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miércoles, 9 de enero de 2019

prueba selectiva para obtener el Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores.

De acuerdo con la atribución de competencias contenida en el Reglamento regulador de las Escuelas Particulares de Conductores, aprobado por Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, se convoca prueba selectiva para quienes deseen obtener el Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores conforme a las siguientes bases:
1. Requisitos de los candidatos. De conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Real Decreto 1295/2003, para tomar parte en esta convocatoria será necesario estar en posesión del Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial o de Profesor de Escuelas Particulares de Conductores expedido en fecha anterior al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Quienes hayan obtenido el título o certificado equivalente al Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial en otros estados de la UE o en otros Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán tener homologado el mismo en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y acreditarlo documentalmente.
Si, en algún momento, el Tribunal calificador tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, o de la certificación acreditada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso para la obtención del Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores, en los términos establecidos en la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión a la Presidenta del Tribunal calificador quien, previa audiencia del interesado, dictará resolución de exclusión, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiera lugar.
2. Solicitudes y documentación. Quienes deseen tomar parte en esta prueba deberán presentar solicitud conforme al modelo que figura en el anexo I de la presente Resolución. El impreso de solicitud será facilitado por las Jefaturas Provinciales y Oficinas Locales de Tráfico, y en la dirección de Internet www.dgt.es.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 10 e enero al 11* de febrero de 2019, a.i.}

jueves, 15 de enero de 2015

prueba selectiva para obtener el Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores. Dirección General de Tráfico.

De acuerdo con la atribución de competencias contenida en el artículo 47 del Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Conductores, aprobado por Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, se convoca prueba selectiva para quienes deseen obtener el Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores conforme a las siguientes bases:
1. Régimen de la prueba selectiva y expedición del Certificado de aptitud de director de escuelas de conductores
Los aspirantes admitidos a la prueba selectiva que, reuniendo los requisitos exigidos en la presente resolución, resulten declarados aptos podrán solicitar la expedición del Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores.
2. Requisitos de los candidatos. Para ser admitidos a la realización de esta prueba selectiva, los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes los requisitos exigidos para la participación, así como los demás requeridos por la normativa vigente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Real Decreto 1295/2003, para tomar parte en esta convocatoria será necesario estar en posesión del Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial o de Profesor de Escuelas Particulares de Conductoresexpedido en fecha anterior al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Quienes hayan obtenido el título o certificado equivalente al Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial en otros estados de la UE o en otros Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán tener homologado el mismo en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes y acreditarlo documentalmente.
Si, en algún momento, el Tribunal Calificador tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, o de la certificación acreditada resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso para la obtención del Certificado de Director de Escuelas de Conductores en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal Calificador, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiera lugar.
3. Solicitudes y documentación. Quienes deseen tomar parte en esta prueba deberán presentar solicitud conforme al modelo que figura en el anexo I de la presente Resolución. El impreso de solicitud será facilitado por las Jefaturas Provinciales y Oficinas Locales de Tráfico, y en la dirección de Internet www.dgt.es .
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 16 de enero al 14 de febrero de 2015, a.i.}

martes, 9 de diciembre de 2014

10.000 plazas para la realización de Cursos de Formación en Red para el Profesorado (que ejerce en niveles anteriores al universitario).

1. Objeto y finalidad de la convocatoria. 1.1 Objeto.– La presente resolución tiene como objeto la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 10.000 plazas para la realización de Cursos de Formación en Red para el Profesorado, distribuidas en dos ediciones, cada una con sus correspondientes procesos de inscripción, por un importe máximo de 698.750,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 18.04.322L.489.11 del presupuesto de gastos del ejercicio 2015, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión, por tratarse de un expediente de gasto de tramitación anticipada, conforme determina el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
1.2 Finalidad.– Esta convocatoria tiene como finalidad principal actualizar las competencias pedagógicas y didácticas del profesorado en ejercicio de las distintas enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica de Educación, con objeto de poder responder adecuadamente a las demandas de la sociedad actual.
2. Características de los cursos. 2.1 El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través del Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y Formación del Profesorado, a partir de ahora INTEF, oferta y financia 49 cursos de Formación en Red convocados en dos ediciones (22 cursos en la primera edición y 27 en la segunda), según distribución que se especifica en Anexo I, dirigidos al profesorado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de todo el territorio nacional y de los centros de niveles no universitarios destinados a la acción educativa española en el exterior.
2.2 Los cursos que se ofertan en la presente convocatoria se inscriben en el marco de actuaciones de los planes de Desarrollo Profesional Docente y de Cultura Digital en la Escuela desarrollados por el INTEF.
2.3 Los cursos se impartirán íntegramente en línea en el espacio de formación en red del INTEF (http://formacion.educalab.es). El acceso al curso en el que el alumno haya sido admitido se realizará mediante un nombre de usuario y contraseña que serán enviados a la cuenta de correo electrónico facilitada en la solicitud de los cursos.
2.4 De acuerdo con la metodología desarrollada por el INTEF para sus cursos de formación en red, los cursos tendrán una estructura modular organizada en bloques con contenidos y actividades. Cada bloque tendrá una fecha de apertura y cierre. Los alumnos deberán realizar las actividades propuestas en el periodo correspondiente a cada bloque.
2.5 Para guiar y atender a los alumnos durante el desarrollo de los cursos se designarán tutores especializados, cada uno de los cuales atenderá a un grupo compuesto por un máximo de cuarenta participantes en cada curso. Las funciones del tutor serán: dinamizar el curso, resolver dudas, acompañar, guiar, orientar, organizar, mediar y evaluar las actividades de los alumnos.
Los tutores serán designados por el INTEF entre personas con los adecuados requisitos académicos y profesionales. A tal efecto, el INTEF dispone de una base de datos de tutores de cursos de Formación en Red de la que podrán formar parte todos los interesados que reúnan los requisitos para ello. Para poder desempeñar las tareas de tutoría de los cursos los candidatos a tutor han debido acreditar su conocimiento del contenido del curso a tutelar y además haber completado el curso «Tutores para la Formación en Red», que les capacita como tutores en red del INTEF.
Los tutores serán retribuidos por su labor por un importe máximo, impuestos incluidos, de 65,00 euros por cada alumno tutelado que haya concluido el curso. El pago tendrá lugar una vez concluida cada edición de los cursos, cuando el INTEF pueda determinar el importe que corresponde retribuir a cada tutor.
2.6 Para coordinar la labor de los tutores, se podrá designar un coordinador especializado que atenderá a un máximo de quince tutores. Las funciones del coordinador serán: resolver los problemas de configuración de contenidos y actividades del curso, organizar la labor del equipo de tutoría en el espacio del curso y en los espacios sociales externos conectados con el curso y participar en la evaluación y mejora del curso y de los elementos que lo integran.
Los coordinadores serán designados por el INTEF entre personas con los adecuados requisitos académicos y profesionales, entre los que estén incorporados en la base de datos de tutores de cursos de Formación en Red. Para poder desempeñar las tareas de coordinación de los cursos, los candidatos a coordinadores han debido acreditar su conocimiento del contenido del curso que van a coordinar, haber completado el curso «Tutores para la formación en red», que les capacita como tutores en red del INTEF, y, por último, haber sido tutor o tutora en al menos una edición de los cursos en red del INTEF.
Los coordinadores de tutores serán retribuidos por un importe máximo, impuestos incluidos, de 195,00 euros por cada tutor que hayan tenido a su cargo. El pago tendrá lugar una vez concluida cada edición de los cursos.
2.7 El plan de actividades de cada curso conducirá a la realización de un trabajo final con aplicación a su práctica profesional. Estos trabajos finales podrán ser puestos a disposición de la comunidad educativa, de acuerdo con la licencia de uso elegida por cada participante.
2.8 La realización de los cursos podrá requerir para los alumnos participantes en los cursos, la creación de cuentas en espacios virtuales abiertos y su uso para la puesta en común de actividades realizadas en el marco del curso con el fin de facilitar la participación en comunidades de práctica profesional y el aprendizaje conectado en colaboración. Los solicitantes deben tener este requisito en cuenta al presentar la solicitud.
3. Distribución de plazas. Los nombres de los cursos, su duración en horas y el número de plazas ofrecido para cada uno figuran en el anexo I de esta Resolución. Los cursos 1 a 22 se imparten en la primera edición, mientras que los cursos 1 a 27 se impartirán en la segunda edición.
4. Destinatarios y requisitos. 4.1 Destinatarios.– Podrán optar a las plazas ofertadas los docentes, asesores de formación, asesores técnicos docentes, miembros de los departamentos de orientación y de equipos de orientación o de atención temprana de los centros sostenidos con fondos públicos que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación. También podrán optar a las plazas ofertadas los docentes y asesores técnicos docentes que participen en los programas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior.
4.2 Requisitos.– Los participantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
a. Estar impartiendo docencia directa en el aula en un centro sostenido con fondos públicos que imparta las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación o estar prestando servicio como asesor de formación o asesor técnico docente en cualquiera de las administraciones educativas españolas, ser miembro del departamento de orientación o miembro de un equipo de orientación o de atención temprana, o estar impartiendo docencia directa en un centro fuera de España en el marco de un programa educativo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte español en el momento de presentar la solicitud.
b. Pertenecer al grupo al que va dirigido el curso que se solicita, según la distribución siguiente:
N.º . . . . Curso . . . . . . . . . . ..  Destinatarios
...
5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 5.1 Solicitud.– Los interesados que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria, y deseen participar en alguno de los cursos ofrecidos, deberán solicitarlo, indicando con claridad el curso en el que quieren participar, mediante el formulario electrónico disponible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/, sección «Trámites y Servicios». Cada solicitante sólo podrá solicitar un curso en cada una de las dos ediciones. En enero podrá solicitar un curso de la primera edición y en mayo podrá solicitar un curso de la segunda edición. La relación de cursos de la primera y de la segunda edición se encuentra recogida en el Anexo I de esta convocatoria. Una vez cumplimentada la solicitud, y adjuntada la documentación preceptiva (y la opcional, en su caso) relacionada en el punto 5.2, el solicitante deberá confirmar su solicitud. Para que una solicitud sea considerada como válida es necesario que la solicitud esté confirmada y firmada.   ...
5.2 Documentación.– En la solicitud electrónica deberá incluirse la siguiente documentación:
a) ...
5.3 Plazo de presentación.– Habrá dos plazos de presentación de solicitudes, uno para cada edición de los cursos.
El primer plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de quince días naturales y comenzará el 15 de enero de 2015.{del 15 al 29 de enero de 2015, a.i.} En él se podrá solicitar únicamente uno de los cursos de la primera edición, cuya relación está recogida en el anexo I de esta resolución.
El segundo plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será también de quince días naturales y comenzará el 15 de mayo de 2015.{del 15 al 29 de mayo de 2015, a.i.} En él se podrá solicitar únicamente uno de los cursos de la segunda edición, cuya relación está recogida en el anexo I de esta resolución.
Concluido el plazo de presentación en cada una de las dos ediciones de los cursos, no se admitirá ninguna instancia de participación ni documentación acreditativa de méritos ni modificación alguna a las peticiones formuladas en la solicitud.
La información sobre esta convocatoria se encontrará a disposición de los interesados en la sede electrónica ubicada en https://sede.educacion.gob.es y en las siguientes direcciones:

lunes, 5 de mayo de 2014

bolsas de empleo para la contratación de personal docente de sustitución. (concurso público de méritos). Universidad de Murcia.

Primero: Teniendo en cuenta la necesidad de disponer de personal seleccionado que permita la sustitución en las tareas docentes del profesorado de la Universidad de Murcia se convoca concurso público de méritos para la generación de bolsas de personal docente de sustitución en la Universidad de Murcia en las Áreas de Conocimiento que se detallan en el anexo I que se adjunta a la presente resolución.
BASES:
1.- Normas generales.  ... Con carácter general se tramitarán independientemente cada uno de los concursos convocados.
2.- Requisitos generales. 2.1.- Requisitos generales comunes:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo, podrán participar los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de los documentos que les habilite para residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener un conocimiento adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada; en su caso, se podrá exigir la superación de una prueba que lo acredite. Quedarán eximidos de realizar la prueba quienes estén en posesión del diploma español como lengua extranjera (nivel B2 o C2) regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado por Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, o del certificado de nivel avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedido por la administración educativa competente. A tal efecto deberán aportar junto a la solicitud fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado.  ...
f) Estar en posesión de la titulación exigida, entendiéndose a estos efectos el nivel académico indicado en la bolsa de empleo correspondiente.
La concurrencia de requisitos deberá estar referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.   ...
3.- Presentación de solicitudes. 3.1.- Los interesados que deseen participar en los concursos lo harán utilizando el modelo de solicitud y de curriculum de concursos de bolsas de empleo para contratación de personal docente de sustitución, que se podrá encontrar en el Registro General de la Universidad de Murcia, en la dirección electrónica http://www.um.es/pdi/impresos/ o directamente en las direcciones:
El modelo de solicitud en:
El modelo de curriculum en:
... 3.2.- Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector de la Universidad de Murcia y se presentarán en el Registro General, C/. Santo Cristo, 1, 30001 Murcia, o por cualquiera de las formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.  ...
3.3.- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.{del 6 al 16 de mayo de 2014, a.i.}
3.4.- Las tasas de los derechos de participación por cada una de las bolsas a las que se concurse son las siguientes:
Tasa General: 23,11 euros.
Tasa Carné de Paro: 11,56 euros. 
Tasa Carné Joven: 18,49 euros.
Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que acrediten la condición de discapacitado con un grado igual o superior al 33%.
La liquidación de tasas y abono se realiza a través de la Oficina virtual de Recursos Humanos (CONVOCUM), disponible en la dirección electrónica:
ANEXO I
PUESTOS QUE SE CONVOCAN

lunes, 2 de septiembre de 2013

Pla anual de formació permanent del professorat per al curs 2013-2014. Conselleria d'Educació, Cultura i Esport. GVA.

RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 2013, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado para el curso 2013-2014 [2013/8575]  (pdf 404KB)
Apartado único. Aprobar las instrucciones incluidas en el anexo I y el calendario de actuación incluido en el anexo II, que establecen y guían el plan anual de formación permanente del profesorado y a los que deberán ajustarse las actuaciones de formación permanente del profesorado durante el curso académico 2013-2014.
Anexo I
1. Plan anual de formación permanente del profesorado
. El plan anual de formación permanente del profesorado (PAF) es el instrumento de definición y planificación de la formación permanente del profesorado que, con carácter anual y para el curso 2013-2014, prevé una oferta amplia y diversificada de actividades, que garantizan al profesorado la posibilidad de mejorar sus competencias profesionales y de actualizarse en aquellas materias relevantes para la mejora del éxito escolar y de los resultados académicos del alumnado.
El principal cometido del documento es concretar las líneas estratégicas generales de actuación, las áreas prioritarias de desarrollo de la formación permanente, establecer los nuevos itinerarios formativos así como dar instrucciones que definen las guías para el diseño, desarrollo y evaluación de las acciones formativas impulsadas desde la Consellería de Educación, Cultura y Deporte a través del Servicio de Formación del Profesorado así como las recogidas en los planes anuales de actuación de los CEFIRE y en los programas anuales de formación de los centros educativos.
En el desarrollo del plan anual de formación permanente del profesorado y de todas aquellas actuaciones derivadas del mismo, trabajarán activamente tanto el personal del Servicio de Formación del Profesorado como la red de asesores de los CEFIRE, en colaboración directa con los coordinadores de formación de los centros sostenidos con fondos públicos. Las acciones desarrolladas estarán dotadas con los presupuestos establecidos al efecto en la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, además de los fondos que se destinen a las actuaciones específicas para la gestión autónoma de la formación de los centros educativos.

miércoles, 12 de junio de 2013

se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de máster.

Artículo único. Modificación de la Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre, por la que se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de máster.
La Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre, por la que se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de máster, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El apartado 1 de la disposición adicional primera, queda redactado en los siguientes términos:
«1. A partir del 1 de septiembre de 2015, para las personas objeto de esta orden será requisito para impartir docencia en todas las Enseñanzas de Formación Profesional, y en las Enseñanzas Deportivas que tengan establecido el título en la fecha de publicación de esta orden, tener la certificación oficial de los estudios regulados en la presente orden.»
Dos. La disposición adicional segunda queda redactada en los siguientes términos:
«Disposición adicional segunda. Dominio de una lengua extranjera.
Hasta el 1 de septiembre de 2015 no será necesario acreditar el dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.»
Tres. El apartado 1 de la disposición transitoria única, queda redactado en los siguientes términos:
«1. Tendrán reconocido el requisito de formación pedagógica y didáctica a que se refiere la presente orden quienes acrediten que, con anterioridad al 1 de septiembre de 2014, han impartido docencia durante dos cursos académicos completos o dos ciclos de enseñanzas deportivas completos o, en su defecto, doce meses en períodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas correspondientes.»

lunes, 2 de abril de 2012

ayudas para cursos de lengua inglesa, para: Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, F.P. e Idiomas, y Maestros

Resolución de 6 de marzo de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para cursos de lengua inglesa, destinadas a titulados en Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas y a Maestros.
1. Objeto de la convocatoria. Se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, hasta un máximo de 2.000.000,00 de euros, para la estancia y realización de un curso para perfeccionar la lengua inglesa de, al menos, cuatro semanas de duración, con un mínimo de 20 horas lectivas semanalesentre el 1 de julio y el 30 de noviembre de 2012 en países cuya lengua oficial sea el inglés y que se relacionan en el artículo 3 de esta convocatoria.
2. Beneficiarios. 1. Podrán optar a estas ayudas en concepto de renovación quienes hubieran disfrutado por primera vez de una de las ayudas convocadas por la Orden EDU/403/2011, de 17 de febrero, por la que se convocaron ayudas para cursos de lengua inglesa en el extranjero, destinadas a titulados en Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas a Maestros y Estudiantes de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Maestro («BOE» de 28 de febrero).
2. Asimismo podrán solicitarlas en concepto de nueva adjudicación:
a) Quienes hayan finalizado la diplomatura o grado de Maestro en cualquiera de las especialidades en alguno de los siguientes cursos académicos: 2010-2011, 2009-2010, o 2008-2009, con una nota media del expediente académico de, al menos, 7,00 puntos.
b) Quienes hayan finalizado los estudios de Máster en Profesorado de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, con una nota media en el máster de, al menos, 7,00 puntos.
3. Cuantía de la ayuda. Las cuantías de las ayudas a que se refiere la presente Resolución se diversificarán en función del país de destino, según la siguiente tabla, se abonarán directamente a los candidatos que resulten seleccionados y serán financiadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Australia: 2.815 euros.
Canadá: 2.280 euros.
Estados Unidos de Norteamérica: 2.280 euros.
Malta: 1.330 euros.
Nueva Zelanda: 2.570 euros.
Reino Unido: 1.865 euros.
República de Irlanda: 1.865 euros.
4. Presentación y tramitación de solicitudes. 1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por Internet en la dirección www.educacion.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios». Una vez cumplimentada la solicitud se presentará por el procedimiento telemático establecido a través de la Sede electrónica dentro del plazo que se fija en el apartado 2 del presente artículo.
Asimismo, podrá presentarse en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 2 al 26* de abril de 2012,a.i.}

viernes, 2 de septiembre de 2011

subvención de acciones con cargo al programa de Estudios y Análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad d

Orden EDU/2344/2011, de 16 de julio, por la que se publica la convocatoria para la subvención de acciones con cargo al programa de Estudios y Análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario en el año 2011.
El programa de Estudios y Análisis es una iniciativa del Ministerio de Educación para apoyar la evaluación, diagnóstico y mejora de determinados aspectos del sistema español de enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario. Su financiación y gestión están encomendadas a la Dirección General de Política Universitaria de la Secretaría General de Universidades.
1. Objeto y plazo de ejecución.
El objeto de esta orden es hacer pública la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo al programa de Estudios y Análisis de la Dirección General de Política Universitaria, para la realización de trabajos en alguna de las dos modalidades que esta convocatoria determina, trabajos de análisis (A) y propuestas de estudio sobre temas específicos (E), enmarcados en tres ejes estratégicos de reflexión. Algunos detalles concretos orientativos de los trabajos propuestos pueden encontrarse en el anexo.
Eje I. Aspectos estructurales y organizativos del Sistema Universitario Español.
Eje II. Nuevos avances y determinación de impacto en las misiones universitarias.
Eje III.
La relación de la universidad con el entorno y su internacionalización.

El plazo de ejecución para todos los trabajos subvencionados será el 31 de octubre de 2012. El resultado del estudio deberá remitirse en soporte informático, con el estudio en un formato no propietario (pdf editable no protegido, rtf, etc.), y acompañado de los archivos de datos necesarios (un archivo guía en texto y el resto en formatos habituales procesables con herramientas de uso común). En caso de que estos sean dinámicos, se proporcionará la url donde pueden encontrarse actualizados.
Además, tras la evaluación positiva final de la Dirección General de Política Universitaria, los resultados serán accesibles por vía electrónica en la página web del Ministerio de Educación (buscador EA-WEB Memorias: http://www.ea-web.es/) así como en el repositorio institucional de la universidad.
2. Requisitos de las solicitudes, formalización y plazo de presentación. 1. Podrán presentar solicitudes las universidades públicas, los centros públicos de investigación y las entidades públicas en los que presten servicios los profesores o investigadores responsables de las propuestas, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para la contratación con el Estado u otros entes públicos.
2. No se aceptará más de una solicitud por investigador responsable.
3. Las propuestas de análisis que se presenten a la modalidad A deberán encuadrarse solamente en una de las líneas especificadas para dicha modalidad. Los evaluadores podrán proponer a la Comisión de Selección el traslado de una propuesta a otra línea distinta de la originalmente señalada cuando lo consideren apropiado. Las propuestas de estudios presentadas a la modalidad E deberán ajustarse a las orientaciones especificadas en cada caso.
4. No se tendrán en consideración las propuestas que carezcan de interés general para el sistema universitario, ni los estudios restringidos a asignaturas, departamentos, centros o universidades específicos.
5. En virtud de los supuestos previstos en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, la presentación de solicitudes y la documentación correspondiente, así como la práctica de todas las notificaciones administrativas, se realizará obligatoriamente por vía electrónica.
La solicitud se cumplimentará en el formulario accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación en la dirección https://sede.educacion.gob.es y contendrá los datos básicos de la entidad solicitante y del responsable/coordinador que presenta la solicitud.
Una vez debidamente cumplimentado el formulario en todos sus apartados a través de los medios telemáticos habilitados para ello en la citada Sede, se deberán confirmar y adjuntar los siguientes archivos en formato electrónico:
a) Un plan de trabajo en el que se especifiquen:
1.º Objetivos de la propuesta.
2.º Composición del grupo de trabajo, que no podrá ser modificado salvo por causas de fuerza mayor y previa autorización de la Subdirección General del Profesorado e Innovación Docente.
3.º Calendario de actividades y fechas previstas de conclusión y entrega del trabajo (fecha límite: 31 de octubre de 2012).
4.º Memoria económica en la que se especifique y justifique el presupuesto solicitado, desglosado según los conceptos establecidos en el artículo 4.2 de esta Orden, sin que se admitan otros conceptos que los establecidos en dicho artículo, y para cuya confección deberá tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 4.3.
5.º Cualquier otra información que pudiera ser relevante para la correcta evaluación de la solicitud.
En el caso de las propuestas de estudios presentadas a la modalidad E, deberán adjuntar el desarrollo ajustado a lo señalado en el anexo.
b) Un currículo abreviado del responsable y de los demás miembros del grupo de trabajo (con un máximo de cinco páginas por currículo), con indicación de las contribuciones más relevantes en relación con la propuesta.
6. Una vez correctamente cumplimentada la solicitud electrónica, el peticionario procederá al registro electrónico mediante el uso obligatorio de certificado digital.
Una vez registrada la propuesta y cerrado el plazo señalado en el artículo 2.7, el representante legal de la entidad solicitante, mediante uso obligatorio de certificado digital de persona jurídica, deberá proceder a validar la solicitud mediante acceso a la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, conforme a las instrucciones que aparecerán en la web www.educacion.es.
El plazo para la realización de este trámite será de 10 días naturales, pasado el cual se dará por desestimada la solicitud.
7. El plazo de presentación de solicitudes será desde la fecha de publicación hasta el 22 de septiembre de 2011.

viernes, 20 de mayo de 2011

avaluació per a la contractació de professorat en les universitats valencianes, en les figures de professor/a contractat doctor, ajudant doctor, col·l

RESOLUCIÓ d’11 d’abril de 2011, del president de l’Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva, per la qual s’aprova la convocatòria corresponent a l’any 2011 d’avaluació per a la contractació de professorat en les universitats valencianes, en les figures de professora o professor contractat doctor, professora o professor ajudant doctor, professora o professor d’universitat privada i professora o professor col·laborador. [2011/5595]
ANEXO I NORMAS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO EN LAS UNIVERSIDADES VALENCIANAS
1. Personas destinatarias.- El sistema será de aplicación a todas aquellas personas que, con arreglo a la Ley Orgánica 6/2001, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, soliciten a la AVAP la evaluación para ser contratadas por las universidades de la Comunitat Valenciana en cualquiera de las siguientes figuras: profesora o profesor contratado doctor, profesora o profesor ayudante doctor, profesora o profesor de universidad privada y profesora o profesor colaborador.
2. Requisitos.- Los requisitos que han de reunir las personas solicitantes para obtener la evaluación positiva de la AVAP se indican a continuación, diferenciados para cada figura contractual de profesorado. Profesora o profesor contratado doctor y profesora o profesor doctor de universidad privada:
2.1.1. Estar en posesión del título de doctorado, o en su caso, de su homologación en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación de los establecidos en la presente convocatoria.
2.1.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 55 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cuatro criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.1 de esta convocatoria.
2.2. Profesora o profesor ayudante doctor:
2.2.1. Estar en posesión del título de doctorado, o en su caso, de su homologación, en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación de los establecidos en la presente convocatoria.
2.2.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 50 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cuatro criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.2 de esta convocatoria.
2.3. Profesora o profesor colaborador:
2.3.1. Estar en posesión del título de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica en la fecha de finalización del correspondiente periodo de solicitud de evaluación de los establecidos en la presente convocatoria. El hecho de estar en posesión del título de licenciatura, arquitectura o ingeniería, no se entenderá, a estos efectos, como que se está en posesión de la titulación de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica.
2.3.2. Alcanzar una puntuación final mínima de 55 o más puntos, una vez ponderadas las puntuaciones directas obtenidas en cada uno de los cinco criterios de los que consta el sistema, según se especifica en el apartado 8.2.3 de esta convocatoria.
3. Solicitudes.- Los modelos de impresos normalizados necesarios para tramitar la solicitud (la solicitud y el resto de formularios) estarán disponibles en la siguiente dirección de Internet: www.avap.es. ...
5. Plazo de presentación de solicitudes. 5.1. Las solicitudes de evaluación se podrán presentar en los periodos siguientes:
a) Primera convocatoria: las solicitudes se podrán presentar en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 21 de mayo al 20 de junio de 2011, a.i.}
b) Segunda convocatoria: del 1 al 30 de septiembre de 2011, ambos incluidos.

lunes, 24 de enero de 2011

950 ayudas para becas y contratos de Formación de Profesorado Universitario del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Ayudas
Orden EDU/61/2011, de 20 de enero, por la que se convocan las ayudas para becas y contratos de Formación de Profesorado Universitario del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
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Objeto.
1. Es objeto de la presente Orden aprobar la convocatoria y el procedimiento de concesión de ayudas para promover la Formación de Profesorado Universitario, en adelante FPU, en programas de doctorado de solvencia formativa e investigadora, en cualquier área del conocimiento científico, que facilite su futura incorporación al sistema español de educación superior e investigación científica.
2. La convocatoria de ayudas regulada por la presente convocatoria se realiza en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva y al amparo de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011 y quedarán sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.
Número y tipo de ayudas. 1. Se convocan 950 becas, de las que hasta un máximo del 2 % se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 65 por ciento y hasta un máximo de 50 podrán ser concedidas a ciudadanos extranjeros no comunitarios en situación de estancia por estudios en España con anterioridad a la publicación de la convocatoria.
El número de ayudas previstas podrá ser ampliado en función de las disponibilidades presupuestarias, atendiendo al carácter variable de su duración.
2. El programa financiará, además, ayudas para estancias breves y traslados temporales al extranjero que en su caso procedan, así como los precios públicos de la matrícula en el doctorado, de acuerdo con lo dispuesto en los capítulos V, VI y VII de la presente convocatoria.
Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas los titulados universitarios que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, cumplan todos los requisitos que se establecen en el artículo 27 de esta convocatoria.
Articulo 27. Requisitos de los solicitantes.
1. Los solicitantes deberán acreditar, en el plazo de presentar la solicitud, los requisitos académicos que se especifican a continuación, para cada una de las siguientes ordenaciones universitarias:
a) Estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado: estar en posesión del DEA o encontrarse matriculado en el curso académico 2010-2011 para cumplirlos al término del mismo.
b) Estudios Oficiales de Posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado: reunir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado o estar matriculado en el curso 2010-2011 para poder cumplirlos al término del mismo. En cualquiera de los casos siempre deberán haber completado un mínimo de 300 créditos en el conjunto de los estudios universitarios de Grado y Posgrado para acceder a la fase de investigación de las enseñanzas de tercer ciclo en el curso 2011-2012.
c) Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: reunir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado o estar matriculado en el curso 2010-2011 para poder cumplirlos al término del mismo. En cualquier caso, los candidatos deberán reunir los requisitos académicos para acceder a la fase de investigación de las enseñanzas de tercer ciclo en el curso 2011-2012.
d) En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título o realizado los estudios conforme a sistemas educativos extranjeros que den acceso al doctorado, se estará a lo dispuesto en cada una de las ordenaciones de las enseñanzas de doctorado a las que se refieren los tres apartados anteriores de este mismo punto.
2. La fecha de finalización de los estudios que dan acceso a los estudios de máster o al período docente o formativo del doctorado, deberán ser:
a) En el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES debe ser posterior al 1 de enero de 2008.
b) En el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, debe ser posterior al 1 de enero de 2007.
c) En el caso de estudios de Grado del EEES de 180 créditos deberá ser posterior al 1 de enero de 2007.
d) En el caso de estudios de Grado del EEES de 240 créditos deberá ser posterior al 1 de enero de 2008.
e) La fecha de terminación de estudios podrá ser anterior a las señaladas anteriormente y con el límite de hasta 1 de enero de 2004 en los siguientes casos:
e.1) Los licenciados en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que en el momento de solicitar la beca estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).
e.2) Los titulados cuya fecha de fin de estudios sea posterior al 1 de enero de 2004 y que acrediten que entre esta fecha y el 1 de enero de 2008, se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años.
...
Dotación de las ayudas. 1. Durante el periodo de beca la cuantía de la ayuda mensual será de 1.142,00 euros, por un máximo de 12 meses al año y de 1.173,00 euros durante el periodo de contrato por 14 mensualidades. En el contrato en prácticas que se formalice con el organismo o institución de adscripción deberá figurar esta cantidad como retribución mínima anual.
Página web del Ministerio de Educación (http://www.educacion.es).
Presentación de solicitudes y documentación. 1. Las solicitudes de ayudas para la presente convocatoria, podrán presentarse por los titulados que cumplan los requisitos y de conformidad con los plazos y el procedimiento que se describe en este y los respectivos apartados. Las solicitudes se cumplimentaran mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Departamento en la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es.
2. Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la Sede Electrónica (http://sede.educacion.gob.es/sistema-firma-acepta.html) se podrá completar el proceso electrónico de registro de la solicitud acompañando la documentación preceptiva en formato electrónico.
En caso contrario, una vez cumplimentada la solicitud telemática, se obtendrá un impreso oficial de la misma en soporte papel con el fin de poder presentarlo en el Registro del Ministerio de Educación (c/ Los Madrazo, 15-17, 28071 Madrid) o en cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si, en uso de este derecho, el expediente es remitido por correo postal, se presentará en sobre abierto para que sea fechada y sellada la instancia por el funcionario de Correos antes de que proceda a su certificación.

viernes, 14 de mayo de 2010

Projectes de Formació Permanent del Professorat en Centres (curs 2010-2011) dependents de l’àmbit de gestió dependent de la Conselleria d’Educació.

Conselleria d'Educació
RESOLUCIÓ de 30 d'abril de 2010, de la Direcció General de Personal de la Conselleria d'Educació, per la qual es convoquen els Projectes de Formació Permanent del Professorat en Centres dependents de l'àmbit de gestió dependent de la Conselleria d'Educació
Convocar Proyectos de Formación en Centros para el curso 2010-2011, que se regirán por las siguientes bases:
Destinatarios.- Podrán participar en esta convocatoria de Proyectos de Formación en Centros (P.F.C.) el personal adscrito a los centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana.
Objetivo.- El objetivo del Proyecto será la formación de los docentes para el diseño, la puesta en práctica y la evaluación de actuaciones que repercutan en la calidad de la educación que se imparta en el centro, así como en la mejora de la enseñanza de cada una de las áreas dependientes de los departamentos y/o ciclos implicados y por tanto, en la tarea docente.
Modalidades.- Las modalidades de participación son tres:
1. Proyecto de Centro: Este tipo de P.F.C. requiere la participación de, al menos, el 50% del Claustro, excepto en los que el número de integrantes del mismo exceda de 60, en cuyo caso será suficiente el 35%. Debiendo contar entre sus integrantes con algún componente del Equipo Directivo. La solicitud la realizará el director o la directora del centro.
2. Proyecto de Departamentos y/o Ciclos Formativos: Este tipo de P.F.C. puede ser solicitado por uno o varios departamentos o ciclos, debiendo participar al menos el 60% de los docentes que pertenezcan a los mismos. La solicitud la realizará el director o la directora del centro.
3. Intercentros. Podrán participar en esta modalidad aquellas agrupaciones de centros que tengan un objetivo común y trabajen coordinadamente para lograrlo. Las solicitudes las realizarán los directores o directoras de los respectivos centros conjuntamente.
El número mínimo de participantes en el proyecto será de quince, salvo en las modalidades 1 y 3 que podrá ser inferior, siempre que el número máximo posible de componentes sea in ferior a quince.
Solicitudes.- Las solicitudes se realizarán en la página web de la Conselleria de Educación, Dirección General de Personal, Servicio de Formación del Profesorado, Convocatorias, Formación en Centros, o en las páginas web de los CEFIRE, mediante la cumplimentación del formulario correspondiente.
Una vez cumplimentado, se imprimirá una copia de la instancia de la solicitud.
Plazo de presentación.- El plazo de presentación será desde el día siguiente de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana hasta el 8 de junio de 2010.

martes, 23 de febrero de 2010

concurso de acceso a ( 20 ) plazas de cuerpos docentes universitarios. UNED y Universitat de València -estudi general-.

UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios
Resolución de 2 de febrero de 2010, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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ANEXO I
113.01 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Física Aplicada. Departamento: Física Fundamental. Actividades docentes: «Bases Físicas del Medio Ambiente» y «Mecánica Estadística», con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Mecánica Estadística Fuera del Equilibrio» y «Métodos de Partículas para la Simulación de Fluidos».
113.02 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Geometría y Topología. Departamento: Matemáticas Fundamentales. Actividad docente: «Matemática Discreta», con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Grupos Cristalográficos no Euclídeos. Superficies de Riemann y de Klein y sus Grupos de Automorfismos».
113.03 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Química Orgánica. Departamento: Química Orgánica y Bio-Orgánica. Actividades docentes: «Química Orgánica I», «Química Orgánica II» y «Reciclado y Tratamiento de Residuos», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Química de Heterociclos y RMN en Química Orgánica».
113.04 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Química Analítica. Departamento: Ciencias Analíticas. Actividades docentes: «Técnicas Instrumentales» (Grado en Ciencias Ambientales) y «Química y Análisis de los Alimentos» (Master Universitario en Ciencia y Tecnología Química), con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Desarrollo de Metodologías Analíticas de Tratamiento de Muestra para el Análisis de Compuestos que Alteren la Seguridad y la Calidad de los Alimentos».
113.05 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Física Aplicada. Departamento: Física Matemática y de Fluidos. Actividades docentes: «Mecánica Teórica», «Cambio Climático y Cambio Global» e «Introducción a la Ciencia no Lineal», con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Modelado en Sistemas no Lineales y Complejos» y «Cambio Global y Modelado del Sistema Tierra».
113.06 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Literatura Española. Departamento: Literatura Española y Teoría de la Literatura. Actividades docentes e investigadoras: «Literatura Española del Siglo XX (hasta 1939)» e «Introducción a la Edición y Estudio del Texto Literario», con la metodología de la enseñanza a distancia.
113.07 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Análisis Geográfico Regional. Departamento: Geografía. Actividad docente e investigadora: «Sistemas de Información Geográfica», con la metodología de la enseñanza a distancia.
113.08 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Historia Medieval. Departamento: Historia Medieval y Ciencias y Técnicas Historiográficas. Actividad docente e investigadora: «Historia Medieval de España», con la metodología de la enseñanza a distancia.
113.09 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Historia Contemporánea. Departamento: Historia Contemporánea. Actividad docente: «Historia Contemporánea de España II (desde 1923)», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Republicanismo y Política Exterior en la España del Siglo XX».
113.10 Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad. Área de conocimiento: Sociología. Departamento: Sociología I. Actividad docente e Investigadora: «Técnicas de Investigación Social», con la metodología de la enseñanza a distancia.
113.11 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Psicología Básica. Departamento: Psicología Básica I. Actividad docente: «Psicología de la Memoria», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Capacidades Cognitivas y Desarrollo de Tareas para su Evaluación».
113.12 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Metodología de las Ciencias y del Comportamiento. Departamento: Metodología de las Ciencias del Comportamiento. Actividad docente e investigadora: «Psicometría», con la metodología de la enseñanza a distancia.
113.13 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación. Departamento: Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación II (OEDIP). Actividad docente: «Discapacidad y Contextos de Intervención» (Grado de Educación Social), con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Variables Cognitivo-Motivacionales del Aprendizaje y Aprendizaje Autorregulado».
113.14 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Filología Inglesa. Departamento: Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas. Actividades docentes: «Lengua Inglesa II (Filología Inglesa)», «Historia de la Lengua Inglesa» e «Inglés Científico», con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Teorías de la Variación y el Cambio Lingüístico en Lengua Inglesa», «Lingüística del Corpus» y «Contacto de Lenguas: Inglés Antiguo, Antiguo Nórdico e Inscripciones Rúnicas».
113.15 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Filología Inglesa. Departamento: Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas. Actividades docentes: «Literatura Inglesa I: Ejes de la Literatura Medieval y Renacentista»(Grado en Estudios Ingleses: Lengua, Literatura y Cultura) y «El Teatro de Shakespeare» (Licenciatura en Filología Inglesa), con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Análisis de Textos Dramáticos Renacentistas Ingleses» y «Estudios de Género en la Narrativa Contemporánea en Lengua Inglesa».
113.16 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Filología Inglesa. Departamento: Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas. Actividades docentes: «Comentario de Textos Literarios en Lengua Inglesa» (Grado en Estudios Ingleses: Lengua, Literatura y Cultura) y «Literatura Inglesa II» (Licenciatura en Filología Inglesa), con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Estudios Afroamericanos», «Estudios Diaspóricos y Trasatlánticos» y «Teoría y Crítica Literarias».
113.17 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Filología Inglesa. Departamento: Filologías Extranjeras y sus Lingüísticas. Actividades docentes e investigadoras: «Pensamiento y Creación Literaria Inglesa de la Primera Mitad del Siglo XX» y «Literatura Norteamericana Contemporánea», con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Estudios Feministas y de Género», «Literatura Inglesa Primera Mitad del Siglo XX» y «Teatro Contemporáneo Anglo-norteamericano».
113.18 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Derecho Procesal. Departamento: Derecho Procesal. Actividades docentes: «Derecho Procesal I» y «Derecho Procesal II», con la metodología de la enseñanza a distancia. Líneas de investigación preferentes: «Nuevas Tecnologías en el Proceso Civil» y «El Proceso de Ejecución Singular».
113.19 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento: Historia Contemporánea. Departamento: Historia Contemporánea. Actividad docente: «Historia Contemporánea de España I (1808-1923)», con la metodología de la enseñanza a distancia. Línea de investigación preferente: «Monarquía y República en la Construcción del Estado Contemporáneo».
Cuarta.–Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en lo sucesivo LRJ-PAC), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en el Anexo II, en la que se manifieste que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.[del 24 de FEBRERO AL 15 de MARZO de 2010, a.i.]
Tablón de Anuncios de Secretaría General (calle Bravo Murillo, 38, Madrid) y en la dirección de Internet: www.uned.es/profesorado .
Resolución de 11 de febrero de 2010, de la Universidad de Valencia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
PDF (BOE-A-2010-2942 - 11 págs. - 295 KB)
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ANEXO I - Catedráticos de Universidad
Código plaza: 1/2010. Número plaza: 415. Número de plazas: 1. Categoría: Catedrático de Universidad. Dedicación: T.C. Área: «Derecho Penal». Departamento: Derecho Penal. Centro (adscripción departamento): Facultad de Derecho. Centro (adscripción plaza) Facultad de Derecho