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jueves, 21 de abril de 2011

12 becas en la especialidad profesional marítima para alumnos de las escuelas de Ingeniería Naval o Ingeniería Naval y Oceánica.

Becas
Ministerio de Fomento. Orden FOM/991/2011, de 24 de marzo, por la que se convocan becas en la especialidad profesional marítima para alumnos de las escuelas de Ingeniería Naval o Ingeniería Naval y Oceánica.
1. Objeto. La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, la concesión de 12 becas destinadas tanto para la formación teórica en materia de legislación y gestión de las actividades marítimas como para la formación práctica en materia de seguridad, inspección y control de la flota, para los alumnos que cursan estudios universitarios de Ingeniería Naval o Ingeniería Naval y Oceánica.
Dicha formación teórico/práctica se impartirá en las distintas Capitanías Marítimas, órganos dependientes de la Secretaría General de Transportes a través de la Dirección General de la Marina Mercante, durante los meses de julio, agosto y septiembre del presente año, tanto en las dependencias de las Capitanías Marítimas, como, ocasionalmente, mediante visitas a buques, astilleros o diques.
2. Dotación de las becas. Las becas serán otorgadas por la Dirección General de la Marina Mercante. La cuantía de la beca será de 2.700,00 euros, que se abonará mediante pago único.
3. Requisitos de los beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Orden aquellas personas físicas que, no estado inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, reúnan las condiciones establecidas en la Orden FOM/1701/2007, de 30 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en la especialidad profesional marítima para alumnos de las escuelas de Ingeniería Naval o Ingeniería Naval y Oceánica, y que estén matriculadas en el curso académico 2010-2011.
5. Duración de las becas. La duración de las becas se extenderá durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2011, sin que exista posibilidad de prórroga.
6. Características del desarrollo de las becas. El desarrollo de las actividades de formación para las que se convocan estas becas exige, como requisito indispensable, la presencia física de los becarios en las Capitanías Marítimas que se determinen para cada una de las becas.
10. Formalización de solicitudes. Las solicitudes, ajustadas al modelo que figura en el anexo I de esta Orden, serán dirigidas al Director General de la Marina Mercante. En las mismas se hará constar un máximo de cinco Capitanías Marítimas, por orden de prelación, de las relacionadas en el anexo II, donde quieren realizar sus prácticas.
Dichas solicitudes se presentarán en el Registro de la Dirección General de la Marina Mercante, en cualquier Capitanía Marítima o Distrito Marítimo, o en cualesquiera de los lugares relacionados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».{del 22 de abril al 11 de mayo de 2011, a.i.}

viernes, 11 de marzo de 2011

1 Beca de Formación ( de Biblioteconomía y Archivística) para el Archivo y las Bibliotecas Municipales de Alcoi.

AYUNTAMIENTO ALCOY.
-BASES DE LA CONVOCATORIA DE UNA BECA DE FORMACIÓN PARA EL ARCHIVO Y LAS BIBLIOTECAS MUNICIPALES DE ALCOY página 13
Se procede a la convocatoria de una Beca de Formación de diplomados o licenciados en Biblioteconomía y Documentación u otros licenciados con experiencia acreditada en archivos o bibliotecas o que cuenten con estudios de postgrado relacionados con estas especialidades. En su consecuencia el Ayuntamiento de Alcoy, convoca una Beca de Formación de Biblioteconomía y Archivística, correspondiente al año 2011.
BASES DE LA CONVOCATORIA.
1. La duración de la Beca será de 8 meses y la dotación económica de 625,00 € mensuales, por un total de 5.000’00€ aplicables a la partida 09146.33200.48220 «Becas Prácticas Biblioteca» del Presupuesto Municipal de 2011. El becario desarrollará su actividad del 3 de mayo al 31 de diciembre de 2011, fecha en la que concluirá el disfrute de la presente beca. El ingreso se realizará mensualmente a no ser por renuncia expresa de la beca. En tal caso, se abonará el prorrateo por los días reales de cumplimiento de la beca previo informe del director del Archivo Municipal.
2. El becario realizará las tareas específicas de la Beca en las dependencias del Archivo Municipal y en las diferentes Bibliotecas Municipales.
3. La Beca convocada se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la Comunidad Autónoma Valenciana.
b) Haber finalizado la licenciatura, diplomatura o estudios de postgrado, como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la convocatoria de la Beca (2007-2008, 2008-2009 y 2009-2010).
c) Sólo podrá ser otorgada la Beca a un aspirante que haya disfrutado anteriormente de la misma, en caso de no haber ningún otro aspirante que reúna los requisitos que se exigen.
d) Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social.
e) Declaración responsable de no encontrarse en ninguna de las circunstancias que le impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas establecidas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
4. Las solicitudes serán remitidas mediante instancia al Ayuntamiento de Alcoy, en la sede del mismo, sito en Plaça d’Espanya, 1; 03801 Alcoy (Alicante), indicando «Beca de Formación Archivo y Bibliotecas Municipales». Dichas solicitudes se presentarán en el Ayuntamiento de Alcoy (Registro General, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común). Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede municipal.
1) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Se dará publicidad de esta convocatoria a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcoy, y mediante anuncio que se insertará en el diario local. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. {del 12 al 30 de marzo de 2011, a.i.}. www.alcoi.org

domingo, 6 de marzo de 2011

beca de formación para titulados superiores universitarios en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública.

Becas
Resolución de 2 de febrero de 2011, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la convocatoria de beca de formación para titulados superiores universitarios en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública.
PDF (BOE-A-2011-4183 - 5 págs. - 269 KB)
Otros formatos
Objeto.–La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, una beca destinada a titulados superiores universitarios, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo a las que se realicen en el Organismo.
Dotación de las becas.2. La cuantía individual de la beca será de 1.300,00 euros mensuales, estimándose el importe total para 2011 en 11.700,00 euros.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Resolución todas aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún país miembro de la Unión Europea, que se encuentren en el plazo de presentación de solicitudes en posesión del título de Doctor, Licenciado o Grado en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública, expedido, dentro de los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria, por las Universidades españolas o extranjeras, en este último caso si se encuentra debidamente homologado por el Ministerio de Educación.
Duración de las becas.–El disfrute de la beca concluirá el día 31 de diciembre de 2011, pudiendo prorrogarse una vez como máximo, por período de un año.
Formalización de solicitudes.- 1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como Anexo I, se dirigirán al Director del INAP y podrán presentarse en el Registro General del INAP (c/ Atocha, 106, 28012 Madrid) o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo se podrá tramitar la solicitud de forma electrónica en la página web del INAP (https://servicios.inap.es/becas/relacionbecas.aspx), para lo que será necesario disponer del DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico reconocido, admitido por las Administraciones Públicas.
El INAP facilitará información sobre la convocatoria en el Centro de Publicaciones, en el teléfono 91.273.92.42/91.62, por correo electrónico: becas@inap.es y a través de la página web: www.inap.es.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 6 al 21 de marzo de 2011, a.i.}

sábado, 4 de diciembre de 2010

4 becas de formación en la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Becas
Resolución de 23 de noviembre de 2010, de la Secretaría General de Industria, por la que se convocan becas de formación en la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa.
PDF (BOE-A-2010-18543 - 4 págs. - 181 KB)
Otros formatos
Primero.–Convocar cuatro becas de formación para titulados superiores. Los becarios se formarán en las tareas que determine la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa sobre aspectos relativos a la pequeña y mediana empresa, su estudio y análisis, su financiación, su internacionalización, su acceso a la innovación, las políticas públicas de apoyo y promoción a este colectivo, la creación de empresas y, en general, sobre todas aquellas materias en las que el Centro Directivo tiene competencias.
Los trabajos de formación se realizarán entre el 1 de marzo de 2011 y el 30 de diciembre de 2011, ateniéndose al régimen de funcionamiento de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Cada beca estará dotada con una cantidad de 11.842 euros.
Tercero.–Los interesados deberán enviar a la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa la siguiente documentación:
a) Solicitud formulada de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se ofrece modelo no obligatorio de solicitud en el Anexo I.
b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
c) Copia compulsada del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos de expedición.
d) Certificación académica personal.
e) Currículum Vitae del solicitante relacionando los estudios cursados, y en su caso, experiencia profesional y publicaciones realizadas.
f) Documentos acreditativos de los méritos que se aleguen.
g) Escrito explicando el motivo que le induce a solicitar la beca y los objetivos perseguidos.
No será precisa la aportación de certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, si el solicitante manifiesta expresamente su consentimiento para que sus datos sean recabados por la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa, mediante el modelo de autorización que figura en el Anexo II. En caso de no prestar consentimiento, el becario adjudicatario en el momento de la aceptación de la beca deberá aportar ambos certificados.
La documentación deberá presentarse, con anterioridad a la fecha del 1 de enero de 2011, en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, P.º de la Castellana, 162, 28046 Madrid, o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

jueves, 4 de noviembre de 2010

1 Beca de Formación en MUSEOGRAFÍA Y MUSEOLOGÍA para el Museu Arqueològic Municipal d' Alcoi (Convocatoria 2011)

AYUNTAMIENTO ALCOY. -BASES DE LA CONVOCATORIA DE UNA BECA DE FORMACIÓN DE MUSEOGRAFÍA Y MUSEOLOGÍA PARA EL MUSEU ARQUEOLÒGIC MUNICIPAL DE ALCOY (CONVOCATORIA 2011) pàgina 28
1. Objeto.- Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de una subvención en régimen de concurrencia competitiva destinada a licenciados en Historia para formación de Museografía y Museología durante el año 2011.
2. Crédito presupuestario.- Para la financiación de las presentes bases se establece la cantidad máxima de 8.200 €.
La duración de la Beca será de 12 meses. Los becarios iniciarán su actividad del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011, fecha en la que concluirá el disfrute de la presente beca.
3. Beneficiarios.- Tendrán la consideración de beneficiarios los licenciados en Historia.
4. Requisitos.- Para participar en la presente convocatoria de beca los diversos aspirantes a la misma deberán reunir los siguientes requisitos y acreditarlos documentalmente:
g) Ser español y residir en territorio de la Comunidad Autónoma Valenciana.
h) Haber finalizado la licenciatura en Historia o Geografía e Historia, como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la convocatoria de la Beca (2007-2008; 2008-2009; 2009-2010).
i) Sólo podrá ser otorgada la Beca a un aspirante que haya
disfrutado anteriormente de la misma, en caso de no haber
ningún otro aspirante que reúna los requisitos que se exigen.
j) Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.
5. Lugar y plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes serán remitidas mediante instancia al Ayuntamiento de Alcoy, en la sede del mismo, sito en Plaça d’Espanya, 1; 03801 Alcoy (Alicante), indicando «Beca de Formación, Museo Arqueológico». Dichas solicitudes se presentarán en el Ayuntamiento de Alcoy (Registro General, o por cualesquiera de los procedimientos establecidos en el Artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común). Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede municipal.
1) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 5 al 22 de Noviembre de 2010, a.i.} Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente, también se efectuará la publicación de las presentes bases en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento de Alcoy (www.ajualcoi.org).

8 becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior. SOIVRE.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Becas
Resolución de 29 de octubre de 2010, de la Secretaría de Estado de Comercio Exterior, por la que se convocan para el año 2011 becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior.
PDF (BOE-A-2010-16940 - 5 págs. - 254 KB)
Otros formatos
Convocatoria.–Se convocan en régimen de concurrencia competitiva 8 becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior, con arreglo a las bases reguladoras establecidas por la Orden ITC/2438/2009, de 10 de septiembre.
Objeto de las becas.–El objeto de las becas convocadas es completar la capacitación profesional de titulados universitarios superiores en disciplinas relacionadas con el control analítico y facilitar así su incorporación al mercado laboral, para que éste disponga de especialistas en análisis de productos objeto de comercio exterior, a través de las asignaciones presupuestarias aprobadas al efecto para el ejercicio 2011.
Requisitos de los solicitantes.–Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos antes de que finalice el plazo de presentación de las solicitudes:
a) Estar en posesión de la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Grado o Licenciado en Ciencias Químicas, Biológicas, Farmacia, Veterinaria, Ingeniería Superior o cualquier otra titulación universitaria superior relacionada con las Ciencias experimentales. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos.
c) Acreditar experiencia práctica de laboratorio y en sistemas de calidad en laboratorios de ensayo, valorándose de manera especial la adquirida en las siguientes técnicas analíticas:
Cromatografía de gases (todos los destinos).
Cromatografía de líquidos de alta resolución [Alicante, Murcia, Sevilla, Santa Cruz de Tenerife, Vilamalla (Gerona) y Vigo (Pontevedra)].
Espectrometría UV-VIS [Alicante, Bilbao, Madrid, Murcia, Sevilla, y Vigo (Pontevedra)].
Espectrometría de absorción atómica [Alicante, Sevilla, y Vigo (Pontevedra)].
Electroforesis [Vigo (Pontevedra)].
d) Se considerarán méritos específicos adicionales los conocimientos de inglés técnico y de informática a nivel de usuario, así como la realización de cursos formativos sobre técnicas analíticas.
e) Posibilidad de dedicación completa a las tareas a desempeñar como contrapartida de la beca.
f) No estar incursos en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dotación.–Cada beca estará dotada con una cantidad de 1.234,96 euros mensuales brutos.
Destinos.–Los becarios serán destinados a los laboratorios de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio de las localidades que se señalan a continuación y de acuerdo con el número de becas convocadas:
Destino Número becas
Alicante . 1
Murcia . 1 Sevilla . 1
Santa Cruz de Tenerife . 1
Vilamalla (Girona) . 1
Castellón . 1
Vigo (Pontevedra) . 2
Duración.–El periodo de duración de las becas será de un año natural, desde el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011.
Tribunal de selección.–El Tribunal de selección tendrá su sede en las dependencias de la Secretaría de Estado de Comercio Exterior que a continuación se indican:
Centro Analítico de Inspección y Control de Calidad de Comercio Exterior (SOIVRE). Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Calle Bernardino Obregón, 23, 28012 Madrid.
Teléfono: 915276736. Fax: 915300595.
Órganos competentes.–El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento será la Subdirección General de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior, de la Dirección General de Comercio e Inversiones.
El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Secretaría de Estado de Comercio Exterior.
Solicitudes.–Los interesados enviarán a la sede del Tribunal de selección, dentro del plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»{del 5 al 27 de Noviembre de 2010, a.i.}

147 becas de formación en los distintos campos educativos desarrollados por las unidades dependientes del Departamento de Educación para el 2011.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Becas
Orden EDU/2832/2010, de 27 de octubre, por la que se convocan becas de formación en los distintos campos educativos desarrollados por las unidades dependientes del Departamento de Educación para el 2011.
PDF (BOE-A-2010-16930 - 27 págs. - 444 KB)
Otros formatos
Convocatoria.- 1. Se convocan 147 becas de formación en régimen de concurrencia competitiva, en el Ministerio de Educación para el año 2011, de las cuales:
20 serán de formación en observación y diseño de cualificaciones profesionales,
9 en documentación y legislación educativa,
26 en investigación e innovación educativa y
60 en tecnologías de la información y la comunicación aplicadas a la educación,
14 en documentación y área de archivo,
18 en evaluación y estadísticas educativas.
Objeto y duración.- 1. El objeto de la beca es la formación en los diferentes ámbitos aplicados a la educación, tanto en su dimensión teórica como a través de su participación y colaboración en las tareas que le sean encomendadas en las unidades administrativas donde se realice su proceso de formación.
2. Las becas de formación tendrán una duración de hasta doce meses. No obstante, el titular de la Dirección General competente podrá acordar la continuación de la formación del becario si las exigencias formativas del proyecto así lo aconsejen y lo solicitase la unidad administrativa respectiva de manera justificada hasta un máximo total de 36 meses. Para ello será necesario el informe favorable de la persona que haya ejercido la tutoría de la beca de formación.
Requisitos de los candidatos.- 1. Podrán solicitar la beca de formación aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ostentar la nacionalidad española, o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea con perfecto dominio de la lengua española y residencia en España en el momento de su incorporación al disfrute de la beca.
b) Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca y haberla obtenido con posterioridad al 1 de enero de 2006.
A los efectos de esta convocatoria, los estudiantes universitarios que hayan finalizado los tres primeros cursos de una carrera superior, tienen la consideración de titulados de grado medio, pudiendo, por tanto, participar en ella. Los títulos obtenidos fuera de España deben estar homologados oficialmente.
2. Con objeto de facilitar a los candidatos que concursan a la beca según sus titulaciones, se han establecido unos perfiles en cada una de la unidades cuya titulación tendrá relación con la especialidad adecuada a la beca o becas que se soliciten y se valorará según el grado de idoneidad detallado en el anexo I.
Presentación de solicitudes, subsanaciones, notificaciones y plazo de presentación.- 1. Cumplimentación de solicitudes: quienes, reuniendo las condiciones exigidas, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación https://sede.educacion.gob.es sección «Trámites y Servicios» y una vez ahí «Becas, Ayudas y Subvenciones».
2. Una vez cumplimentada y confirmada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva en formato electrónico:
a) Si se posee el DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida (http://www.dnielectronico.es/seccion_aapp/rel_autoridades.html), se podrá completar el proceso de registro de la solicitud a través de la vía electrónica disponible conforme a lo dispuesto en la Orden EDU/947/2010, de 13 de abril, por la que se crea y regula el citado Registro.
b) En caso contrario, una vez cumplimentada la solicitud telemática y adjuntada toda la documentación preceptiva en formato informático, se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel con el fin de, una vez firmado por el solicitante, poder presentarse en el registro del Ministerio de Educación (calle Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid) o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente.
3. Cada aspirante podrá optar por tres perfiles de becas, presentando una solicitud por cada una de ellas, con indicación del orden de preferencia en caso de resultar seleccionado en varios perfiles.
4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».{del 5 al 24 de Noviembre de 2010, a.i.}
La dotación íntegra anual de cada proyecto de formación será de 12.324 euros y se distribuirá en doce meses por importe de 1.027 euros por cada mes de duración.
ANEXO I
Tipos de becas y criterios generales de valoración de méritos

12 becas para la formación práctica de archiveros, biliotecarios y documentalistas. Congreso de los Diputados.

CORTES GENERALES
Becas
Acuerdo de 19 de octubre de 2010, de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria de ( 12 ) becas para la formación práctica de archiveros, biliotecarios y documentalistas.
Objeto y condiciones.-1. El Congreso de los Diputados convoca doce becas individuales para la formación práctica de licenciados en actividades archivísticas, bibliográficas y documentales y con las publicaciones de la Cámara. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo, por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y por el Departamento de Edición Oficial y Tratamiento. Los estudios y trabajos realizados quedarán de propiedad del Congreso de los Diputados.
2. De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 1. b) de la base séptima, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el supuesto de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.
Duración y cuantía.- 1. Cada una de las doce becas tendrá una duración de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2011.
2. La cuantía total de la beca será de doce mil seiscientos (12.600) euros brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de 1.050 euros y que estarán sujetos a las retenciones que proceda.
3. El Congreso de los Diputados contratará un seguro de accidentes y enfermedad para cada uno de los becarios por el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuvieran cubiertas estas contingencias, y dentro de las condiciones propias de este tipo de contratos.
Condiciones de los solicitantes.- 1. Pueden solicitar la concesión de la beca los licenciados universitarios españoles que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión de un título universitario de segundo ciclo o Licenciado expedido por Universidades españolas u homologado por el Ministerio de Educación, en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, según el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales (Anexo al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre).
b) Haber obtenido dicho título en el año académico 2005-2006 o años posteriores.
c) Acreditar una preparación teórica en materias archivísticas, bibliotecarias o documentales, durante al menos 200 horas lectivas.
d) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca del Congreso de los Diputados de las mismas características.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad territorial.
Solicitudes.- 1. Las solicitudes se ajustarán, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como anejo I de la presente convocatoria y se presentarán en el Departamento de Documentación del Congreso de los Diputados, calle Floridablanca, sin número, 28071 Madrid, en horario de 9:30 a 14:00 horas, de lunes a viernes, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo para la presentación de instancias será de veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 5 al 24 de Noviembre de 2010, a.i.}
página Web de la Cámara (http://www.congreso.es)

miércoles, 3 de noviembre de 2010

5 becas de formación de postgrado en la Subdirección General de Deporte y Salud para el año 2011. Consejo Superior de Deportes.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Becas

Resolución de 20 de octubre de 2010, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan becas de formación de postgrado en la Subdirección General de Deporte y Salud para el año 2011.
PDF (BOE-A-2010-16852 - 8 págs. - 212 KB)
Otros formatos
Objeto de la Convocatoria.—El objeto específico de la convocatoria es la concesión de cinco becas para la formación teórica y práctica de postgrado en las actividades que se realizan en el Centro de Medicina del Deporte (dos becas para Licenciados en Medicina o Medicina y Cirugía y una beca para Licenciados en Psicología) y en el Servicio de Documentación (2 becas), unidades adscritas a la Subdirección General de Deporte y Salud.
Requisitos de los candidatos.—1. Podrán solicitar las becas convocadas en la presente resolución las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea o pertenecer a un Estado signatario del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo. Ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca y poseer plena capacidad de obrar.
b) Los candidatos de las becas de formación de postgrado en el Centro de Medicina del Deporte deberán estar en posesión de una de las siguientes titulaciones:
Licenciatura en Medicina.
Licenciatura en Medicina y Cirugía.
Licenciatura en Psicología.
Por su parte, los candidatos de las becas de formación de postgrado en el Servicio de Documentación deberán estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
Diplomatura en Biblioteconomía y Documentación.
Licenciatura en Documentación.
Grado en Información y Documentación.
Licenciatura o Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
Licenciatura o Grado en Sociología.
Grado en Sociología Aplicada.
c) La fecha de finalización de los estudios solicitados no podrá ser anterior al curso académico 2006/2007. También se podrán solicitar las becas destinadas al Centro de Medicina del Deporte si, actualmente, se encuentran matriculados en la especialidad de Medicina de la Educación Física y el Deporte o la han finalizado con posterioridad al curso académico 2006/2007.
2. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos previamente a la resolución definitiva de la convocatoria. En su caso, en el momento de la solicitud, el solicitante podrá justificar documentalmente que la convalidación o el reconocimiento pertinente se encuentra en proceso de trámite.
3. Los candidatos de los países de la Unión Europea o que pertenezcan a un Estado signatario del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, deberán acreditar dominio suficiente de la lengua española para el desempeño correcto de las funciones y tareas a las que se refieren los apartados quinto y sexto de la presente convocatoria.
4. No podrán obtener la condición de beneficiario los candidatos en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
La duración de las becas se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2011.
La cuantía de cada beca será de 14.400,00 euros anuales íntegros, divididos en doce mensualidades.
Formalización de las solicitudes.—1. El modelo de solicitud y currículum vitae se encontrará disponible en la página web del Consejo Superior de Deporte www.csd.gob.es/ Sede Electrónica/ Catálogo de trámites/Trámite 055078.
La presentación de solicitudes podrá realizarse en soporte papel o por vía telemática.
La presentación en soporte papel podrá realizarse personalmente o por correo ordinario. Se dirigirá a la Dirección General de Deportes, deberá ser firmada por el solicitante, y se presentará en el registro general del Consejo Superior de Deportes, calle Martín Fierro, s/n, 28040 Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de LRJPAC.
La presentación por vía telemática se llevará a cabo ante el Registro Electrónico del CSD regulado por Resolución de 24 de junio de 2009 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, en la dirección electrónica: www.csd.gob.es (Sede Electrónica).
Plazo de presentación y subsanación de documentos.—1. El plazo de presentación de instancias se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado y finalizará transcurridos 20 días naturales. {del 4 al 23 de Noviembre de 2010, a.i.}

lunes, 25 de octubre de 2010

6 becas de formación en Museografía, Museología y Biblioteconomía,

COLEGIO OFICIAL DE DOCTORES Y LICENCIADOS FILOSOFIA Y LETRAS Y CIENCIAS ALICANTE.
-BASES CONVOCATORIA CUATRO DE FORMACIÓN EN MUSEOGRAFÍA Y MUSEOLOGÍA Y DOS DE FORMACIÓN BIBLIOTECONOMÍA página 71
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera.- Es objeto de las presentes Bases regular la convocatoria para la concesión de seis becas de formación en Museografía, Museología y Biblioteconomía, mediante la colaboración de la Excma. Diputación Provincial en el Fondo de Becas del Colegio de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Alicante, para su programa de promoción y apoyo a los licenciados en las titulaciones de Historia; Historia del Arte; Geografía e Historia; Humanidades; Documentación; y diplomados en Biblioteconomía y Documentación, a fin de que tales titulados universitarios completen y perfeccionen su formación en tareas museográficas en el Museo Arqueológico Provincial de Alicante, tales como las de registro, control de ingresos, inventariado, catalogación, conservación, exposición de material, etc., así como en aquellas referentes a los distintos aspectos museísticos y de bibliotecas.
Cuarta.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, sita en Alicante, en la avenida de Salamanca, número 7, entresuelo, de lunes a viernes, de 11.00 a 13.30 y de 16.30 a 19.00 horas.
Tales formularios de solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 26 de Octubre al 12 de Noviembre de 2010, a.i.} Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión del plazo, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio Oficial, de la Universidad de Alicante, de la Universidad Miguel Hernández y de la Diputación Provincial y, también al menos, en uno de los diarios locales de mayor difusión de la provincia.

jueves, 22 de julio de 2010

ayudas o becas de formación de titulados universitarios superiores en Derecho Constitucional, Ciencia Política y otras áreas de interés para el CEPC

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Ayudas

Orden PRE/1982/2010, de 15 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de ayudas o becas de formación de titulados universitarios superiores en Derecho Constitucional, Ciencia Política y otras áreas de interés para el organismo.
PDF (BOE-A-2010-11718 - 5 págs. - 189 KB)
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1. Objeto.-La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de las ayudas o becas que se concedan, en régimen de concurrencia competitiva, por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), para la formación de titulados universitarios superiores en Derecho Constitucional, Ciencia Política y otras áreas de interés para el organismo.
2. Requisitos de los beneficiarios.-Podrán ser beneficiarios de las ayudas o becas previstas en la presente Orden las personas físicas que se encuentren en la situación que fundamente su concesión o en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la respectiva convocatoria y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. Procedimiento de concesión.-1. Las ayudas o becas serán concedidas de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
2. El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública, adoptada por resolución de la Dirección del CEPC y publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en la que se hará mención expresa de la Ley General de Subvenciones, y de la presente Orden.
4. Convocatorias.- En la convocatoria figurarán, como mínimo, los siguientes extremos:
a) La referencia a las presentes bases reguladoras con indicación del «Boletín Oficial del Estado» en que se publican, así como la normativa complementaria que pudiera serle de aplicación.
b) Los créditos presupuestarios del CEPC a los que se imputarán las ayudas o becas y la cuantía total máxima de las convocadas dentro de los créditos disponibles, o en su defecto, la cuantía estimada de cada una.
c) Objeto, condiciones, duración y finalidad de las ayudas o becas.
d) Número máximo de subvenciones a conceder.
e) Expresión de que la concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva.
f) Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
g) Indicación de los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
h) Plazo de presentación de solicitudes, siendo de aplicación las previsiones del artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
...

jueves, 15 de julio de 2010

3 becas de formación titulados superiores INAP: Biblioteconomía y Documentación, Tecnologías de la Información, y Administraciones Públicas.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Becas
Resolución de 6 de julio de 2010, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la convocatoria de beca de formación para titulados superiores universitarios en Biblioteconomía y Documentación.
PDF (BOE-A-2010-11276 - 6 págs. - 270 KB)
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Objeto.–La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, una beca destinada a titulados superiores universitarios en Biblioteconomía y Documentación. Requisitos de los beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de la beca las personas de nacionalidad española o nacionales de algún país miembro de la Unión Europea que se encuentren en posesión del título superior en Biblioteconomía y Documentación, expedido por las Instituciones académicas españolas o debidamente homologado por el Ministerio de Educación dentro de los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Resolución de 6 de julio de 2010, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la convocatoria de beca de formación para titulados superiores universitarios en materias relacionadas con las Administraciones Públicas.
PDF (BOE-A-2010-11277 - 6 págs. - 251 KB)
Otros formatos
Objeto.–La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, una beca destinada a titulados superiores universitarios en materias relacionadas con las Administraciones Públicas.
Requisitos de los beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de la beca las personas de nacionalidad española o nacionales de algún país miembro de la Unión Europea que se encuentren en posesión del Título de Doctor, Máster, Graduado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, expedido por las Instituciones académicas españolas o debidamente homologado por el Ministerio de Educación dentro de los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria, valorándose especialmente la relación de los estudios acreditados en materia de Administraciones Públicas.

Resolución de 6 de julio de 2010, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la convocatoria de beca de formación para titulados superiores universitarios en materias relacionadas con las Tecnologías de la Información.
PDF (BOE-A-2010-11278 - 6 págs. - 253 KB)
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Objeto.–La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, una beca destinada a titulados superiores universitarios en materias relacionadas con las Tecnologías de la Información.
Requisitos de los beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios de la beca las personas de nacionalidad española o nacionales de algún país miembro de la Unión Europea que se encuentren en posesión del título de Doctor, Máster, Graduado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, expedido por las Instituciones académicas españolas o debidamente homologado por el Ministerio de Educación dentro de los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria, valorándose especialmente la relación de los estudios acreditados en materia de Tecnologías de la Información.

DISPOSICIONES COMUNES:
Dotación de las becas.-1. La beca, así como la póliza del seguro de enfermedad y accidentes corporales, ...
2. La cuantía individual de la beca será de 1.300,00 euros mensuales, estimándose el importe total para 2010 en 5.200,00 euros. Se abonará por mensualidades vencidas y en todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Duración de las becas.–El disfrute de las becas concluirá el 31 de diciembre de 2010, pudiendo prorrogarse dos veces como máximo, por períodos de un año cada vez. La concesión de prórroga estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias.
Formalización de solicitudes.-1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como anexo I, se dirigirán a la Directora del INAP y podrán presentarse en el Registro General del INAP (calle Atocha, 106, 28012 Madrid) o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo se podrá tramitar la solicitud de forma electrónica en la página web del INAP (https://servicios.inap.es/becas/relacionbecas.aspx), para lo que será necesario disponer de un certificado electrónico válido de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o DNI electrónico.
El INAP facilitará información sobre la convocatoria en el Centro de Publicaciones, en el teléfono 91 273 92 42, por correo electrónico en la dirección becas@inap.es y a través de la página web del INAP, donde también se expondrán las bases de la convocatoria, el modelo de solicitud y el fallo de la Comisión de Valoración.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.{del 16 al 30 de Julio de 2010, a.i.}

jueves, 10 de junio de 2010

2 becas de Formación y Colaboración en la Biblioteca Central. Ajuntament de Mislata (L'Horta-València)

Ayuntamiento de Mislata. Concejalía de Cultura
Anuncio del Ayuntamiento de Mislata sobre la convocatoria de dos becas de formación y colaboración en la Bibiblioteca Central de Mislata.(página 62)
El Ayuntamiento de Mislata ha aprobado por Decreto nº 1638/10, de 01 de junio, las bases para la convocatoria de dos becas de Formación y Colaboración en la Biblioteca Central.
Las Bases que regulan la convocatoria se encuentran a disposición de los interesados en la página web municipal: www.mislata.es , así como en la Biblioteca Central y el Centro Cultural de Mislata.
El período de disfrute de las becas será del 1 de septiembre de 2010 al 31 de julio de 2011.
La dotación bruta mensual de cada una de las becas será de seiscientos euros (600€), con una dedicación de 25 horas semanales.
El plazo de presentación de solicitudes, junto a la documentación requerida en las Bases, será de 15 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el B.O.P.{del 11 al 25 de Junio de 2010, a.i.}
La presentación de solicitudes, junto a los documentos requeridos en las Bases, se efectuará en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, , o por cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

miércoles, 9 de junio de 2010

14 becas de formación de personal investigador, en el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX)

MINISTERIO DE FOMENTO. Becas. Resolución de 14 de mayo de 2010, del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), por la que se convocan becas de formación de personal investigador en actividades y materias de la competencia de dicho organismo.
Objeto.–La presente resolución regula la convocatoria correspondiente al año 2010 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo a los principios de igualdad, mérito y capacidad de 14 becas en la modalidad de formación de personal investigador. El objetivo que se persigue con estas becas es contribuir a la promoción y desarrollo de estudios, experimentaciones e investigaciones en el ámbito de las obras públicas y demás realizaciones propias de la ingeniería civil, la edificación y el medio ambiente asociado, mediante el otorgamiento de una ayuda económica destinada a la realización de tesis doctorales en las materias de los ámbitos señalados.
Las labores formativas de estudios, experimentación e investigación se desarrollarán en los diferentes Centros o Laboratorios del CEDEX. En el Anexo II de esta convocatoria se relacionan las líneas temáticas y los Centros y Laboratorios específicos bajo cuya supervisión y dirección se realizarán las actividades asociadas a cada una de las becas.
El régimen de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se corresponde con lo dispuesto en el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero (BOE del 3 de febrero), por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.
Requisitos de los beneficiarios.–Podrán optar a las becas convocadas por la presente Resolución aquellas personas físicas que, teniendo plena capacidad para obrar y no estando incursas en ninguna de las prohibiciones que, para ser beneficiario de subvenciones, establece el artículo 13.2 de la Ley Ge neral de Subvenciones, reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España con permiso de trabajo en el momento de solicitar la beca y dominio del idioma español.
b) Estar en posesión del título de Licenciado o Ingeniero Superior. La fecha de finalización de los estudios correspondientes deberá ser posterior a junio de 2005.
También podrán solicitar las becas los titulados cuya fecha de finalización de sus estudios sea posterior a junio de 2002 y acrediten que, entre esa fecha y junio de 2005, se han dedicado al cuidado de hijos menores de seis años.
c) Estar inscrito, o reunir los requisitos para ser admitido, en un programa de doctorado de una Universidad española en materias afines a las relacionadas en el apartado primero para la beca o becas por las que se opta. La no inscripción en el mismo durante el primer período habilitado por la Universidad para dicha inscripción tras la concesión de la beca, dará lugar al inicio del procedimiento de reintegro de la ayuda concedida.
d) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros universitarios privados españoles, deberán estar convalidados o reconocidos oficialmente en el momento de presentar la solicitud, o acreditarse documentalmente que la homologación se encuentra en tramitación.
Duración de las becas.-6.1 La duración de las ayudas será de 48 meses, contados a partir de la fecha de incorporación y se estructurará en dos periodos diferenciados de acuerdo con lo previsto en el Estatuto del Personal Investigador en Formación:
a) En el primero, con una duración de 24 meses, cuya finalidad primordial es facilitar el estudio y la formación del beneficiario, la ayuda revestirá las características de una beca y, durante el mismo, el personal investigador en formación deberá alcanzar la suficiencia investigadora por medio de la obtención del Diploma de Estudios Avanzados, DEA, o documento administrativo que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanzas adaptada al Espacio Europeo de Educación Superior.
Aunque el becario hubiera obtenido el DEA con anterioridad a la finalización de los dos primeros años de bec a, no accederá a la fase de contrato hasta que complete el período mínimo de dos años de beca.
b) En el segundo periodo, que comprenderá como máximo los dos años siguientes desde la finalización del periodo de beca, el CEDEX formalizará con el personal investigador en formación que esté en posesión del DEA, o documento administrativo que lo sustituya de acuerdo con la nueva estructura de enseñanzas adaptada al Espacio Europeo de Educación Superior, un contrato de trabajo en prácticas, en virtud del cual el investigador quedará vinculado laboralmente al Organismo, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que del mismo se deriven y que, en todo caso, se adecuarán al contenido de la solicitud de ayuda que tendrá por finalidad la realización de la tesis doctoral.
Dotación de las becas.-7.1 Durante el período de beca, la cuantía de las ayudas será de 1.148 euros mensuales brutos.
8.2 Lugar de presentación.–Cada solicitante presentará la documentación requerida junto con el impreso normalizado de solicitud que figura en Anexo I, dirigido al Director General del CEDEX, en cualquiera de los registros a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y preferentemente, por razones de mayor agilidad, en el Registro de entrada del CEDEX, sito en la calle Alfonso XII, 3 y 5, 28014 Madrid o en la oficina virtual del organismo.
8.3 Plazo de presentación.– El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 10 de Junio al 14 de Julio de 2010, a.i.}
página Web http://www.cedex.es/