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lunes, 9 de abril de 2018

2.200 ayudas (1.100 ayudas para alumnos 1.º de ESO y 1.100 ayudas para alumnos de 2.º de ESO) para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en colonias de vacaciones, durante el mes de julio de 2018.

BDNS(Identif.):392202
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: Alumnos matriculados en 1.º de ESO y 2.º de ESO.
Segundo. Finalidad: Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.200 ayudas (1.100 ayudas para alumnos 1.º de ESO y 1.100 ayudas para alumnos de 2.º de ESO) para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en colonias de vacaciones, durante el mes de julio de 2018.
Tercero. Bases reguladoras: Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15 de junio), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio.
Cuarto. Importe: El importe máximo destinado a las ayudas será de 1.047.200,00 €. Este importe se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.489.02 del Presupuesto de Gastos de 2018.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 8 al 23 de abril de 2018, a.i.}

miércoles, 1 de abril de 2015

935 ayudas para alumnos de 1.º de ESO y 935 ayudas para alumnos de 2.º de ESO para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte durante el mes de julio de 2015.

1. Objeto de la convocatoria. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 935 ayudas para alumnos de 1.º de ESO y 935 ayudas para alumnos de 2.º de ESO para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte durante el mes de julio de 2015.
Estas ayudas se distribuyen, a su vez, en dos turnos y en dos grupos, de acuerdo con los requisitos que para cada uno de ellos se establecen en el apartado siguiente:
– Primer turno para alumnos de 1.º de Enseñanza Secundaria Obligatoria: de 28 de junio 2015 a 12 de julio 2015:
• Grupo I: 550 ayudas de hasta 476 €.
• Grupo II: 385 ayudas de hasta 326 €.
– Segundo turno para alumnos de 2.º de Enseñanza Secundaria Obligatoria: de 12 de julio 2015 a 26 de julio 2015:
• Grupo I: 550 ayudas de hasta 476 €.
• Grupo II: 385 ayudas de hasta 326 €.
2. Beneficiarios. 1. Requisitos generales que deberán cumplir todos los solicitantes:
Para alumnos matriculados en 1.º de ESO:
a. Estar matriculado en centros sostenidos con fondos públicos durante el presente curso 2014/2015.
b. Haber obtenido, como mínimo, «notable» como nota media del curso 2013-2014.
c. Haber obtenido, como mínimo, «notable» como nota final en la asignatura de inglés en el curso 2013/2014.
d. No haber sido beneficiario de la ayuda en convocatorias anteriores.
Para alumnos matriculados en 2.º de ESO:
a. Estar matriculado en centros sostenidos con fondos públicos durante el presente curso 2014/2015.
b. Haber obtenido, como mínimo, «notable (7)» como nota media del curso 2013-2014.
c. Haber obtenido, como mínimo, «notable (7)» como nota final en la asignatura de inglés en el curso 2013/2014.
d. No haber sido beneficiario de la ayuda en convocatorias anteriores.
2. Los solicitantes que a fecha 31 de diciembre de 2014 se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, integrarán el denominado Grupo I, al que hace referencia el artículo 1 de la presente convocatoria:
a) Orfandad absoluta del solicitante.
b) Pertenecer a familias en las que algún miembro esté afectado de minusvalía legalmente calificada (en grado superior al 65 % para padre/madre/hermanos del solicitante y superior al 33 % en el caso de que la padezca el propio solicitante).
c) Pertenecer a familias en las que el padre, madre o tutor legal se encuentre en situación de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
d) Pertenecer a familia numerosa.
e) Pertenecer a familia monoparental.
3. Los solicitantes que, reuniendo los requisitos generales, no se encuentren en ninguna de las circunstancias del apartado anterior formarán parte del denominado  Grupo II. Podrá incrementarse el número de ayudas en uno de los grupos si existiera un exceso de solicitudes y para el otro grupo no se hubieran presentado suficientes.
4. Presentación y tramitación de solicitudes. 1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es  en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios» o en la dirección electrónica www.mecd.gob.es
Se completará el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato PDF, las plantillas facilitadas por la aplicación informática. En el caso de querer participar por el Grupo I deberá/n adjuntar el/los documento/s acreditativo/s para este apartado. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. Asimismo, podrá presentarse en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria o que no haya sido correctamente cumplimentada. {del 1 al 20 de abril de 2015, a.i.}

viernes, 30 de marzo de 2012

2.200 ayudas para participar en un programa de inmersión lingüística en colonias de vacaciones (de 2 semanas de duración) para el verano de 2012.

Resolución de 26 de marzo de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocanayudas para participar en un programa de inmersión lingüística en colonias de vacaciones para el verano de 2012.
Primero. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.200 ayudas para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte durante el mes de agosto de 2012.
Estas ayudas se distribuyen a su vez en dos grupos: primero y segundo, de acuerdo con los requisitos que para cada uno de ellos se establecen en el apartado siguiente:
– 1.320 ayudas de hasta 476 € para el grupo primero.
– 880 ayudas de hasta 326 € para el grupo segundo.
Segundo. 1. Requisitos generales que deberán cumplir todos los solicitantes:
a) Podrá optar a estas ayudas el alumnado que en el presente curso 2011/2012 esté matriculado en centros sostenidos con fondos públicos, en alguno de los cursos mencionados a continuación:
Quinto curso de Enseñanza Primaria.
Sexto curso de Enseñanza Primaria.
Primer curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria.
b) La edad de los participantes no podrá superar los 13 años a fecha 31 de diciembre de 2012.
2. Los solicitantes que a fecha 31 de diciembre de 2011 se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, integrarán el denominado grupo primero, al que hace referencia el apartado primero de la presente convocatoria:
a) Orfandad absoluta del solicitante.
b) Pertenecer a familias en las que algún miembro esté afectado de minusvalía legalmente calificada (en grado superior al 65% para padre/madre/hermanos del solicitante y superior al 33% en el caso de que la padezca el propio solicitante).
c) Pertenecer a familias cuyo sustentador principal se encuentre en situación legal de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
d) Pertenecer a familia numerosa.
e) Pertenecer a familia monoparental, cuyo sustentador principal sea viudo/a, padre o madre en estado soltero o de divorcio, separación legal o de hecho.
3. Los solicitantes que, reuniendo los requisitos generales, no se encuentren en ninguna de las circunstancias del apartado anterior formarán parte del denominado grupo segundo de la convocatoria. Podrá incrementarse el número de ayudas en uno de los grupos si existiera un exceso de solicitudes y para el otro grupo no se hubieran presentado suficientes.
Tercero.
1. La cuantía de las ayudas a que se refiere la presente Resolución, se abonará directamente a las empresas que resulten adjudicatarias del concurso público convocado al efecto, ...
2. La adjudicación de una ayuda dará lugar a la asignación automática de una plaza para participar en la actividad.
3. No obstante lo anterior, para completar el precio total del programa, los beneficiarios pertenecientes al primer grupo abonarán 50 euros a la empresa que resulte adjudicataria del procedimiento abierto. En el caso de que pertenezcan al segundo grupo la cantidad a abonar será de 200 euros.
4. Los beneficiarios cuyo domicilio familiar se encuentre fuera del territorio peninsular obtendrán, además, una ayuda adicional en concepto de gastos de desplazamiento. Esta ayuda consistirá en el abono de 90 euros ...
Cuarto. Presentación de solicitudes:
1. Quienes cumplan los requisitos establecidos en los apartados anteriores y deseen obtener una de las ayudas convocadas por la presente Resolución, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud con los datos del alumno solicitante, que figura en la página web: http://www.educacion.gob.es/portada.html
2. Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección: http://www.educacion.gob.es/portada.html, de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero de 2005 (BOE del 19). Para ello han de imprimir el documento adjunto en la solicitud telemática, para la certificación de los datos académicos y situaciones específicas por el centro educativo. Una vez sellado el documento por el centro educativo, escanearlo y adjuntarlo en el apartado correspondiente de la solicitud hasta completar el proceso de confirmar y registrar telemáticamente.
Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web:
http://www.educacion.gob.es/portada.html.
Estos alumnos deberán, además, una vez cumplimentado el modelo de solicitud imprimirlo y presentarlo en el centro educativo en el que se encuentren matriculados. El centro educativo consignará la fecha de entrada y sellará la solicitud. No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido correctamente cumplimentada.
Los centros receptores deberán remitir las solicitudes al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial (calle Los Madrazo, 15, 5.ª planta, despacho 520, 28014 Madrid).
Asimismo, las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en las oficinas de correos o en cualquier registro de las distintas Administraciones públicas). A estos solos efectos se considerarán Registros públicos los centros educativos donde cursen estudios los solicitantes. En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes deberán ser firmadas por el padre/madre o tutor/a del solicitante, declarando asimismo que conocen y aceptan las bases de la convocatoria y que autorizan la participación del alumnado en las actividades programadas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 25 de abril de 2012. En ningún caso será válida una solicitud presentada en registro con posterioridad a esta fecha.
> como siempre, te recordamos que puedes acceder a toda la información de la disposición, clikando sobre el título del 'post'<

viernes, 11 de febrero de 2011

2.200 ayudas para el Programa de Inmersión Lingüística en colonias de vacaciones, para el verano de 2011.

Ayudas
Resolución de 27 de enero de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para el Programa de Inmersión Lingüística en colonias de vacaciones, para el verano de 2011.
PDF (BOE-A-2011-2583 - 7 págs. - 199 KB)
Otros formatos
Primero.–Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.200 ayudas para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación durante el mes de agosto de 2011.
Estas ayudas se distribuyen a su vez en dos grupos: Primero y segundo, de acuerdo con los requisitos que para cada uno de ellos se establecen en el apartado siguiente:
1.320 ayudas de hasta 476 € para el grupo primero. 880 ayudas de hasta 326 € para el grupo segundo.
Segundo.–1. Requisitos generales que deberán cumplir todos los solicitantes:
a) Podrá optar a estas ayudas el alumnado que en el presente curso 2010/2011 esté matriculado en centros sostenidos con fondos públicos, en alguno de los cursos mencionados a continuación:
Quinto curso de Enseñanza Primaria.
Sexto curso de Enseñanza Primaria.

Primer cu
rso de Enseñanza Secundaria Obligatoria.
b) La edad de los/as participantes no podrá superar los 13 años a fecha 31 de diciembre de 2011.
2. Los solicitantes que a fecha 31 de diciembre de 2010 se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, integrarán el denominado grupo primero, al que hace referencia el apartado primero de la presente convocatoria:
a) Orfandad absoluta del/de la solicitante.
b) Pertenecer a familias en las que algún miembro esté afectado de minusvalía legalmente calificada (en grado superior al 65% para padre/madre/hermanos/as del/de la solicitante y superior al 33% en el caso de que la padezca el/la propio/a solicitante).
c) Pertenecer a familias cuyo sustentador principal se encuentre en situación legal de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
d) Pertenecer a familia numerosa.
e) Pertenecer a familia monoparental, cuyo sustentador principal sea viudo/a, padre o madre en estado soltero o de divorcio, separación legal o de hecho.
3. Los solicitantes que, reuniendo los requisitos generales, no se encuentren en ninguna de las circunstancias del apartado anterior formarán parte del denominado grupo segundo de la convocatoria. Podrá incrementarse el número de ayudas en uno de los grupos si existiera un exceso de solicitudes y para el otro grupo no se hubieran presentado suficientes.
Cuarto.–Presentación de solicitudes:
1. Quienes cumplan los requisitos establecidos en los apartados anteriores y deseen obtener una de las ayudas convocadas por la presente Resolución, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud con los datos del alumno solicitante, que figura en la página Web: www.educacion.es a través de los siguientes enlaces: «Educacion/ Becas y Ayudas/ Becas y ayudas para estudiar/ Para estudiar Idiomas/ Colonias de verano en inglés».
2. Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el registro telemático del Ministerio de Educación en la dirección www.educación.es a través del enlace «Educación/ Becas y Ayudas/ Becas y ayudas para estudiar/ Para estudiar Idiomas/ Colonias de verano en inglés»,cumplimentando el correspondiente formulario de la opción «entrar en el sistema con certificado digital», de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero de 2005 (BOE del 19).
Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página Web: www.educacion.es a través del enlace indicado en el apartado anterior accediendo a la opción «entrar en el sistema sin certificado digital». Estos alumnos deberán, además, imprimir el modelo de solicitud y una vez cumplimentado presentarlo en el centro educativo en el que se encuentren matriculados. El centro educativo consignará la fecha de entrada y sellará la solicitud y no se admitirá ninguna solicitud con fecha de entrada posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido correctamente cumplimentada.
Los centros receptores deberán remitir las solicitudes al Ministerio de Educación, Subdirección General de Alumnos, Participación e Igualdad, (C/ Los Madrazo, 15-17, 5.ª planta, despacho 520, 28014 Madrid).
Asimismo, las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en las oficinas de correos o en cualquier registro de las distintas Administraciones públicas). A estos solos efectos se considerarán Registros públicos los centros educativos donde cursen estudios los solicitantes. En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes deberán ser firmadas por el padre/madre o tutor/a del solicitante, declarando asimismo que conocen y aceptan las bases de la convocatoria y que autorizan la participación del alumnado en las actividades programadas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 7 de marzo de 2011. En ningún caso será válida una solicitud presentada en registro con posterioridad a esta fecha.

jueves, 25 de febrero de 2010

1.200 ayudas para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en colonias de vacaciones (2 semanas), durante Agosto de 2010.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN . 3058 . Resolución de 12 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para participar en un Programa de Inmersión Lingüística en colonias de vacaciones, para el verano de 2010.
Primero.–
Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 1.600 ayudas para la participación en una de las colonias de dos semanas de duración, organizadas por el Ministerio de Educación durante el mes de agosto de 2010.
Estas ayudas se distribuyen a su vez en dos grupos: Primero y segundo, de acuerdo con los requisitos que para cada uno de ellos se establecen en el apartado siguiente:
1.200 ayudas de hasta 456 euros para el grupo primero.
400 ayudas de hasta 156 euros para el grupo segundo.
Segundo.–1. Requisitos generales que deberán cumplir todos/as los/as solicitantes:
a) Podrá optar a estas ayudas el alumnado que en el presente curso 2009/2010 esté matriculado en centros sostenidos con fondos públicos, en alguno de los cursos mencionados a continuación:
Quinto curso de Enseñanza Primaria
Sexto curso de Enseñanza Primaria
Primer curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria

b) La edad de los/as participantes no podrá superar los 13 años a fecha 5 de septiembre de 2010.
2. Los/as solicitantes que a fecha 31 de diciembre de 2009 se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, integrarán el denominado grupo primero, al que hace referencia el apartado primero de la presente convocatoria:
a) Orfandad absoluta del/de la solicitante.
b) Pertenecer a familias en las que algún miembro esté afectado de minusvalía legalmente calificada (en grado superior al 65% para padre/madre/hermanos/as del/de la solicitante y superior al 33% en el caso de que la padezca el/la propio/a solicitante).
c) Pertenecer a familias cuyo/a sustentador/a principal se encuentre en situación legal de desempleo o tenga reconocida la incapacidad permanente absoluta.
d) Pertenecer a familia numerosa.
e) Pertenecer a familia monoparental, cuyo/a sustentador/a principal sea viudo/a, padre o madre soltero/a, divorciado/a o separado/a legalmente o de hecho.
3. Los/as solicitantes que, reuniendo los requisitos generales, no se encuentren en ninguna de las circunstancias del apartado anterior formarán parte del denominado grupo segundo de la convocatoria.
Podrá incrementarse el número de ayudas en uno de los grupos si existiera un exceso de solicitudes y para el otro grupo no se hubieran presentado suficientes.
Tercero.–2. La adjudicación de una ayuda dará lugar a la asignación automática de una plaza para participar en la actividad.
3. No obstante lo anterior, para completar el precio total del programa, los/as beneficiarios/as pertenecientes al primer grupo abonarán 70 euros a la empresa que resulte adjudicataria del procedimiento abierto. En el caso de que pertenezcan al segundo grupo la cantidad a abonar será de 370 euros.
4. Todos/as los/as beneficiarios/as obtendrán, además, una ayuda adicional en concepto de gastos de desplazamiento. Esta ayuda consistirá en el abono de 65 euros para los/as domiciliados/as en territorio peninsular, y de 155 euros en el caso de que el domicilio familiar se encuentre fuera del territorio peninsular. La concesión de esta ayuda quedará condicionada a la efectiva asistencia del/de la alumno/a a la colonia.
Cuarto.–1. Presentación de solicitudes: 1.1 Quienes cumplan los requisitos establecidos en los apartados anteriores y deseen obtener una de las ayudas convocadas por la presente Resolución, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.educacion.es a través de los siguientes enlaces: «Educacion/Becas y Ayudas/Becas y ayudas para estudiar/Para estudiar Idiomas/Colonias de verano en inglés».
1.2 Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el registro telemático del Ministerio de Educación en la dirección www.educación.es a través del enlace «Educacion/Becas y Ayudas/Becas y ayudas para estudiar/ Para estudiar Idiomas/ Colonias de verano en inglés», cumplimentando el correspondiente formulario de la opción «entrar en el sistema con certificado digital», de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero de 2005 (BOE del 19).
Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web: www.educacion.es a través del enlace indicado en el apartado anterior accediendo a la opción «entrar en el sistema sin certificado digital». Estos alumnos deberán, además, imprimir el modelo de solicitud y una vez cumplimentado presentarlo en el centro educativo en el que se encuentren matriculados. El centro educativo consignará la fecha de entrada y sellará la solicitud. Los centros receptores deberán remitir las solicitudes al Ministerio de Educación, Subdirección General de Alumnos, Participación e Igualdad (calle Torrelaguna, 58, 1.ª planta, desp. 112, 28071 Madrid).
Asimismo, los/as interesados/as podrán presentar sus solicitudes por alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en las oficinas de correos o en cualquier registro de las distintas Administraciones públicas). A estos solos efectos se considerarán Registros públicos los centros educativos donde cursen estudios los/as solicitantes. En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes deberán ser firmadas por el/la padre/madre o tutor/a del/de la solicitante, declarando asimismo que conocen y aceptan las bases de la convocatoria y que autorizan la participación de aquel/lla en las actividades programadas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 18 de marzo de 2010.

viernes, 6 de febrero de 2009

Se convocan ayudas para participar en un programa de inmersión lingüística en colonias de vacaciones, durante el verano de 2009

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE
Resolución de 19 de enero de 2009, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación, por la que se convocan ayudas para participar en un programa de inmersión lingüística en colonias de vacaciones, durante el verano de 2009.

Programa de Inmersión Lingüística destinado al alumnado del último ciclo de la Educación Primaria y de primer curso de Educación Secundaria Obligatoria que se diversifica en dos modalidades.
La primera de ellas, desarrollada durante el período vacacional del verano, consiste en la asistencia a colonias en las que se trabajarán prioritariamente los aspectos orales del aprendizaje de la lengua inglesa. La segunda modalidad oferta ayudas para la asistencia a distintos «centros de inmersión» de grupos de alumnos y alumnas junto con su profesor o profesora, en período lectivo, como complemento pedagógico al trabajo realizado en el aula.