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martes, 3 de diciembre de 2013

Evaluación de la actividad investigadora: presentación de solicitudes a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.

Con el objeto de garantizar la continuidad del proceso de evaluación previsto en el artículo 2.4 del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, resulta necesario fijar el plazo durante el cual se podrán presentar solicitudes ante la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).
En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la disposición final primera de la Orden de 2 de diciembre de 1994, y previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, esta Secretaría de Estado ha resuelto:
Primero. Los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios y de las escalas de Profesores de Investigación, Investigadores Científicos y Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) podrán presentar su solicitud de evaluación de la actividad investigadora desde el día 15 de diciembre de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el anexo.
Segundo. La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta resolución y en sus correspondientes bases, y se atendrá a lo dispuesto en:
a) ...
ANEXO
1. Objeto de la convocatoria. El propósito de esta convocatoria es reconocer los méritos en la actividad investigadora desarrollada por el profesorado universitario y el personal investigador del CSIC, e incentivar su ejercicio.
2. Requisitos de los solicitantes. 2.1 En lo que al profesorado universitario se refiere, tendrán derecho a solicitar la evaluación de su actividad investigadora quienes tengan la condición de funcionario de carrera pertenecientes a uno de los siguientes cuerpos docentes universitarios:
Catedráticos de Universidad.
Profesores Titulares de Universidad.
Catedráticos de Escuela Universitaria.
Profesores Titulares de Escuela Universitaria.
2.2 Los funcionarios de cuerpos docentes universitarios que se hallen en situación de comisión de servicios o servicios especiales podrán someter a evaluación su actividad investigadora, aunque los derechos económicos no se devengarán hasta el momento de su reingreso a la universidad en régimen de dedicación a tiempo completo.
2.3 Los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios que permanezcan en situación de supernumerario o se encuentren en situación de excedencia voluntaria, prestando servicios en una universidad legalmente reconocida, podrán someter a evaluación su actividad investigadora, aunque los correspondientes efectos económicos no se iniciarán hasta el momento de su reingreso a una universidad pública en régimen de dedicación a tiempo completo.
2.4 Los funcionarios de cuerpos docentes universitarios que presten servicios en la universidad en régimen de dedicación a tiempo parcial podrán someter a evaluación su actividad investigadora, aunque los correspondientes efectos económicos se generarán solamente a partir del momento en que pasen a prestar servicios en la Universidad en régimen de dedicación a tiempo completo.
2.5 Asimismo, podrán solicitar la evaluación de su actividad investigadora quienes ostenten en el CSIC la condición de funcionario científico-investigador, de las siguientes escalas:
Profesores de Investigación.
Investigadores Científicos.
Científicos Titulares.
2.6 Los funcionarios científicos-investigadores del CSIC que se hallen en situación de comisión de servicios o servicios especiales podrán someter a evaluación su actividad investigadora, aunque los derechos económicos no se devengarán hasta el momento de su reingreso al CSIC.
2.7 Los profesores e investigadores antes mencionados deberán encontrarse en cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Aquellos cuyo último tramo evaluado positivamente termine el 31 de diciembre de 2007 o hubiera terminado en años anteriores.
b) Aquellos que nunca se hayan presentado anteriormente y cumplan un mínimo de seis años evaluables el 31 de diciembre de 2013.
c) Aquellos a quienes no se les hubiera reconocido su último tramo de evaluación normal y éste hubiera terminado el 31 de diciembre de 2010 o en años anteriores. Los solicitantes que se encuentren en esta situación podrán construir un nuevo periodo, de seis años, con alguno de los años ya evaluados negativamente en la última solicitud presentada y, al menos, tres años posteriores a la misma.
2.8 Los funcionarios de cuerpos docentes universitarios y funcionarios científicos-investigadores del CSIC podrán solicitar a la CNEAI la convalidación de las evaluaciones positivas de aquellos tramos de actividad investigadora que les hubieran sido reconocidos antes de haber accedido a la función pública, cuando dicho reconocimiento se hubiera producido siguiendo un procedimiento de evaluación en el que haya intervenido la propia CNEAI, conforme a las previsiones del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de retribuciones del profesorado universitario, y disposiciones de desarrollo. Los formularios para solicitar la convalidación están disponibles en www.educacion.gob.es/cneai. El plazo de presentación de estas solicitudes será el mismo que el de la convocatoria general, y los efectos económicos, de 1 de enero del año siguiente al de la solicitud.
3. Formalización de solicitudes. 3.1 Los solicitantes podrán presentar por vía telemática, de acuerdo con el artículo 27.6 de la Ley 11/2007 de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, los siguientes documentos, que están disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es sección «Trámites y servicios», subsección «Organismos». Las instrucciones de tramitación se encuentran en el enlace «¿Cómo tramitar?»:
a) Impreso de solicitud firmado.
b) Currículum vitae abreviado con las cinco aportaciones que el interesado considere más relevantes para el período de seis años sometido a evaluación.
Se entenderá por «aportación» cualquier unidad clasificable en alguno de los criterios de evaluación a que se remite el apartado 6 de la presente convocatoria. Cada aportación deberá incluir los datos que sean necesarios para su localización e identificación.
...
3.5 A través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se podrán obtener duplicados de los justificantes de los escritos presentados por registro electrónico (https://sede.educacion.gob.es/registro.electrónico.html).
3.6 Los interesados podrán dirigirse a soporte.sede@mecd.es, en horario de lunes a jueves de 9:00 horas a 18:00 horas y viernes de 8:30 horas a 15:30 horas, para consultas relacionadas con la aplicación informática.
3.7 Los interesados podrán dirigirse a la CNEAI para cualquier consulta relacionada con esta convocatoria que no corresponda a la aplicación informática.
4. Presentación de las solicitudes. 4.1 Los impresos y anexos serán cumplimentados y enviados por vía telemática, usando los medios disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es sección «Trámites y Servicios» o en la dirección electrónica www.educacion.gob.es/cneai.
4.1.1 Si el interesado dispone de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, deberá presentar su solicitud exclusivamente en el registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo previsto en la Orden ECI/23/2005, de 9 de enero. Esta presentación en el Registro se realizará usando la misma aplicación informática que se utiliza para cumplimentar y enviar los impresos.
4.1.2 Si el interesado no dispone del certificado de firma electrónica, deberá en primer lugar completar por vía telemática los diversos documentos que componen su solicitud y, tras confirmarla, deberá imprimir la hoja de solicitud y presentarla, debidamente firmada y por duplicado, en los lugares señalados en el apartado 4.2.
4.2 Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica podrán dirigir sus solicitudes al Director General de Política Universitaria en el Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (calle Los Madrazo, 15-17, 28071 Madrid), o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público. En el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
4.3 Los registros de las universidades públicas no son válidos a los efectos del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Por lo tanto, la fecha de entrada de las solicitudes en los registros de las universidades no producirá efectos en cuanto al cumplimiento de los plazos de la presente convocatoria.

sábado, 23 de marzo de 2013

26 plazas de la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, Código 6152, por el sistema general de acceso libre (CONCURSO). Ciemat, CSIC, IAC, ISCIII.

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2007), modificadas por Orden PRE/2061/2009 de 23 de julio (BOE del 30)
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará en la página web: www.060.es, así como en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad www.mineco.es; y en la de los Organismos Públicos de Investigación; www.ciemat.es; www.iac.es; www.isciii.es; www.csic.es).
1. Descripción de las plazas. Se convoca proceso selectivo para cubrir 26 plazas de la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, Código 6152, por el sistema general de acceso libre.
Del total de estas plazas se reservará 1 plaza, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.
1.1 La distribución por especialidades de las 25 plazas convocadas por el turno general es la siguiente:
Especialidad . . . . . . . . . . . . . . OPI . . . . . N.º de plazas
Accidentes severos en reactores nucleares de fisión: Modelado de fenómenos y análisis de secuencias . . CIEMAT . . 1
Ciencias del lenguaje y teoría de la cultura . . CSIC . . 1
Biología molecular y celular . . CSIC . . 2
Bases moleculares de las enfermedades . . CSIC . . 2
Biodiversidad y cambio global . . CSIC . . 1
Ecología evolutiva . . CSIC . . 1
Registros y procesos de cambios geoambientales . . CSIC . . 1
Biotecnología y mejora vegetal . . CSIC . . 1

Agricultura sostenible . . CSIC . . 2
Análisis Matemático . . CSIC . . 1
Física teórica y de altas energías . . CSIC . . 1
Tecnologías físicas . . CSIC . . 1
Nanociencias y Nanotecnologías . . CSIC . . 2
Tecnología de materiales avanzados . . CSIC . . 1
Biotecnología, Calidad y Seguridad Alimentaria . . CSIC . . 1
Química biológica . . CSIC . . 1
Métodos, procesos y tecnologías químicas . . CSIC . . 2
Astrofísica: Cuerpos Menores del sistema Solar . . IAC . . 1
Diagnostico molecular en enfermedades infecciosas . . ISCIII . . 1
Diagnostico molecular y modelos experimentales en patología humana . . ISCIII . . 1
2. Proceso selectivo. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las fases, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el Anexo I, cuyo objetivo es la valoración de los méritos, competencias y capacidades contenidos en los curriculum de los solicitantes y la adecuación de los mismos a las características y funciones de la plaza a la que participa.
3. Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
3.1 Nacionalidad:
a)
Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estado miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separado de derecho. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea ratificados por España en los que se de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
3.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor. Se entenderá que un aspirante está en condiciones de obtener el título de doctor cuando hubiera resultado aprobado para dicho grado tras la lectura de la correspondiente tesis doctoral. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, su homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
3.4 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicios de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las desempañaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
4. Solicitudes. 4.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina web www.060.es.
4.2 La presentación de solicitudes se realizará por cualquiera de los siguientes medios:
a) Los interesados podrán presentar (con certificado digital) su solicitud a través de internet en el Portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la dirección www.minhap.es (Procesos selectivos de empleo público. Inscripción en los procesos selectivos) o del Portal del ciudadano www.060.es (inscripción en pruebas selectivas por Internet).  ...
En las solicitudes cumplimentadas por vía telemática, la documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.5 y 4.6, deben remitir junto con la solicitud, lo podrán hacer anexionándola, en documento pdf, a la solicitud telemática o presentándola directamente en los lugares previstos en la letra siguiente.
b) Los interesados podrán formalizar su solicitud en soporte papel, rellenando e imprimiendo el modelo 790 referido en la base anterior y presentándolo en los Registros Generales del Ministerio de Economía y Competitividad, (Calle Albacete, 5, 28027 Madrid); del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) (avenida Complutense, 22, 28040 Madrid); del Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) (calle Vía Láctea, s/n. 38200 La Laguna. Santa Cruz de Tenerife); del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), (avenida de Monforte de Lemos, n.º 5, 28029 Madrid); de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) (C/ Serrano, 117, 28006 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
En este supuesto el pago de la tasa de derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
4.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 24 de marzo al 13 de abril de 2013,a.i.} y se dirigirá a la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del Ministerio de Economía y Competitividad. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

miércoles, 23 de mayo de 2012

subprograma JAE-predoc de ayudas para el desarrollo de tesis doctorales del año 2012, en el marco del programa «Junta para la Ampliación de Estudios». CSIC.

El programa JAE aborda la formación integral de personal científico y técnico de I+D, mediante su incorporación a los grupos de investigación de los centros e institutos del CSIC, desarrollando y perfeccionando en ellos sus capacidades de investigación en un contexto científico y técnico idóneo.
El subprograma JAE-Predoc está dirigido a Licenciados, Arquitectos e Ingenieros y tiene como objetivo el apoyo a los estudiantes universitarios que desean realizar la investigación conducente a su tesis doctoral en centros o Institutos del CSIC. El procedimiento de concesión de ayudas en el marco de este subprograma se realizará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto de 27 de enero de 2006 que aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación («BOE» de 3 de febrero de 2006). Los beneficiarios de este subprograma podrán además, acceder a ayudas complementarias para la realización de estancias breves en centros de I+D y empresas en España y en el extranjero.
1. Actuaciones financiables. La convocatoria tiene por objeto la concesión de ocho ayudas en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad para la realización de tesis doctorales, a desarrollar en diferentes Institutos del CSIC, por un período máximo de cuatro años, según relación que figura en el anexo I.
2. Requisitos de los solicitantes. 2.1 Podrán solicitar estas ayudas los candidatos que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título o haber finalizado los estudios para acceder a un programa de doctorado, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto 1393/2007 o conforme a alguna de las siguientes ordenaciones universitarias anteriores:
Título oficial que permita el acceso a la realización de los estudios de doctorado de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula  el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de posgrado.
Título de Máster o tener superados 300 créditos entre los estudios de grado y de posgrado oficiales, para los que realicen los estudios de doctorado adaptados al Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios universitarios oficiales de posgrado. Asimismo, los que hayan sido admitidos en un programa oficial de posgrado que incluya un Máster como parte de la formación de los estudios de doctorado, de conformidad con lo regulado por el Real Decreto 56/2005.
b) La fecha de finalización de estudios a los que se refiere el punto 2.1, deberá ser posterior al 1 de enero de 2009, considerándose como aquella en la que se acredite que se han superado todas las materias y requisitos académicos que constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.
2.2 En la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplir los requisitos exigidos en el apartado 2.1.a).
2.3 Acreditar la dirección de un investigador de plantilla del CSIC o de sus centros mixtos, que disponga de financiación para la ejecución del trabajo relacionado con el programa de formación. La firma del Director del centro o Instituto de adscripción del investigador, en la solicitud, avalará el cumplimiento de este último requisito.
2.4 ...
3. Presentación de solicitudes. Las solicitudes se realizarán de forma telemática, a este fin los solicitantes utilizarán los servidores de información de la Agencia Estatal CSIC (www.csic.es) que estarán disponibles en español e inglés.
Los solicitantes deberán imprimir y firmar las páginas resultantes del uso de los medios telemáticos y presentarlas junto con la documentación adicional requerida, en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano 117, 28006 Madrid), o remitirla por correo certificado o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación en el «BOE» de esta Resolución.{del 24 de mayo al 7 de junio de 2012, a.i.}
4. Formalización de solicitudes. 4.1 Los solicitantes únicamente podrán optar por una de las ayudas y en sus solicitudes deberán incluir las firmas de aceptación del director de tesis y del Director del centro o Instituto al que pertenezca el investigador que figure como director de tesis del solicitante.  ...
10. Dotación económica. a) Durante el período de beca, la cuantía de las ayudas será de 14.400 euros brutos anuales, actualizándose anualmente a la cuantía que determine el CSIC. 
ANEXO I 
Centro - Tema - Investigador responsable
Instituto de Ciencia de Materiales de Sevilla.
Efectos de iones, átomos y plasmas sobre procesos de nucleación y autoensamblaje de moléculas orgánicas sobre superficies.
Agustín Rodríguez González-Elipe.
Centro Nacional de Biotecnología.
Desarrollo, mejora y validación de herramientas genéticas estandarizadas para la reprogramación genética de bacterias Gram-negativas. 
Víctor de Lorenzo Prieto.
Centro Nacional de Biotecnología.
Desarrollo de herramientas genéticas de ingeniería metabólica de Pseudomonas putida.
Víctor de Lorenzo Prieto.
Centro de Investigación en Seguridad y Durabilidad Estructural de Materiales.
Fotocatálisis en construcción: establecimiento de la metodología para la determinación de las especies activas.
Marta M.ª Castellote Armero.
Instituto de Ciencia y Tecnología de Polímeros.
Materiales elastoméricos con memoria de forma.
Juan López Valentín.
Instituto de Ciencia de Materiales de Barcelona.
Autoensamblaje de radicales derivados del policlorotrifenilmetilo en dos dimensiones (superficies) y tres dimensiones.
Concepción Rovira Angulo.
Instituto de Ciencia de Materiales de Barcelona.
Hacia interruptores y rectificadores moleculares: Preparación y nanoestructuración de sistemas dador-aceptor biestables.
Jaume Veciana Miró.
Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja.
Construcción sostenible con madera. Sistemas constructivos acordes con la reglamentación.
Ignacio de Oteiza San José.

lunes, 20 de junio de 2011

30 plazas de la Escala de Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Código –5404–) por concurso-oposición libre.

Orden CIN/1708/2011, de 7 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de concurso-oposición libre, en la Escala de Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 284, de 27 de noviembre de 2007), modificadas por Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («BOE» del 30).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la página web www.060.es.
1. Descripción de las plazas. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 30 plazas de la Escala de Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Código –5404–) por el sistema de concurso-oposición libre.
Del total de estas plazas se reservarán dos, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.
1.2 La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica, de las plazas convocadas por acceso general es la siguiente:
... (ver cuadro en disposición, clikando sobre el título del 'post')
1.3 La distribución de áreas de especialización científica y tecnológica, por las que podrán concurrir los aspirantes que participen en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, es la misma que la de acceso general, siendo el destino de dichos puestos el «CSIC».
Las dos plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad serán adjudicadas, de entre los aspirantes con discapacidad del citado cupo que hayan aprobado el proceso selectivo, a aquellos candidatos con las dos mejores puntuaciones finales, con independencia del área de especialización científica y tecnológica por la que concurran.
2. Proceso selectivo. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición libre, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
3. Titulación. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
4. Solicitudes. 4.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es.
4.2 La solicitud se presentará en el Registro General de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 117 - 28006 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
4.6 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Presidente de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas.{del 21 de junio al de 10 de julio de 2011, a.i.}
5.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 117, 28006 Madrid, teléfonos 91 568 18 32 / 33 / 34 / 35 y Fax 91 568 18 30, dirección de correo electrónico sspf@csic.es