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lunes, 1 de julio de 2013

Ciudadanía Española en el Exterior: Subvenciones en los gastos de obra nueva, obras de rehabilitación y adaptación de los edificios e instalaciones, y adquisición de equipamiento, de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.. Programa de Centros.

1. Convocatoria y normativa de aplicación. 1. Mediante la presente Resolución, la Dirección General de Migraciones convoca para 2013 las ayudas del Programa de Centros de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.
2. Esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y por la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y los retornados.
2. Objeto. El objeto de estas ayudas es:
Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a sufragar los gastos de obra nueva, obras de rehabilitación y adaptación de los edificios e instalaciones, y adquisición de equipamiento, de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.
4. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta y que desarrollen una labor sociocultural, sanitaria o asistencial a favor de los españoles del exterior.
2. Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de Migraciones con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
8. Solicitud, memorias, documentación y subsanación de errores. 1. Las solicitudes de ayudas se formalizarán en el modelo normalizado de solicitud que figurará como Anexo I a esta Resolución de convocatoria, debiendo relacionarse en el mismo todos los proyectos para los que una misma entidad solicita subvención. La solicitud deberá suscribirla quien ostente la representación legal de la entidad o acredite poder suficiente para ello.
2. Las solicitudes de ayudas podrán presentarse en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y, en todo caso en las Consejerías de Empleo y Seguridad Social, en las Secciones de Empleo y Seguridad Social de las Oficinas Consulares, así como en los Consulados o Secciones Consulares de las Embajadas correspondientes al domicilio o residencia del peticionario de la ayuda.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» {del 28 de junio al 17 de julio de 2013, a.i.}de esta Resolución de convocatoria.

viernes, 8 de enero de 2010

ayudas para el fomento de la investigación sanitaria en la Comunidad Valenciana, a desarrollar durante el año 2010.

Conselleria de Sanitat ORDE de 21 de desembre de 2009, de la Conselleria de Sanitat, per la qual es convoquen ajudes per al foment de la investigació sanitària a la Comunitat Valenciana per a fer durant l'any 2010 i se n'establixen les bases reguladores. [2009/14935] (pdf 627KB) pàgina 47.433
ORDEN de 21 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Sanidad por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para el fomento de la investigación sanitaria en la Comunidad Valenciana, a desarrollar durante el año 2010. [2009/14935]

Objeto.- Constituye el objeto de la presente orden convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, las ayudas para el ejercicio 2010 que seguidamente se relacionan y aprobar las bases reguladoras por las que se rige esta convocatoria.
La presente orden será de aplicación a las siguientes ayudas, que se incluyen como anexos:
1) Ayudas para proyectos de investigación en programas de salud, prevención y predicción de la enfermedad (anexo I).
2) Ayudas para estudios de investigación en Evaluación de Tecnologías Sanitarias y sobre prácticas sanitarias basadas en la evidencia científica (anexo II).
3) Ayudas para proyectos de grupos emergentes en centros asistenciales (anexo III).
4) Ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación en materia sanitaria (anexo IV).
Los proyectos de investigación deben referirse a las actividades primarias de los organismos de investigación solicitantes, tanto a la formación para el logro de personal más y mejor cualificado, como a la realización de proyectos de I+D independiente para la mejora del conocimiento. Se excluye la realización de proyectos de investigación bajo contrato de tercero.
Duración.- Los proyectos de investigación tendrán una duración de un año y se realizarán a lo largo del año 2010.
Solicitudes y documentación.- Las solicitudes deberán ser presentadas en los modelos normalizados y ser suscritas por el investigador principal, que se responsabilizará de la realización del proyecto.
Los modelos normalizados estarán disponibles en las direcciones de internet http://www.san.gva.es y http://www.eves.san.gva.es

Lugar y plazo de presentación.- Las solicitudes, remitidas al órgano instructor encargado de la tramitación de cada modalidad, podrán presentarse en el Registro General de la Conselleria de Sanidad en la calle de Micer Mascó, 31 de Valencia (46010), así como en los servicios territoriales de la misma sitos en Alicante (c/ Gerona, 26. 03001), Castellón (c/ Huerto Sogueros,12. 12001), y Valencia (Gran Vía Fernando El Católico, 74. 46008), en el Registro de la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud en la calle Juan de Garay nº 21 de Valencia (46017), o en cualquier otra de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a los 30 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 31 de Diciembre de 2009 al 29 de Enero de 2010, a.i.]

martes, 1 de diciembre de 2009

programa formativo de la especialidad de Enfermería Geriátrica.

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL . Orden SAS /3225 /2009, de 13 de noviembre, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Geriátrica.
Primero.– Aprobar el programa formativo de la Especialidad de Enfermería Geriátrica, cuyo contenido se publica como anexo a esta Orden.
Segundo.– Dicho programa formativo será de aplicación a los residentes de la Especialidad de Enfermería Geriátrica que obtengan plaza en formación en Unidades Docentes de dicha especialidad, a partir de la convocatoria anual de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada en la que se incluyan plazas de esta especialidad.
ANEXO. Programa oficial de la especialidad de Enfermería Geriátrica