BDNS(Identif.):383422
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios. Personas físicas o jurídicas, públicas o
privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución
para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener
establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión
Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena
igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos solicitantes que tengan su
residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales
de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 1080/1991, de 5 de
julio.
Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas,
entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden
CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
Segundo. Objeto y finalidad. Ayudas a la danza, la lírica y la música en
régimen de concurrencia competitiva en el marco de las competencias del
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y de acuerdo
con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del
patrimonio cultural de la danza, la lírica y la música y a su difusión
en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras,
favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas
Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a
los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos
públicos.
Tercero. Bases reguladoras. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del
Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. URL español:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-17455
Cuarto. Cuantía. El importe total máximo imputable de la convocatoria será de 6.047.952 euros.
En ningún caso la ayuda concedida podrá superar
el 65 por ciento del coste total estimado del proyecto. La cuantía
máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes
cantidades:
Modalidad A1:
Submodalidad A1.1: 70.000 euros.
Submodalidad A1.2: 100.000 euros.
Modalidad B1:
Submodalidad B1.1: 100.000 euros.
Submodalidad B1.2: 100.000 euros.
Modalidades A2 y B2: 70.000 euros.
Modalidades A3 y B3: 100.000 euros.
Modalidades A4 y B4: 100.000 euros.
Modalidades A5 y B5: 100.000 euros.
Modalidad A6: 120.000 euros.
Modalidad B6: 15.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes
será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".{del 31 de enero al 20 de febrero de 2018, a.i.}
Sexto. Otros datos. Las modalidades de ayuda que se convocan son las que a continuación se enumeran:
A. Ayudas a la danza.
A1. Programas de apoyo para giras por España.
A1.1. Apoyo a compañías de danza para giras por España.
A1.2. Apoyo a giras de coproducciones de danza interautonómicas.
A2. Programas de apoyo a compañías de danza para giras por el extranjero.
A3. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal para la realización de actividades de danza.
A4. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de danza.
A5. Programas de apoyo a espacios escénicos y
musicales con programaciones coreográficas estables: programaciones
anuales y programaciones bianuales.
A6. Programas de apoyo a circuitos de danza organizados por redes de espacios escénicos y musicales, festivales y certámenes.
B. Ayudas a la lírica y la música.
B1. Programas de apoyo para giras por España.
B1.1. Apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por España.
B1.2. Apoyo a giras de coproducciones de lírica y música interautonómicas.
B2. Programas de apoyo a intérpretes y agrupaciones de lírica y música para giras por el extranjero.
B3. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal, para la realización de actividades de lírica y música.
B4. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes y congresos de lírica y música.
B5. Programas de apoyo para la organización de temporadas líricas.
B6. Programas de apoyo a encargos de composición vinculados a estreno.
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