Mostrando entradas con la etiqueta baile. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta baile. Mostrar todas las entradas

jueves, 25 de febrero de 2010

«Campaña de difusión de música y teatro.Anualidad 2010». Excma. Diputación Provincial de Alicante



CONVOCATORIA Y BASES QUE HAN DE REGIR LA «CAMPAÑA DE DIFUSIÓN DE MÚSICA Y TEATRO. ANUALIDAD 2010»
Por Resolución del Ilmo. señor Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante número 3217/2009, de 10 de diciembre, se ha aprobado la Convocatoria de la «Campaña de difusión de Música y Teatro. Anualidad 2010» dirigida a Ayuntamientos de la provincia, con arreglo a las siguientes:
BASES
Primera.-
1. La Excma. Diputación Provincial de Alicante convoca la «Campaña de difusión de música y teatro.Anualidad 2010», dirigida a los Ayuntamientos de la provincia, consistente en la realización de las actuaciones que aquéllos soliciten dentro de la relación de grupos, compañías o intérpretes que les remita el Área de Cultura, cuya organización y pago se realizará de forma conjunta, entre los Ayuntamientos y aquélla.
2. Podrán acogerse a la Convocatoria, además de los Ayuntamientos, los demás entes locales de la provincia así como los Organismos dependientes de unos y otros que tengan personalidad propia e independiente siempre que la realización de actuaciones a que esta Convocatoria se refiere figure entre sus fines estatutarios, entendiéndose que las referencias contenidas en estas Bases a los Ayuntamientos incluyen también a estos otros entes y organismos.
Segunda.- Las actuaciones que podrán ser solicitadas por los Ayuntamientos corresponderán a los siguientes apartados:
- Apartado I. Teatro infantil (incluyendo marionetas y cuentacuentos).
- Apartado II. Teatro de adultos.
- Apartado III. Danza y ballet.
- Apartado IV. Cantantes líricos y corales.
- Apartado V. Música clásica: solistas y de cámara.
- Apartado VI. Música folklórica; tradicional; y de Jazz.
- Apartado VII. Música medieval y antigua.
- Apartado VIII. Baile clásico español y flamenco.
- Apartado IX. Cine.
Tercera.- 1. Los Ayuntamientos que deseen acogerse a la Campaña podrán presentar, hasta el 30 de octubre de 2010 en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial o enviar por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la correspondiente solicitud ajustada al modelo que figura como Anexo a estas Bases.
Cuando se trate de Organismos se deberá adjuntar a la instancia copia de sus Estatutos, la que se acompañara a la primera solicitud que se presente a la Convocatoria, pero no así a las sucesivas.
2. El plazo entre la fecha de entrada de la instancia en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial y la fecha de realización de la actuación no podrá ser inferior a un mes.
3. Se deberá presentar una instancia para cada actuación que se solicite.