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jueves, 26 de octubre de 2017

profesores especialistas .[plaza 1: repertorio orquestal; plaza 2: repertorio con piano]  en el Conservatorio Superior de Música de Aragón.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
- ORDEN ECD/1588/2017, de 6 de octubre por la que se convoca selección complementaria de profesores especialistas en el Conservatorio Superior de Música de Aragón..
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Primero.- Objeto.
La presente orden tiene por objeto establecer para el curso académico 2017/2018, con carácter complementario a la Orden ECD/1180/2017, de 26 de julio, aquellas áreas o materias en las que podrán colaborar profesores especialistas y llevar a cabo la convocatoria para la selección de los mismos. Las áreas, materias y condiciones de estas plazas se recogen en el anexo I de esta orden.[plaza 1: repertorio orquestal; plaza 2: repertorio con piano] 
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 85/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el régimen jurídico de los profesores especialistas en los centros públicos educativos en la Comunidad Autónoma de Aragón, considerando la carga lectiva de las plazas convocadas, no es de aplicación el plazo establecido en el artículo 4.4 del Decreto 85/2003, de 29 de abril.
Segundo.- Solicitudes.
Los candidatos solicitarán su participación en el proceso de selección en el modelo de instancia que se incorpora en el anexo II.
En el supuesto de que solicite participar en más de un área o materia se presentará solicitud individual para cada una de ellas.
Tercero.- Plazo de presentación de las solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". {del 26 de octubre al 6* de noviembre de 2017, a.i.}
Las solicitudes se presentarán preferentemente en el registro del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, Parque Empresarial Dinamiza (Recinto Expo, Avda. Ranillas, 5) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todas las solicitudes irán acompañadas de la documentación correspondiente a los méritos alegados por los participantes.
Cuarto.- Requisitos de los candidatos.
1. Los profesores especialistas deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de su contratación o designación:
a) Conforme a lo establecido en el artículo 2.1.b) del Decreto 85/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, deben reunir los requisitos establecidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, acceso, adquisición de nuevas especialidades a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
b) A los profesionales no necesariamente titulados no se les exigirá el requisito de titulación establecido en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
c) A los profesionales no necesariamente titulados de nacionalidad extranjera no se les exigirá el requisito de titulación ni el de nacionalidad establecidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
d) Haber desempeñado de modo habitual y fuera del ámbito docente una actividad profesional remunerada relacionada con el campo educativo objeto de la contratación durante un periodo de al menos tres años dentro de los cinco anteriores a su contratación o designación. Con carácter excepcional y de forma motivada, se podrá contratar o designar profesionales de reconocida competencia que no cuenten con dicho periodo. A estos efectos la Administración podrá solicitar la acreditación de la competencia profesional por medio de documentos tales estudios, publicaciones, informes técnicos u otros de naturaleza análoga.
2. A efectos de lo previsto en el artículo 3 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, la impartición por parte de profesores especialistas de las áreas o materias incluidas en el sistema educativo que les estén atribuidos por la normativa vigente, tendrá la consideración de interés público.
3. En el supuesto de que un participante hubiera resultado seleccionado para más de una plaza, deberá optar, con carácter previo a su designación o contratación, por una de ellas.
Quinto.- Documentación a presentar.
1. Junto con la solicitud de participación, los interesados, adjuntarán la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI. Quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar una fotocopia del Número de Identificación de Extranjero (NIE) o fotocopia del correspondiente documento oficial de acreditación de identidad en el Estado de origen, vigente en el plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro estado con el que tengan dicho vínculo.
b) Curriculum vitae acompañado de fotocopia de toda la documentación justificativa que estime el aspirante.
c) Proyecto de trabajo relacionado con el área o materia en la que participa, redactado en un máximo de 20 folios a doble espacio y por una sola cara. Los aspirantes inscritos en más de un área o materia presentarán un Proyecto de trabajo por cada una de ellas.
d) Documentación justificativa del desempeño de modo habitual y fuera del ámbito docente de actividades profesionales remuneradas relacionadas con el campo educativo objeto de la contratación durante un periodo de al menos tres años dentro de los cinco anteriores a su contratación o designación.
2. La documentación presentada fuera del plazo establecido para la presentación de solicitudes no será tenida en cuenta a los efectos de valoración de requisitos ni de méritos.

miércoles, 10 de mayo de 2017

bolsa de trabajo relativa a la enseñanza de los módulos del plan de estudios experimental que compatibiliza los ciclos formativos de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico y de Mantenimiento de Aviónica, y de las enseñanzas de los módulos EASA correspondientes a las licencias de mantenimiento de aeronaves B1.3 y B2 Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha.

Resolución de 28/04/2017, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca proceso selectivo para ampliar bolsa de profesores especialistas para los ciclos formativos de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico y de Mantenimiento de Aviónica adaptados a la normativa de la Agencia Europea de Seguridad Aérea -EASA-.
[Ver disposición]
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.
El objeto de esta convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo relativa a la enseñanza de los módulos del plan de estudios experimental que compatibiliza los ciclos formativos de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico y de Mantenimiento de Aviónica, y de las enseñanzas de los módulos EASA correspondientes a las licencias de mantenimiento de aeronaves B1.3 y B2, relacionadas en el anexo I de esta Resolución. En ese anexo se indica, asimismo, la jornada semanal de los citados módulos.
2. Estos puestos de trabajo se cubrirán por los candidatos que figuren en la relación priorizada a que se hace referencia en la base octava, siendo impartidas estas enseñanzas en el CIFP “Aguas Nuevas”, sin perjuicio de que, en el caso de que se produzcan nuevas necesidades de contratación, las mismas puedan ser cubiertas por los candidatos que figuren en esa relación.
Segunda.- Participantes y requisitos.
Para ser admitidos a este procedimiento, los aspirantes deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos generales y específicos siguientes:
1. Requisitos generales.
a)
Ser español, o nacional de un estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años, o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de funciones correspondientes al puesto al que se opta.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
2. Requisitos específicos.
Los de titulación y de experiencia relacionados en el anexo II de esta Resolución.
Todos los requisitos para poder participar en el proceso selectivo deben poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión o la formalización del contrato y durante la vigencia del mismo.
Tercera.- Solicitudes.
Las solicitudes de participación se harán electrónicamente, a través del portal de educación, en la dirección www.educa.jccm.es, a la que podrá accederse asimismo a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es//).
1. Acceso de los/las aspirantes que sí dispongan de usuario y contraseña en la intranet docente del portal de educación.
Las personas aspirantes que hayan trabajado anteriormente o estén trabajando como docentes en centros públicos no universitarios de Castilla–La Mancha pueden disponer de usuario en la intranet docente. Por tanto no es necesario que se registren en esta web (www.educa.jccm.es). Para realizar la solicitud electrónica deberán acceder a dicha intranet docente utilizando su usuario y clave de acceso, y dentro de dicha intranet escoger la opción “bolsas de profesorado”.
2. Acceso de aspirantes que no dispongan de usuario y contraseña en la intranet docente del portal de educación.
Para poder acceder a la solicitud electrónica es necesario que la persona aspirante se registre como usuario externo en el portal de educación (www.educa.jccm.es), asociando un correo electrónico de su elección a su NIF/NIE. Para ello debe seguir el proceso de alta como nuevo usuario dentro de la opción “usuarios externos: bolsas de profesorado”. Dicha opción está disponible en el portal de educación junto con el texto y los anexos de la presente convocatoria en el apartado “Información relacionada”.
3. Una vez cumplimentada la solicitud electrónica, los aspirantes podrán presentarla por cualquiera de los siguientes medios:
a)
Preferentemente de forma telemática a través del portal de educación en la dirección www.educa.jccm.es.
b) De forma presencial, imprimiendo dos copias de la solicitud, conforme a los establecido en la ley 39/2015 de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E 02/10/2015).
Dichas solicitudes se dirigirán al Director Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Albacete.
4. Con la solicitud, las personas participantes deberán adjuntar, bien en formato digitalizado, si han optado por realizar la presentación telemática, bien en formato papel, si han optado por la presentación presencial, la siguiente documentación:
- El título que se aporte para participar en la presente convocatoria.
- La documentación que acredite su experiencia profesional: Certificación de la empresa en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se ha desarrollado dicha actividad e informe de la vida laboral donde conste la empresa, la categoría laboral y el período de contratación. También se podrá acreditar por cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
- La titulación académica alegada como méritos.
- Cualquier documento que se considere de interés para una mejor valoración de sus méritos y competencia profesional.
5. Solamente se tendrán en cuenta aquellos méritos establecidos en esta convocatoria que se justifiquen debidamente durante el plazo de presentación de solicitudes.
Los participantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en las solicitudes que presenten dentro del plazo establecido.
Cuarta.- Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación que a las mismas se adjunte será de quince días contados a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha [ Núm. 90 de 10 de mayo de 2017].{del 11 de mayo al 1* de junio de 2017, a.i.}
A efectos de presentación de la documentación los solicitantes que hubieran participado en la convocatoria de bolsa de profesores especialistas para los ciclos formativos de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico y de Mantenimiento de Aviónica, convocada por la Resolución 08/01/2013 (DOCM 22/01/2013), de la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa, podrán optar por:
- Acogerse a la puntuación otorgada por la comisión de baremación en la convocatoria aludida en su totalidad.
- O bien presentar nuevos méritos adquiridos con posterioridad a la fecha límite de entrega de documentación de la convocatoria citada (ampliación de méritos).
- O bien presentar de nuevo toda la documentación.
... sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/sede/tablon).

viernes, 4 de septiembre de 2015

Profesores especialistas (Contrabajo, Clave, Órgano, Arpa, Guitarra, Instrumentos de Púa ) en el Conservatorio Superior de Música de Aragón

1. Objeto. La presente orden tiene por objeto establecer para el curso académico 2015/2016 aquellas áreas o materias en las que podrán colaborar profesores especialistas y llevar a cabo la convocatoria para la selección de los mismos. Las áreas, materias y condiciones de estas plazas se recogen en el anexo I de esta orden.
Para las plazas objeto de esta convocatoria es de aplicación lo establecido en el artículo 4.4 del Decreto 85/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el régimen jurídico de los profesores especialistas en los centros públicos educativos en la Comunidad Autónoma de Aragón, de manera que entre la finalización de un contrato como profesor especialista y sus prórrogas en su caso y la adjudicación de otro con el mismo objeto a la misma persona, deberá transcurrir al menos un curso escolar.
2. Solicitudes. Los candidatos solicitarán su participación en el proceso de selección en el modelo de instancia que se incorpora en el anexo II.
En el supuesto de que solicite participar en más de un área o materia se presentará solicitud individual para cada una de ellas.
3. Plazo de presentación de las solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria.{del 5 al 14 de septiembre de 2015, a.i.}
Las solicitudes se presentarán preferentemente en el registro del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, Parque Empresarial Dinamiza (Recinto Expo), Avda. de Ranillas, 5 D, 50018 Zaragoza o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Todas las solicitudes irán acompañadas de la documentación correspondiente a los méritos alegados por los participantes.
4. Requisitos de los candidatos. 1. Los profesores especialistas deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de su contratación o designación:
a) Ser español o nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esa edad que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general para la jubilación forzosa.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Quienes no posean la nacionalidad española deberán acreditar que no están sujetos a sanción penal o disciplinaria que les impida, en su Estado, el ejercicio de funciones públicas.
d) No estar matriculado en el mismo centro donde se solicita ser profesor especialista.
e) Conforme a lo establecido en el artículo 2.1.b) del Decreto 85/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón cualquier otro recogido en el artículo 12 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, acceso, adquisición de nuevas especialidades a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y se regula el régimen transitorio a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
f) Haber desempeñado de modo habitual y fuera del ámbito docente una actividad profesional remunerada relacionada con el campo educativo objeto de la contratación durante un periodo de al menos tres años dentro de los cinco anteriores a su contratación o designación. Con carácter excepcional y de forma motivada, se podrá contratar o designar profesionales de reconocida competencia que no cuenten con dicho periodo. A estos efectos la Administración podrá solicitar la acreditación de la competencia profesional por medio de documentos de tales estudios, publicaciones, informes técnicos u otros de naturaleza análoga.
2. A efectos de lo previsto en el artículo 3 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas la impartición por parte de profesores especialistas de las áreas o materias incluidas en el sistema educativo que les estén atribuidos por la normativa vigente, tendrá la consideración de interés público.
3. En el supuesto de que un participante hubiera resultado seleccionado para más de una plaza, deberá optar, con carácter previo a su designación o contratación, por una de ellas.
5. Documentación a presentar. 1. Junto con la solicitud de participación, los interesados, adjuntarán la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI. Quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar una fotocopia del Número de Identificación de Extranjero (NIE) o fotocopia del correspondiente documento oficial de acreditación de identidad en el Estado de origen, vigente en el plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro estado con el que tengan dicho vínculo.
b) Curriculum vitae acompañado de fotocopia de toda la documentación justificativa que estime el aspirante.
c) Proyecto de trabajo relacionado con el área o materia en la que participa, redactado en un máximo de 20 folios a doble espacio y por una sola cara. Los aspirantes inscritos en más de un área o materia presentarán un Proyecto de trabajo por cada una de ellas.
2. La documentación presentada fuera del plazo establecido para la presentación de solicitudes no será tenida en cuenta a los efectos de valoración de requisitos ni de méritos.
ANEXO I
Especialidad:
- Interpretación Contrabajo.
- Interpretación: Clave / Órgano / Arpa / Guitarra / Instrumentos de Púa