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miércoles, 3 de octubre de 2012

subvenciones a favor de Entidades Locales de la Provincia de Alicante para la realización y mejora de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y saneamiento a ejecutar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, Anualidad 2013.

PRIMERO.- Aprobar la Convocatoria para la concesión en el ejercicio 2013 de subvenciones a favor de Entidades Locales de la Provincia de Alicante para la realización y mejora de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y saneamiento a ejecutar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, con una dotación estimada de 800.000,00 euros.
SEGUNDO.- Aprobar las Bases y su anexo por las que se regirá la Convocatoria de referencia que serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, cuyo tenor literal es el siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A FAVOR DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA REALIZACIÓN Y MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO A EJECUTAR POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE
Primera.- Actividad objeto de la subvención. Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva abierta, para la concesión durante el año 2013, de subvenciones para la construcción de infraestructuras hidráulicas e instalaciones municipales de abastecimiento y saneamiento públicos a ejecutar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante en el ejercicio de las competencias que le confieren los arts. 31 y 36 en relación con los arts. 25 y 26 todos ellos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En consecuencia, la actividad objeto de la subvención se refiere al primer establecimiento, reforma o gran reparación de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento y saneamiento de competencia municipal. ...
Las solicitudes de subvención acogidas a la presente convocatoria, podrán ser imputadas de oficio a otras convocatorias del departamento de Ciclo Hídrico de la propia Diputación por razones técnicas debidamente justificadas.
Aparte de los gastos de ejecución de obras e instalación de infraestructuras, serán subvencionables con cargo a la presente convocatoria:
a) En el caso de que la redacción del Proyecto la realicen los técnicos del Ciclo Hídrico de la Diputación, el Ente Provincial subvencionará íntegramente los honorarios de redacción del Estudio de Seguridad y Salud, el coste de los estudios de impacto ambiental, de la topografía y geotecnia, así como los honorarios de redacción de Proyectos de concesión de aguas para abastecimiento. Así mismo, en aquellos casos en el que el Proyecto presentado por la Entidad Local no se adecúe a los requerimientos de Diputación respecto del Estudio de Seguridad y Salud, ésta asumirá el coste de dicho estudio.
b) La Excma. Diputación Provincial de Alicante subvencionará al 100% los gastos de las asistencias técnicas inherentes a la ejecución de las infraestructuras hidráulicas, tales como los honorarios de coordinación de seguridad y salud, y el coste de los ensayos de control de obra. La Dirección de obra corresponderá en todo caso a los técnicos del Departamento del Ciclo Hídrico.
Cuando se proceda a la cesión de las infraestructuras hidráulicas a las Entidades beneficiarias, en la correspondiente acta de cesión figurará el coste total de la actuación, incluyendo en su caso, y con el debido desglose, los gastos de las asistencias técnicas anteriormente citadas.
Segunda.- Plazo de la convocatoria. La presente convocatoria tiene carácter abierto. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y se extenderá hasta el 30 de junio de 2013.
Tercera.- Entidades beneficiarias. Ayuntamientos, entidades de ámbito territorial inferior al municipio y Mancomunidades de municipios de la provincia de Alicante.

jueves, 28 de mayo de 2009

tabla salarial del Acuerdo de Revisión Salarial Anual del Convenio Colectivo de ámbito provincial de Construcción y Obras Públicas. Alicante.

DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO - CORRECCIÓN DE ERRORES : Advertido error, por parte de los firmantes, en la tabla salarial del Acuerdo de Revisión Salarial Anual del Convenio Colectivo de ámbito provincial de Construcción y Obras Públicas, publicado en el edicto número 0910818, del Boletín Oficial de la Provincia número 90, de fecha 15 de los corrientes, se remite la tabla correcta para su publicación.

(leer en la página 20, clikando en el título del 'post', para ver desarrollada la TABLA SALARIAL para el año 2009, en su desglose en Niveles, por: Salario Base mensual, pluses, pagas extras, y salario en cómputo anual).

Dieta completa: 28,67 €
Media dieta: 8,78 €
Desgaste de herramientas: 0,31 oficial 1ª-2º ; 0,18 ayudante.
Locomoción: 0,27 €.
Incremento salarial 2009: 3,5%.
Jornada cómputo anual: 1.738 horas.
Calendario laboral 2009: 2 y 5 de enero, 20 de marzo, 7, 28, 29, 30 y 6 horas el día 31 de diciembre (el defecto de 2 horas de jornada del día 31 de diciembre será recuperable conforme se acuerde entre empresa y trabajador).
Como indica el artículo 61 de nuestro convenio colectivo, a efectos de abonos de salarios los días no laborales tendrán la consideración de jornada normal de trabajo como jornada efectivamente trabajada.
Asimismo, según el artículo 68 de nuestro convenio provincial, se considerará festivo el día anterior laborable a la fiesta patronal de cada municipio.
Artículo 59 indemnizaciones:
apartado b) 45.000 euros
apartado c) 26.000 euros.