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jueves, 29 de octubre de 2009

Bolsa de Trabajo: Profesores técnicos de F.P. (especialidad: operaciones y equipos de producción agraria) para atender sustituciones en centros públic

Profesores técnicos de formacion profesional para atender sustituciones en centros públicos de la Comunitat Valenciana curso 2009-2010 (especialidad: operaciones y equipos de producción agraria. - 345 -)
Medio de publicación: Web- Fecha: 26/10/2009
Acceso a la documentación
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán cumplimentar la solicitud, que figura como modelo en el anexo III, y que podrán obtener en las Direcciones Territoriales de Educación de las tres provincias de la Comunitat Valenciana y en la dirección de internet: http://www.edu.gva.es/per/es/bolsas.htm . Dicha solicitud se dirigirá junto con la documentación acreditativa de los méritos alegados (anexo I) al director general de Personal.
DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTARSE JUNTO A LA INSTANCIA CON CARÁCTER GENERAL
- Fotocopia del D.N.I.
- Fotocopia del Titulo académico
APARTADOS DEL BAREMO
Apartado 1.- Certificado donde conste ejercicios aprobados en la oposición.
Apartado 2.- Fotocopia del nombramiento/contrato acompañado de la toma de posesión y cese, donde figure la especialidad de todos los periodos trabajados e Informe de la Tesorería de la Seguridad Social de vida laboral, y/o certificación de servicios en Centros Públicos.
Apartado 3.- Fotocopia del contrato de trabajo acompañado de la última nómina, de todos los periodos trabajados e Informe de la Tesorería de la Seguridad Social de vida laboral.
Presentación. Lugar.- Registros de las Direcciones Territoriales de Educación de la Comunitat Valenciana.
El plazo de presentación de documentación será desde el día 27 al 31 de octubre, ambos inclusive.
Más documentación.-
Modelo de instancia

jueves, 28 de mayo de 2009

Ajudes per a projectes de formació a les escoles de formació professional agràries.

Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . ORDE de 18 de maig de 2009, de la Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s’establixen les bases reguladores i es convoquen ajudes per a projectes de formació a les escoles de formació professional agràries.
[2009/5974]
ORDEN de 18 de mayo 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas para proyectos de formación en las escuelas de formación profesional agrarias
. [2009/5974].
Se aprueban las bases por las que se regirán las ayudas para financiar los costes de formación de los agricultores y de los trabajadores agrarios y que se incluyen como anexo I a la presente orden.
Objeto y ámbito de las ayudas.- El objeto de la presente orden es establecer el régimen de concesión de las ayudas para financiar los costes de formación de los agricultores y trabajadores agrarios respecto de las actividades emprendidas tras la solicitud de la ayuda y que se desarrollen en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Beneficiarios de las ayudas.- Podrán ser beneficiarios de las ayudas las escuelas de formación profesional agrarias, públicas y privadas, que desarrollen su actividad y tengan su domicilio en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Dichas entidades prestarán sus servicios a los beneficiarios últimos de las ayudas que serán los agricultores y trabajadores agrarios. La ayuda debe estar a disposición de todas las personas con derecho a ella sobre las bases de las condiciones definidas objetivamente.
Presentación de solicitudes y plazo.- 1. Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas en la presente orden deberán dirigirse a la Dirección General de Investigacióny Tecnología Agroalimentaria y se presentarán en el impreso normalizado, según el anexo II, en el Registro General de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, calle Amadeo de Savoya número 2, 46010 de Valencia o en cualesquiera otra de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes se determinará en la convocatoria anual correspondiente y que se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

jueves, 7 de mayo de 2009

Ayudas destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.

Conselleria d’Agricultura, Pesca i Alimentació . RESOLUCIÓ de 22 d’abril de 2009, de la consellera d’Agricultura, Pesca i Alimentació, per la qual s’establix la convocatòria per a l’any 2009 de les ajudes destinades a la promoció de noves tecnologies en maquinària i equips agraris. [2009/4891]
Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación. RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2009, de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece la convocatoria para el año 2009 de las ayudas destinadas a la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios. [2009/4891]
Establecer el importe global máximo para la resolución de expedientes de la convocatoria del ejercicio 2009, en relación a la Orden de 19 de febrero de 1993, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios (BOE núm. 52, de 2 de marzo de 1993), y la Orden de 29 de julio de 2005, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, para la aplicación en la Comunidad Valenciana de la Orden Ministerial de 19 de febrero de 1993. (DOGV núm. 5063, de 3 de agosto de 2005).
El plazo de presentación de solicitudes para el año 2009, será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria.[del 8 de maig al 8 de juny, a.i.]
Plan de innovación tecnológica :
1. Tecnificación de las labores de siembra y plantación en cultivos hortofrutícolas, de plantas aromáticas, etc…

2. Mejora de las instalaciones de los invernaderos y viveros destinados a producción hortofrutícola.
3. Mecanización de la colocación y recogida de protecciones plásticas.
4. Distribución y manipulación de productos fitosanitarios, abonos y enmiendas.
5. Mecanización de las labores de poda y formación de la planta.
6. Recolección mecanizada de productos agrícolas.
7. Suministro de combustible para usos agrícolas en zonas desfavorecidas.

miércoles, 29 de abril de 2009

6 Becas de formación para diplomados universitarios y titulados superiores, en la gestión pública, auditoría y TT.II. en relación con la PAC.

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Resolución de 20 de marzo de 2009, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se convocan becas de formación para diplomados universitarios y titulados superiores, en los ámbitos de gestión pública, auditoría y tecnología de la información en relación con la financiación de la Política Agrícola Común.
Objeto. Condiciones y características de las becas.- El objeto de esta resolución es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, de seis becas de de formación, en los siguientes ámbitos:
1. Dos becas para ingenieros, licenciados, ingenieros técnicos o diplomados en el ámbito de la planificación, ejecución, seguimiento y análisis de auditorias internas relacionadas con las actuaciones del organismo pagador en relación con la financiación de la política agrícola común.
2. Dos becas para ingenieros, licenciados, ingenieros técnicos o diplomados con conocimientos en seguridad informática y/ó en desarrollo de aplicaciones informáticas, en el ámbito de la definición y ejecución de planes de pruebas previos a las puestas en producción de nuevas aplicaciones informáticas o de modificación de versiones y/o definición y ejecución de controles periódicos para garantizar la seguridad de los sistemas de información del Organismo.
3. Dos becas para ingenieros o licenciados en el ámbito de la preparación y elaboración de informes y programas de difusión sobre las actividades del Organismo y la función de los fondos agrícolas de la Unión Europea.
Las condiciones y la finalidad de estas becas son las establecidas en la Orden ARM/498/2009, de 17 de febrero, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 3 de marzo de 2009.
Las características son las que se recogen en las mencionadas bases, siendo la cuantía integra mensual a abonar de mil doscientos euros.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria.[del 30 d'abril al 19 de maig, a.i.]

lunes, 20 de abril de 2009

Medidas de fomento de la innovación en las empresas agrarias y agroalimentarias.

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Resolución de 27 de marzo de 2009, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se establecen medidas de fomento de la innovación en las empresas agrarias y agroalimentarias.
1.- El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino financiará la bonificación de intereses de los préstamos que suscriban las empresas del sector agroalimentario, por créditos correspondientes a las siguientes líneas de financiación del ICO: ICO-PYMES 2009, ICO-Crecimiento empresarial 2009, ICO-Internacionalización 2009 e ICO-Emprendedores 2009, por importe de un cuarto de punto porcentual del interés nominal. En el caso de inversiones solicitadas conjuntamente por varias empresas se bonificará adicionalmente con un cuarto de punto.
Dicha bonificación del tipo de interés será abonada por el departamento citado de una vez, como valor actualizado neto, para su aplicación a la amortización anticipada de la parte correspondiente del principal del préstamo. Estas bonificaciones serán compatibles con las subvenciones que puedan conceder las comunidades autónomas a las mismas empresas.
2.- Podrán beneficiarse de dicha bonificación las empresas del sector agroalimentario con actividades incluidas en los códigos CNAE-2009 División 01 «Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas» salvo el Grupo 01.7 «Caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas», División 10 «Industrias de la alimentación», División 11 «Fabricación de bebidas», así como la División 46.2 «Comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos» y la División 46.3, «Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco» y la División 10.85 «elaboración de platos y comidas preparados», solamente para platos preparados.

jueves, 26 de marzo de 2009

Titularidad compartida en las explotaciones agrarias. Real Decreto 297/2009, de 6 de marzo.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA . Real Decreto 297/2009, de 6 de marzo, sobre titularidad compartida en las explotaciones agrarias.
Objeto.- 1. El presente real decreto tiene por objeto promover a efectos administrativos la titularidad compartida de las explotaciones agrarias entre los cónyuges o personas ligadas con una relación de análoga afectividad, inscritas en algún registro público, con los derechos y las obligaciones derivados del régimen de modernización de las explotaciones agrarias y otras normas del sistema de la Política Agraria Común en su aplicación en España y a efectos de extender los beneficios en la cotización a la Seguridad Social previstos en la disposición adicional primera de la Ley 18/2007, de 4 de julio, a las mujeres que ostenten dicha cotitularidad, en los términos señalados en el artículo 7.3.
2. Esto no afectará a la titularidad civil de la propiedad de las explotaciones, salvo que expresamente los cotitulares sigan para ello las normas civiles y mercantiles de ámbito general e inscriban dicho régimen en el Registro de la Propiedad.