 2013.
    2.3 Centros educativos de acogida. Los centros educativos españoles acogerán a un docente europeo sin que se produzca una movilidad profesional recíproca entre su profesorado y el centro de procedencia del profesor acogido.
    Los centros educativos interesados en participar en esta convocatoria podrán hacerlo en una de estas dos modalidades:
    a) Como centro de acogida para un docente europeo ya identificado, procedente de uno de los países solicitados, y que esté participando a su vez en un programa de movilidad profesional en su país de origen. En este caso, el centro educativo indicará en la solicitud de participación los datos personales y profesionales correspondientes al profesor europeo identificado, presentará un programa de actividades, indicará el nombre del docente responsable de la acogida del profesor europeo visitante e indicará las razones por las que le interesa participar en esta convocatoria.

    b) Como centro que desea acoger a un profesor europeo que se le asigne. En este caso el centro educativo presentará un programa de actividades, indicará en su solicitud de participación el nombre del docente responsable de la acogida del profesor europeo visitante e indicará las razones por las que le interesa participar en esta convocatoria.
    La acogida se realizará en período lectivo durante el curso escolar 2012/2013. En el caso de centros plurilingües estos podrán recibir en el centro a dos docentes europeos de diferente país, como máximo.
    Los equipos directivos de estos centros asesorarán a los profesores europeos asignados en temas relacionados con su alojamiento y manutención durante su estancia en el centro y favorecerán su integración en las actividades educativas y culturales previstas en su proyecto de trabajo, contribuyendo así al éxito de la visita y al cumplimiento de los objetivos previstos en este programa.
    3. Países y distribución de plazas. 3.1 Se convocan 70 plazas de estancias profesionales para el curso 2012/2013, en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Reino Unido y Suiza.
    3.2 La distribución de plazas se ajustará a la oferta recibida desde cada uno de los países de destino pudiendo ampliarse o reducirse el número de las mismas para cada país dependiendo de las características de los centros educativos de destino y a los perfiles profesionales del profesorado involucrado.
    4. Requisitos de los candidatos. Los profesores interesados en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:
    4.1
    Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
    4.2 Estar impartiendo clase de la lengua del país que se solicita o de otras disciplinas en dicha lengua en el momento de la presentación de la solicitud de participación en la presente convocatoria.
    4.3 En el caso de profesores de disciplinas no lingüísticas que imparten su clase en lengua extranjera, acreditar un nivel de competencia lingüística en la lengua del país que solicita equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y presentar certificación, expedida por los órganos competentes, de estar impartiendo clase en lengua extranjera.
    4.4 No haber obtenido ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este Programa.
    5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación de candidatos. 5.1 Solicitudes: Los funcionarios docentes que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria, y deseen tomar parte en la misma, deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html. Sección «Trámites y Servicios». Una vez cumplimentada y confirmada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el punto 5.2, si el ciudadano se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la Sede electrónica (http://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html) se podrá completar el proceso electrónico de registro de la solicitud.
    En caso contrario, una vez cumplimentada, adjuntada toda la documentación preceptiva en formato informático y confirmada la solicitud telemática, se obtendrá un impreso oficial de la misma en soporte papel con el fin de, una vez firmado, poder presentarlo en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4. de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. En caso de que la documentación se presente en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su certificación. ...
    5.2 Documentación: Junto con la solicitud electrónica se acompañará la siguiente documentación en formato informático:
    a)
    Fotocopia del título administrativo o, en su caso, del boletín o diario oficial en el que aparezca su nombramiento como funcionario de carrera.
    b) Fotocopia del documento que acredite el nivel de competencia lingüística establecido en la convocatoria y certificación del órgano competente que acredite que puede impartir clase en lengua extranjera, para el profesorado de disciplinas no lingüísticas.
    c) Certificado del director del centro en el que conste que tiene destino en el centro y que está impartiendo clase de la lengua del país que se solicita o de otras disciplinas en dicha lengua en el momento de la presentación de la solicitud, según modelo del anexo II.
    d) Currículum Vitae Europass.
    e) Documentación acreditativa de los méritos que considere conveniente aportar, en relación al baremo establecido en el Anexo V de esta Resolución, entendiéndose que solamente se tendrán en cuenta, y por tanto valorados, aquellos méritos debidamente acreditados, mediante la documentación que se determina en dicho Anexo, en los términos establecidos en él y presentados dentro del plazo fijado en el apartado 5.3 de esta convocatoria.
    5.3 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.{del 11 al 30 de enero de 2013,a.i.}