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lunes, 18 de febrero de 2019

subvenciones "Campaña de Difusión de Música y Teatro, anualidad 2019, incluidas en la relación de grupos, compañías o intérpretes que les remita el Área de Cultura de la Diputación Provincial de Alicante, y cuya organización y pago se realizará de forma conjunta, entre los Ayuntamientos y aquélla.

BDNS(Identif.):439835
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios:
Los Ayuntamientos, los demás entes locales de la provincia así como los Organismos dependientes de unos y otros que tengan personalidad propia e independiente siempre que la realización de actuaciones a que esta Convocatoria se refiere figure entre sus fines estatutarios.
Segundo. Finalidad:
La concesión de subvenciones no monetarias para la realización de actuaciones de Música y Teatro incluidas en la relación de grupos, compañías o intérpretes que les remita el Área de Cultura de la Diputación Provincial de Alicante, y cuya organización y pago se realizará de forma conjunta, entre los Ayuntamientos y aquélla.
Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y Bases Específicas incluidas en la convocatoria, que podrán consultarse en la sede electrónica de su página web (https://diputacionalicante.sedelectronica.es/).
Cuarto. Importe:
El importe estimado inicial destinado a esta Convocatoria será de TRESCIENTOS CUATRO MIL EUROS (304.000,00 euros), imputándose las ayudas que se concedan con cargo a la aplicación 21.3341.4625000 del presupuesto de 2019, y ello, sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posibles modificaciones presupuestarias debidamente aprobadas a lo largo del ejercicio 2019, fijándose la cuantía adicional máxima en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000,00 euros), cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Los interesados que deseen acogerse a esta Campaña deberán presentar su solicitud en el modelo normalizado que se publicará junto con las Bases de esta convocatoria en la sede electrónica de esta Diputación Provincial (https://diputacionalicante.sedelectronica.es/), dentro de los periodos y plazos que en las bases se indican, desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el B.O. de la Provincia de Alicante [Nº 34 de 18/02/2019] y hasta el 31 de octubre de 2019.
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jueves, 26 de julio de 2018

Premios Nacionales: Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud, Circo, Danza, Música, Músicas Actuales, y Teatro. -INAEM- Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

Resultado de imagen de Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música premios nacionalesPremios
Resolución de 23 de julio de 2018, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondientes al año 2018. 

Resolución de 23 de julio de 2018, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Circo correspondientes al año 2018. 

Resolución de 23 de julio de 2018, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Danza correspondientes al año 2018. 

Resolución de 23 de julio de 2018, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de las Músicas Actuales correspondientes al año 2018. 

Resolución de 23 de julio de 2018, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Música correspondientes al año 2018. 

Resolución de 23 de julio de 2018, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Teatro correspondientes al año 2018. 

jueves, 22 de febrero de 2018

Campaña de Difusión de Música y Teatro, anualidad 2018. Diputació d'Alacant.

Resultado de imagen de Campaña de Difusión de Música y Teatro diputacion alicanteDiputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DE 20 DE DICIEMBRE DE 2017 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES NO MONETARIAS A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DENTRO DE LA "CAMPAÑA DE DIFUSICÓN DE MÚSICA Y TEATRO. ANUALIDAD 2018"
BDNS(Identif.):386724
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans
):
Primero. Beneficiarios: Los Ayuntamientos, los demás entes locales de la provincia así como los Organismos dependientes de unos y otros que tengan personalidad propia e independiente siempre que la realización de actuaciones a que esta Convocatoria se refiere figure entre sus fines estatutarios.
Segundo. Finalidad: La concesión de subvenciones no monetarias para la realización de actuaciones de Música y Teatro incluidas en la relación de grupos, compañías o intérpretes que les remita el Área de Cultura de la Diputación Provincial de Alicante, y cuya organización y pago se realizará de forma conjunta, entre los Ayuntamientos y aquélla.
Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y Bases Específicas incluidas en la convocatoria, que podrán consultarse en la sede electrónica de su página web (http://sede.diputacionalicante.es/).
Cuarto. Importe: El importe estimado inicial destinado a esta Convocatoria será de TRESCIENTOS OCHENTA MIL EUROS (380.000,00 euros), imputándose las ayudas que se concedan con cargo a la aplicación 21.3341.4625000 del presupuesto de 2018, y ello, sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posibles modificaciones presupuestarias debidamente aprobadas a lo largo del ejercicio 2018, fijándose la cuantía adicional máxima en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000,00 euros), cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Los interesados que deseen acogerse a esta Campaña deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado que se publicará junto con las Bases de esta convocatoria en la sede electrónica de esta Diputación Provincial (http://sede.diputacionalicante.es/), en el Registro General de la misma, calle Tucumán, nº 8, 03005 Alicante, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dentro de los periodos y plazos que en las bases se indican, desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el B.O. de la Provincia de Alicante [Nº 38 de 22/02/2018] y hasta el 31 de octubre de 2018.
 BASES

martes, 30 de enero de 2018

ayudas al teatro y al circo correspondientes al año 2018. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

BDNS(Identif.):383419
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios. Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.
Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
Segundo. Objeto y finalidad. Ayudas al teatro y al circo en régimen de concurrencia competitiva en el marco de las competencias del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Tercero. Bases reguladoras. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. URL español: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17455
Cuarto. Cuantía. El importe total máximo imputable de la convocatoria será de 7.793.058 euros.
En ningún caso la ayuda concedida podrá superar el 65 por ciento del coste total estimado del proyecto. La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes cantidades:
Modalidades/Cuantía máxima individual (€)
A1.1/45.000
A1.3/115.000
A3/80.000 (40.000/año)
A2, B2/30.000
B1, C2/40.000
C1, D1, D2/65.000
D3/80.000
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.{del 31 de enero al 20 de febrero de 2018, a.i.}
Sexto. Otros datos. Las modalidades de ayuda que se convocan son las que a continuación se enumeran:
A. Programa de apoyo al teatro y al circo en el ámbito nacional:
A1.1. Apoyo a las giras teatrales por el territorio nacional.
A1.3. Apoyo a las giras de coproducciones teatrales y circenses interautonómicas.
A2. Apoyo a programaciones anuales de ámbito nacional en salas privadas de teatro.
A3. Apoyo a programaciones bienales de ámbito nacional en salas privadas de teatro.
B. Programa de apoyo al teatro y al circo en el ámbito internacional:
B1. Apoyo a las giras teatrales por el extranjero.
B2. Apoyo a las producciones teatrales y circenses en el extranjero.
C. Programa específico de apoyo al circo en el ámbito nacional e internacional:
C1. Apoyo a las giras circenses por el territorio nacional.
C2. Apoyo a las giras circenses por el extranjero.
D. Programa de apoyo a festivales, ferias, muestras, circuitos, otros eventos y a asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional:
D1. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos teatrales.
D2. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos circenses.
D3. Ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional para actividades teatrales y circenses.

viernes, 30 de junio de 2017

Premios Nacionales del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música: Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud, Circo, Danza, Músicas Actuales, Música, y Teatro.

Premios

lunes, 15 de mayo de 2017

ayudas al teatro y al circo, y se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

BDNS(Identif.):330653
Se publica el extracto de la resolución por la que se modifica la convocatoria de ayudas al teatro y al circo correspondientes al año 2017, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero.- Se modifica el apartado tercero de la Resolución de 27 de enero de 2017, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas al teatro y al circo, correspondientes al año 2017, fijándose un importe total de 7.833.058 € como cuantía máxima imputable a la convocatoria.
Segundo.- Se establece un nuevo plazo de presentación de solicitudes de 15 días hábiles, en los términos del apartado noveno de la resolución de convocatoria. Los solicitantes que hubieran presentado solicitud, dentro del plazo señalado en la Resolución de convocatoria de 27 de enero de 2017, no estarán obligados a presentarla de nuevo. {del 16 de mayo al 5 de junio de 2017, a.i.}
Tercero.- Se mantienen sin cambios los restantes apartados de la Resolución de convocatoria de 27 de enero de 2017.
Cuarto.- La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial del Estado.

jueves, 16 de febrero de 2017

"Campaña de difusión de Música y Teatro, 2017" (subvenciones no monetarias a los Ayuntamientos de la provincia) Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):332382
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios:
Los Ayuntamientos, los demás entes locales de la provincia así como los Organismos dependientes de unos y otros que tengan personalidad propia e independiente siempre que la realización de actuaciones a que esta Convocatoria se refiere figure entre sus fines estatutarios.
Segundo. Finalidad:
La concesión de subvenciones no monetarias para la realización de actuaciones de Música y Teatro incluidas en la relación de grupos, compañías o intérpretes que les remita el Área de Cultura de la Diputación Provincial de Alicante, y cuya organización y pago se realizará de forma conjunta, entre los Ayuntamientos y aquélla.
Tercero. Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y Bases Específicas incluidas en la convocatoria, que podrán consultarse en la sede electrónica de su página web (http://sede.diputacionalicante.es/).
Cuarto. Importe:
El importe estimado inicial destinado a esta Convocatoria será de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 euros), imputándose las ayudas que se concedan con cargo a la aplicación 21.3341.4625000 del presupuesto de 2017, y ello, sin perjuicio de las variaciones que pudieran producirse como consecuencia de posibles modificaciones presupuestarias debidamente aprobadas a lo largo del ejercicio 2017, fijándose la cuantía adicional máxima en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000,00 euros), cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, conforme a lo dispuesto en el art. 58.2 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Los interesados que deseen acogerse a esta Campaña deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado que se publicará junto con las Bases de esta convocatoria en la sede electrónica de esta Diputación Provincial (http://sede.diputacionalicante.es/), en el Registro General  de la misma, calle Tucumán, nº 8, 03005 Alicante, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dentro de los periodos y plazos que en las bases se indican, desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el B.O. de la Provincia de Alicante y hasta el 31 de octubre de 2017.

miércoles, 13 de abril de 2016

Premio Nacional 2016: de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud ; de Circo ; de Danza; de las Músicas Actuales ; de Música; y de Teatro; del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

Resolución de 30 de marzo de 2016, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondiente al año 2016.
  • Resolución de 30 de marzo de 2016, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Circo correspondiente al año 2016.
  • Resolución de 30 de marzo de 2016, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Danza correspondiente al año 2016.
  • Resolución de 30 de marzo de 2016, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de las Músicas Actuales correspondiente al año 2016.
  • Resolución de 30 de marzo de 2016, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Música correspondiente al año 2016.
  • Resolución de 30 de marzo de 2016, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Teatro correspondiente al año 2016.
  • lunes, 16 de febrero de 2015

    se amplía el plazo de presentación de solicitudes a las ayudas al teatro y al circo. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música

    Mediante Resolución de la Directora General del INAEM, de 23 de enero de 2015, se convocaron las ayudas al teatro y al circo, correspondientes al año 2015 («Boletín Oficial del Estado» de 28 de enero).
    El plazo de presentación de solicitudes a la citada convocatoria, de veinte días naturales, finaliza el próximo 17 de febrero, con el Registro Electrónico de la Secretaría de Estado de Cultura como única forma de presentación, conforme a la Orden ECD/197/2014, de 13 de febrero (BOE de 15 de febrero).
    En virtud de lo anterior, resuelvo lo siguiente:
    Ampliar el plazo de presentación de las solicitudes a la convocatoria de ayudas al teatro y al circo, aprobada por Resolución de 23 de enero de 2015, en diez días naturales, conforme al artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. {... hasta el 27 de febrero de 2015}

    miércoles, 28 de enero de 2015

    ayudas al teatro y al circo correspondientes al año 2015. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

    Primero. Finalidad, objeto y ámbito de aplicación. La presente resolución tiene por objeto la regulación de las ayudas al teatro y al circo en régimen de concurrencia competitiva del INAEM, en el marco de las competencias de este organismo y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
    Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para actividades desarrolladas entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de enero de 2016, en las modalidades, con excepción de la A3, que se relacionan en el apartado cuarto de la presente resolución y conforme a la normativa vigente en materia de subvenciones públicas. En la modalidad A3, también relacionada en el apartado cuarto de la presente resolución, el plazo de realización de la actividad será el comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de enero de 2017.  ...
    Segundo. Beneficiarios. Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.
    Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. ...
    Cuarto. Modalidades de ayuda y requisitos para participar en cada una de ellas. Las modalidades de ayuda que se convocan, incluidas en los distintos programas de actuación del INAEM en este ámbito, son las enumeradas a continuación:
    A. Programa de difusión del teatro y circo en el ámbito nacional:
    A1.1 Apoyo a las giras teatrales por el territorio nacional.
    A1.2 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos de nueva creación teatral.
    A1.3 Apoyo a las giras por el territorio nacional de proyectos teatrales y circenses interautonómicos.
    A2. Apoyo a programaciones de ámbito nacional en salas privadas de teatro y circo.
    A3. Concertaciones bienales 2015-2016.
    B. Programa de difusión del teatro en el ámbito internacional:
    B1. Apoyo a las giras teatrales por el extranjero.
    B2. Apoyo a las producciones teatrales en el extranjero.
    C. Programa de difusión del circo:
    C1. Apoyo a las giras circenses por el territorio nacional.
    C2. Apoyo a las giras circenses por el extranjero.
    D. Programa de apoyo a la comunicación teatral y circense:
    D1. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos teatrales.
    D2. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos circenses.
    D3. Ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional para actividades teatrales y circenses.
    E. Programa de ayudas complementarias.
    E1. Ayudas complementarias para infraestructura móvil circense.
    E2. Ayudas complementarias a la comunicación en los ámbitos teatral y circense con las Comunidades Autónomas insulares y Ciudades de Ceuta y Melilla.
    E3. Ayudas complementarias a la sobretitulación de espectáculos y a la utilización de equipos audiovisuales para la accesibilidad de personas con discapacidad.
    Los requisitos exigidos para participar en cada una de ellas serán los siguientes:  ...
    Octavo. Requisitos de las solicitudes. 1. El modelo de solicitud tendrá exclusivamente formato electrónico y se encontrará disponible en la página web de la Secretaría de Estado de Cultura (http://www.mcu.es/artesEscenicas/SC/becasAyudasSubvenciones/index.html ). Deberá ser cumplimentado en castellano y en su totalidad. Los datos no aportados, total o parcialmente, no serán tenidos en cuenta a efectos de su valoración.
    Noveno. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. 1. Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura, de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura, y en la Orden ECD/197/2014, de 13 de febrero, por la que se establece la obligatoriedad de comunicación por medios electrónicos en determinados procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones gestionadas por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y se establece un punto de acceso general en el Centro de Información al Ciudadano ubicado en la sede de la Secretaría de Estado de Cultura.
    2. La sede electrónica estará disponible en la página web de la Secretaría de Estado de Cultura a partir de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta las 15 horas del último día de presentación.
    3. Las solicitudes se cumplimentarán por la persona que actúe en nombre o representación de la persona jurídica solicitante, mediante el empleo de alguno de los sistemas de firma electrónica de plena validez admitidos en el ámbito de las Administraciones Públicas.

    4. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 29 de enero al 17 de febrero de 2015, a.i.}

    jueves, 13 de junio de 2013

    Premios Nacionales: Literatura en Lengua Castellana "Miguel de Cervantes", Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud, Circo, Músicas Actuales, Teatro, Danza, y Música. Mº de Educación, Cultura y Deporte.

    MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE. Premios.
     
    Orden ECD/1068/2013, de 29 de mayo, por la que se convoca el Premio de Literatura en Lengua Castellana "Miguel de Cervantes", correspondiente a 2013. 
    Resolución de 31 de mayo de 2013, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de
    Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud, correspondiente al año 2013.
    Resolución de 31 de mayo de 2013, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Circo, correspondiente al año 2013. 
    Resolución de 31 de mayo de 2013, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de las Músicas Actuales, correspondiente al año 2013. 
    Resolución de 31 de mayo de 2013, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Teatro, correspondiente al año 2013. 
    Resolución de 31 de mayo de 2013, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Danza, correspondientes al año 2013. 
    Resolución de 31 de mayo de 2013, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Música, correspondientes al año 2013. 

    martes, 26 de marzo de 2013

    «Campaña de difusión de Música y Teatro. Anualidad 2013» dirigida a Ayuntamientos de la provincia de Alicante.



    DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -CONVOCATORIA CAMPAÑA DE DIFUSIÓN DE MÚSICA Y TEATRO ANUALIDAD 2013 página 32
    Convocatoria de la «Campaña de difusión de Música y Teatro. Anualidad 2013» dirigida a Ayuntamientos de la provincia, con arreglo a las siguientes:
    BASES
    BASES QUE HAN DE REGIR LA «CAMPAÑA DE DIFUSIÓN DE MÚSICA Y TEATRO». ANUALIDAD 2013
    Primera.- 1. La Excma. Diputación Provincial de Alicante convoca la «Campaña de difusión de música y teatro. Anualidad 2013», dirigida a los Ayuntamientos de la provincia, consistente en la concesión de subvenciones no monetarias para la realización de las actuaciones que aquéllos soliciten dentro de la relación de grupos, compañías o intérpretes que les remita el Area de Cultura, cuya organización  pago se realizará de forma conjunta, entre los Ayuntamientos y aquélla.
    2. Podrán acogerse a la Convocatoria, además de los Ayuntamientos, los demás entes locales de la provincia así como los Organismos dependientes de unos y otros que tengan personalidad propia e independiente siempre que la realización de actuaciones a que esta Convocatoria se refiere figure entre sus fines estatutarios, entendiéndose que las referencias contenidas en estas Bases a los Ayuntamientos incluyen también a estos otros entes y organismos.
    Segunda.- Las actuaciones que podrán ser solicitadas por los Ayuntamientos corresponderán a los
    siguientes apartados:
    - Apartado I: Teatro infantil (incluyendo marionetas y cuentacuentos).
    - Apartado II: Teatro de adultos.
    - Apartado III: Danza y ballet.
    - Apartado IV: Cantantes líricos y corales.
    - Apartado V: Música clásica: solistas y de cámara.
    - Apartado VI: Música folklórica; tradicional; y de Jazz.
    - Apartado VII: Música medieval y antigua.
    - Apartado VIII: Baile clásico español y flamenco.
    - Apartado IX: Cine.

    Tercera.- 1. Los Ayuntamientos que deseen acogerse a la Campaña podrán presentar, hasta el 30 de octubre de 2013, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial o enviar por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la correspondiente solicitud ajustada al modelo que figura como Anexo a estas Bases.
    ...
    2. El plazo entre la fecha de entrada de la instancia en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial y la fecha de realización de la actuación no podrá ser inferior a un mes.
    3. Se deberá presentar una instancia para cada actuación que se solicite.
    4. El acceso del público a las actuaciones será en todo caso gratuito de forma que bajo ningún concepto podrá exigirse a aquél precio ni contraprestación económica alguna por su asistencia. Este extremo deberá acreditarse en la certificación a que se refiere la Base Octava, apartado 1.
    Cuarta.- 1. Publicada la Convocatoria y sus Bases en el B.O. de la Provincia de Alicante {butlletí oficial de la província - alacant, 26 març 2013 - n.º 58}, el Área de Cultura de la Excma. Diputación Provincial remitirá a los Ayuntamientos la relación de grupos, compañías o intérpretes de los distintos apartados de la Base Segunda, cuya actuación podrán solicitar.
    2. La relación de grupos, compañías o intérpretes podrá ser modificada por la Excma. Diputación Provincial en el transcurso de la Campaña, comunicándose dichas modificaciones a los Ayuntamientos.

    martes, 31 de julio de 2012

    Premio Nacional de: Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud; Circo; Músicas Actuales; Teatro; Danza; y Música, correspondientes al año 2012.

    Premios
    Resolución de 18 de julio de 2012, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondiente al año 2012.  

    Resolución de 18 de julio de 2012, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Circo correspondiente al año 2012.  

    Resolución de 18 de julio de 2012, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de las Músicas Actuales correspondiente al año 2012.  

    Resolución de 18 de julio de 2012, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convoca el Premio Nacional de Teatro correspondiente al año 2012.  

    Resolución de 18 de julio de 2012, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Danza correspondientes al año 2012.  

    Resolución de 18 de julio de 2012, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan los Premios Nacionales de Música correspondientes al año 2012.  

    miércoles, 4 de abril de 2012

    Subvencions Dip. Alacant: Campaña de Difusión de Música y Teatro; Plan de Ayudas a (Ayuntamientos, Clubes y Entidades Deportivas) Promoción Deportiva.

    DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
    -APROBACIÓN CONVOCATORIA «CAMPAÑA DE DIFUSIÓN DE MÚSICA Y TEATRO. ANUALIDAD 2012" ___ página 22
    -APROBACIÓN CONVOCATORIA PLAN DE AYUDAS A CLUBES Y ENTIDADES DEPORTIVAS DE LA PROVINCIA PARA PROMOCIÓN DEPORTIVA. ANUALIDAD 2012 ___ página 25
    -APROBACIÓN CONVOCATORIA PLAN DE AYUDAS A AYUNTAMIENTOS Y/O ENTIDADES LOCALES PARA PROMOCIÓN DEPORTIVA. ANUALIDAD 2012. __ página 28
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    Convocatoria de la «Campaña de difusión de Música y Teatro. Anualidad 2012» dirigida a Ayuntamientos de la provincia, con arreglo a las siguientes:
    BASES
    Primera.-1. La Excma. Diputación Provincial de Alicante convoca la «Campaña de difusión de música y teatro. Anualidad 2012», dirigida a los Ayuntamientos de la provincia, consistente en la concesión de subvenciones no monetarias para la realización de las actuaciones que aquéllos soliciten dentro de la relación de grupos, compañías o intérpretes que les remita el Área de Cultura, cuya organización y pago se realizará de forma conjunta, entre los Ayuntamientos y aquélla.
    2. Podrán acogerse a la Convocatoria, además de los Ayuntamientos, los demás entes locales de la provincia así como los Organismos dependientes de unos y otros que tengan personalidad propia e independiente siempre que la realización de actuaciones a que esta Convocatoria se refiere figure entre sus fines estatutarios, entendiéndose que las referencias contenidas en estas Bases a los Ayuntamientos incluyen también a estos otros entes y organismos.
    Segunda.- Las actuaciones que podrán ser solicitadas por los Ayuntamientos corresponderán a los siguientes apartados:
    - Apartado I: Teatro infantil (incluyendo marionetas y cuentacuentos).
    - Apartado II: Teatro de adultos.
    - Apartado III: Danza y ballet.
    - Apartado IV: Cantantes líricos y corales.
    - Apartado V: Música clásica: solistas y de cámara.
    - Apartado VI: Música folklórica; tradicional; y de Jazz.
    - Apartado VII: Música medieval y antigua.
    - Apartado VIII: Baile clásico español y flamenco.
    - Apartado IX: Cine.
    Tercera.- 1. Los Ayuntamientos que deseen acogerse a la Campaña podrán presentar, hasta el 30 de octubre de 2012, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial o enviar por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la correspondiente solicitud ajustada al modelo que figura como Anexo a estas Bases.
    2. El plazo entre la fecha de entrada de la instancia en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial y la fecha de realización de la actuación no podrá ser inferior a un mes.
    3. Se deberá presentar una instancia para cada actuación que se solicite.
    4. El acceso del público a las actuaciones será en todo caso gratuito de forma que bajo ningún concepto podrá exigirse a aquél precio ni contraprestación económica alguna por su asistencia. Este extremo deberá acreditarse en la certificación a que se refiere la Base Octava, apartado 1.
    5. La presentación de la instancia supone la adhesión del Ayuntamiento al contenido de la totalidad de las Bases de esta Campaña sin excepción ni condicionamiento alguno.
    Septima. 3. El importe del caché de las actuaciones de la Campaña será abonado entre la Excma. Diputación Provincial y los Ayuntamientos hasta la cantidad de 2.000,00 euros, respecto al último dato de cifras oficiales de población del Padrón Municipal publicadas por el Instituto Nacional de Estadística que se encuentre en vigor y, con arreglo a la siguiente escala:
    POBLACIÓN DEL MUNICIPIO AYUNTAMIENTO DIPUTACIÓN
    HASTA 2.000 HABITANTES . . . . 5 % . . . . 95 %
    DE 2.001 A 10.000 HABITANTES . . . . . 20 % . . . . . 80 %
    DE 10.001 A 50.000 HABITANTES . . . . . 35 % . . . . . . 65 %
    DE 50.001 HABITANTES EN ADELANTE . . . . 50 % . . . . 50 %
    A estos efectos, en el caso de Entes locales constituidos por varios Municipios, se tendrá en cuenta la suma de las poblaciones de los mismos dividida por el número de Municipios; y en el supuesto de Organismos dependientes de un Ayuntamiento, la población del Municipio.
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    Convocatoria del Plan de Ayudas a Clubes y Entidades Deportivas de la provincia, Anualidad 2012, de conformidad con las siguientes:
    BASES
    PRIMERA.- (Objeto). Es objeto de la presente Convocatoria, la concesión mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Clubes y Entidades Deportivas de la provincia, para la organización y desarrollo de una actividad deportiva puntual, de entre las programadas para la Anualidad 2012 (desde enero de 2012 al 1 de diciembre de 2012) y/o participación en una competición de carácter oficial correspondiente a la temporada deportiva 2011/2012, cuya dotación económica prevista, asciende a la cantidad de 200.000,00 euros.
    A los efectos de la presente convocatoria, se excluyen las siguientes actividades deportivas: fútbol, fútbol sala y caza.
    SEGUNDA.- (Requisitos de los beneficiarios). Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria, los Clubes y Entidades Deportivas de la provincia de Alicante, que reúnan los siguientes requisitos:
    a) Que se trate de una entidad deportiva sin fin de lucro.
    b) Que el club o entidad deportiva, se halle inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Valenciana, o acredite haber solicitado la inscripción en dicho Registro, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
    c) Que organice una actividad deportiva durante la anualidad 2012 (desde el 1 de enero hasta el 1 de diciembre de 2012), o acredite su participación en una competición oficial durante la temporada 2011/2012.
    d) No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias que inhabilitan para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas señaladas en el Art. 13 de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    e) Estar al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2011, respecto de la Excma. Diputación Provincial, derivadas de cualquier ingreso.
    f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    TERCERA.- (Solicitudes). Las solicitudes, ajustadas al modelo oficial que figura como ANEXO I, irán dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial, debiendo presentarse en el Registro General de ésta, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien por cualquiera de los procedimientos previstos en el Artículo 38.4, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. {del 5 de Abril al 4 de mayo de 2012,a.i.}
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    Convocatoria del Plan de Ayudas a los Ayuntamientos y/o Entidades Locales de la Provincia, para la promoción deportiva, Anualidad 2012, de conformidad con las siguientes
    BASES
    PRIMERA.- (Objeto). Es objeto de la presente Convocatoria, la concesión mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Ayuntamientos y/o Entidades Locales de la Provincia de Alicante, así como a las Entidades Deportivas Municipales, dependientes de los mismos (Patronatos, Organismos Autónomos Fundaciones Deportivas, etc.), para la realización de actividades deportivas y Mantenimiento de Escuelas Deportivas Municipales, Anualidad 2012, cuya dotación económica prevista asciende a la cantidad de 570.000 euros.
    Los Patronatos, Organismos Autónomos, etc., deberán contar con personalidad jurídica propia e independiente, y figurar entre sus fines estatutarios la realización de actividades deportivas o el mantenimiento de las Escuelas Deportivas Municipales.
    Las ayudas económicas constarán de un importe fijo, y otro variable. El importe fijo a conceder, hasta un máximo de 285.000,00 euros (50% de la dotación económica del Plan), estará sujeto a la distribución por tramos de habitantes, según se indica a continuación:
    - De 0-500 habitantes, 1.000,00 euros
    - De 501-5.000 habitantes, 2.000,00 euros
    - De 5.001-10.000 habitantes, 2.500,00 euros
    - De 10.001-25.000 habitantes, 3.000,00 euros
    - De 25.001-50.000 habitantes, 3.500,00 euros
    - De 50.001-100.000 habitantes, 4.000,00 euros
    - De 100.001 habitantes en adelante, 4.500,00 euros
    El importe variable (50% del Plan más la cantidad no distribuida de la Parte Fija) dependerá de la valoración realizada para cada solicitud de acuerdo con los criterios de prioridad y ponderación recogidos en la base cuarta.
    SEGUNDA.- (Solicitudes). Los Ayuntamientos interesados, así como las entidades
    indicadas en la base anterior, deberán presentar sus solicitudes ajustadas al modelo que se publicará como ANEXO I, suscritas por el Sr./a. Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento o Presidente/a de la entidad municipal correspondiente, y dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de treinta días naturales,
    contados a partir del siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Registro General de esta Excma. Diputación, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre. La presentación de solicitudes en la Oficina de Correos, se regirá por lo dispuesto en el R.D. 1829/99, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los Servicios Postales (BOE, nº 313 de 31 de diciembre de 1999). {del 5 de Abril al 4 de mayo de 2012,a.i.}