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jueves, 23 de mayo de 2013

Ayudas destinadas al fomento de cooperativas y sociedades laborales para el año 2013: ayudas para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo; y ayudas para asistencias técnicas.

Conselleria d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació. RESOLUCIÓ de 2 de maig de 2013, del conseller d’Economia, Indústria, Turisme i Ocupació, per la qual es convoquen determinades ajudes destinades al foment de cooperatives i societats laborals per a l’any 2013, es publiquen les línies de crèdit i l’import global màxim destinat a finançar-les i s’establixen els terminis d’admissió de sollicituds. [2013/5168]  (pdf 227KB) 
RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2013, del conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se convocan determinadas ayudas destinadas al fomento de cooperativas y sociedades laborales para el año 2013, se publican las líneas de crédito y el importe global máximo destinado a financiarlas y se establecen los plazos de admisión de solicitudes. [2013/5168]  (pdf 227KB) 
Primero. Convocatoria de ayudas para el ejercicio 2013 y dotación económica. Para el ejercicio 2013, y de conformidad con lo establecido presupuestos de la Generalitat Valenciana para el citado ejercicio, se convocan subvenciones para la concesión de ayudas al fomento de cooperativas y sociedades laborales en la Comunitat Valenciana en las modalidades de ayudas por razón de la incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo y para prestación de asistencia técnica, ... e importes que a continuación se relacionan:
1. Las ayudas para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo ... , con un importe global máximo de 1.376.810 euros, de los que 189.450 euros son financiados por el Fondo Social Europeo, Programa Operativo 2007-2013; 47.360 euros son cofinanciación a los anteriores con fondos propios de la Generalitat; 1.040.000 de euros son fondos finalistas procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal, cofinanciados a su vez por el Fondo Social Europeo y los restantes 100.000 euros son fondos propios no condicionados de la Generalitat Valenciana.
2. Las ayudas para asistencias técnicas ... , con un importe global máximo de 60.000 euros procedentes de fondos finalistas del Servicio Público de Empleo Estatal, cofinanciados a su vez por el Fondo Social Europeo.
Segundo. Plazos de presentación de solicitudes para el ejercicio 2013. Para el ejercicio 2013, podrán solicitarse las ayudas que se convocan en los plazos que, a continuación, se señalan:
1. Las ayudas por razón de integración laboral de socios en empresas de economía social, desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución y hasta el día 13 de septiembre de 2013; debiendo en todo caso, solicitarse dentro de los cuatro meses siguientes a la integración del socio. No obstante, cuando la incorporación como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales se hubiera producido en el tercer cuatrimestre del año 2012, las solicitudes solo podrán presentarse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana de la presente resolución. {del 24 de mayo al 23 de julio de 2013, a.i.}
2. Las solicitudes para obtener subvenciones para prestaciones de asistencia técnica podrán presentarse en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución. {del 24 de mayo al 24* de junio de 2013, a.i.}

domingo, 8 de agosto de 2010

ajudes destinades al foment de les cooperatives i societats laborals i es convoquen per a l'exercici 2010.

Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació
1. Aprobación de bases.- Se aprueban las bases que se contienen en el anexo I, adjunto, que han de regir la concesión de ayudas destinadas al fomento de las cooperativas y sociedades laborales a través de subvenciones a dichas empresas en la Comunitat Valenciana.
Las citadas bases contienen la regulación y el procedimiento a que podrán acogerse los destinatarios del régimen de ayudas que en las mismas se establece.
2. Convocatoria de ayudas para el ejercicio 2010.- 1. Para el ejercicio de 2010, y de conformidad con lo establecido en la Ley 13/2009, de 29 de diciembre, de Presupuestos para el Ejercicio 2010, (DOCV 6176, de 31 de diciembre de 2009) se convocan las ayudas reguladas en las bases que se aprueban mediante la presente orden, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 06.03.01, programa 315.10, Condiciones de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social, líneas e importes que a continuación se relacionan, sin perjuicio de que los mismos pudieran verse incrementados en función de mayores disponibilidades económicas:
A) Las ayudas para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo, con un importe global máximo de 1.500.000 euros, de los que 900.000 euros son financiados por el Fondo Social Europeo, Programa Operativo 2007-2013, 225.000 euros son cofinanciación a los anteriores con fondos propios de la Generalitat y los restantes 375.000 euros son fondos finalistas procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal, cofinanciados a su vez por el Fondo social europeo.
B) Las ayudas para asistencias técnicas, con un importe global máximo de 293.000 euros, procedentes de fondos finalistas del Servicio Público de Empleo Estatal, cofinanciados a su vez por el Fondo Social Europeo.
3. Plazos de presentación de solicitudes para el ejercicio 2010.- Para el ejercicio 2010, podrán solicitarse las ayudas que se convocan mediante la presente orden en los plazos que, a continuación, se señalan:
1. Las ayudas por razón de integración laboral de socios en empresas de economía social, ya correspondan a incorporaciones realizadas en el presente ejercicio ya a las producidas en el tercer cuatrimestre del año 2009, desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y hasta el día 10 de septiembre de 2010.
2. Las solicitudes para obtener subvenciones para prestaciones de asistencia técnica podrán presentarse en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden. {del 6 de Agosto al 6 de Septiembre de 2010, a.i.}

jueves, 11 de marzo de 2010

ayudas para planes de asistencia técnica en los sectores agroalimentarios acogidas al Reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre

Resolución de 2 de marzo de 2010, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se publica, para el ejercicio 2010, la convocatoria de ayudas para planes de asistencia técnica en los sectores agroalimentarios acogidas al Reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis.
PDF (BOE-A-2010-4107 - 5 págs. - 249 KB)
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Objeto.–Es objeto de la presente resolución convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2010, para planes de asistencia técnica en los sectores agroalimentarios, previstas en la Orden APA/925/2007 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 86, de fecha 10 de abril de 2007.
Beneficiarios y actividades subvencionables.–Podrán acceder a estas ayudas las asociaciones y entidades previstas en el artículo 2 de las bases reguladoras de estas ayudas, para la realización de planes de asistencia técnica que tengan por finalidad la mejora de la comercialización de los productos agroalimentarios, tanto en el mercado interno como en los mercados externos, y cuyas actividades sean algunas de las establecidas en el artículo 3 de dichas bases reguladoras.
Solicitud.- 1. Las solicitudes de subvenciones para planes de asistencia técnica destinados a la mejora de la comercialización de los sectores, se dirigirán al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, según modelo que figura en el anexo de la presente resolución.
Presentación de las solicitudes y plazo.–Las solicitudes se presentarán en el registro General del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2010, será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden.[DEL 12 DE marzo AL 11 DE abril DE 2010, A.I.]