viernes, 7 de marzo de 2014

Murcia: matrícula en régimen libre para la obtención de los certificados de nivel básico, nivel intermedio y nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial para el curso 2013-2014. Y prueba de mayores de 19 años sin requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores.

Consejería de Educación, Universidades y Empleo
Primero – Objeto de esta Resolución. Esta resolución tiene por objeto regular para el curso 2013-2014 el proceso de matriculación en régimen libre de los candidatos a la obtención de los certificados oficiales en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Región de Murcia.
Se entiende por régimen libre el de aquellos candidatos que, habiendo recibido una formación en idiomas ajena a la impartida en las escuelas oficiales de idiomas, desean un reconocimiento de sus competencias lingüísticas y optan por la realización de unas pruebas conducentes a la obtención de los certificados de Nivel Básico, de Nivel Intermedio o de Nivel Avanzado.
Segundo – Condiciones de matriculación. Para formalizar la matrícula en régimen libre, será requisito imprescindible cumplir dieciséis años durante el año 2014. Los mayores de catorce años, cumplidos durante 2014, podrán matricularse en régimen libre en un idioma distinto del primer idioma cursado en la educación secundaria obligatoria. 
Se podrá solicitar la matrícula para un único nivel certificador por idioma.
Se podrá formalizar la matrícula en cualquiera de los niveles convocados sin que se precise tener superados los niveles anteriores. La obtención de un certificado posibilitará, en su caso, el acceso a las enseñanzas en el primer curso del nivel inmediatamente siguiente. 
La matrícula en régimen libre es incompatible con la matrícula en régimen presencial o no presencial en el mismo idioma en cualquier escuela oficial de idiomas, dentro o fuera de la Región de Murcia; cuando se trate de un cambio del régimen educativo oficial al régimen de certificación libre, como parte del proceso de matriculación se procederá a formalizar la anulación de la matrícula previa, debiendo abonar de nuevo las tasas que correspondan.
La interrupción de la formación en el régimen oficial se computará a efectos de permanencia. El alumnado que desee continuar en el curso siguiente en régimen oficial deberá someterse a un nuevo proceso de admisión con el fin de formalizar una nueva matrícula en régimen presencial o no presencial.
Quinto – Calendario de solicitud y matriculación. El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria en régimen libre corresponderá al período comprendido entre los días 10 y 14 de marzo de 2014, ambos incluidos. La cumplimentación del formulario de solicitud se realizará a través 
de las direcciones de Internet de las Escuelas Oficiales que figuran en el Anexo I
El 18 de marzo de 2014 se publicará la relación provisional de solicitantes admitidos y no admitidos de acuerdo con lo especificado en el apartado 6 de este mismo punto. En esta relación figurarán la sede y el turno de realización de la prueba para cada candidato. 
Una vez publicada la relación provisional de solicitantes admitidos y no admitidos se establecerá un plazo de 48 horas para alegaciones. La adjudicación de turno como el haber sido adscrito en una sede distinta de las solicitadas no dará lugar a alegación alguna. Tales alegaciones se efectuarán en las Escuelas Oficiales de Idiomas donde se haya cursado la solicitud. 
El 24 de marzo de 2014 se hará público en la dirección de Internet de cada Escuela Oficial de Idiomas la lista definitiva de candidatos libres admitidos con la asignación a la Escuela o Extensión y turno para realizar la prueba. 
El plazo de formalización de la matrícula libre será del 25 de marzo al 1 de abril, ambos incluidos. 
Las escuelas oficiales de idiomas darán la máxima publicidad al calendario y a los diversos actos del procedimiento de matrícula por los medios físicos y electrónicos de que disponen. Asimismo, la información de carácter general se publicará a través del portal educativo de la Región de Murcia (http://www.educarm.es/regimen_especial).
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1.- Objeto y ámbito de aplicación. Esta Resolución tiene por objeto convocar y establecer la prueba de mayores de 19 años sin requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores, a fin de acreditar la madurez en relación con los objetivos del bachillerato y los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas artísticas superiores.
La presente Resolución será de aplicación en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
2.- Requisitos de inscripción. Será requisito para inscribirse y presentarse a la prueba, tener 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba, no poseer el título de Bachiller, o no haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, y deseen cursar las enseñanzas artísticas superiores.
3.- Solicitudes de inscripción. Las solicitudes de inscripción en la prueba se ajustarán al modelo que se recoge en el Anexo I y deberá ir acompañado de la siguiente documentación: 
a. Original y fotocopia (para cotejo) del documento nacional de identidad, del pasaporte o de la tarjeta de residencia. La presentación del original y copia del DNI o NIE no será necesaria si el solicitante da su consentimiento para que se consulten los datos relativos a dichos documentos, de conformidad con lo previsto en el artículo 5 del Decreto 286/2010, de 5 de noviembre, sobre medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b. Una copia de la solicitud de inscripción, que será devuelta al interesado sellada por el centro.
c. Justificante del ingreso de la tasa de los derechos de examen.
d. Documentación acreditativa de situaciones que den derecho a exención o bonificación, en su caso.
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5.- Plazos y forma de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes se presentarán en la secretaría de los centros públicos que imparten enseñanzas artísticas superiores. También se podrá presentar en el Registro General de la Consejería de Educación, Universidades y Empleo situado en Avenida de la Fama, 15, 30015, Murcia, y hacerse a través de Ventanilla Única o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de solicitudes de inscripción será el señalado en el Anexo II a esta Resolución, disponiendo el solicitante de 10 días para subsanar errores.
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portal educativo de la Región de Murcia http://www.educarm.es
7.- Lugar de celebración de la prueba . El lugar de celebración de la prueba será la Escuela Superior de Diseño de Murcia, sita en Avenida Santiago n.º 3, 30007, Murcia.
ANEXO II 
Calendario de actuaciones 
CONVOCATORIAS  . . Fecha 
Solicitud prueba de acceso Del 10 de marzo al 24 de marzo 
...

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