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jueves, 2 de enero de 2014

10.000 places per a participar en el Programa de Termalisme Valencià de la Generalitat, per a l’exercici 2014/2015.


1. Objecte de la convocatòria.1. L’objecte d’esta orde és la convocatòria de places per a l’estada i el tractament termal en els establiments balnearis de la Comunitat Valenciana dins del Programa de Termalisme Valencià de la Generalitat, per a l’exercici 2014/2015. 
1. El objeto de esta orden es la convocatoria de plazas para la estancia y tratamiento termal en los establecimientos balnearios de la Comunitat Valenciana dentro del Programa de Termalismo Valenciano de la Generalitat, para el ejercicio 2014/2015.
2. Places i torns convocats. 1. Es convoquen 10.000 places per a participar en el Programa de termalisme valencià que s’ha de desenrotllar en els balnearis que es   relacionen en l’annex I d’esta orde. 
2. L’oferta de places podrà incrementar·se, sense necessitat de nova  convocatòria, amb les que resulten dels nous contractes que formalitze la Conselleria de Benestar Social amb els establiments termals l’any 2014.
3. El programa es desenrotllarà del 16 d’abril de 2014 al 15 d’abril  de 2015, en torns de huit dies de duració (set nits) en els establiments descrits anteriorment que es troben ubicats a la Comunitat Valenciana, la relació dels quals figura en l’annex I d’esta orde i comprendrà: allotjament en habitació doble, manutenció en règim de pensió completa i  tractaments termals adequats a les necessitats de cada una de les persones beneficiàries.  
1. Se convocan 10.000 plazas para participar en el programa de termalismo valenciano, a desarrollar en los balnearios que se  relacionan en el anexo I de la presente orden.
2. La oferta de plazas podrá incrementarse, sin necesidad de nueva convocatoria, con las que resulten de los nuevos contratos que formalice la Consellería de Bienestar Social con los establecimientos termales en  el año 2014.
3. El programa se desarrollará del 16 de abril de 2014 al 15 de  abril de 2015, en turnos de ocho días de duración (siete noches) en los establecimientos descritos anteriormente que se hallen ubicados en la Comunitat Valenciana, cuya relación, figura en el anexo I de esta orden y comprenderá: alojamiento en habitación doble, manutención en régimen de pensión completa y tratamientos termales adecuados a las necesidades de cada una de las personas beneficiarias.
3. Preu de les places. La Generalitat contribuirà al finançament del cost de les places amb una aportació màxima de 131 euros, IVA inclòs, per plaça, a cada un dels beneficiaris del programa. Pagarà esta quantitat a l’establiment receptor i anirà a compte de la persona beneficiària la resta de l’import d’acord amb els preus que s’indiquen a continuació per a cada balneari (IVA 10 % inclòs)

 La Generalitat contribuirá a la financiación del coste de las plazas con una aportación máxima de 131 euros IVA incluido, por plaza a cada uno de los/as beneficiarios/as del programa, abonando dicha cantidad al establecimiento receptor y corriendo por cuenta del/la termalista el resto del importe de acuerdo con los precios que se indican a continuación para cada balneario (IVA 10 % incluido).

BALNEARI . . .  Preu (IVA 10 % inclòs) per plaça i torn que han de pagar els beneficiaris
Cofrentes . . . . . 249,70 € 
Chulilla . . . . . . 249,70 €
Montanejos . . . 228,80 €
Verche . . . . . . . 218,90 €
La Vila Vella . . 218,90 €
Fuente Podrida . 218,90 €
Benassal . . . . . . 218,90 €
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5. Beneficiaris. Podran sol·licitar plaça en el Programa de Termalisme Valencià les persones que a continuació s’indiquen, les quals hauran de complir en data dilluns 31 de març de 2014 els requisits següents:
1. Persones de 65 anys o més, pensionistes del sistema de Seguretat  Social o classes passives. 
2. Persones de 60 anys o més, pensionistes del sistema de Seguretat  Social o de classes passives, pel concepte de jubilació, viudetat o d’altres pensions.
3. Persones de 60 anys o més amb discapacitat que, segons el que disposa la Llei d’Integració Social del Minusvàlid, tinguen una discapacitat igual o superior al 33 %. En el cas que estes persones necessiten l’ajuda d’un acompanyant, caldrà presentar un certificat de discapacitat on conste un grau igual o superior al 65 %, si bé no serà necessari si tenen el grau de discapacitat reconegut a la Comunitat Valenciana.
4. Podran assistir els cònjuges dels sol·licitants, sempre que siguen  majors de 50 anys i complisquen els requisits establits en els apartats 1, 2 i 3 de l’article 6.
5. També podran participar els fills dels sol·licitants que depenguen  d’estos per al seu exercici en la vida diària i que siguen discapacitats en un grau igual o superior al 33 % i resulte impossible que queden a  cura d’altres persones. En tot cas, aniran acompanyats i compartiran  habitació amb els pares.
Podrán solicitar plaza en el Programa de Termalismo Valenciano, las personas que a continuación se indican, cuyos requisitos deberán cumplir en fecha lunes 31 de marzo de 2014.
1. Personas de 65 años o más, pensionistas del Sistema de Seguridad Social o Clases Pasivas.
2. Personas de 60 años o más, pensionistas del Sistema de Seguridad Social o de Clases Pasivas, por el concepto de jubilación, viudedad o de otras pensiones.
3. Personas de 60 años o más con discapacidad que, según lo dispuesto en la Ley de Integración Social del Minusválido, tengan una discapacidad igual o superior al 33 %. En el supuesto de que estas personas precisen la ayuda de un acompañante, será necesario presentar un certificado de discapacidad donde conste un grado igual o superior al 65 %, si bien no será necesario si tienen el grado de discapacidad reconocido en la Comunitat Valenciana.
4. Podrán asistir los cónyuges de los solicitantes, siempre que sean  mayores de 50 años y cumplan los requisitos establecidos en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 6.
5. También podrán participar los hijos de los solicitantes que dependan de estos para su desempeño en la vida diaria y que sean discapatados  en un grado igual o superior al 33 % y resulte imposible que queden al cuidado de otras personas. 
 En todo caso irán acompañados y compartirán habitación con sus padres.


6. Requisits. Els beneficiaris hauran de posseir els requisits següents: 
1. Residir en qualsevol dels municipis que integren la Comunitat  Valenciana.
2. Necessitar els tractaments termals sol·licitats i no tindre contra indicació mèdica per a la recepció d’estos.
3. Poder valdre’s per si mateix per a les activitats de la vida diària.
No patir trastorns mentals o de conducta que puguen alterar la normal convivència dels usuaris en els establiments hotelers i termals, ni malaltia infectocontagiosa. Les persones amb discapacitat a què fa referència l’apartat 3 de l’article 5, acudiran amb el seu acompanyant a fi que este li ajude a realitzar estes activitats.
Los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Residir en cualquiera de los municipios que integran la Comunitat Valenciana. 
2. Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos. 
3. Poder valerse por sí mismo para las actividades de la vida diaria. 
No padecer trastornos mentales o de conducta que puedan alterar la normal convivencia de los usuarios en los establecimientos hoteleros y termales, ni enfermedad infecto contagiosa. Las personas con discapacidad a que se refiere el apartado 3 del artículo 5, acudirán con su acompañante a fin de que este le ayude a realizar tales actividades.
 9. Terminis de sol·licitud .1. A fi d’efectuar l’assignació dels torns i places entre totes les persones sol·licitants s’establixen dos terminis per a la presentació de sol·licituds:
a) Per als torns que es realitzen des del mes d’abril fins al mes d’agost de 2014, el termini de presentació de les sol·licituds serà el comprés des de l’endemà de la publicació d’esta orde fins al divendres 31 de gener de 2014. 
b) Per als torns que es realitzen des del mes de setembre fins al  mes de desembre de 2014 i de gener a abril de 2015,  el termini de sol·licituds serà el comprés des del dissabte 1 de febrer al dilluns 31 de març de 2014, ambdós inclosos. 
Per a la inclusió en la llista d’espera de places per a cobrir les que queden vacants per renúncies o altres circumstàncies, el termini finalitzarà el divendres 31 d’octubre de 2014. 
2. Sense perjuí que els sol·licitants puguen formular la sol·licitud en els terminis establits anteriorment, amb la finalitat de simplificar tràmits, es remetran comunicacions singulars a tots els sol·licitants que, reunint els requisits de la convocatòria de l’any 2013/2014, els seus expedients estiguen complets. El termini de presentació per a estes sol·licituds preomplides finalitzarà el divendres 17 de gener de 2014 per als dos torns. 
1. Al objeto de efectuar la asignación de los turnos y plazas entre todas las personas solicitantes se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes:
a) Para los turnos que se realicen desde el mes de abril hasta el mes de agosto de 2014, el plazo de presentación de las solicitudes será el comprendido desde el día siguiente al de la publicación de esta orden hasta el viernes 31 de enero de 2014.
 b) Para los turnos que se realicen desde el mes de septiembre hasta diciembre de 2014 y de enero a abril de 2015, el plazo de solicitudes será el comprendido desde el sábado 1 de febrero al lunes 31 de marzo de 2014 ambos inclusive.
Para su inclusión en la lista de espera de plazas para cubrir aquellas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias, el plazo finalizará el viernes 31 de octubre de 2014.
 2. Sin perjuicio de que los solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todos los solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año 2013/2014, sus expedientes estén completos. El plazo de presentación para estas solicitudes precumplimentadas finalizará el viernes 17 de enero de 2014 para ambos turnos.

domingo, 15 de diciembre de 2013

209.222 plazas para participar en el Programa de Termalismo Social 2014, a desarrollar en turnos y balnearios.

... convocatoria de plazas para participar en el Programa de Termalismo Social durante el año 2014, de acuerdo con las siguientes instrucciones:
Primera. Plazas y turnos convocados.
Se convocan 209.222 plazas para participar en el Programa de Termalismo Social, a desarrollar en los turnos y balnearios que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Sin perjuicio de lo anterior, la oferta de plazas podrá incrementarse, sin necesidad de nueva convocatoria, con las que resulten de los nuevos conciertos que formalice el Imserso en el año 2014 con los establecimientos termales.
El tipo de tratamiento termal a impartir por cada balneario se especifica, asimismo, en el citado anexo I.
Los turnos, que podrán tener una duración de 12 días (once pernoctaciones) o de 10 días (nueve pernoctaciones) cada uno, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán desde las doce horas del día de llegada hasta las doce horas del día de salida.
El desarrollo del programa se efectuará durante el período comprendido entre el mes de febrero y el mes de diciembre de 2014.
Segunda. Precio de las plazas. El precio a pagar por la persona beneficiaria, por plaza y turno, asciende a las cantidades que se señalan, para cada balneario, mes y tipo de turno, en el cuadro anexo I.
Dicho precio es un precio cerrado para todos los servicios incluidos en el turno, no procediendo efectuar deducción alguna si por cualquier causa imputable a la persona beneficiaria no disfruta de la totalidad de dichos servicios.
Si el desarrollo de un turno tiene lugar durante días de dos meses consecutivos, se considera que pertenece al mes en el que transcurran más días del turno.
En dichos precios se encuentran incluidos los siguientes servicios:
Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles, de uso compartido.
Tratamientos termales, que comprenderán:
El reconocimiento médico, al ingresar en el balneario, para la prescripción del tratamiento.
El tratamiento termal básico que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.
El seguimiento médico del tratamiento.
Transporte por cuenta del balneario, en los casos que se expresan en el anexo I, desde la localidad más cercana al balneario con transporte público hasta la estación termal al comenzar el turno y el regreso, al finalizar el mismo.
Póliza colectiva de seguro turístico.
En todo caso, las personas beneficiarias de los turnos realizarán los desplazamientos a los establecimientos termales, así como el de regreso a sus domicilios, directamente por sus propios medios.
El Imserso contribuirá a la financiación del coste de las plazas con una aportación media por plaza de 166,39 euros, oscilando su importe entre 116,21 euros y 218,76 euros, en función del tipo de turno y su mes de desarrollo.
Esta aportación se hará efectiva directamente por el Imserso al establecimiento termal.
Tercera. Personas beneficiarias de las plazas. Serán beneficiarios de las plazas del Programa de Termalismo Social las personas que reúnan los siguientes requisitos:
1.
Ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación e invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando la persona beneficiaria haya cumplido los 60 años de edad.
2. No padecer alteraciones de comportamiento que impidan la convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
3. Poder valerse por sí mismo para las actividades de la vida diaria.
4. Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
5. Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Igualmente, podrán ser personas beneficiarias de las plazas los españoles residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública, tengan más de 60 años de edad y cumplan con los requisitos 2), 3), 4) y 5) de la presente instrucción.
También podrán ser personas beneficiarias de las plazas los cónyuges de quienes reúnan los requisitos anteriores, siempre que cumplan a su vez con los requisitos 2), 3) y 4) de la presente instrucción.
Los requisitos establecidos en los apartados 2), 3) y 4) se acreditarán al Imserso mediante declaración responsable efectuada por la persona solicitante y, en su caso, por su cónyuge. (Ambas declaraciones se cumplimientarán en el anexo II-reverso).
En todo caso, la concesión de plazas estará condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.
A estos efectos, la adjudicación de plazas se realizará mediante la aplicación del baremo al que se hace mención en la instrucción séptima.
Cuarta. Forma de pago de las plazas. Las personas beneficiarias abonarán el precio de las plazas de la siguiente forma:
Con antelación a su incorporación en el balneario y en los plazos que se determinen en el escrito de notificación de concesión de plaza, abonarán, en concepto de gastos de gestión por reserva de plaza, 40,00 euros.
La diferencia entre la cantidad fijada como precio para la plaza y la cantidad abonada en concepto de gastos de gestión de la reserva de plaza, al efectuar el ingreso en el establecimiento termal.
En el supuesto de renuncia a la plaza adjudicada, no se reintegrará a la personas beneficiaria los gastos de gestión de la reserva.

Quinta. Lugar, plazo y forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes, debidamente firmadas, se podrán presentar por las personas interesadas, personalmente o por correo, en los Servicios Centrales, Direcciones Territoriales y Centros del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
En las Comunidades Autónomas a las que se han transferido funciones y servicios del Imserso, la presentación de las solicitudes se realizará en las unidades que designen los órganos competentes.
Asimismo, la presentación de las solicitudes podrá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes:
Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:
Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: Hasta el día 16 de enero de 2014.
Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: Hasta el día 16 de mayo de 2014.
Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias:
Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: Hasta el día 16 de mayo de 2014.
Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: Hasta el día 30 de octubre de 2014.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo II de la presente resolución.
Las solicitudes podrán formularse, igualmente, en fotocopia de los modelos que figuran como anexos a la presente resolución.
Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año 2013, sus expedientes estén completos.
La dirección de correo para el envío de los solicitudes es la siguiente: PROGRAMA DE TERMALISMO SOCIAL DEL IMSERSO .- Apartado de Correos número 14.005 .- 28080 MADRID.
ANEXO IV Distribución provincial de las plazas Comunidad Autónoma
PLAZAS ASIGNADAS A CADA PROVINCIA
Comunidad Valenciana . . . . 20.713  
ALICANTE . . . . . . . . . . . . .  6.883  
CASTELLON . . . . . . . . . . .   2.553 
VALENCIA . . . . . . . . . . . .  11.277
Islas Baleares . . . .  3.850 
BALEARES . . . . . 3.850
Murcia . . . . . . . . .  5.251 
MURCIA . . . . . . . 5.251
Cataluña . . . . . . .  33.517
BARCELONA . . 25.023
GIRONA . . . . . . . 3.034
LLEIDA . . . . . . .  2.050
TARRAGONA . .  3.410
Españoles en el extranjero . . . . 280

sábado, 15 de diciembre de 2012

Programa de Termalismo Social: se convoca la concesión de 206.000 plazas para pensionistas que deseen participar.

Programa de Termalismo Social durante el año 2013, de acuerdo con las siguientes instrucciones:
1. Plazas y turnos convocados. Se convocan 206.000 plazas para participar en el Programa de Termalismo Social, a desarrollar en los turnos y balnearios que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Sin perjuicio de lo anterior, la oferta de plazas podrá incrementarse, sin necesidad de nueva convocatoria, con las que resulten de los nuevos conciertos que formalice el Imserso en el año 2013 con los establecimientos termales.
El tipo de tratamiento termal a impartir por cada balneario se especifica, asimismo, en el citado anexo I.
Los turnos, que podrán tener una duración de 12 días (once pernoctaciones) o de 10 días (nueve pernoctaciones) cada uno, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán desde las doce horas del día de llegada hasta las doce horas del día de salida.
El desarrollo del programa se efectuará durante el período comprendido entre el mes de febrero y el mes de diciembre de 2013.
2. Precio de las plazas. El precio a pagar por la persona beneficiaria, por plaza y turno, asciende a las cantidades que se señalan, para cada balneario, mes y tipo de turno, en el cuadro anexo I.
Dicho precio es un precio cerrado para todos los servicios incluidos en el turno, no procediendo efectuar deducción alguna si por cualquier causa imputable a la persona beneficiaria no disfruta de la totalidad de dichos servicios.
Si el desarrollo de un turno tiene lugar durante días de dos meses consecutivos, se considera que pertenece al mes en el que transcurran más días del turno.
En dichos precios se encuentran incluidos los siguientes servicios:
• Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles, de uso compartido.
• Tratamientos termales, que comprenderán:
– El reconocimiento médico, al ingresar en el balneario, para la prescripción del tratamiento.
– El tratamiento termal básico que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.
– El seguimiento médico del tratamiento.
• Transporte por cuenta del balneario, en los casos que se expresan en el anexo I, desde la localidad más cercana al balneario con transporte público hasta la estación termal al comenzar el turno y el regreso, al finalizar el mismo.
• Póliza colectiva de seguro turístico.
En todo caso, las personas beneficiarias de los turnos realizarán los desplazamientos a los establecimientos termales, así como el de regreso a sus domicilios, directamente por sus propios medios.
El Imserso contribuirá a la financiación del coste de las plazas con una aportación media por plaza de 157,31 euros, oscilando su importe entre 114,07 euros y 212,97 euros, en función del tipo de turno y su mes de desarrollo.
Esta aportación se hará efectiva directamente por el Imserso al establecimiento termal.
3. Personas beneficiarias de las plazas. Serán beneficiarios de las plazas del Programa de Termalismo Social las personas que reúnan los siguientes requisitos:1. Ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación e invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando la persona beneficiaria haya cumplido los 60 años de edad.
2. No padecer alteraciones de comportamiento que impidan la convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
3. Poder valerse por sí mismo para las actividades de la vida diaria.
4. Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
5. Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Igualmente, podrán ser personas beneficiarias de las plazas los españoles residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública, tengan más de 60 años de edad y cumplan con los requisitos 2), 3), 4) y 5) de la presente instrucción.
También podrán ser personas beneficiarias de las plazas los cónyuges de quienes reúnan los requisitos anteriores, siempre que cumplan a su vez con los requisitos 2), 3) y 4) de la presente instrucción.
Los requisitos establecidos en los apartados 2), 3) y 4) se acreditarán al Imserso mediante declaración responsable efectuada por la persona solicitante y, en su caso, por su cónyuge (Ambas declaraciones se cumplimientarán en el anexo II - reverso).
En todo caso, la concesión de plazas estará condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.
A estos efectos, la adjudicación de plazas se realizará mediante la aplicación del baremo al que se hace mención en la instrucción séptima.
4. Forma de pago de las plazas. Las personas beneficiarias abonarán el precio de las plazas de la siguiente forma:
• Con antelación a su incorporación en el balneario y en los plazos que se determinen en el escrito de notificación de concesión de plaza, abonarán, en concepto de gastos de gestión por reserva de plaza, 40,00 euros.
• La diferencia entre la cantidad fijada como precio para la plaza y la cantidad abonada en concepto de gastos de gestión de la reserva de plaza, al efectuar el ingreso en el establecimiento termal.
En el supuesto de renuncia a la plaza adjudicada, no se reintegrará a la personas beneficiaria los gastos de gestión de la reserva. 
5. Lugar, plazo y forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes, debidamente firmadas, se podrán presentar por las personas interesadas, personalmente o por correo, en los Servicios Centrales, Direcciones Territoriales y Centros del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
En las Comunidades Autónomas a las que se han transferido funciones y servicios del Imserso, la presentación de las solicitudes se realizará en las unidades que designen los órganos competentes.
Asimismo, la presentación de las solicitudes podrá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes:
• Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:
– Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 16 de enero de 2013.
– Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 16 de mayo de 2013.
• Para su inclusión en la lista de espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias:
– Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 16 de mayo de 2013.
– Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 30 de octubre de 2013.

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como anexo II de la presente Resolución.
Las solicitudes podrán formularse, igualmente, en fotocopia de los modelos que figuran como Anexos a la presente Resolución.
Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año 2012, sus expedientes estén completos.

lunes, 18 de junio de 2012

Subvenciones del Imserso para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad durante el año 2012.

1. Convocar la concesión de subvenciones para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad, que se regirán por lo dispuesto en la Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Orden de bases reguladoras), y por lo establecido en la presente Resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.
2. Establecer las actuaciones que pueden ser subvencionadas, que figuran en el Anexo I de la presente convocatoria; por un importe total de 3.000.000 de euros.
4. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras, las solicitudes para participar en la presente convocatoria, cuyo modelo comprende los Anexos I, II y III de la citada Orden de bases, deberán presentarse en el plazo máximo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado»{del 19 de junio al 18 de julio de 2012,a.i.}, en la Dirección General del Imserso (Avenida de la Ilustración con vuelta a Ginzo de Limia, 28029 Madrid), o en los restantes lugares indicados en el mismo artículo de la citada Orden. El modelo de solicitud, en soporte papel, podrá retirarse en la Oficina de Información del Imserso, en la dirección anteriormente señalada, o descargarse de la página web del Instituto: www.imserso.es.
Asimismo, se podrá presentar la solicitud y consultar el estado de tramitación del expediente a través del registro electrónico del Imserso.

viernes, 16 de diciembre de 2011

Programa de Termalismo Social: se convoca la concesión de 226.316 plazas para pensionistas que deseen participar ...

Resolución de 13 de diciembre de 2011, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo Social.
Convocatoria de plazas para participar en el Programa de Termalismo Social durante el año 2012, de acuerdo con las siguientes instrucciones:
Plazas y turnos convocados. Se convocan 226.316 plazas para participar en el Programa de Termalismo Social, a desarrollar en los turnos y balnearios que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Sin perjuicio de lo anterior, la oferta de plazas podrá incrementarse, sin necesidad de nueva convocatoria, con las que resulten de los nuevos conciertos que formalice el Imserso en el año 2012 con los establecimientos termales.
El tipo de tratamiento termal a impartir por cada balneario se especifica, asimismo, en el citado
anexo I.
Los turnos, que podrán tener
una duración de 12 ó de 10 días cada uno, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán desde las doce horas del día de llegada hasta las doce horas del día de salida.
El desarrollo del programa se efectuará durante el período comprendido
entre el mes de febrero y el mes de diciembre de 2012.
Personas beneficiarias de las plazas. Serán beneficiarios de las plazas del Programa de Termalismo Social las personas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación e invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando la persona beneficiaria haya cumplido los 60 años de edad.
2. No padecer alteraciones de comportamiento que impidan la convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
3. Poder valerse por sí mismo para las actividades de la vida diaria.
4. Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
5. Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Igualmente, podrán ser personas beneficiarias de las plazas los españoles residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública, tengan más de 60 años de edad y cumplan con los requisitos
2), 3), 4) y 5) de la presente instrucción.
También podrán ser personas beneficiarias de las plazas los cónyuges de quienes reúnan los requisitos anteriores, siempre que cumplan a su vez con los requisitos
2), 3) y 4) de la presente instrucción.
Los requisitos establecidos en los
apartados 2), 3) y 4) se acreditarán al Imserso mediante declaración responsable efectuada por la persona solicitante y, en su caso, por su cónyuge (ambas declaraciones se cumplimientarán en el anexo II-reverso).
En todo caso, la concesión de plazas estará condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.
A estos efectos, la adjudicación de plazas se realizará mediante la aplicación del baremo al que se hace mención en la instrucción séptima.
Forma de pago de las plazas. Las personas beneficiarias abonarán el precio de las plazas de la siguiente forma:
• Con antelación a su incorporación en el balneario y en los plazos que se determinen en el escrito de notificación de concesión de plaza, abonarán, en concepto de gastos de gestión por reserva de plaza, 40,00 euros.
• La diferencia entre la cantidad fijada como precio para la plaza y la cantidad abonada en concepto de gastos de gestión de la reserva de plaza, al efectuar el ingreso en el establecimiento termal.
En el supuesto de renuncia a la plaza adjudicada, no se reintegrará a la personas beneficiaria los gastos de gestión de la reserva.
Lugar, plazo y forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes, debidamente firmadas, se podrán presentar por las personas interesadas, personalmente o por correo, en los Servicios Centrales, Direcciones Territoriales y Centros del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
En las
Comunidades Autónomas a las que se han transferido funciones y servicios del Imserso, la presentación de las solicitudes se realizará en las unidades que designen los órganos competentes.
Asimismo, la presentación de las solicitudes podrá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes:
• Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:
– Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive:
hasta el día 16 de enero de 2012.
– Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre:
hasta el día 16 de mayo de 2012.
• Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias:
– Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive:
hasta el día 16 de mayo de 2012.
– Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre:
hasta el día 30 de octubre de 2012.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como
anexo II de la presente Resolución.
Las solicitudes podrán formularse, igualmente, en fotocopia de los modelos que figuran como anexos a la presente Resolución.
Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año 2011, sus expedientes estén completos.

lunes, 25 de abril de 2011

subvenciones del Imserso para las actuaciones de Turismo y Termalismo para personas con discapacidad durante el año 2011.

Resolución de 25 de marzo de 2011, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Imserso para las actuaciones de Turismo y Termalismo para personas con discapacidad durante el año 2011.
Primero.–Convocar la concesión de subvenciones para las actuaciones de turismo y termalismo para personas con discapacidad, que se regirán por lo dispuesto en la Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Orden de bases reguladoras), y por lo establecido en la presente Resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.
Segundo.–Establecer las actuaciones que pueden ser subvencionadas, que figuran en el Anexo I de la presente convocatoria, por un importe total de 5.033.230 euros.
Cuarto.–En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras, las solicitudes para participar en la presente convocatoria, cuyo modelo comprende los Anexos I II y III de la citada Orden de bases, deberán presentarse en el plazo máximo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado»{del 24 de abril al 23 de mayo de 2011, a.i.}, en la Dirección General del Imserso (Avenida de la Ilustración con vuelta a Ginzo de Limia, 28029 Madrid), o en los restantes lugares indicados en el mismo artículo de la citada Orden. El modelo de solicitud, en soporte papel, podrá retirarse en la Oficina de Información del Imserso, en la dirección anteriormente señalada, o descargarse de la página web del Instituto: www.imserso.es.
Asimismo, se podrá presentar la solicitud y consultar el estado de tramitación del expediente a través del registro electrónico del IMSERSO.
Octavo.–Se establecen las actuaciones dirigidas a personas con discapacidad que pueden ser subvencionadas cuya definición, requisitos específicos y prioridades figuran relacionados en el Anexo I a la presente resolución de convocatoria:
1. Actuaciones para turismo: Vacaciones y turismo de naturaleza.
2. Actuaciones para turismo:
Turismo cultural en el ámbito de la Unión Europea.

3. Actuaciones para termalismo.
ANEXO I
Primero.–
Actuaciones para turismo: Vacaciones y turismo de naturaleza.–Las actuaciones para vacaciones y turismo de naturaleza tienen por objeto facilitar la vida independiente y lograr la máxima integración personal y social de las personas con discapacidad, mediante la realización de turnos en las condiciones de mayor accesibilidad, facilitando el acceso de las personas a los bienes del ocio, de la cultura y de la naturaleza, así como el descanso de las familias que tienen a su cargo personas con discapacidad.
Segundo.–Actuaciones para turismo: Turismo cultural en el ámbito de la Unión Europea.–Las actuaciones tienen por objeto favorecer el acceso de las personas con discapacidad a los bienes de la cultura de otros países pertenecientes a la Unión Europea, mediante la realización de viajes culturales.
Tercero.–Actuaciones para termalismo.–Las actuaciones tienen por objeto favorecer la calidad de vida y autonomía de las personas con discapacidad, mediante la realización de turnos para tratamientos en balnearios que faciliten su acceso a los bienes de la salud.

sábado, 18 de diciembre de 2010

239.700 plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo Social.

MINISTERIO DE SANIDAD, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD
Programa de termalismo social
Resolución de 3 de diciembre de 2010, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de plazas para pensionistas que deseen participar en el Programa de Termalismo Social.
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Convocatoria de plazas para participar en el Programa de Termalismo Social durante el año 2011, de acuerdo con las siguientes instrucciones:
Plazas y turnos convocados.–Se convocan 239.700 plazas para participar en el Programa de Termalismo Social, a desarrollar en los turnos y balnearios que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución.
Sin perjuicio de lo anterior, la oferta de plazas podrá incrementarse, sin necesidad de nueva convocatoria, con las que resulten de los nuevos conciertos que formalice el Imserso en el año 2011 con los establecimientos termales.
El tipo de tratamiento termal a impartir por cada balneario se especifica, asimismo, en el citado Anexo I.
Los turnos, que tendrán una duración de doce días cada uno, se realizarán en régimen de pensión completa y comprenderán desde las doce horas del día de llegada hasta las doce horas del día de salida.
El desarrollo del programa se efectuará durante el período comprendido entre el mes de febrero y el mes de diciembre de 2011.
Precio de las plazas.–El precio a pagar por la persona beneficiaria, por plaza y turno, asciende a las cantidades que se señalan, para cada balneario y mes, en el cuadro Anexo I.
Dicho precio es un precio cerrado para todos los servicios incluidos en el turno, no procediendo efectuar deducción alguna si por cualquier causa imputable a la persona beneficiaria no disfruta de la totalidad de dichos servicios.
Si el desarrollo de un turno tiene lugar durante días de dos meses consecutivos, se considera que pertenece al mes en el que transcurran más días del turno.
En dichos precios se encuentran incluidos los siguientes servicios:
Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles, de uso compartido.
Tratamientos termales, que comprenderán:
El reconocimiento médico, al ingresar en el balneario, para la prescripción del tratamiento.
El tratamiento termal básico que, en cada caso, prescriba el médico del balneario.
El seguimiento médico del tratamiento.
Transporte por cuenta del balneario, en los casos que se expresan en el Anexo I, desde la localidad más cercana al balneario hasta la estación termal al comenzar el turno y el regreso, al finalizar el mismo.
Póliza colectiva de seguro turístico.
En todo caso, las personas beneficiarias de los turnos realizarán los desplazamientos a los establecimientos termales, así como el de regreso a sus domicilios, directamente por sus propios medios.
El Imserso contribuirá a la financiación del coste de las plazas con una aportación media por plaza de 165,34 euros, oscilando su importe entre 132,58 y 204,65 euros, en función de los distintos turnos, conforme al Anexo l ya citado.
Esta aportación se hará efectiva directamente por el Imserso al establecimiento termal.
Personas beneficiarias de las plazas.–Serán beneficiarios de las plazas del Programa de Termalismo Social las personas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación e invalidez, en todo caso, y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando la persona beneficiaria haya cumplido los 60 años de edad.
2. No padecer alteraciones de comportamiento que impidan la convivencia en los establecimientos, ni enfermedad infecto-contagiosa.
3. Poder valerse por sí mismo para las actividades de la vida diaria.
4. Precisar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.
5. Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.
Igualmente, podrán ser personas beneficiarias de las plazas los españoles residentes en el exterior, siempre que perciban una pensión pública, tengan más de 60 años de edad y cumplan con los requisitos 2), 3), 4) y 5) de la presente instrucción.
También podrán ser personas beneficiarias de las plazas los cónyuges de quienes reúnan los requisitos anteriores, siempre que cumplan a su vez con los requisitos 2), 3) y 4) de la presente instrucción.
Los requisitos establecidos en los apartados 2), 3) y 4) se acreditarán al Imserso mediante declaración responsable efectuada por la persona solicitante y, en su caso, por su cónyuge (Ambas declaraciones se cumplimientarán en el Anexo II - reverso).
En todo caso, la concesión de plazas estará condicionada a la disponibilidad de las mismas, por parte del Imserso, en los establecimientos termales.
A estos efectos, la adjudicación de plazas se realizará mediante la aplicación del baremo al que se hace mención en la instrucción séptima.
Forma de pago de las plazas.–Las personas beneficiarias abonarán el precio de las plazas de la siguiente forma:
Con antelación a su incorporación en el balneario y en los plazos que se determinen en el escrito de notificación de concesión de plaza, abonarán, en concepto de gastos de gestión por reserva de plaza, 40,00 euros.
La diferencia entre la cantidad fijada como precio para la plaza y la cantidad abonada en concepto de gastos de gestión de la reserva de plaza, al efectuar el ingreso en el establecimiento termal.
En el supuesto de renuncia a la plaza adjudicada, no se reintegrará a la personas beneficiaria los gastos de gestión de la reserva.
Lugar, plazo y forma de presentación de solicitudes.–Las solicitudes, debidamente firmadas, se podrán presentar por las personas interesadas, personalmente o por correo, en los Servicios Centrales, Direcciones Territoriales y Centros del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes:
Para participar en el proceso de adjudicación de plaza:
Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 17 de enero de 2011.
Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 16 de mayo de 2011.
Para su inclusión en la Lista de Espera de plazas, para cubrir las plazas que vayan quedando vacantes por renuncias u otras circunstancias:
Para los turnos de los meses de febrero a agosto, ambos inclusive: hasta el día 16 de mayo de 2011.
Para los turnos de los meses de septiembre a diciembre: hasta el día 28 de octubre de 2011.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo II de la presente Resolución.
Las solicitudes podrán formularse, igualmente, en fotocopia de los modelos que figuran como Anexos a la presente Resolución.
Sin perjuicio de que las personas solicitantes puedan formular su solicitud en los plazos y términos establecidos anteriormente, con la finalidad de simplificar trámites, se remitirán comunicaciones singulares a todas las personas solicitantes que, reuniendo los requisitos de la convocatoria del año 2010, sus expedientes estén completos.