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sábado, 12 de diciembre de 2015

Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática, para el curso 2016/2017. (se convocan pruebas de admisión)

Convocar el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2016-2017 para un máximo de ciento cincuenta alumnos, con arreglo a las siguientes normas.
Primera. Podrán participar en el «Máster» los candidatos que fueran seleccionados al efecto por la Escuela Diplomática entre las siguientes categorías de aspirantes:
a) Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor, Licenciado o Grado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática y posean un alto conocimiento de la lengua española.
b) Aspirantes que estén en posesión del título de Licenciado o Grado, españoles y extranjeros, por Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes, cuya nota media en el expediente académico sea igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Segunda. 2.1) Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 30 de septiembre de 2015.
2.2) Los candidatos de países cuyo idioma oficial no sea el español deberán acreditar de manera fehaciente un nivel adecuado de conocimiento de la lengua española para seguir con aprovechamiento el programa del «Máster». El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse mediante la posesión del nivel alto del Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «Diplomas de Español como Lengua Extranjera» (BOE de 8 de noviembre de 2002). Supletoriamente, los candidatos podrán también acreditar un conocimiento adecuado de la lengua española mediante la realización de las pruebas y entrevistas establecidas al efecto, que se llevarán a cabo antes del 20 de abril de 2016 en las Embajadas y Consulados Generales de España en los Estados en los que residan los aspirantes a participar en el «Máster».
Tercera. La Escuela Diplomática examinará y valorará la información y documentación que hayan aportado los aspirantes a cursar el «Máster», e informará del resultado a la Comisión académica establecida en la cláusula 3.ª apartado E del Convenio-marco de Colaboración suscrito por el MAEC y seis Universidades Públicas el 11 de julio de 2005.
En ese contexto, la Dirección de la Escuela Diplomática valorará, por un lado, las solicitudes de los aspirantes pertenecientes a la categoría (a) admitiendo a los candidatos que presenten los mejores perfiles de acuerdo con una equitativa distribución geográfica. Y, por lo que respecta a los aspirantes pertenecientes a la categoría (b), la selección se efectuará a la vista de los expedientes académicos presentados y de los resultados obtenidos en la prueba de admisión, y cuyo contenido y lugares de celebración se detallan en las normas séptima y octava de esta convocatoria.
Cuarta. 4.1) Los documentos que deberán presentar los solicitantes que deseen cursar el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» antes del 1 de marzo de 2016, son los siguientes:
a) El formulario que se publique en la página Web de la Escuela Diplomática, y cuya presentación se regula en la cláusula quinta de la presente convocatoria.
b) Una fotografía de tamaño carné, adherida al formulario de inscripción.
c) Fotocopia compulsada de su pasaporte en vigor o del Documento Nacional de Identidad.
d) Original, o copia compulsada, del Título superior universitario o equivalente, así como de la Certificación Académica correspondiente, en la que se refleje una nota media igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente, con expresión de las asignaturas y años académicos realizados. Estos dos últimos documentos deberán estar traducidos oficialmente, en caso de que el original no sea en lengua española.
e) Un currículum vitae en español en el que se indiquen las actividades académicas o profesionales desarrolladas, acompañado de cualquier documento o diploma que acredite las mismas.
La compulsa podrá realizarse presentando original y fotocopia de los documentos requeridos, en el Registro de la Escuela Diplomática (sita en el Paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid) pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.
4.2) Posteriormente, cuando se publique la lista de admitidos en la página Web de la Escuela Diplomática, se indicará el plazo para la confirmación de su participación en el mismo.
4.3) La no presentación de la documentación exigida en los plazos señalados, supondrá la exclusión del candidato.
Quinta. Asimismo, las solicitudes de admisión a la presente convocatoria del «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» correspondiente al curso 2016-2017 cumplirán los siguientes requisitos:
5.1) Deberán ajustarse al formulario que se publique en la página Web de la Escuela Diplomática (www.maec.es), y presentarse antes del 1 de marzo de 2016.
5.2) Las pertenecientes a la categoría (a) de la base primera de la presente convocatoria, se presentarán por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores mediante Nota Verbal dirigida a las Embajadas y Consulados Generales de España.
5.3) Las correspondientes a la categoría (b) se dirigirán a la Secretaría de la Escuela Diplomática (sita en el Paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid) pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.
Sexta. La relación de aspirantes que a juicio de la Escuela Diplomática satisfagan las condiciones requeridas para tomar parte en la prueba de admisión, se publicará tanto en el tablón de anuncios de la Escuela como en los de las Embajadas y Consulados Generales de España en los países en que residiesen los aspirantes al «Máster». La fecha y hora de la celebración de la prueba de admisión se publicará en la página Web de la Escuela Diplomática (www.maec.es) con una antelación mínima de quince días naturales.
Séptima. 7.1) La prueba de admisión estará orientada a acreditar que el candidato posee los conocimientos necesarios para seguir con el debido aprovechamiento las enseñanzas que se imparten en el «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales».
7.2) La prueba de admisión se celebrará antes del 20 de abril de 2016 en la sede de la Escuela Diplomática o en la sede de alguna de las Universidades Públicas signatarias del Convenio-marco de colaboración al que hace referencia la cláusula tercera para los aspirantes residentes en España, y en cada una de las Embajadas y Consulados Generales de España en que se hubieran presentado solicitudes, para los residentes en el exterior que no hubiesen optado en su solicitud por realizar dicha prueba en España, al amparo de lo dispuesto en la norma sexta.
7.3) La prueba de admisión consistirá en un ejercicio escrito en el que cada aspirante deberá desarrollar, en idioma español y en el término máximo de dos horas, un tema a elegir entre dos, que se dará a conocer en el momento de realización de la prueba. La prueba versará sobre temas políticos, económicos, jurídicos, sociales y/o culturales de la actualidad internacional. En este ejercicio se valorará el rigor del planteamiento, la claridad de la exposición, el conocimiento de la materia, la capacidad de síntesis y la formación cultural que muestre poseer el candidato. No existe un temario preestablecido para la preparación de esta prueba.
Octava. Las Embajadas y Consulados de España en los que se hayan celebrado pruebas de admisión remitirán con la máxima urgencia y por valija, en pliego cerrado y sellado dirigido al Embajador-Director de la Escuela Diplomática, los ejercicios realizados debidamente identificados.
Novena. La lista de los aspirantes admitidos como alumnos del «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» 2016-2017 de la Escuela Diplomática se hará pública antes del 31 de mayo de 2016, en el tablón de anuncios y en la página Web de dicho Centro, así como en los de las Embajadas y Consulados Generales de España en que se hubiesen celebrado pruebas de admisión o se hubiesen recibido y tramitado solicitudes de aspirantes a cursar el «Máster».

martes, 8 de noviembre de 2011

pruebas de admisión al «Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» de la Escuela Diplomática para el curso 2012/2013.

Orden AEC/3005/2011, de 23 de septiembre, por la que se convocan pruebas de admisión al «Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales» de la Escuela Diplomática para el curso 2012/2013.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, por el que se reorganiza la Escuela Diplomática, la Dirección de la Escuela Diplomática convoca el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2012-2013 para un máximo de cien alumnos, con arreglo a las siguientes normas:
Primera.
Podrán participar en el «Máster» los candidatos que fueran seleccionados al efecto por la Escuela Diplomática entre las siguientes categorías de aspirantes:
a) Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor, Licenciado o Grado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática y posean un alto conocimiento de la lengua española.
b) Aspirantes que estén en posesión del título de Licenciado o Grado, españoles y extranjeros, por Facultades Universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes, cuya nota media en el expediente académico sea igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Segunda.
2.1) Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 30 de septiembre de 2011.
2.2) Los candidatos de países cuyo idioma oficial no sea el español deberán acreditar de manera fehaciente un nivel adecuado de conocimiento de la lengua española para seguir con aprovechamiento el programa del «Máster». El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse mediante la posesión del nivel intermedio del Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «Diplomas de Español como Lengua Extranjera» («BOE» de 8 de noviembre de 2002). Supletoriamente, los candidatos podrán también acreditar un conocimiento adecuado de la lengua española mediante la realización de las pruebas y entrevistas establecidas al efecto, que se llevarán a cabo antes del 20 de abril de 2012 en las Embajadas y Consulados Generales de España en los Estados en los que residan los aspirantes a participar en el «Master».
Cuarta.
4.1) Los aspirantes de nacionalidad española, que hayan sido seleccionados después de superar la prueba de admisión, podrán solicitar la concesión de una beca en los términos y condiciones que, en su caso y con sujeción a las disponibilidades presupuestarias, establezca la convocatoria de Becas de estudios que a tal efecto convocará el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales » del curso académico 2012-2013.
4.2) Los aspirantes extranjeros podrán asimismo solicitar la concesión de una beca en los términos y condiciones establecidos en la convocatoria general de Becas AECID-MAEC para seguir estudios en España durante el curso académico 2012-2013, y que efectuará la Agencia Española de Cooperación Internacional.
Las solicitudes de beca se ajustarán a los términos de dicha convocatoria, la cual podrá consultarse en la dirección de Internet www.becasmae.es y en el Boletín Oficial del Estado.
4.3) La tramitación administrativa para participar en el proceso de selección de alumnos del Máster, y la de solicitud de Becas de ayuda para dicho estudio de postgrado son diferentes. Consecuentemente, todos los aspirantes a cursar el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» deberán presentar la solicitud en la Escuela Diplomática, tal y como se establece en la cláusula sexta, y dentro de los plazos establecidos. Por otro lado:
4.3.1) Los alumnos españoles que aspiren a conseguir una Beca de ayuda al estudio del Máster, deberán presentar la documentación que se establezca en la convocatoria y bases correspondientes en la Escuela Diplomática (sita en el Paseo Juan XXIII Nº 5, 28040 Madrid).
4.3.2) Por su parte, los alumnos extranjeros que opten a las Becas AECID-MAEC deberán presentar la documentación en el lugar y en los plazos que determine la mencionada Agencia Española de Cooperación Internacional en la convocatoria anual correspondiente.
Sexta.
Asimismo, las solicitudes de admisión a la presente convocatoria del «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» correspondiente al curso 2012-2013 cumplirán los siguientes requisitos:
6.1) Deberán ajustarse al formulario que se publique en la página «web» de la Escuela Diplomática (www.maec.es) y en la presente Orden, y presentarse antes del 31 de enero de 2012.
6.2) Las pertenecientes a la categoría (a) de la base primera de la presente convocatoria, se presentarán por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores mediante Nota Verbal dirigida a las Embajadas y Consulados Generales de España.
6.3) Las correspondientes a la categoría (b) se dirigirán a la Secretaría de la Escuela Diplomática (sita en el Paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid) pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.
Séptima.
La relación de aspirantes que a juicio de la Escuela Diplomática satisfagan las condiciones requeridas para tomar parte en la prueba de admisión, se publicará tanto en el tablón de anuncios de la Escuela como en los de las Embajadas y Consulados Generales de España en los países en que residiesen los aspirantes al «Máster». La fecha y hora de la celebración de la prueba de admisión se publicará en la página web de la Escuela Diplomática (www.maec.es) con una antelación mínima de quince días naturales.
Octava.
8.1) La prueba de admisión estará orientada a acreditar que el candidato posee los conocimientos necesarios para seguir con el debido aprovechamiento las enseñanzas que se imparten en el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales».
8.2) La prueba de admisión se celebrará antes del 20 de abril de 2012 en la sede de la Escuela Diplomática o en la sede de alguna de las Universidades Públicas signatarias del Convenio-marco de colaboración al que hace referencia la cláusula tercera para los aspirantes residentes en España, y en cada una de las Embajadas y Consulados Generales de España en que se hubieran presentado solicitudes, para los residentes en el exterior que no hubiesen optado en su solicitud por realizar dicha prueba en España, al amparo de lo dispuesto en la norma sexta.

martes, 28 de diciembre de 2010

6 becas de apoyo y colaboración, alumnos españoles postgraduados en posesión del "Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
Becas
Orden AEC/3348/2010, de 15 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan becas de apoyo y colaboración, para alumnos españoles postgraduados en posesión del "Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales" que se imparte en la Escuela Diplomática.
PDF (BOE-A-2010-19978 - 8 págs. - 279 KB)
1. Objeto de las becas.- Las becas se convocan en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto realizar una actividad de apoyo y colaboración en tareas consulares y de relaciones internacionales, en la red exterior del Estado, lo que a su vez redunda en beneficio de los becarios/as al adquirir un mayor conocimiento acerca de estos temas.
2. Número de becas que se convocan, destino, duración y vacaciones.- 1. Se convocan seis becas, en la red exterior del Estado. Tres en las Embajadas de Addis Abeba, El Cairo y Liubliana y tres en los Consulados Generales en Buenos Aires, Lima y San Pablo.
2. Las becas que se convocan tienen una duración improrrogable de 10 meses. Se iniciarán en la segunda quincena del mes de enero y finalizarán la segunda quincena de noviembre de 2011.
3. Se facilitará a los becarios/as diez días hábiles de vacaciones durante el disfrute de la beca.
3. Cuantía de la beca, dotación e imputación presupuestaria.- La subvención depende del país donde va a desarrollar el becario/a la actividad. La dotación económica mensual de la beca en la Embajada en Addis Abeba, Etiopía, es de 1.850 € más 1.300 € de ayuda de viaje, en la Embajada en el Cairo, Egipto, la beca mensual es de 1.750 € más 600 de ayuda de viaje, en la Embajada en Liubliana, Eslovenia, la beca mensual es de 1.650 € más 650 de ayuda de viaje, en el Consulado General en Buenos Aires, Argentina, la beca mensual es de 1.950 € más 1.200 € de ayuda de viaje, en el Consulado General en Lima, Perú, la beca es de 1.650 € mensuales más 1.300 de ayuda de viaje, y en el Consulado General en San Pablo, Brasil, la beca mensual es de 2.150 € más 1.400 € de ayuda de viaje. Estas cantidades estarán sometidas a los descuentos y retenciones que procedan de acuerdo con la legislación vigente.
4. Requisitos de los candidatos.- 1. Para acceder a la condición de beneficiario/a de las becas que se convocan de la Escuela Diplomática, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Haber superado con éxito el master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales que imparte la Escuela Diplomática.
c) Tener un alto nivel de conocimientos y experiencia, en temas relacionados con el apoyo y la colaboración que deberán desempeñar y, en su caso, se valorará el conocimiento del área geográfica donde van a realizar la actividad.
5. Presentación de la solicitud de beca y plazo de presentación. 1. Las solicitudes de becas de prácticas irán dirigidas al Embajador-Director de la Escuela Diplomática, y podrán ser presentadas directamente en la sede de este Centro o por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por vía electrónica a la dirección http://sede.maec.gob.es.
2. Los/as solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior, deberán cumplimentar de forma completa y verídica el correspondiente formulario de solicitud de beca. Dicho formulario se podrá obtener a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en la sede de la Escuela Diplomática (Paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid, España), del «Boletín Oficial del Estado» o bien a través de su página web (http://www.mae.es/es/MenuPpal/Ministerio/Escuela+Diplomatica/) quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos.
5. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta convocatoria.{del 29 de Diciembre al 7 e enero de 2011, a.i.}

domingo, 24 de octubre de 2010

Pruebas de admisión al Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática para el curso 2011/2012.

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN
Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales

Ord
en AEC/2686/2010, de 28 de septiembre, por la que se convocan pruebas de admisión al Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática para el curso 2011/2012.
Otros formatos
Primera.–
Po drán participar en el «Máster» los candidatos que fueran seleccionados al efecto por la Escuela Diplomática entre las siguientes categorías de aspirantes:
a) Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor o Licenciado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática y posean un alto conocimiento de la lengua española.
b) Doctores o Licenciados, españoles y extranjeros, por Facultades universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes, cuya nota media en el expediente académico sea igual o superior a 7 sobre 10 o equivalente con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
Segunda .- 2.1 Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 30 de septiembre de 2011.
2.2 Los candidatos de países cuyo idioma oficial no sea el español deberán acreditar de manera fehaciente un nivel adecuado de conocimiento de la lengua española para se guir con aprovechamiento el programa del «Máster». El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse mediante la posesión del nivel intermedio del Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «Diplomas de Español como Lengua Extranjera» («BOE» n.º 268, de 8 de noviembre de 2002). Supletoriamente, los candidatos podrán también acreditar un conocimiento adecuado de la lengua española mediante la realización de las pruebas y entrevistas establecidas al efecto, que se llevarán a cabo antes del 16 de abril en las Embajadas y Consulados Generales de España en los Estados en los que residan los aspirantes a participar en el «Master».
www.becasmae.es
4.3 La tramitación administrativa para participar en el proceso de selección de alumnos del Máster, y la de solicitud de Becas de ayuda para dicho estudio de postgrado son diferentes. Consecuentemente, todos los aspirantes a cursar el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» deberán presentar la solicitud en la Escuela Diplomática, tal y como se establece en la cláusula sexta, y dentro de los plazos establecidos. Por otro lado:
4.3.1 Los alumnos españoles que aspiren a conseguir una beca de ayuda al estudio del Máster, deberán presentar la documentación que se establezca en la convocatoria y bases correspondientes en la Escuela Diplomática (sita en el Paseo Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid).
4.3.2 Por su parte, los alumnos extranjeros que opten a las Becas AECID-MAEC deberán presentar la documentación en el lugar y en los plazos que determine la mencionada Agencia Española de Cooperación Internacional en la convocatoria anual correspondiente.
Sexta.–Asimismo, las solicitudes de admisión a la presente convocatoria del «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» correspondiente al curso 2011-2012 cumplirán los siguientes requisitos:
6.1 Deberán ajustarse al formulario que se publique en la página «web» de la Escuela Diplomática, y presentarse antes del 31 de enero de 2011.
6.2 Las pertenecientes a la categoría (a) de la base primera de la presente convocatoria, se presentarán por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores mediante Nota Verbal dirigida a las Embajadas y Consulados Generales de España.
6.3 Las correspondientes a la categoría (b) se dirigirán a la Secretaría de la Escuela Diplomática (sita en el Paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid), pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJPAC, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión.

domingo, 28 de marzo de 2010

beca de prácticas en la Embajada de España en Jartum para alumnos españoles que habiendo superado el curso académico del máster en diplomacia y relaci

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN . Becas
Orden AEC/759/2010, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca beca de prácticas en la Embajada de España en Jartum para alumnos españoles que habiendo superado el curso académico del máster en diplomacia y relaciones internacionales de la Escuela Diplomática, no hayan realizado el período de prácticas.
PDF (BOE-A-2010-5070 - 9 págs. - 285 KB)
Otros formatos
Objeto de la beca.-
Se convoca esta beca con el fin de que algún/a postgraduado/a español/a que haya superado el curso académico del master interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales pueda, mediante este periodo de prácticas, culminar el proceso de formación del citado master. El/a seleccionado/a será destinado/a a la Embajada de España en Jartum, Sudán, lo que le permitirá conocer sobre el terreno los diversos aspectos de la realidad internacional y el trabajo que desarrolla el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en el exterior, colaborando en la realización de las funciones que les sean encomendadas.
Duración de la beca y vacaciones.- Esta beca tiene una duración improrrogable de diez meses. Se iniciara el 1 de mayo del actual y finalizará el 28 de febrero de 2011.
Se facilitará al becario diez días hábiles de vacaciones durante el disfrute de la beca.
Número de becas que se convocan.- Por la presente Orden se convoca una beca en la Embajada de España en Jartum, Sudán.
Dotación.- Por un importe de 1.800.00 euros mensuales más 900,00 euros de ayuda de viaje, en total 15.300,00 euros durante el año 2010 y 3.600,00 en el 2011.
Requisitos del candidato/a.- Para acceder a la condición de beneficiario/a de la beca de prácticas que se convoca, el/a aspirante deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Haber superado el curso académico del master en diplomacia y relaciones internacionales que se imparte en la Escuela Diplomática del MAEC en Madrid.
c) Rellenar el impreso de solicitud de la beca de prácticas (que figura en el Anexo II de la presente Orden), indicando las razones en que basa su solicitud.
d) Conocer, en su caso, el idioma o idiomas utilizados en el país de destino.
Presentación de la solicitud de beca y plazo de presentación.- Las solicitudes para esta beca de prácticas irán dirigidas al Embajador-Director de la Escuela Diplomática, y podrán ser presentadas directamente en la sede de este Centro o por cualquiera de los otros medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el fin de garantizar la efectividad del derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas, a través de los medios electrónicos a los que hace referencia la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Los/as solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en el artículo anterior, deberán cumplimentar de forma completa y verídica el correspondiente formulario de solicitud de beca. Dicho formulario se podrá obtener a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en la sede de la Escuela Diplomática (Paseo de Juan XXIII, número 5, 28040 Madrid, España), o bien a través de la página web de la citada Escuela Diplomática (http://www.maec.es/es/MenúPpal/Ministerio/Escuela+Diplomática )
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».
[del 28 de MARZO al 6 de ABRIL de 2010,a.i.]

jueves, 12 de noviembre de 2009

pruebas de admisión al Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales de la Escuela Diplomática para el curso 2010-2011

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Orden AEC/3025/2009, de 13 de octubre, por la que se convocan pruebas de admisión al Máster interuniversitario en diplomacia y relaciones internacionales de la Escuela Diplomática para el curso 2010-2011.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.º del Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, del Ministerio de Administraciones Públicas por el que se reorganiza la Escuela Diplomática, la Dirección de la Escuela Diplomática convoca el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» para el curso 2010-2011 para un máximo de cien alumnos, con arreglo a las siguientes normas:
Primera.– Podrán participar en el «Máster» los candidatos que fueran seleccionados al efecto por la Escuela Diplomática entre las siguientes categorías de aspirantes:
a) Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor o Licenciado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática y posean un alto conocimiento de la lengua española.
b) Doctores o Licenciados, españoles y extranjeros, por Facultades universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes.
Segunda.– 2.1 Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 30 de septiembre de 2010. ...
Tercera.– La Escuela Diplomática examinará y valorará la información y documentación que hayan aportado los aspirantes a cursar el «Máster», e informará del resultado a la Comisión académica establecida en la cláusula 3.ª apartado E del Convenio-marco de Colaboración suscrito por el MAEC y seis Universidades Públicas el 11 de julio de 2005.
En ese contexto, la Dirección de la Escuela Diplomática valorará, por un lado, las solicitudes de los aspirantes pertenecientes a la categoría (a). Y, por lo que respecta a los aspirantes pertenecientes a la categoría b, la selección se efectuará a la vista de los resultados obtenidos en la prueba de admisión, cuyo contenido y lugares de celebración se detalla en la norma octava de esta convocatoria.
Las solicitudes de beca se ajustarán a los términos de dicha convocatoria, la cual podrá consultarse en la dirección de internet http://www.becasmae.es/ y en el Boletín Oficial del Estado.
4.3 La tramitación administrativa para participar en el proceso de selección de alumnos del Máster, y la de solicitud de Becas de ayuda para dicho estudio de postgrado son diferentes. Consecuentemente, todos los aspirantes a cursar el «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» deberán presentar la solicitud en la Escuela Diplomática, tal y como se establece en la cláusula sexta, y dentro de los plazos establecidos. Por otro lado:
4.3.1 Los alumnos españoles que aspiren a conseguir una Beca de ayuda al estudio del Máster, deberán presentar la documentación que se establezca en la convocatoria y bases correspondientes en la Escuela Diplomática (sita en el Paseo Juan XXIII N.º 5, 28040 Madrid).
4.3.2 Por su parte, los alumnos extranjeros que opten a las Becas AECID-MAEC deberán presentar la documentación en el lugar y en los plazos que determine la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo en la convocatoria anual correspondiente.
Sexta.–Asimismo, las solicitudes de admisión a la presente convocatoria del «Máster interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» correspondiente al curso 2010-2011 cumplirán los siguientes requisitos:
6.1 Deberán ajustarse al formulario que se publique en la página «web» de la Escuela Diplomática, y presentarse antes del 31 de enero de 2010.
6.2 Las pertenecientes a la categoría (a) de la base primera de la presente convocatoria, se presentarán por los respectivos Ministerios de Relaciones Exteriores mediante Nota Verbal dirigida a las Embajadas y Consulados Generales de España.
6.3 Las correspondientes a la categoría (b) se dirigirán a la Secretaría de la Escuela Diplomática (sita en el Paseo de Juan XXIII, n.º 5, 28040 Madrid) pudiendo presentarse asimismo en los registros establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJPAC, incluyendo las Embajadas y Consulados Generales de España, y debiendo hacerse constar expresamente el lugar (Escuela Diplomática o Embajada o Consulado General de España) en donde se desea efectuar la prueba de admisión. Siempre que sea posible las solicitudes se presentarán en el Registro de la Escuela Diplomática.