lunes, 15 de enero de 2018

pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada para el año 2018.

1. Objeto. Comprobar que los aspirantes poseen los conocimientos y la capacidad necesaria para la instrucción y dirección de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada. La superación de estas pruebas habilitará para ejercer las funciones de dirección e instrucción en las prácticas y el perfeccionamiento en el manejo de las armas del personal de seguridad privada durante los ejercicios de tiro, tanto de entrenamiento como de calificación.
2. Requisitos para tomar parte en las pruebas. Los aspirantes deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
b) Ser mayor de edad.
c) Carecer de antecedentes penales.
d) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional de primer grado o de otros equivalentes o superiores.
e) Estar en posesión de alguna de las licencias de armas en vigor de la clase «A», «B»,»C» o «F».
Si en algún momento del proceso selectivo se tuviere conocimiento de que cualquier aspirante carece de alguno de los requisitos señalados, el Tribunal, previa audiencia del interesado, propondrá al Director General de la Guardia Civil la exclusión y anulación de sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido por falsedad.
3. Solicitudes de admisión a la realización de las pruebas. 3.1 Plazo y formalidades.
3.1.1 El Plazo para la presentación de solicitudes y el periodo de realización de las pruebas será el siguiente:
Convocatoria 2018
Plazo de presentación Del 05 al 20 de febrero de 2018.
Fecha de realización de las pruebas (*) Segunda quincena del mes de abril de 2018.
(*) La fecha de realización de las pruebas es orientativa y podría sufrir variaciones por causas ajenas a la Unidad encargada de la gestión de la convocatoria.
3.1.2 Dentro del plazo que se indica en el apartado 3.1.1, quienes deseen tomar parte en las pruebas que se convocan, deberán cursar su instancia (Apéndice I) por alguno de los siguientes métodos:
1) Telemáticamente: cuando el interesado se encuentre en posesión de cualquiera de las herramientas que permitan el acceso electrónico a la Administración General del Estado (Cl@ve, @firma o certificado digital), a través de la página web www.guardiacivil.es, pulsando en el enlace «enlaces destacados» y posteriormente en «administración electrónica». Se desarrollará un procedimiento electrónico que permite una inscripción electrónica, firma electrónica de la solicitud, envío de la misma al Registro Electrónico y obtención del justificante de dicho envío. Los interesados deberán seguir las instrucciones que el proceso de inscripción les solicite.
Las copias impresas obtenidas con esta opción sólo serán válidas a efectos justificativos y de control para el interesado, no surtiendo efectos de inscripción su envío por otros medios distintos al de la sede electrónica.
En el caso de que la Administración no tenga constancia de la tramitación, la solicitud sólo producirá efectos una vez presentada la documentación descrita en la base 3.2., ante cualquiera de las oficinas señaladas en el apartado 3.1.2.2.
2) Presentando reproducción impresa cumplimentada o fotocopia del modelo oficial de instancia que figura en el Apéndice I de la presente convocatoria, o por cumplimentación e impresión del formulario existente en la página web www.guardiacivil.es según el enlace que a continuación se especifica :
http://www.guardiacivil.es/documentos/seprose/act2017/seguridad_privada/Solicitud_de_admision_a_pruebas_para_la_obtencion_de_la_habilitacion_como_Instructor_de_tiro_del_personal_de_Seguridad_Privada.pdf y su posterior remisión al Servicio de Protección y Seguridad de la Dirección General de la Guardia Civil, sito en calle Guzmán el Bueno, 110 (28003 - Madrid), o cursada a dicho Servicio a través de las Intervenciones de Armas, acuartelamientos de la Guardia Civil, dependencias policiales, oficinas de correos o cualquier otra dependencia referida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2 Acreditación de requisitos: Junto con la solicitud, los aspirantes deberán remitir la siguiente documentación:
a) Certificado original de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes, para los españoles y extranjeros residentes en España, y documento original y equivalente que surta los mismos efectos para los solicitantes extranjeros no residentes.
Estarán exentos de presentar este Certificado los españoles y extranjeros residentes en España que en el apartado correspondiente de la instancia autoricen expresamente al Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil para que efectúe su petición de oficio al Registro Central de Penados y Rebeldes.
b) Original o copia compulsada del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado, u otros equivalentes o superiores, o sus equivalentes u homologaciones cuando aquellos estudios no hubieran sido cursados en España.
Aquellos aspirantes que hubieran cursado sus estudios en un sistema educativo distinto al sistema educativo general español deberán acreditar los mismos mediante certificación u homologación, en su caso, expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o por el Organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente cuando tengan competencia para ello.
c) Copia compulsada de la Licencia de Armas tipo «A», «B», «C» o «F» en vigor.
Aquellos aspirantes que se encuentren en posesión de la Licencia de Armas tipo «A», deberán indicar en su instancia el colectivo al que pertenecen.
d) Los aspirantes extranjeros no residentes deberán aportar fotocopia compulsada de la Tarjeta de identidad o Autorización de Residencia en vigor o, en su defecto, del pasaporte, en los que conste la nacionalidad y el número de identidad del titular.
Los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, tanto originales como, en su caso, las copias de los mismos, deberán ir acompañados de la correspondiente traducción autenticada al castellano, si estuvieran redactados en otros idiomas.
Los españoles y los aspirantes extranjeros deberán tener la documentación de identidad o tarjeta de residencia en vigor. La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva consigo la autorización del interesado para que el Servicio de Protección y Seguridad recabe, mediante plataformas de intermediación electrónica, sus datos de identidad, los antecedentes penales que pudieran obrar a su nombre, así como todos aquellos datos y documentos necesarios para la tramitación del presente procedimiento que ya obren en poder de la Administración. No obstante, en caso de imposibilidad técnica, no consentimiento u oposición expresa por parte del interesado, podrá requerirse la aportación de la documentación pertinente.

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