jueves, 14 de mayo de 2009

1 plaza de (ATS/DUE) Ayudante Técnico Sanitario/Diplomado Universitario en Enfermería. Cortes Generales.

CORTES GENERALES. Resolución de 30 de abril de 2009, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se publica el Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria pública para la provisión de plaza de Ayudante Técnico Sanitario/Diplomado Universitario en Enfermería.
La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión celebrada el día 3 de febrero de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los Diputados, ha acordado la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de una plaza de Ayudante Técnico Sanitario en el Gabinete Médico del Congreso de los Diputados.
La plaza estará dotada con la remuneración que se establezca en el Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los Diputados.
La convocatoria se regirá por las siguientes bases:
Funciones.–Las funciones del puesto serán las propias del ejercicio de la profesión de Ayudante Técnico Sanitario/Diplomado Universitario en Enfermería al servicio de los señores Diputados y del personal de la Cámara.
Requisitos.–Para tomar parte en el proceso de selección será imprescindible reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario en Enfermería o equivalente.
d) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado, por cualesquiera causas, para el ejercicio profesional en el desempeño de funciones públicas.
Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Solicitudes.–Las solicitudes para tomar parte en este proceso de selección, que se ajustarán al modelo que se publica al final de la convocatoria como anexo I, deberán dirigirse al Secretario General del Congreso de los Diputados, y se presentarán, en el Registro de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General de dicha Cámara, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»[del 15 de mayo al 3 de junio, a.i.], en días laborables excepto sábados de las diez a las catorce horas, o remitirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los candidatos consignarán en la solicitud su nombre y apellidos, número de DNI, domicilio, teléfono y demás datos reflejados en el modelo de solicitud. En particular deberán manifestar de manera clara y expresa el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes. Asimismo deberán expresar necesariamente el título que aduce para participar en el proceso de selección, así como los méritos que pretenden hacer valer en el mismo, los cuales deberán acreditarse documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes. Por último deberán acompañar fotocopia del documento nacional de identidad.

Los candidatos harán constar expresamente en su instancia que, en caso de resultar seleccionados, presentarán los documentos previstos en la base décima y que asumen el compromiso de firmar el correspondiente contrato e incorporarse al servicio de la Secretaría General del Congreso de los Diputados en el plazo de un mes a contar desde la notificación del acuerdo de la Mesa de la Cámara autorizando su contratación.
El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación al organismo convocante de cualquier cambio de dicho domicilio.

Procedimiento de selección.– El proceso de selección constará de dos partes:
a) Valoración de los méritos a que se refiere la base séptima de la convocatoria y
b) Realización de una entrevista personal.

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