Primero. Convocar pruebas selectivas, por los sistemas de concurso-oposición y concurso, para cubrir cinco plazas por el turno de promoción interna, las siguientes:
– Grupo profesional 3. Una plaza de Técnico/a Superior de Gestión y Servicios Comunes (puesto de Técnico/a Superior A), por el sistema de concurso-oposición.
– Grupo profesional 4. Cuatro plazas de Oficial de Gestión y Servicios Comunes (dos para el puesto de Oficial de 1.ª y dos para el de Oficial de 2.ª), por el sistema de concurso.
Segundo. Las bases por las que se regirá esta convocatoria se hallan expuestas en la intranet y en la sede electrónica del Tribunal: https://sede.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/sede-electronica/EmpleoPublico/Oposiciones/
Tercero. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán hacerlo mediante solicitud, que se ajustará al modelo que figura como anexo a esta convocatoria, encontrándose a disposición de las personas interesadas en el Registro General del Tribunal de Cuentas, así como en la intranet y la sede electrónica antes mencionadas. Dicha solicitud se dirigirá al Excmo. Sr. Presidente del Tribunal de Cuentas y se presentará en las Oficinas del Registro General del Organismo (calle Ortega y Gasset, 100, de Madrid), en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 7 al 26 de octubre de 2016, a.i.}
La instancia se acompañará de los siguientes documentos:
– Memoria sobre los méritos y circunstancias personales alegados, en documento que elaborará la persona solicitante, a efectos de su valoración en la fase de concurso.
– Justificación del abono de las tasas por derechos de examen o, si existiera derecho a exención o bonificación, y según los casos, certificado de discapacidad o título actualizado de familia numerosa o la justificación correspondiente en el caso de víctimas del terrorismo.
– Acreditación, mediante justificación documental suficiente, de los méritos profesionales (experiencia), los méritos académicos y las circunstancias personales alegadas.
Los méritos y circunstancias alegados y no justificados documentalmente en el momento de la presentación de la instancia no serán valorados.
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