BDNS(Identif.):383419
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios. Personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución
para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener
establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión
Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena
igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos solicitantes que tengan su
residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales
de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 1080/1991, de 5 de
julio.
Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas,
entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden
CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
Segundo. Objeto y finalidad. Ayudas al teatro y al circo en régimen de
concurrencia competitiva en el marco de las competencias del Instituto
Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y de acuerdo con los
objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del
patrimonio cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del
territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo
especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas,
la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los servicios
culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Tercero. Bases reguladoras. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del
Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. URL español:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17455
Cuarto. Cuantía. El importe total máximo imputable de la convocatoria será de 7.793.058 euros.
En ningún caso la ayuda concedida podrá superar
el 65 por ciento del coste total estimado del proyecto. La cuantía
máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes
cantidades:
Modalidades/Cuantía máxima individual (€)
A1.1/45.000
A1.3/115.000
A3/80.000 (40.000/año)
A2, B2/30.000
B1, C2/40.000
C1, D1, D2/65.000
D3/80.000
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes
será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.{del 31 de enero al 20 de febrero de 2018, a.i.}
Sexto. Otros datos. Las modalidades de ayuda que se convocan son las que a continuación se enumeran:
A. Programa de apoyo al teatro y al circo en el ámbito nacional:
A1.1. Apoyo a las giras teatrales por el territorio nacional.
A1.3. Apoyo a las giras de coproducciones teatrales y circenses interautonómicas.
A2. Apoyo a programaciones anuales de ámbito nacional en salas privadas de teatro.
A3. Apoyo a programaciones bienales de ámbito nacional en salas privadas de teatro.
B. Programa de apoyo al teatro y al circo en el ámbito internacional:
B1. Apoyo a las giras teatrales por el extranjero.
B2. Apoyo a las producciones teatrales y circenses en el extranjero.
C. Programa específico de apoyo al circo en el ámbito nacional e internacional:
C1. Apoyo a las giras circenses por el territorio nacional.
C2. Apoyo a las giras circenses por el extranjero.
D. Programa de apoyo a festivales, ferias,
muestras, circuitos, otros eventos y a asociaciones, federaciones y
confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional:
D1. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos teatrales.
D2. Ayudas a la realización de festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos circenses.
D3. Ayudas a las asociaciones, federaciones y
confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional para
actividades teatrales y circenses.
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