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miércoles, 30 de mayo de 2012

6 becas para la realización de actividades de formación jurídica teórico-práctica relacionadas con la recopilación, clasificación y publicación de la doctrina del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional convoca el presente concurso con el fin de adjudicar seis becas para la realización de actividades de formación jurídica teórico-práctica relacionadas con la recopilación, clasificación y publicación de la doctrina del Tribunal, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.
Objeto y condiciones. 1. Las becas tienen por objeto la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal Constitucional.
2. Se convocan seis becas, que tendrán una duración máxima de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas podrán ser prorrogadas, si fuera conveniente para el programa de formación y previa aceptación de los interesados, por un máximo de seis meses, con arreglo a las disponibilidades presupuestarias. Quienes hayan disfrutado de una beca no podrán solicitarla nuevamente, salvo que por razones no imputables a ellos hubieran disfrutado de una beca en convocatoria anterior por plazo inferior a seis meses, accediendo a ellas desde la relación de suplentes a que refiere el número 6 de la base sexta o equivalente de anteriores convocatorias.
Dotación de las becas. La dotación de cada beca será de 1.200 euros brutos mensuales. Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Para optar a estas becas se deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Estar en posesión del título de Licenciado o Graduado en Derecho o un título de otro país que acredite una formación jurídica equivalente.
b) Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario con posterioridad al 1 de enero de 2007.
c) Poseer conocimientos de inglés o francés correspondientes al nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (First Certificate, puntuación mínima de 87 en el TOEFL Internet Based Test, Delf B.2, o equivalentes).
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público.
2. Serán méritos preferentes:
a) Tener un buen expediente académico, en especial en materias de Derecho público.
b) Haber realizado cursos de postgrado, especializados o trabajos de investigación relacionados con la justicia constitucional o temas afines.
c) Contar con experiencia laboral en instituciones públicas, profesiones jurídicas u organizaciones relacionadas con los derechos humanos, mediante relación contractual, actividades de colaboración u otras similares.
d) Acreditar conocimientos de idiomas distintos del aducido en cumplimiento de la letra c) del apartado anterior.
e) Tener conocimientos de informática jurídica documental.
Requisitos de las solicitudes. 1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como anexo 1 al presente acuerdo, que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es y deberán dirigirse al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Tribunal Constitucional, calle Domenico Scarlatti, 6, 28003 Madrid, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. A la instancia firmada deberá adjuntarse la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Copia del expediente académico completo con todas las calificaciones, sin perjuicio de la subsiguiente aportación de su certificado en los términos de la base 6.3.
...
.3 El resumen del currículum vítae deberá expresarse en el formulario que se publica como anexo 2 a la presente convocatoria, y que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es.
4. Los participantes en la convocatoria podrán presentar una memoria en la que se expongan, de forma ordenada y clara, las razones que motivan al aspirante a optar a la beca y su perspectiva sobre la jurisprudencia constitucional. La memoria tendrá una extensión máxima de doscientas líneas y podrá presentarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente en el «Boletín Oficial del Estado».{del 31 de mayo al 29 de junio de 2012, a.i.}

martes, 27 de julio de 2010

1 arquitecte superior (OEP 2008) i 1 tècnic mitjà d'administració, especialitat juridicourbanística (OEP 2010). Bases. Ajuntament d' Albal (Horta Sud-

Ajuntament d'Albal
Bases per a la selecció d'un arquitecte superior (OEP 2008) i un tècnic mitjà d'administració, especialitat juridicourbanística (OEP 2010). [2010/8145] (pdf 628KB)
Por Resolución de Alcaldía número 2010/1448, de fecha 14 de
julio de 2010, se aprobaron las bases y convocatoria que a continuación
se reproducen:
Bases para la selección de un arquitecto superior (OEP 2008) y un técnico medio de administración, especialidad jurídica-urbanística (OEP 2010)
Primera. Objeto de la convocatoria.-Es objeto de la presente convocatoria la selección de un arquitecto superior y un técnico medio, especialidad jurídica-urbanística, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala: técnica, grupos A1 y A2, según el Estatuto Básico del Empleado Público, incluidas en la oferta de empleo público de este Ayuntamiento correspondientes a los años 2008 y 2010, respectivamente.
Tercera. De los requisitos de los aspirantes.- Para tomar parte en estas pruebas selectivas será necesario:
1. Nacionalidad: tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la ley estatal que regula ésta materia.
2. Edad: tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Titulación: Puesto de arquitecto superior = estar en posesión del título de arquitecto superior, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Se acreditará mediante el título expedido por la autoridad académica competente, quien certificará además, sobre las equivalencias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Puesto de técnico medio, especialidad jurídica (urbanista) = estar en posesión del título de diplomado en derecho, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Se acreditará mediante el título expedido por la autoridad académica competente, quien certificará además, sobre las equivalencias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Cuarta. Presentación de instancias.- Quienes deseen participar en la presente convocatoria deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Presidencia de la corporación y que se presentará en el Registro General durante el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

viernes, 14 de mayo de 2010

6 becas de formación jurídica relacionadas con la doctrina constitucional. Tribunal Constitucional.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Becas
Resolución de 3 de mayo de 2010, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se publica el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional por el que se convocan becas de formación jurídica relacionadas con la doctrina constitucional.
Objeto y condiciones.-
1. Las becas tienen por objeto la formación teórico-práctica en tareas relacionadas con la investigación y tratamiento jurídico de la doctrina constitucional. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Tribunal Constitucional.
2. Se convocan seis becas, que tendrán una duración máxima de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Podrán ser prorrogadas, si fuera conveniente para el programa de formación y previa aceptación del interesado, hasta un máximo de otros seis meses.
Dotación de las becas.–La dotación de cada beca será de 1.150 euros brutos mensuales, para las percepciones que tengan lugar en el ejercicio 2010. A partir de enero de 2011 la dotación mensual de las becas será de 1.200 euros. Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes.
Requisitos de los beneficiarios.- 1. Para optar a estas becas se deberán reunir las condiciones siguientes:
a) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho o un título de otro país que acredite una formación jurídica equivalente.
b) No haber transcurrido más de cinco años desde la fecha en que finalizaron los estudios para obtener el título universitario.
c) No padecer enfermedad ni defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad de carácter público.
2. Serán méritos preferentes:
d) Tener un buen expediente académico, en especial en materias de Derecho público.
e) Haber realizado cursos de postgrado, especializados o trabajos de investigación relacionados con la justicia constitucional o temas afines.
f) Contar con experiencia laboral en instituciones públicas, profesiones jurídicas u organizaciones relacionadas con los derechos humanos, mediante relación contractual, actividades de colaboración u otras similares.
g) Acreditar conocimientos de inglés, francés, alemán, italiano o portugués.
h) Tener conocimientos informáticos como usuario (proceso de texto y bases de datos).
Requisitos de las solicitudes.- 1. Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica como Anexo 1 al presente Acuerdo que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es y deberán dirigirse a la Excma. Sra. Presidenta del Tribunal Constitucional. Dichas solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Tribunal Constitucional, c/ Domenico Scarlatti, 6. 28003 Madrid, así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
3. El resumen del curriculum vitae deberá expresarse en el formulario que se publica como anexo 2 a la presente convocatoria, y que estará disponible en la dirección web www.tribunalconstitucional.es .
4. Los participantes en la convocatoria podrán presentar una memoria en la que se expongan, de forma ordenada y clara, las razones que motivan al aspirante a optar a la beca y su perspectiva sobre la jurisprudencia constitucional. La memoria tendrá una extensión máxima de doscientas líneas y podrá presentarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». [del 15 de Mayo al 14 de Junio de 2010, a.i.]