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jueves, 14 de mayo de 2015

becas de auxiliares de conversación de lengua inglesa y francesa destinados a centros educativos sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2015/2016



1. Objeto. 1. La presente orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria, cofinanciada por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo, de becas para auxiliares de conversación en lengua inglesa y francesa para centros educativos sostenidos con fondos públicos.
2. Los auxiliares en lengua inglesa se podrán destinar en centros de educación infantil y primaria,
secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón y los auxiliares de lengua francesa se podrán destinar en centros de educación secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
5. Requisitos de los beneficiarios. Podrán optar a estas becas las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Auxiliares de lengua inglesa: haber nacido o tener nacionalidad o haber vivido al menos 3 años de los últimos 6 años en alguno de los siguientes países: Australia, Canadá, Estados Unidos, Gran Bretaña, Irlanda o Nueva Zelanda;
b) Auxiliares de lengua francesa: haber nacido o tener nacionalidad o haber vivido al menos 3 años de los últimos 6 años en alguno de los siguientes países: Bélgica o Francia;
c) Tener una titulación universitaria o estar cursando estudios universitarios durante el periodo de solicitud de la beca o encontrarse acogido a programas institucionales de movilidad universitaria durante el curso 2015-16
d) Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ("Boletín Oficial del Estado", número 276, de 18 de noviembre de 2003).
7. Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes. 1. Los interesados en optar a una de estas becas para auxiliares de conversación de lengua inglesa o francesa deberán cumplimentar la solicitud electrónicamente mediante el formulario disponible en la web "http://convocatorias.educa.aragon.es/ accesible desde la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org ).
2. Las solicitudes podrán presentarse en formato papel en los siguientes lugares:
a) El Registro General del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte sito en C/ Pablo Ruiz Picasso, número 65D, 1.ª planta;
b) El Registro del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza - C/Juan Pablo II, 20;
c) El Registro del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Huesca - Plaza Cervantes,1;
d) El Registro del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Teruel - C/San Vicente de Paúl, 3;
e) En las restantes dependencias del Registro del Gobierno de Aragón o
f) En cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.
3. Las solicitudes también podrán presentarse a través del Entorno de Tramitación Telemática del Gobierno de Aragón accesible desde www.aragon.es, de acuerdo con la Orden de 7 de febrero de 2014, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de los procedimientos administrativos de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente del departamento.
4. Las solicitudes deberán dirigirse al Director General de Política Educativa y Educación Permanente, C/ Pablo Ruiz Picasso, número 65D, 3.ª planta, 50018 Zaragoza.
5. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de esta orden.{del 14 al 30 de mayo de 2015, a.i.}

jueves, 8 de mayo de 2014

becas de auxiliares de conversación de lengua inglesa y francesa destinados a centros educativos sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015


DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE 
- ORDEN de 21 de abril de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan becas de auxiliares de conversación de lengua inglesa y francesa destinados a centros educativos sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014/2015 y, cofinanciadas por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo.. 
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1. Objeto. 1. La presente orden tiene por objeto la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria, cofinanciada por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo, de becas para auxiliares de conversación en lengua inglesa y francesa para centros educativos sostenidos con fondos públicos.
2. Los auxiliares en lengua inglesa se podrán destinar en centros de educación infantil y primaria, secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón y los auxiliares de lengua francesa se podrán destinar en centros de educación secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
7. Forma, lugar y plazo de presentación de solicitudes.
1. Los interesados en optar a una de estas becas para auxiliares de conversación de lengua inglesa o francesa deberán cumplimentar la solicitud electrónicamente mediante el formulario disponible en la web "http://www.catedu.es/convocatorias", accesible desde la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón ("http://www.educaragon.org").
2. Las solicitudes podrán presentarse en formato papel en los siguientes lugares:
a) El Registro General del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte sito en Avda. Gómez Laguna, 25, 6.ª planta; ...
3. Las solicitudes también podrán presentarse a través del Entorno de Tramitación Telemática del Gobierno de Aragón accesible desde "http://www.aragon.es", de acuerdo con la Orden de 7 de febrero de 2014, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de los procedimientos administrativos de la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente del departamento.
4. Las solicitudes deberán dirigirse al Director General de Política Educativa y Educación Permanente, Avda. Gómez Laguna 25, 2.ª planta, 50009 Zaragoza.
5. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de esta orden.{del 9 al 26 de mayo de 2014, a.i.}

viernes, 5 de julio de 2013

Intérpretes de conferencia de: lengua inglesa (EN), lengua francesa (FR), lengua rumana (RO), lengua eslovena (SL). Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)

OFICINA EUROPEA DE SELECCIÓN DE PERSONAL (EPSO).
CONVOCATORIA DE OPOSICIONES GENERALES
Intérpretes de conferencias de lengua inglesa (EN), de lengua francesa (FR), de lengua rumana (RO) y de lengua eslovena (SL)
(2013/C 193 A/01)   
Diari Oficial de la Unió Europea -C 193 A/3 Data: 04/07/2013

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza unas oposiciones generales con vistas a la constitución de una lista de reserva para la contratación de intérpretes de conferencias (*).
EPSO/AD/256/13 — Intérpretes de conferencia de lengua inglesa (EN) (grado AD 5)
EPSO/AD/257/13 — Intérpretes de conferencia de lengua francesa (FR) (grados AD 5 y AD 7)
EPSO/AD/258/13 — Intérpretes de conferencia de lengua rumana (RO) (grado AD 7)
EPSO/AD/259/13 — Intérpretes de conferencia de lengua eslovena (SL) (grados AD 5 y AD 7)
 
Estas oposiciones tienen por objeto la constitución de listas de reserva destinadas a cubrir puestos vacantes en las instituciones de la Unión Europea, en particular, en el Parlamento, la Comisión y el Tribunal de Justicia.
El Parlamento Europeo solo tomará parte en la oposición de lengua francesa del grado AD 7 y contratará, por tanto, únicamente a candidatos de esta lista.
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Antes de presentar su candidatura, lea atentamente la Guía para las oposiciones generales publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea C 270 A de 7 de septiembre de 2012 y en la página web de la EPSO. Dicha Guía, que forma parte integrante de la convocatoria de oposiciones, le ayudará a comprender las normas relativas a los procedimientos y las modalidades de inscripción.
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II. NATURALEZA DE LAS FUNCIONES. La función de intérprete de conferencias consiste en garantizar que las palabras pronunciadas durante las distintas reuniones se trasladen con precisión a una lengua oficial de la Unión Europea. Este trabajo puede implicar bien una interpretación simultánea, bien una interpretación consecutiva. Estas tareas incluyen el estudio previo de los temas de las reuniones y de los glosarios correspondientes.
La función de intérprete requiere un agudo sentido de la adaptación (reuniones frecuentes y sobre temas variados, horarios irregulares), la capacidad de entender problemas diferentes y, a menudo, complejos, de reaccionar rápidamente a circunstancias cambiantes y comunicar de manera eficaz. El intérprete debe ser capaz de trabajar frecuentemente de forma intensiva, tanto en solitario como en equipo, y de adaptarse a un entorno laboral multicultural. A lo largo de toda su carrera, deberá preocuparse por mejorar su capacidad profesional, incluido en el ámbito tecnológico. Además, se le podrá pedir que complete su combinación lingüística en función de las necesidades del servicio (3).
Para todas las instituciones, un conocimiento profundo de otras lenguas, además de las exigidas en la presente convocatoria de oposiciones, sería una ventaja (incluso si no son lenguas oficiales de la UE).
Por otra parte, se podrá pedir a los funcionarios intérpretes que evalúen la calidad de los agentes intérpretes de conferencias (AIC) y efectúen tareas administrativas relacionadas con la interpretación.
La función de intérprete de conferencias puede implicar numerosos desplazamientos profesionales
Para ser contratado por el Tribunal de Justicia, se exige un buen nivel de comprensión del francés escrito.
Para mayor información sobre los servicios de interpretación, véase la página web de las tres instituciones en cuestión: http://europa.eu/interpretation/index_fr.htm
(con excepción de los intérpretes del Tribunal de Justicia, cuyo trabajo se desarrolla principalmente en Luxemburgo).
III. CONDICIONES DE ADMISIÓN. En la fecha de cierre de la inscripción electrónica, deberá cumplir las siguientes condiciones generales y específicas:
1. Condiciones generales: 
a) Ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea. 
b) Estar en plena posesión de sus derechos civiles. 
c) Estar en situación regular respecto de las leyes de reclutamiento militar aplicables.  
d) Reunir las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas.
2. Condiciones específicas:
N.B.: No se considerará como experiencia en interpretación de conferencias la adquirida como intérprete ante los tribunales, intérprete de enlace, intérprete de empresas, intérprete social o ante los servicios públicos.
2.1. Titulación académica.
Bien a) Una formación completa en interpretación de conferencias acreditada por un título universitario equivalente a cuatro cursos académicos.
bien b) Un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de tres años como mínimo, acreditado por un título Y una formación en interpretación de conferencias acreditada por un certificado de aprovechamiento.
bien c) Un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de tres años como mínimo, acreditado por un título Y un año de experiencia profesional como intérprete de conferencias debidamente acreditada mediante documentos en que se indique claramente el número de jornadas de trabajo prestadas como intérprete de conferencias.
2.2. Experiencia profesional
Grado AD 5 . . No se requiere ninguna experiencia profesional, salvo para los candidatos a los que se refiere la sección III, apartado 2.1, letra c). Dicha experiencia se contará a partir del primer título de estudios superiores o título universitario exigido en el citado apartado.
Grado AD 7:  Experiencia profesional de nivel universitario de cuatro años como mínimo contados a partir del primer título universitario. En esta experiencia profesional deberán figurar, al menos, 100 jornadas de trabajo en interpretación de conferencias contados desde la fecha en que se cumpla el requisito establecido en la sección III, apartados 2.1, letras a), b) o c). En los citados cuatro años, no se tendrá en cuenta la formación en interpretación de conferencias acreditada por un título o un certificado de aprovechamiento o la experiencia profesional, debidamente acreditada, de un año como intérprete de conferencias [criterios que forman parte de las condiciones de admisión contempladas en la sección III, apartado 2.1, letras b) o c), anteriores].
VIII. CÓMO PARTICIPAR. Deberá inscribirse por vía electrónica, siguiendo el procedimiento indicado en la página web de la EPSO y, en particular, en las Instrucciones de inscripción.
Plazo (incluida la validación): 6 de agosto de 2013 a las 12.00 horas de la mañana (mediodía), hora de Bruselas
Si figura usted entre los candidatos admitidos en el Centro de Evaluación, deberá presentar (12) en dicho Centro su expediente de candidatura completo (impreso de candidatura electrónico firmado y justificantes) en el momento en que acuda al mismo.
Modalidades: véase el punto 6.1 de la Guía para las oposiciones generales.
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(12): La fecha de su convocatoria en el Centro de Evaluación le será comunicada a su debido tiempo a través de su cuenta EPSO.