lunes, 6 de abril de 2009

Subvenciones destinadas a la promoción institucional, estudios y eventos en pequeños municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana

Conselleria de Presidència . ORDE de 25 de març de 2009, del conseller de Presidència i vicepresident primer del Consell, per la qual es convoquen per a l’exercici 2009, subvencions destinades a la promoció institucional, estudis i esdeveniments en xicotets municipis i entitats locals menors de la Comunitat Valenciana i s’aproven les bases reguladores de la convocatòria. [2009/3715]
Conselleria de Presidencia . ORDEN de 25 de marzo de 2009, del conseller de Presidencia y vicepresidente primero del Consell, por la que se convocan para el ejercicio 2009, subvenciones destinadas a la promoción institucional, estudios y eventos en pequeños municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana y se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria. [2009/3715]
Objetivos.- La presente convocatoria tiene como objetivos coadyuvar al desarrollo integral de los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana, a través de la financiación de acciones de promoción institucional, estudios y eventos.
Beneficiarios.- Podrán ser beneficiarios del presente programa de subvenciones todos los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana que no excedan de 1.500 habitantes.
Actuaciones subvencionables.- Serán subvencionables a través del programa de subvenciones que la presente convocatoria regula, los gastos derivados de la realización de actuaciones que contribuyan a promocionar la imagen de los municipios y la difusión de su patrimonio natural, histórico, cultural y monumental, los gastos derivados de la realización de eventos de interés local y la elaboración de estudios para la recuperación de tradiciones culturales y artísticas.
No serán subvencionables, de conformidad con las presentes bases, los gastos relativos a inversiones reales, adquisición de elementos de inmovilizado material y en general todos aquellos que tengan la naturaleza de gastos de capital. Tampoco serán objeto de la presente subvención los gastos derivados del consumo de energía eléctrica y otros suministros análogos, así como los gastos de personal y oficina. El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
[del 7 dàbril al 5 de maig, a.i.]

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