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lunes, 23 de junio de 2014

100 plazas de estancias profesionales en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza; para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2014/2015.

  • Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2014/2015.
1. Objeto y finalidad de la convocatoria . 1.1 Objeto: La presente resolución tiene como objeto hacer pública la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 100 plazas para la realización de estancias profesionales en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza.
1.2 Finalidad: Este programa tiene como finalidad reforzar el conjunto de acciones destinadas a mejorar la calidad de la formación del profesorado, promover la innovación, adoptar métodos docentes más eficaces y crear comunidades profesionales a escala de la Unión Europea o participar en ellas, así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y favorecer intercambios culturales.
2. Características del programa . 2.1 Objetivos del programa.
a) La mejora de las competencias profesionales de los participantes, tanto en lo que respecta a su área específica de trabajo como en las lenguas de uso durante la estancia para promover así el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lenguas extranjeras.
b) La participación en la vida de un centro escolar europeo mediante la observación de la práctica docente en el aula, la participación coordinada en la docencia, el estudio de medidas de acompañamiento para el alumnado o el análisis de procedimientos de evaluación, orientación y dirección de centros.
c) La elaboración de proyectos pedagógicos comunes de carácter intercultural y multidisciplinar que favorezcan el enriquecimiento del alumnado y del docente al tiempo que se intercambian buenas prácticas pedagógicas.
d) La profundización o consolidación de proyectos internacionales de intercambio y/o asociaciones entre centros escolares.
2.2 Estancias Profesionales: Son visitas de estudio en las que un centro educativo, de alguno de los países participantes, acoge a un docente español por un periodo de dos semanas durante el cual se desarrollará el plan de actividades programadas conjuntamente y previamente establecido. Esta visita no implica impartir docencia.
Los profesores seleccionados para participar en el programa realizarán la estancia profesional en período lectivo del centro de acogida asignado entre octubre 2014 y agosto de 2015, ambos inclusive.
Esta convocatoria no regula la movilidad recíproca con el docente anfitrión del centro de acogida. Si el docente extranjero desea realizar una estancia profesional en España, deberá solicitarla de acuerdo al procedimiento establecido en su país de origen.
3. Países y distribución de plazas. 3.1 Se convocan 100 plazas de estancias profesionales para el curso 2014/2015 en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza.
3.2 Distribución de plazas: Se adjudicarán 30 plazas para Reino Unido; 30 plazas para Francia; 16 para Alemania; 10 para Italia; 7 para Austria y 7 para Suiza.
En Francia, los centros educativos en los que poder realizar la estancia profesional son «Collège« y «Lycée», al carecer de convocatoria para centros de educación infantil y primaria para realizar una estancia profesional.
Si quedaran plazas sin cubrir en alguno de los países, se procederá a repartirlas de forma equitativa entre el resto de países para los que haya docentes en lista de espera.
3.3 El importe total a distribuir en la presente convocatoria no podrá superar la cantidad de 132.000,00 euros, ... . La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
4. Requisitos de los candidatos. Los profesores interesados en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:
4.1 Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
4.2 Estar impartiendo docencia, en el momento de presentar la solicitud de participación en esta convocatoria, en una de estas dos modalidades:
a) lengua extranjera o,
b) una disciplina no lingüística en alguna lengua extranjera. En este caso deberán acreditar un nivel de competencia lingüística equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Esta condición deberá mantenerse para el curso académico objeto de la convocatoria, 2014/2015, para lo que se le solicitará al candidato la documentación acreditativa correspondiente. En el caso de no cumplirse este requisito se considerara desestimada su petición.
4.3 En el caso de solicitar un país de destino cuya lengua o lenguas oficiales no coincidan con la lengua extranjera que imparte en su centro o con la que imparte su disciplina, deberá acreditar un dominio de esa lengua extranjera equivalente al B2 del MCER.
4.4 No haber disfrutado de una ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este Programa.
4.5 Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 5.1 Solicitudes: Los funcionarios docentes que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y deseen tomar parte en la misma deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html, Sección «Trámites y Servicios. Las instrucciones para realizar correctamente el proceso de solicitud podrán consultarse en la siguiente dirección:
Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el punto 5.2, el solicitante deberá confirmarla en la propia sede. Además de confirmar la solicitud es necesario registrarla. El registro puede completarse por vía electrónica si el ciudadano se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la Sede electrónica (http://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html). En caso de no disponer de firma electrónica, una vez confirmada la solicitud en la sede, deberá imprimir el formulario que genera la aplicación «formulario oficial» y
enviar, a la dirección que figura en el pie del propio formulario, la «copia para registro» en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. En caso de que la documentación se presente en una oficina de correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su envío.
...
5.3 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de treinta días naturalescontados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.{del 24 de junio al 23 de julio de 2014, a.i.}
5.4 Concluido el plazo de presentación no se admitirá ninguna instancia de participación ni modificación alguna de las peticiones formuladas en ella, ni documentación referida a los méritos aportados.
5.5 La presente convocatoria y toda la información sobre la misma se encontrará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet:

sábado, 20 de abril de 2013

subvenciones para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras.

1. Objeto y finalidad. 1. Se convocan, para el año 2013, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la financiación del coste de la traducción a lenguas extranjeras de obras literarias o científicas publicadas originariamente en español o en cualquiera de las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas.
2. La finalidad de estas subvenciones es fomentar la edición y publicación en lenguas extranjeras de obras integrantes del patrimonio cultural español.
2. Condiciones de concesión. Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones, públicos o privados, nacionales o internacionales, para la misma actividad, siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el coste de la traducción subvencionada.
3. Imputación presupuestaria. El importe de las subvenciones convocadas será como máximo de 200.000 euros,...
4. Beneficiarios, requisitos y exclusiones. 1. Podrán solicitar estas subvenciones entidades, privadas o públicas, del sector editorial y entidades con labor editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, siempre que estén legalmente constituidas y acrediten haber realizado una labor ininterrumpida de 2 años, como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.
No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones o incompatibilidades de las previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo Ley 38/2003).
2. Quedan excluidas expresamente de las subvenciones reguladas en esta resolución las solicitudes:
... 
3. Como excepción, pueden solicitar las subvenciones reguladas en esta resolución aquellas obras no publicadas pero que son coeditadas por varias editoriales, de varia procedencia, siempre que la obra original sea en español o en cualquiera de las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas.
5 Forma de presentación de la solicitud. 1. Para solicitar la subvención deberá presentarse, a máquina, en castellano, los modelos oficiales que figuran en los anexos de la presente resolución:
– Anexo I: Datos de la entidad (uno por entidad).
– Anexo II: Datos del proyecto de traducción (uno por cada título).
– Anexo III: Declaración sobre documentación ya entregada.
– Anexo IV: Declaración de no estar incurso en una causa de incompatibilidad o prohibición (uno por entidad).
– Anexo V: Declaración responsable acerca de actos y actividades en territorio español sujetas a obligaciones tributarias y de seguridad social (uno por entidad).
– Anexo VI: Declaración de otras ayudas obtenidas (uno por entidad).
En la página web del Ministerio se publicará una guía informativa.
2. La documentación administrativa que se solicita en este punto será sustituida por una declaración responsable, si así se desea, también se puede aportar acompañando a la solicitud.
Con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión, será requerida la presentación, en un plazo no superior a quince días, de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración si es el caso:
Una vez pasada la fase de instrucción, las solicitudes preseleccionadas aportarán la siguiente documentación administrativa:
...
6. Plazo y lugar de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finaliza dos meses después. {del 20 de abril al 19 de junio de 2013, a.i.}
2. Las solicitudes deberán dirigirse a la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, pudiendo ser presentadas en el Registro del Ministerio Educación, Cultura y Deporte, sito en la plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como ante las representaciones diplomáticas o consulares en el extranjero. También se podrán presentar en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP-PAC).
A efectos de comprobación de su presentación en plazo, las solicitudes remitidas a través de servicios de mensajería privados o de servicios de correo extranjeros se considerarán presentadas en la fecha que hayan tenido entrada en el registro de algún organismo oficial.
Los interesados que lo deseen, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio (https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/), en el apartado «Trámites y procedimientos».
3. Una misma entidad no podrá solicitar ayuda para más de cinco proyectos. En el supuesto de que el mismo titular supere este límite se evaluarán las primeras cinco solicitudes que haya presentado, según fecha, hora y número de registro, considerándose excluidas las restantes.