sábado, 5 de octubre de 2013

Mes de septiembre de 2013: índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.

Resolución de 1 de octubre de 2013, del Banco de España, por la que se publican los índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.
Mes de septiembre de 2013
A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS)1:
Plazos . . Porcentaje
Dos años . . 0,614
Tres años . . 0,855
Cuatro años . . 1,124
Cinco años . . 1,375
Siete años . . 1,782
Diez años . . 2,221
Quince años . . 2,625
Veinte años . . 2,737
Treinta años . . 2,739
B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial a aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente. . . Porcentaje
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) a plazo de un año1 . . 0,318
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1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio («BOE» de 6 de julio).

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