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jueves, 26 de octubre de 2017

1 beca de formación y prácticas en el Consejo Económico y Social de Aragón..

- EXTRACTO de la Resolución de 19 de octubre de 2017, de la Presidencia del Consejo Económico y Social de Aragón, por la que se convoca una beca de formación y prácticas en el Consejo Económico y Social de Aragón..
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BDNS (Identif.): 367188
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios. Ciudadanos españoles o de otro Estado miembro de la Unión Europea, no mayores de 30 años, que estén en posesión o en condiciones de obtener un título de grado o licenciatura en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía o en Administración y Dirección de Empresas, o equivalente.
Segundo.- Finalidad. Formación de titulados universitarios en las áreas económica y social durante la duración de la beca (prevista desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018 y prorrogable por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2019).
Tercero.- Bases reguladoras Orden PRE/84/2016, de 17 de febrero, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 37, de 24 de febrero de 2016.
Cuarto.- Importe La dotación de la beca es de 825 euros mensuales
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. Hasta el 15 de noviembre de 2017
Sexto.- Documentación. Junto con la solicitud de participación, y la correspondiente documentación acreditativa de la personalidad, deberá presentarse:
Breve escrito exponiendo los motivos por los que se solicita la beca
Curriculum vitae
Certificación del expediente académico
Justificación de los estudios y méritos alegados
Séptimo.- Selección del candidato La selección del candidato tendrá lugar en dos fases, ambas de carácter eliminatorio: una primera de valoración de méritos y una segunda, consistente en una entrevista personal.

domingo, 20 de noviembre de 2016

1 beca de formación y prácticas en el Servicio de Biblioteca, Archivo y Fondo Antiguo de las Cortes de Aragón

- ACUERDO de 2 de noviembre de 2016, de la Mesa de las Cortes de Aragón, por el que se convoca concurso público para la concesión de una beca de formación y prácticas en el Servicio de Biblioteca, Archivo y Fondo Antiguo de las Cortes de Aragón y se aprueban las bases reguladoras de su concesión..
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Bases
Primera.- Características de la beca. Objeto, duración y dotación.
1. La beca tiene por objeto la formación y práctica de la gestión bibliotecaria en el Servicio de Biblioteca, Archivo y Fondo Antiguo de las Cortes de Aragón.
2. El período de disfrute de la beca será de doce meses (desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017), con posibilidad de prórroga por un año, previo acuerdo de ambas partes, y de conformidad con las disponibilidades presupuestarias.
3. La dotación anual será de 10.800 € (25 horas de formación semanal) de acuerdo con las necesidades parlamentarias y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio de 2017.
4. La beca es incompatible con cualquier otro trabajo remunerado o con otro tipo de beca o ayuda similar concedida por entidades públicas o privadas.
Segunda.- Solicitantes.
Pueden solicitar la concesión de la beca los ciudadanos españoles y los de otros países miembros de la Unión Europea poseedores de un título superior universitario de Diplomatura o Licenciatura en Biblioteconomía y Documentación o de Grado en Información y Documentación que reúnan los requisitos siguientes:
a) Haber obtenido el título universitario en el año académico 2010-2011 o años posteriores.
b) No haber disfrutado en años anteriores de alguna de las becas convocadas por las Cortes de Aragón, excepto las personas que, por sustitución del anterior adjudicatario, hubieran accedido a la misma dentro del último semestre de duración de la beca.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
1. Los solicitantes deberán presentar una instancia dirigida a la Excma. Sra. Presidenta de las Cortes de Aragón en el Registro General de la Cámara (Palacio de la Aljafería, 50004 Zaragoza), en horario de lunes a jueves (de 8 a 15 horas y de 15,30 a 18 horas); los viernes, de 8 a 15 horas y de 15,30 a 17,30 horas, o remitirla por correo certificado, de forma que quede constancia indubitada de la fecha de presentación y con la obligación de informar a las Cortes de Aragón por e-mail (dirección e-mail) ese mismo día del nombre del solicitante, DNI o pasaporte, fecha del envío y número de certificado de correos. El plazo para la presentación de instancias será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".{del 17 al 30 de noviembre de 2016, a.i.} La instancia deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad,
b) Currículum vítae redactado de acuerdo con el formulario que se publica con la presente convocatoria como anexo.
c) Justificación del título o títulos académicos, mediante fotocopia o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición, así como fotocopia del expediente académico y de los restantes méritos alegados.
d) Aceptación expresa de las bases y el baremo incluido en la presente convocatoria.
2. Los solicitantes que no resulten adjudicatarios ni figuren entre los suplentes dispondrán de un plazo de un año, a contar desde el día siguiente a la publicación, en el "Boletín Oficial de Aragón", del Acuerdo de la Mesa por el que se aprueba la propuesta de adjudicación de las becas, para solicitar la devolución de la documentación presentada a la convocatoria. Transcurrido este plazo, se procederá a su eliminación.

1 beca de formación y prácticas en Documentación en el Servicio de Documentación y Comunicación de las Cortes de Aragón

- ACUERDO de 2 de noviembre de 2016, de la Mesa de las Cortes de Aragón, por el que se convoca concurso público para la concesión de una beca de formación y prácticas en Documentación en el Servicio de Documentación y Comunicación de las Cortes de Aragón y se aprueban las bases reguladoras de su concesión..
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Bases
Primera.- Características de la beca. Objeto, duración y dotación.
1. La beca tiene por objeto la formación y práctica en la gestión de contenidos Web relativos a la actividad parlamentaria, así como la atención a los órganos de la Cámara, Diputados y funcionarios en sus demandas de información.
2. El período de disfrute de la beca será de doce meses (desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017), con posibilidad de prórroga por un año, previo acuerdo de ambas partes, y de conformidad con las disponibilidades presupuestaria.
3. La dotación anual será de 10.800 € (25 horas de formación semanal) de acuerdo con las necesidades parlamentarias y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio de 2017.
4. La beca es incompatible con cualquier otro trabajo remunerado o con otro tipo de beca o ayuda similar concedida por entidades públicas o privadas.
Segunda.- Solicitantes.
1. Pueden solicitar la concesión de la beca los ciudadanos españoles y los de otros países miembros de la Unión Europea poseedores de un título universitario de Diplomatura o Licenciatura en Biblioteconomía y Documentación o de Grado en Información y Documentación que reúnan los requisitos siguientes:
a) Haber obtenido el título universitario en el año académico 2010-2011 o años posteriores.
b) No haber disfrutado en años anteriores de alguna de las becas convocadas por las Cortes de Aragón, excepto las personas que, por sustitución del anterior adjudicatario, hubieran accedido a la misma dentro del último semestre de duración de la beca.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
1. Los solicitantes deberán presentar una instancia dirigida a la Excma. Sra. Presidenta de las Cortes de Aragón en el Registro General de la Cámara (Palacio de la Aljafería, 50004 Zaragoza), en horario de lunes a jueves (de 8 a 15 horas y de 15,30 a 18 horas); los viernes, de 8 a 15 horas y de 15,30 a 17,30 horas, o remitirla por correo certificado, de forma que quede constancia indubitada de la fecha de presentación y con la obligación de informar a las Cortes de Aragón por e-mail (dirección e-mail) ese mismo día del nombre del solicitante, DNI o pasaporte, fecha del envío y número de certificado de correos. El plazo para la presentación de instancias será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".{del 17 al 30 de noviembre de 2016, a.i.} La instancia deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad,
b) Currículum vítae redactado de acuerdo con el formulario que se publica con la presente convocatoria como anexo, y
c) Justificación del título o títulos académicos, mediante fotocopia o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición, así como fotocopia del expediente académico y de los restantes méritos alegados.
d) Aceptación expresa de las bases y el baremo incluido en la presente convocatoria.
2. Los solicitantes que no resulten adjudicatarios ni figuren entre los suplentes dispondrán de un plazo de un año, a contar desde el día siguiente a la publicación, en el "Boletín Oficial de Aragón", del Acuerdo de la Mesa por el que se aprueba la propuesta de adjudicación de las becas, para solicitar la devolución de la documentación presentada a la convocatoria. Transcurrido dicho plazo se procederá a su eliminación.

1 beca de formación y prácticas para posgraduados en Ciencias de la Información en el Servicio de Documentación y Comunicación. Cortes de Aragón

- ACUERDO de 2 de noviembre de 2016, de la Mesa de las Cortes de Aragón, por el que se convoca concurso público para la concesión de una beca de formación y prácticas para posgraduados en Ciencias de la Información en el Servicio de Documentación y Comunicación..
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Bases
Primera.- Características de la beca. Objeto y duración.
1. La beca tiene por objeto la formación y prácticas en la gestión de contenidos web relativos a la actividad parlamentaria, así como la atención a los órganos de la Cámara, Diputados y funcionarios en sus demandas de información.
2. El período de disfrute de la beca será de doce meses (desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017), con posibilidad de prórroga por un año, previo acuerdo de ambas partes, y de conformidad con las disponibilidades presupuestarias.
3. La dotación anual será de 13.800 € (30 horas de formación semanal) de acuerdo con las necesidades parlamentarias y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio de 2017.
4. La beca es incompatible con cualquier otro trabajo remunerado o con otro tipo de beca o ayuda similar concedida por entidades públicas o privadas.
Segunda.- Solicitantes.
1. Pueden solicitar la concesión de la beca los ciudadanos españoles y los de otros países miembros de la Unión Europea poseedores de un título superior universitario de Licenciado o Doctor en Ciencias de la Información o de Grado de Periodismo o Comunicación Audiovisual que reúnan los requisitos siguientes:
a) Haber obtenido el título universitario en el año académico 2010-2011 o posteriores.
b) No haber disfrutado en años anteriores de alguna de las becas convocadas por las Cortes de Aragón, excepto las personas que, por sustitución del anterior adjudicatario, hubieran accedido a la misma dentro del último semestre de duración de la beca.
Tercera.- Presentación de solicitudes.
1. Los solicitantes deberán presentar una instancia dirigida a la Excma. Sra. Presidenta de las Cortes de Aragón en el Registro General de la Cámara (Palacio de la Aljafería, 50004 Zaragoza), en horario de lunes a jueves (de 8 a 15 horas y de 15,30 a 18 horas); los viernes, de 8 a 15 horas y de 15,30 a 17,30 horas, o remitirla por correo certificado, de forma que quede constancia indubitada de la fecha de presentación y con la obligación de informar a las Cortes de Aragón por e-mail (dirección e-mail) ese mismo día del nombre del solicitante, DNI o pasaporte, fecha del envío y número de certificado de correos. El plazo para la presentación de instancias será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".{del 17 al 30 de noviembre de 2016, a.i.} La instancia deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad,
b) Currículum vítae redactado de acuerdo con el formulario que se publica con la presente convocatoria como anexo, y
c) Justificación del título o títulos académicos, mediante fotocopia o resguardo acreditativo de haber solicitado su expedición, así como fotocopia del expediente académico y de los restantes méritos alegados.
d) Aceptación expresa de las bases y el baremo incluido en la presente convocatoria.
2. Los solicitantes que no resulten adjudicatarios ni figuren entre los suplentes dispondrán de un plazo de un año, a contar desde el día siguiente a la publicación, en el "Boletín Oficial de Aragón", del Acuerdo de la Mesa por el que se aprueba la propuesta de adjudicación de las becas, para solicitar la devolución de la documentación presentada a la convocatoria. Transcurrido dicho plazo se procederá a su eliminación. - www.cortesaragon.es/

lunes, 9 de mayo de 2016

1 beca de formación y prácticas en el Consejo Económico y Social de Aragón.

- RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2016, de la Presidencia del Consejo Económico y Social de Aragón, por la que se convoca una beca de formación y prácticas en el Consejo Económico y Social de Aragón.. Ver documento
Primero.- Convocatoria.
1. Se convoca la concesión de una beca de formación y prácticas en el Consejo Económico y Social de Aragón.
2. La concesión de la beca se regirá por la presente convocatoria, por las bases aprobadas por la Orden PRE/84/2016, de 17 de febrero, por la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo.- Características generales de la beca.
1. La finalidad de la beca convocada es la formación de titulados universitarios en las áreas económica y social en las que actúa el Consejo, por lo que la condición de becario no dará lugar, en ningún caso, a relación laboral o administrativa con la Administración de la Comunidad Autónoma o con el Consejo Económico y Social de Aragón.
2. El beneficiario de la beca será dado de alta, y en su caso afiliado, en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
3. La beca convocada es incompatible con el disfrute simultáneo de cualquier otro tipo de beca o ayuda similar concedida por entidades públicas o privadas.
Tercero.- Dotación y financiación de la beca.
1. La dotación inicial de la beca es de 810 euros mensuales, importe que se devengará por mensualidades vencidas con las correspondientes retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
2. La beca se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria G/3229/480254/91002 de la estructura del presupuesto de gastos del Consejo Económico y Social de Aragón para los ejercicios 2016 y 2017, quedando condicionada a la existencia de crédito presupuestario suficiente y adecuado.
Cuarto.- Requisitos de los candidatos.
1. Podrán participar en esta convocatoria todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea, en cuyo caso deberá acreditar conocimiento suficiente de la lengua castellana.
b) Estar en posesión del título de grado o de licenciatura en Ciencias Económicas y Empresariales, en Economía o en Administración y Dirección de Empresas, o equivalente. El título deberá ser oficial en todo el territorio nacional o, en el caso de haberse obtenido con arreglo a enseñanzas oficiales en el extranjero, deberá estar homologado a un título oficial español.
c) No haber resultado adjudicatario de la misma beca con anterioridad o haberla disfrutado por un período inferior a 6 meses.
d) No superar los 30 años de edad.
e) No estar incurso en ninguna de las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Quinto.- Procedimiento de concesión.
1. La concesión de la beca de prácticas y colaboración se realizará a través del procedimiento de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
2. El órgano instructor del procedimiento será la Unidad de apoyo al Consejo Económico y Social de Aragón.
Sexto.- Documentación de las candidaturas.
Las candidaturas se formalizarán mediante la presentación de la siguiente documentación:
a) Solicitud de participación, dirigida a la Presidencia del Consejo Económico y Social de Aragón, conforme al modelo que puede obtenerse en la página web del Consejo, en la dirección www.aragon.es/cesa, o a través del Catálogo de modelos normalizados al que puede accederse en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es/OficinaVirtualTramites). La solicitud incluye declaraciones responsables, que deberán ser confirmadas marcando la correspondiente casilla, en relación con la aceptación de las bases, el cumplimiento de los requisitos y la no concurrencia de ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Breve escrito exponiendo los motivos por los que se solicita la beca.
c) Currículum vitae redactado en castellano, que contenga una enumeración de los méritos alegados en cada uno de los siguientes apartados relacionados en el punto Noveno.2 de esta convocatoria: a) expediente académico, b) estudios y cursos, c) otros conocimientos, y d) experiencia.
d) Fotocopia o copia digital del certificado oficial del expediente académico en el que se indique expresamente la nota media obtenida.
e) Fotocopia o copia digital de los justificantes de los estudios, publicaciones, trabajos de investigación y demás méritos alegados.
f) Fotocopia o copia digital del documento nacional de identidad o, alternativamente, consentimiento expreso para la consulta de los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Identidad, indicado en la correspondiente casilla en la instancia de solicitud.
Séptimo.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
1. La solicitud de participación, junto con el resto de la documentación, podrá presentarse en la sede del Consejo Económico y Social de Aragón (calle Costa, 18, 1.ª planta, 50001, Zaragoza), o remitirse a esta dirección por correo certificado administrativo. Igualmente podrá presentarse en el Registro General del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquier otro procedimiento de los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse a través del Registro Telemático de la Comunidad Autónoma de Aragón, en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, en la dirección http://www.aragon.es. Para ello, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
a) El solicitante deberá disponer del sistema de firma electrónica incorporado al documento nacional de identidad o de cualquier otra firma electrónica reconocida conforme a lo dispuesto en los artículos 6 y 16 del Decreto 228/2006, de 21 de noviembre, en su redacción dada por el Decreto 81/2011, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón.
b) La solicitud telemática deberá ir acompañada por la documentación complementaria indicada en el apartado Sexto de esta convocatoria. El órgano instructor podrá requerir en cualquier momento al solicitante para que aporte la documentación original con la finalidad de comprobar la autenticidad de la presentada por medios telemáticos.
c) Si la documentación complementaria no pudiese aportarse por medios telemáticos, deberá presentarse por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el escrito de presentación se hará mención al recibo justificante de confirmación de la recepción telemática de la solicitud y se indicará el número del asiento de entrada de la solicitud en el Registro Telemático
3. Si la solicitud no reúne los requisitos necesarios para su tramitación, el órgano instructor requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
4. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de mayo de 2016.