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sábado, 28 de abril de 2018

ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2018.

BDNS(Identif.):395451.
De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios:
Empresas, sociedades cooperativas, comunidades de bienes, asociaciones y fundaciones, de entre 30 y 250 personas trabajadoras que por primera vez elaboren e implanten planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Segundo. Finalidad:
Elaboración e implantación de un plan de igualdad tendente a alcanzar en la entidad la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden SSI/1196/2013, de 25 de junio, publicada en el BOE de 28 de junio de 2013.
Cuarto. Importe:
La cuantía máxima de la subvención será 9.000 euros para cada entidad subvencionada.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.{del 29 de abril al 22 de mayo de 2018, a.i.}
Sexto. Lugar de presentación:
En la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (https://sede.msssi.gob.es/).

lunes, 18 de junio de 2012

ayudas a la pequeña y mediana empresa y otras entidades para la elaboración e implantación de planes de igualdad, correspondientes al año 2012.

1. Objeto. Por la presente Resolución se convoca para el año 2012 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a pequeñas y medianas empresas y entidades de entre 30 y 250 trabajadoras y trabajadores que elaboren e implanten planes de igualdad para el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
6. Presentación de solicitudes, plazo, documentación y subsanación de errores.
1. Presentación de solicitudes y plazo.
Solicitud: La solicitante de la subvención deberá ser la entidad o el/la representante legal de la entidad solicitante y se presentará en modelo normalizado según Anexo I de esta Resolución.
Las solicitudes, dirigidas a la Directora General para la Igualdad de Oportunidades, deberán presentarse en el Registro General del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Paseo del Prado, número 18 y 20, y en la Calle Alcalá, número 37, de Madrid) o en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo, LRJ-PAC).
Asimismo, de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se podrá presentar por vía electrónica, dirigiéndose a la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, cuya dirección es https://sede.msps.gob.es. Para la presentación de solicitudes por vía electrónica será necesario disponer de un certificado digital emitido por un prestador de servicios de certificación reconocido, que haya sido debidamente instalado y podrá, en todo caso y con carácter universal, utilizar los sistemas de firma electrónica incorporados al documento nacional de identidad.
Plazo de presentación de solicitudes: el plazo de presentación será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 19 de junio al 9* de julio de 2012,a.i.}

martes, 22 de marzo de 2011

Subvenciones a Ayuntamientos para: Bancos, Papeleras, e Implantación de Planes de Igualdad de Género de ámbito municipal.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
-BASES CONVOCATORIA CONCESIÓN DE BANCOS PARA MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE página 34
-BASES CONVOCATORIA CONCESIÓN DE PAPELERAS PARA MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE página 36

-CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD DE GÉNERO DE ÁMBITO MUNICIPAL. ANUALIDAD 2011 página 40

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Convocatoria para la concesión de subvenciones no dinerarias, consistentes en la entrega de Bancos, como equipamiento urbano, adquiridas por la Excma. Diputación Provincial para los municipios de la provincia.
«BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE BANCOS PARA LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE.-
Primera.-1.- Las presentes bases específicas, formuladas de conformidad con lo dispuesto en el art. 32 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, tienen por objeto regir la Convocatoria de subvenciones no dinerarias consistentes en la entrega a los Ayuntamientos de la provincia, de bancos adquiridos por la Excma. Diputación Provincial de Alicante como equipamiento de mobiliario urbano en sus respectivos términos municipales.
2.- La Convocatoria para la que se prevé una dotación económica de 40.000,00 Euros.

Convocatoria para la concesión de subvenciones no dinerarias, consistentes en la entrega de papeleras, como equipamiento urbano, adquiridas por la Excma. Diputación Provincial para los municipios de la provincia.
«BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE PAPELERAS PARA LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE.-
Primera.-1.- Las presentes bases específicas, formuladas de conformidad con lo dispuesto en el art. 32 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, tienen por objeto regir la Convocatoria de subvenciones no dinerarias consistentes en la entrega a los Ayuntamientos de la provincia, de papeleras adquiridas por la Excma. Diputación Provincial de Alicante como equipamiento de mobiliario urbano en sus respectivos términos municipales.
2.- La Convocatoria para la que se prevé una dotación económica de 30.000,00 Euros.
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3. - Plazo de presentación: El plazo de presentación será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día del plazo fuese domingo o festivo se trasladará al siguiente día hábil.{del 23 de marzo al 8 de abril de 2011, a.i.}

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA LA IMPLANTACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD DE GÉNERO DE ÁMBITO MUNICIPAL. ANUALIDAD 2011», de conformidad con las siguientes:
BASES.
PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes bases regular la concesión de subvenciones, a través del procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante con población de derecho inferior a 100.000 habitantes, para coadyuvar a los gastos derivados de los proyectos de elaboración y/o implantación de Planes de Igualdad de Género de ámbito municipal.
SEGUNDA.- CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS. Las subvenciones previstas en la presente convocatoria por una cuantía máxima de OCHENTA MIL EUROS (80.000 €), pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención sin que, en ningún caso, pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria.
TERCERA.- REQUISITOS DE LAS ENTIDADES LOCALES BENEFICIARIAS.- Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos que reúnan los requisitos siguientes:
1. Que el municipio pertenezca a la provincia de Alicante.
2. Que su población de derecho sea inferior a 100.000 habitantes.
CUARTA.- OBJETO DE SUBVENCIÓN.- Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad:
1.- La elaboración de un plan de igualdad de género de ámbito municipal, entendiendo por tal los trabajos de diagnóstico previo, la propia elaboración del plan y su posterior aprobación.
2.- La implantación de un plan de igualdad de género de ámbito municipal en aquellos ayuntamientos que ya dispongan del mismo.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por implantación la incorporación del plan como política normalizada de la entidad local, es decir, la creación y puesta en marcha de instrumentos y procedimientos para la incorporación del plan y la perspectiva de género en la organización interna de la entidad local.
En particular, podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos encaminados a incorporar la transversalidad de género en las políticas públicas del municipio a través de:
1. proyectos de formación del personal funcionario y/o laboral en «mainstreaming» de género;
2.
proyectos que garanticen la efectiva conciliación de la vida familiar y laboral del personal, funcionario y/o laboral, de la corporación municipal;
3.
proyectos de incorporación de la perspectiva de género en iniciativas que tengan en cuenta la singularidad e idiosincrasia del municipio solicitante.
4.
proyectos para la implantación de estadísticas desagregadas por sexo;
5.
proyectos para la aplicación del enfoque de género en los presupuestos municipales;
6.
proyectos para la aplicación de cláusulas de observancia de la igualdad en los pliegos y en los criterios de valoración de los contratos públicos;
7. proyectos para la implantación de lenguaje no sexista en los documentos administrativos;
SEXTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN.- El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.)[butlletí oficial de la província - alacant, 22 març 2011 - n.º 56]. En caso de que el último día del plazo fuese sábado o inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.{del 23 de Marzo al 26 de Abril de 2011, a.i.}