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lunes, 25 de noviembre de 2019

17 plazas de Profesor/a: Técnico, Primaria y Secundaria. Diputación Provincial de Valencia

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 141, de 24 de julio de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Tres plazas de Profesor/a Técnico/a (Ingeniería Técnica Forestal), pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnicos/as Medios/as, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Dos plazas de Profesor/a Técnico/a (Ingeniería Técnica Agrícola), pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnicos/as Medios/as, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Una plaza de Profesor/a de Primaria (Maestro/a con la especialidad de Música), perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnico/a Medio/a, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Dos plazas de Profesor/a de Primaria (Maestro/a con la especialidad de Pedagogía Terapéutica), pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnicos/as Medios/as, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Tres plazas de Profesor/a de Primaria (Maestro/a con la especialidad de Educación Infantil), pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnicos/as Medios/as, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Cuatro plazas de Profesor/a de Secundaria (Ingeniero/a Agrónomo/a), pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnicos/as Superiores, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Dos plazas de Profesor/a de Secundaria (Inglés Técnico), pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Técnicos/as Superiores, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 26 de noviembre al 24 de diciembre de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia». https://www.dival.es

martes, 15 de octubre de 2019

bolsa de empleo de: Tractorista. Director/a ; y Profesor/a, de la Escuela Municipal de Bellas Artes. Ayuntamiento de Yecla.

Resultado de imagen de murciamapa YeclaAyuntamiento de Yecla. 
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado día 24 de septiembre de 2019, aprobó la convocatoria y las Bases reguladoras la creación, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de una Bolsa de Empleo para la realización de contrataciones laborales temporales, o nombramientos como funcionarios interinos, en la categoría de Tractorista. 
Las Bases se pueden obtener en la página web del Ayuntamiento:
El plazo de presentación de instancias es de veinte días naturales a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. {del 16 de octubre al 4 de noviembre de 2019, a.i.}
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La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado día 24 de septiembre de 2019, aprobó la convocatoria y las Bases reguladoras la creación, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de una Bolsa de Empleo para la realización de contrataciones laborales temporales, o nombramientos como funcionarios interinos, en la categoría de Director de la Escuela Municipal de Bellas Artes.
Las Bases se pueden obtener en la página web del Ayuntamiento: 
El plazo de presentación de instancias es de veinte días naturales a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia {del 16 de octubre al 4 de noviembre de 2019, a.i.}
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La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado día 24 de septiembre de 2019, aprobó la convocatoria y las Bases reguladoras la creación, mediante el sistema de Concurso-Oposición, de una Bolsa de Empleo para la realización de contrataciones laborales temporales, o nombramientos como funcionarios interinos, en la categoría de Profesor de la Escuela Municipal de Bellas Artes. 
Las Bases se pueden obtener en la página web del Ayuntamiento: 
El plazo de presentación de instancias es de veinte días naturales a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. {del 16 de octubre al 4 de noviembre de 2019, a.i.}

miércoles, 13 de febrero de 2019

Bolsa de trabajo de Profesor/a: Danza Española. Ajuntament de Benidorm .

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACION Y CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA CUBRIR COMO FUNCIONARIO INTERINO PLAZAS DE TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, PROFESORES/AS DE DANZA, EN LA ESPECIALIDAD DE DANZA ESPAÑOLA.
Base primera.- Objeto de la convocatoria y sistema de selección.  La presente convocatoria tiene por objeto la creación de una bolsa de trabajo de Técnico de Administración Especial, Profesor/a de Danza, en la especialidad de DANZA ESPAÑOLA, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, dotada con los emolumentos que correspondan según la legislación vigente y la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.
El sistema de selección es el de oposición.
Base segunda.- Requisitos.  Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
a) Tener nacionalidad española o la de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras, en los términos previstos en el Título IV del Real Decreto Ley 5/2015 de 30 octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa por edad en la función pública.
c) Titulación Académica requerida: estar en posesión de alguna de las titulaciones específicas que a continuación se detallan:
- Titulo de profesor/a Superior de Danza: especialidad Pedagogía de la Danza o de la especialidad Coreografía y Técnicas de Interpretación de la Danza (Estilo: Danza Española), expedido al amparo del Real Decreto 1463/1999 (*).
- Título Superior de Danza: estilo Danza Española, de acuerdo con el Real Decreto 632/2010 (*).
- Estar en posesión de la titulación exigida por el artículo 16 del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo.
Acreditación de equivalencia de los títulos anteriores a la LOGSE al título de cualquier especialidad expedida por el Ministerio y acreditar experiencia profesional o formación académica en la especialidad en la que se opta.
(*) Para acreditar la competencia en el estilo de la especialidad a la que se opta, se ha de aportar un certificado académico en el que conste que el aspirante ha cursado el mencionado estilo.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo que se convoca.
e) No hallarse inhabilitado/a penalmente para el ejercicio de funciones públicas.
f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración o empleo público, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.
Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
Base tercera.- Publicidad de la convocatoria, solicitudes y derechos de examen.
a) Publicidad:
Las presentes bases específicas se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [Nº 30 de 12/02/2019] siendo esta publicación la que abra el plazo de presentación de instancias. La relación provisional y definitiva de admitidos y la composición del tribunal encargado de la selección se publicará en el BOP de Alicante, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web. Los sucesivos anuncios derivados de esta convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web.  https://benidorm.org
b) Solicitudes y plazo de presentación: Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, en el plazo de diez días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.- del 13 al 22 de febrero de 2019, a.i.

martes, 12 de febrero de 2019

personal de carácter temporal para personal directivo docente y administrativo del proyecto POEFE (PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO, FORMACION Y EDUCACION). Ajuntament de Paterna

Edicto del Ayuntamiento de Paterna del extracto de las Bases generales selección de personal, proyecto POEFE.
EDICTO
Por Decreto de Alcaldía nº 213/2019 de 23 de enero de 2019 se aprobaron las bases generales que han de regir el proceso de selección de personal de carácter temporal para personal directivo docente y administrativo del proyecto POEFE (PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO, FORMACION Y EDUCACION). Según la siguiente Relación :
PUESTO DE TRABAJO CONTRATO (DURACIÓN Y JORNADA) REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS

DIRECTOR/A Duración: 36 meses - Jornada: 100% Titulación Universitaria
PROFESOR/A Duración: 36 Meses - Jornada: 100 Diplomado o Grado Magisterio/ o titulación universitaria, con CAP o Máster equivalente y B2 de inglés.
PERSONAL ADMINISTRATIVO Duración: 36 meses - Jornada: 100% FP II Administración GS Administración y Finanzas

TÉCNICO GESTOR Duración: 36 meses - Jornada: 100% Titulación Universitaria y Posgrado en Gestión y Promoción del desarrollo local

MONITOR/A EN
PELUQUERÍA Duración: 36 meses - Jornada: 100% Técnico Superior de la familia profesional de Imagen Personal, ó Certificado Profesionalidad nivel 3 de Peluquería de la familia profesional de Imagen Personal.Ambos con experiencia profesional de 2 años con titulación, ó 4 sin acreditación

MONITOR/A EN COMERCIO Duración: 36 meses - Jornada: 100% Técnico Superior de la Familia profesional Comercio o marketing, ó Certificado profesional nivel 3 en del área de Compraventa de la familia Profesional de Comercio y Marketing.
Ambos con experiencia profesional de 2 años con titulación, ó 4 sin acreditación
MONITOR/A EN GESTIÓN ADMINISTRATIVA Duración: 36 meses - Jornada:100% Técnico Superior de la familia profesional de Administración y Gestión, ó Certificado profesional nivel 3 de Administración y Auditoria de la familia profesional de Administración y Gestión.
Ambos con experiencia profesional de 2 años con titulación, ó 4 sin acreditación
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
Las bases estarán expuestas en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). {del 13 de febrer al 12 de març de 2019, a.i.}
Las instancias para formar parte de la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente de este ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General de entrada del Ayuntamiento, o en la forma que determine el articulo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.
Lo que se hace público para general conocimiento.  https://www.paterna.es

lunes, 13 de agosto de 2018

6 Profesores: 2 de Formación Básica y 4 de Formación Específica, del Ayuntamiento de Paterna (Horta Nord-València)

Resultado de imagen de paterna comarcaAyuntamiento de Paterna Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre extracto de las bases para la contratación de dos profesores/as de Formación Básica para los Programas Formativos de Cualificación Básica "operaciones básicas de cocina", "actividades de auxiliares de comercio", "operaciones de reproducción manual o semiautomática de productos cerámicos" y "operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales".
EDICTO
Por Resolución de Alcaldia núm 2498 de fecha 19 de julio de 2018, se aprueban las bases para la contratación de dos profesores/as de Formación Básica para los Programas Formativos de Cualificación Básica "OPERACIONES BASICAS DE COCINA", "ACTIVIDADES DE AUXILIARES DE COMERCIO", OPERACIONES DE REPRODUCCION MANUAL O SEMIAUTOMATICA DE PRODUCTOS CERAMICOS" Y "OPERACIONES AUXILIARES DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES"
Las instancias para formar parte de la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente de este ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General de entrada del Ayuntamiento, o en la forma que determine el articulo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, durante un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletin Oficial de la Provincia.{del 9 al 23 de agosto de 2018, a.i.}
Lo que se hace público para general conocimiento.
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Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre extracto de las bases para la contratación de un profesor/a de Formación Especifica "operaciones básicas de cocina".
EDICTO
Por Resolución de Alcaldía núm 2497 de fecha 19 de julio de 2018, se aprueban las bases para la contratación de un profesor/a de Formación Especifica "OPERACIONES BÁSICAS DE COCINA"
Las instancias para formar parte de la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente de este ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General de entrada del Ayuntamiento, o en la forma que determine el articulo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, durante un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 9 al 23 de agosto de 2018, a.i.}
Lo que se hace público para general conocimiento.
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Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre extracto bases para la contratación de un profesor/a de Formación Especifica para los Programas Formativos de Cualificación Básica 'actividades auxiliares de comercio'.
EDICTO
Por Resolución de Alcaldia núm 2496 de fecha 19 de julio de 2018, se aprueban las bases para la contratación de un profesor/a de Formación Especifica para los Programas Formativos de Cualificación Básica "ACTIVIDADES AUXILIARES DE COMERCIO"
Las instancias para formar parte de la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente de este ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General de entrada del Ayuntamiento, o en la forma que determine el articulo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, durante un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 9 al 23 de agosto de 2018, a.i.}
Lo que se hace público para general conocimiento.
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Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre extracto de las bases para la contratación de un profesor/a de Formación Especifica para los Programas Formativos de Cualificación Básica 'operaciones de reproducción manual o semiautomática de productos cerámicos'.
EDICTO
Por Resolución de Alcaldia núm 2499 de fecha 19 de julio de 2018, se aprueban las bases para la contratación de un profesor/a de Formación Especifica para los Programas Formativos de Cualificación Básica "OPERACIONES DE REPRODUCCIÓN MANUAL O SEMIAUTOMÁTICA DE PRODUCTOS CERÁMICOS
Las instancias para formar parte de la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente de este ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General de entrada del Ayuntamiento, o en la forma que determine el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, durante un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 9 al 23 de agosto de 2018, a.i.}
Lo que se hace público para general conocimiento.
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Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre extracto de las bases para la contratación de un profesor/a de Formación Específica 'operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales'.
EDICTO
Por Resolución de Alcaldía núm 2500 de fecha 19 de julio de 2018, se aprueban las bases para la contratación de un profesor/a de Formación Específica "OPERACIONES AUXILIARES DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES"
Las instancias para formar parte de la presente convocatoria se dirigirán al Alcalde-Presidente de este ayuntamiento, debiendo presentarse en el Registro General de entrada del Ayuntamiento, o en la forma que determine el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones, durante un plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 9 al 23 de agosto de 2018, a.i.}
Lo que se hace público para general conocimiento
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martes, 15 de mayo de 2018

ampliación de las bolsas de trabajo de aspirantes a interinidades de distintas especialidades correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y al Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Castilla-La Mancha.

Resultado de imagen de Consejería de Educación, Cultura y Deportes, castilla la manchaResolución de 10/05/2018, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca proceso para la ampliación de las bolsas de trabajo de aspirantes a interinidades de distintas especialidades correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y al Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Primero. Objeto de la convocatoria. La presente Resolución tiene por objeto convocar procedimiento de selección, mediante el sistema de concurso, para ampliar las bolsas de trabajo del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas, Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño en las especialidades que se citan a continuación, al objeto de nombrar personal funcionario interino docente cuando existan razones de urgencia o necesidad que justifiquen la cobertura de plazas que no sea posible proveer con funcionarios de carrera y no existan aspirantes suficientes en las bolsas de trabajo vigentes:
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (590):
- Francés.
- Alemán.
- Educación física.
- Procesos y medios de comunicación.
- Procesos y productos de textil, confección y piel.
- Procesos y productos de madera y mueble.
Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (591):
- Instalación y mantenimiento de equipos térmicos de fluidos.
- Instalaciones y equipos de cría y cultivo.
- Soldadura.
Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (592):
- Español para extranjeros.
- Portugués.
Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas (594):
- Acordeón.
- Flauta travesera.
- Guitarra.
- Instrumentos de púa.
- Orquesta.
- Saxofón.
- Violonchelo.
- Danza contemporánea.
Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño (595):
- Fotografía.
- Organización industrial y legislación.
Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (596):
- Talla en piedra y madera.
- Técnicas cerámicas.
- Técnicas de grabado y estampación.
- Técnicas del metal.
Segundo. Requisitos de las personas aspirantes. Los aspirantes deberán reunir los requisitos generales y específicos enumerados a continuación para su incorporación a las bolsas, con carácter previo a su nombramiento y durante toda la vigencia del mismo.
1. Requisitos generales.
a)
Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de personas trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Asimismo, podrán aspirar a la condición de aspirantes a interinidades los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, los de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges si no están separados de derecho, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplida la edad mínima de acceso a la Función Pública y no exceder la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.
c) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatibles con el ejercicio de las funciones docentes inherentes al cuerpo y especialidad correspondientes.
d) Poseer la capacidad funcional y la competencia profesional adecuada para el desempeño de las tareas habituales del cuerpo y especialidad correspondiente.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
g) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo y especialidad de la bolsa de la que se pretenda formar parte.
h) Para el caso de convocatoria de bolsas extraordinarias, no formar parte de una bolsa de trabajo ordinaria o de reserva vigentes en el mismo cuerpo y especialidad.
i) No haber sido excluido de las bolsas de trabajo por falta de la competencia profesional o de capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas docentes declaradas por resolución del órgano directivo competente en materia de personal docente.
j) Cualquier otro requisito que la legislación general o específica determine para el acceso a la Función Pública.
La acreditación del cumplimiento de estos requisitos se efectuará mediante declaración responsable contenida en el modelo de solicitud.
La Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativa de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual deberá aportarse solo en los casos en los que el aspirante no hubiera autorizado a la Administración para recabar de oficio dicha circunstancia (marcando la casilla correspondiente en el momento de cumplimentar la solicitud) y cuando dicha certificación sea expresamente requerida a los aspirantes por la Administración, por no haberse podido obtener de oficio del Ministerio de Justicia por cualquier motivo.
2. Requisitos específicos.
Los aspirantes deberán estar en posesión de:
a)
Alguna de las titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad establecidas en el anexo II para cada especialidad, según lo establecido en la Orden de 32/2018 de 22/02/2018 (DOCM núm. 42 de 28/02/2018), de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, el nombramiento y el cese del personal funcionario interino docente no universitario.
b) La formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Cumplirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.
Están dispensados de la posesión del citado título oficial de Máster universitario quienes acrediten haber obtenido, con anterioridad al 01/10/2009, alguno de los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica.
- Estar en posesión del título de Maestro, Diplomado en Educación General Básica, Maestro de Primera Enseñanza, o del título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía así como de cualquier otro título de Licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica; igualmente están dispensados quienes estuvieran cursando enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos mencionados anteriormente y que tuvieran cursados 180 créditos de estas enseñanzas antes del 01/10/2009.
De conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria (BOE nº 287/2008, de 28 de noviembre), también quedarán dispensados de la posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas, quienes acrediten haber impartido docencia, antes del término del curso escolar 2008/2009 (por tanto antes del 31/08/2009), durante un mínimo de dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en períodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el mencionado Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.
En el caso de aspirantes a bolsas del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, también acreditan la formación pedagógica y didáctica necesaria, quienes estén en posesión de una certificación oficial expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por las Administraciones Educativas de las comunidades autónomas que acredite estar en posesión de la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida en el artículo 100 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para aquéllas personas que, por razones derivadas de su titulación, no puedan acceder a los estudios de Máster, de acuerdo con lo previsto en la Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre, modificada por la Orden ECD/1058/2013, de 7 de junio. No obstante, en estos casos (personas que estando en posesión de una titulación equivalente a efectos de docencia no puedan realizar estudios de Máster), tendrán reconocido el requisito de la formación pedagógica y didáctica quienes acrediten que, con anterioridad al 01/09/2014, han impartido docencia durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, durante doce meses en periodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados en los niveles y enseñanzas correspondientes, de conformidad con lo establecido en la Orden ECD/1058/2013, de 7 de junio.
c) Asimismo para el desempeño de plazas en centros con enseñanzas bilingües o plurilingües que requieran la competencia lingüística establecida en la normativa reguladora de estas enseñanzas , los aspirantes deberán estar en posesión de las titulaciones y/o certificados requeridos como competencia lingüística en la Orden de 14/10/2016 (DOCM Núm. 206 de 21 de octubre), de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se relacionan las titulaciones y certificaciones que, con referencia a los niveles que establece el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, acreditan el conocimiento de idiomas en el ámbito de competencia de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y que se relacionan en el anexo III. Todas las condiciones y requisitos enumerados en los puntos 1 y 2 se deberán poseer en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Tercero. Solicitudes y plazo de presentación.
1.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha [ Núm. 94 15 de mayo de 2018] {del 16 al 29 de mayo de 2018, a.i.}, y la solicitud de participación se formalizará electrónicamente, a través del Portal de Educación, en la dirección www.educa.jccm.es, a la que podrá accederse asimismo a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es//).
Séptimo. Información complementaria y listados. El día de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha se hará público en el Portal de Educación www.educa.jccm.es la siguiente información complementaria:
Anexo I. Especialidades convocadas.
Anexo II. Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad.
Anexo III. Titulaciones para la acreditación de la competencia lingüística.
Anexo IV. Catálogo de titulaciones.