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miércoles, 10 de abril de 2019

becas de colaboración de introducción a la investigación "JAE Intro SOMdM 2019". 28 becas para estancias en Centros de Excelencia «Severo Ochoa» y Unidades de Excelencia «María de Maeztu» del CSIC

Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan (28) becas de colaboración de introducción a la investigación "JAE Intro SOMdM 2019"
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  • BDNS(Identif.):447687
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
    Primero. Beneficiarios:
    Españoles, nacionales de cualquier Estado miembro de la UE y extranjeros no comunitarios, que hayan finalizado los estudios de licenciatura o de grado en el curso académico 2017-2018 o posterior; que estén matriculados o hayan realizado la inscripción o preinscripción para el curso 2019-2020 en un Máster Universitario oficial; que acrediten una nota media, en una escala decimal de 0-10 y con 2 decimales, igual o superior a 8.00 para todas las ramas de conocimiento, excepto para Ingeniería y Arquitectura que será igual o superior a lo indicado en cada modalidad de beca (Anexo I de la Resolución de 22 de marzo de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas); que no estén en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Doctor; que no hayan disfrutado de una beca de introducción a la Investigación dentro del programa JAE en convocatorias anteriores y que no estén incapacitados físicamente ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
    Segundo. Finalidad:
    Iniciación en la carrera científica en las diferentes áreas, mediante hasta 28 becas para estancias en Centros de Excelencia «Severo Ochoa» y Unidades de Excelencia «María de Maeztu» del CSIC, propiciando una aproximación al conocimiento de los problemas científico-técnicos de actualidad y a los métodos utilizados para su resolución.
    Tercero. Bases reguladoras:
    Resolución de 16 de julio de 2007 del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, publicada en el BOE de 3 de agosto de 2007.
    Cuarto. Importe:
    La dotación de las becas será lo indicado en cada modalidad de beca ofertada (Anexo I de la Resolución de 22 de marzo de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas).
    Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
    Del 15 de mayo al 15 de junio del 2019.

    jueves, 14 de diciembre de 2017

    15 becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia

    Artículo 1. Objeto. Abrir la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para adjudicar 15 becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, y para llevar a cabo tareas de asistencia y soporte a las actividades del Centro, durante el año 2018.
    Artículo 2. Régimen jurídico aplicable. Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por la Orden JUS/231/2017, de 11 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, y para llevar a cabo tareas de asistencia y soporte a las actividades del Centro (DOGC número 7.475, del 17).
    Artículo 3. Importe. El importe máximo destinado a esta convocatoria, con cargo a la partida D/480000100/2150/0000 del presupuesto de gastos del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada para el año 2018, es de 105.962 euros.
    Artículo 4. Modalidades. El número de becas que se convocan para cada una de las cinco modalidades es el siguiente:
    A) Becas de colaboración en la formación en materias propias del Centro, con un total de 9 becas convocadas;
    B) Becas de colaboración en las investigaciones del ámbito social y criminológico, con un total de 3 becas convocadas;
    C) Una beca de colaboración en archivo y gestión administrativa;
    D) Una beca de colaboración en gestión económica y administrativa, y
    E) Una beca de colaboración en biblioteconomía y catalogación para la Biblioteca del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.
    Artículo 5. Cuantía de cada beca y período de colaboración. 5.1 La cuantía de cada beca es de 650 euros mensuales y su pago se hará efectivo a meses vencidos a excepción de los meses incompletos, que se pagarán prorrateadamente a la colaboración, y el mes de agosto, que no computa económicamente. A estos importes les será de aplicación la retención correspondiente del IRPF.
    Los importes recibidos por las personas físicas beneficiarias en concepto de beca constituyen obtención de renta por el contribuyente a los efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
    5.2 El período de colaboración se iniciará a partir del 15 de enero de 2018 y finalizará el día 21 de diciembre de 2018, si bien se dispondrá del mes de agosto como mes de descanso no computable a efectos económicos.
    Artículo 6. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de les solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya». El último día del plazo se podrán presentar las solicitudes hasta las 14 horas.
    ... 7.2 La resolución del procedimiento de concesión de estas becas será objeto de publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad (https://seu.gencat.cat/ca/informacio-publica.html) y en la web del Centro (http://cejfe.gencat.cat/ca/transparencia/beques/). Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.

    sábado, 9 de septiembre de 2017

    se amplía el plazo de presentación de solicitudes de becas de colaboración en departamentos universitarios para el curso académico 2017-2018.

    BDNS(Identif.):358879
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
    Artículo Único. Nuevo plazo de presentación solicitudes Se amplía el plazo para presentar solicitudes previsto en el artículo 9.1 de la Resolución de 4 de agosto de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades (extracto publicado en el BOE num.192, de 12 de agosto), hasta el día 18 de septiembre de 2017 inclusive.

    lunes, 14 de agosto de 2017

    2.356 becas de colaboración en departamentos universitarios destinadas a alumnos que vayan a finalizar los estudios de grado o de segundo ciclo o que estén cursando primer curso de másteres universitarios oficiales.

    BDNS(Identif.):358879
    De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
    Primero.- Convocatoria
    Se convocan en régimen de concurrencia competitiva 2.356 becas que se destinan a facilitar la colaboración de los estudiantes universitarios en los departamentos universitarios, en régimen de compatibilidad con sus estudios, con el fin de iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
    Segundo.- Beneficiarios
    Podrán solicitar becas colaboración los estudiantes universitarios que en el curso 2017-2018 estén matriculados de último curso de estudios de grado o de último curso de segundo ciclo de estudios universitarios o de primer curso de un máster universitario oficial y que, entre otros requisitos académicos, hayan obtenido como nota media en sus estudios la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones oficiales:
    7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
    7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
    7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud y
    8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades
    Tercero.- Solicitudes
    Los interesados deberán cumplimentar la solicitud mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.mecd.gob.es a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el apartado correspondiente a Trámites y Servicios. Junto con la solicitud se acompañará, a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato pdf la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración que se vaya a desarrollar y la evaluación del mismo por el departamento.
    El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 14 de septiembre de 2017, inclusive.
    Cuarto.- Características del programa
    Quienes resulten beneficiarios de la ayuda deberán prestar su colaboración a razón de tres horas diarias durante ocho meses en el departamento correspondiente, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración en la universidad en la que estén matriculados en el curso 2017-2018.
    Quinto.- Cuantía de la ayuda.
    La dotación de la beca colaboración será de 2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.

    viernes, 11 de diciembre de 2015

    2 Becas de colaboración para la Delegación de Asesoramiento Municipal, Asistencia, Defensa en Juicio y Planes de Empleo: 1 de Diplomado/a o grado en Gestión Y Administración Publica (GAP) . 1 de Licenciado/da o grado en Derecho . Excelentísima Diputación Provincial de Valencia

    Excelentísima Diputación Provincial de ValenciaAsesoramiento de los Municipios
    Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre aprobación de las bases y la convocatoria de las becas de colaboración para la Delegación de Asesoramiento Municipal, Asistencia, Defensa en Juicio y Planes de Empleo.
    ... convocatoria y bases de las becas de colaboración para la Delegación de Asesoramiento Municipal, Asistencia, Defensa en Juicio y Planes de Empleo para Licenciado o Grado en Derecho y Diplomado o Grado en Gestión y Administración Pública, en consecuencia se abre el plazo de presentación de solicitudes que será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia,{del 12 al 31 de diciembre de 2015, a.i.} tal y como prevé el artículo 4º de la convocatoria que se transcriben a continuación:BASES DE LA CONVOCATORIA
    Exposición de motivos
    Dentro de las competencias que tiene atribuidas la Diputación de Valencia en la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalidad, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana, se encuentran las de asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, que se llevan a cabo a través de los servicios que preste de asesoramiento y asistencia a municipios de la provincia.Algunas de las tareas propias de esta asistencia y cooperación son las que consisten en contribuir a la formación práctica de personal para que adquiera la capacidad adecuada para servir a los entes locales de la provincia y las de facilitar estudios e investigaciones que contribuyan a la mejora del ámbito local.En este sentido, se considera como un medio adecuado de conseguir estos objetivos concretos realizar una oferta de becas dirigidas al colectivo de licenciados que necesitan una formación de tipo práctico para incorporarse al mundo laboral.Considerando la necesidad articular el objeto, adjudicación y régimen de estas becas de prácticas, estudio y colaboración, se propone arbitrar su regulación de la siguiente manera:1º.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria adjudicar, previa selección, a las personas que reúnen los requisitos que se establecen en la misma, las becas de prácticas, estudio y colaboración que por la Delegación de Asesoramiento Municipal, Asistencia, Definde en Juicio y de Planes d´Ocupació de la Diputación de Valencia se ofrecen para su desarrollo en el servicio de Asesoramiento Municipal.2º.- Sistema de adjudicación. Las becas objeto de esta convocatoria se adjudicarán por convocatoria pública y valoración de méritos y conocimientos, sin perjuicio que el Tribunal, si lo considera oportuno pueda celebrar una entrevista con los aspirantes, con la fialidad de completar y mejorar su evaluación.3º.- Requisitos de los peticionarios.a) Estar en posesión del título requerido para cada especialidad de beca.b) Poseer la nacionalidad española, o la de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.c) Ser mayor de edad.d) No ser mayor de 30 años cuando acabe el plazo de presentación de instancias.e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni encontrarse inhabilitado con carácter fime para el ejercicio de funciones públicas.f) No estar incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    4º.- Solicitud y plazo de su presentación. Las peticiones se dirigirán al Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Valencia (Delegación de Asesoramiento Municipal), Plaza de Manises, 4 (46003-Valencia), en ellas que se hará constar que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 3º, acompañando los documentos acreditativos de todos y cada uno de los méritos alegados, mediante copia debidamente confrontada en el Registro de Entrada de esta corporación, deberán adjuntar:- Fotocopia del NIF/NIE/Pasaporte- Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarías o con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, de no estar gozando de otra beca o ayuda, ni desarrollando ninguna actividad regular durante el período de goce de la beca, de no sufrir ninguna enfermedad o discapacidad que impida el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la concesión y el normal desarrollo de las prácticas profesionales, de no encontrarse incurso en ningún de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Fotocopia del título académico correspondiente y la documentación acreditativa correspondiente o, si no la tiene, el resguardo de haber efectuado el depósito de las tasas académicas.- Fotocopia del expediente académico en que deberá constar la nota media ponderada en base 10.- Fotocopia del documento acreditativo de conocimientos de valenciano emitido por la Junta Califiadora de Coneiximents de Valenciano o por organismo debidamente acreditado.- Fotocopia de la documentación acreditativa de la formación complementaría en la que conste la duración en horas.- Declaración jurada en la que la persona interesada se compromete a renunciar, si fuera seleccionado, a cualquier tipo de actividad remunerada durante la vigencia de la beca. A tal fi se podrán establecer modelos normalizados de solicitud.El plazo de presentación de las instancias será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria de becas en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 12 al 31 de diciembre de 2015, a.i.}
    Los participantes que solicitan varias becas incluidos en esta convocatoria deben presentar una única instancia, indicando en la misma la orden de preferencia. Si un participante aspirara a varias becas de esta convocatoria y su puntuación le permitiere acceder a diversas de ellas, se le adjudicará la beca que aparezca en primer lugar en la instancia.5º.- ...
    Los listados de admitidos, excluidos o en enmienda, así como la resolución fial del proceso se publicarán en el Boletín Ofiial de la provincia, y en la página web, http://www.dival.es/diputacion-endirecte/content/becasde-colaboracion-asesoramiento-municipal-2015  ...10º.- Beca a adjudicar, cuantía y justifiación. Se ofrecen las siguientes becas:
    1 de Diplomado/a o grado en Gestión Y Administración Publica (GAP) .1 de Licenciado/da o grado en Derecho .
    La dotación de la beca será de 750 euros mensuales
    .   ...

    miércoles, 1 de julio de 2015

    2.356 Becas de Colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico 2015-2016.

    1. Objeto y destinatarios. 1. Es objeto de la presente convocatoria promover la iniciación en tareas de investigación de los estudiantes universitarios que vayan a finalizar los estudios de segundo ciclo o de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales, mediante la asignación de una beca que les permita iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
    2. No se concederán estas becas para el alumnado que esté cursando el Proyecto de Fin de Carrera cuando éste no constituya una asignatura del plan de estudios.
    2. Número de becas y financiación. 1. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.356 Becas de Colaboración para el curso 2015-2016, con la distribución que se recoge en el Anexo a esta Resolución.
    3. Cuantía de las becas. La dotación total y única de la beca para todos los beneficiarios será de 2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.
    6. Requisitos académicos de los solicitantes. 1. Podrán obtener la beca colaboración los estudiantes universitarios de Grado o de segundo ciclo que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
    a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Máster oficial.
    b) Estar matriculado en 2015-2016 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios.
    c) Haber superado todo el primer ciclo y, al menos, el 45 por ciento de los créditos que integran el segundo ciclo, con excepción de los estudiantes de Medicina que deberán haber superado el 60 por ciento de los mismos. En el caso de los estudiantes de Grado encontrarse cursando los últimos créditos para completar los requisitos para la obtención del título, y haber superado 180 créditos.
    d) Tener como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
    7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas.
    7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas.
    7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud, y
    8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades.
    2. En el caso de los estudiantes de universidades que impartan exclusivamente enseñanzas no presenciales, podrán obtener la beca de colaboración quienes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, además de cumplir el requisito establecido en el apartado 1.a) de este artículo, acrediten que están matriculados en enseñanzas de Licenciatura o Ingeniería Superior y que han superado todo el primer ciclo y, al menos, el 45 por ciento de los créditos que integran el segundo ciclo, o que están matriculados en enseñanzas de Grado y han superado, al menos 180 créditos, siempre que tengan las calificaciones medias exigidas en el punto anterior.
    3. Asimismo, podrán obtener la beca colaboración los estudiantes universitarios de primer curso de Másteres oficiales que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
    a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor.
    b) Estar matriculado en 2015-2016 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
    c) Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al master, la nota media establecida en el apartado 1 de este artículo en función de la rama de conocimiento de procedencia.
    4. Los requisitos anteriormente mencionados que no figuren en el expediente del solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a los solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades la actualización de sus expedientes académicos.
    8. Proyecto de colaboración. 1. Los solicitantes deberán presentar, dentro del plazo establecido en el apartado 1 del artículo 9, un proyecto de colaboración a desarrollar dentro de alguna de las líneas de investigación en curso de los departamentos universitarios que versará, en todo caso, sobre alguna de las materias troncales u obligatorias para la obtención de la titulación que se esté cursando, en el que se describirán detalladamente las funciones académicas que se van a realizar durante la colaboración, así como el régimen de dedicación y tareas que deberá cumplir el becario.
    2. El proyecto deberá presentarse debidamente avalado y puntuado por el consejo del departamento en el que éste vaya a desarrollarse, de acuerdo con lo especificado en el artículo 12 de esta convocatoria.
    9. Solicitudes y documentación. 1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es  en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».
    Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y enviada por el procedimiento telemático establecido.
    Se completará el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato pdf la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración y la evaluación del mismo por el departamento, entre el 1 de julio y el 15 de septiembre de 2015 inclusive, una vez completado este proceso la solicitud quedará presentada a todos los efectos.
    Asimismo, podrá presentarse en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    11. Distribución de becas en las universidades. 1. Los consejos sociales u órganos equivalentes recabarán entre los distintos Departamentos las necesidades de becarios de colaboración. En función de dichas necesidades, distribuirán entre aquéllos el número de becas asignado a cada universidad en el Anexo de esta resolución, concretando el número que corresponda a cada uno de los Departamentos y añadiendo una relación priorizada de, al menos, un 10% más para el supuesto de una eventual insuficiencia de candidatos para las becas inicialmente asignadas. Esta distribución deberá ser publicada por la universidad a los efectos de que los solicitantes conozcan los departamentos en los que se oferten becas colaboración. Asimismo, comunicarán la citada distribución a la Dirección General de Política Universitaria antes del 30 de junio de 2015.
    ANEXO
    U. Alicante: 56.
    U. Católica de Valencia San Vicente Mártir: 1.
    U. Jaume I de Castellón: 30.
    U. Miguel Hernández de Elche: 26.
    U. Politécnica de Valencia: 52.
    U. València - Estudi General: 103.
    UNED: 10.

    domingo, 13 de julio de 2014

    2.356 Becas de Colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico 2014-2015.

    1. Objeto y destinatarios. 1. Es objeto de la presente convocatoria promover la iniciación en tareas de investigación de los estudiantes universitarios que vayan a finalizar los estudios de segundo ciclo o de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales, mediante la asignación de una beca que les permita iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
    2. No se concederán estas becas para el alumnado que esté cursando el Proyecto de Fin de Carrera cuando éste no constituya una asignatura del plan de estudios.
    2. Número de becas y financiación. 1. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.356 Becas de Colaboración para el curso 2014-2015, con la distribución que se recoge en el anexo a esta Resolución.
    3. Cuantía de las becas. La dotación total y única de la beca para todos los beneficiarios será de 2.000 euros. 
    La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.
    6. Requisitos académicos de los solicitantes. 1. Podrán obtener la beca colaboración los estudiantes universitarios de Grado o de segundo ciclo que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
    a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Máster oficial.
    b) Estar matriculado en 2014-2015 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios.
    c) Haber superado todo el primer ciclo y, al menos, el 45 por ciento de los créditos que integran el segundo ciclo, con excepción de los estudiantes de Medicina que deberán haber superado el 60 por ciento de los mismos. En el caso de los estudiantes de Grado encontrarse cursando los últimos créditos para completar los requisitos para la obtención del título, y haber superado 180 créditos.
    d) Tener como nota media de los créditos superados a que se refiere el párrafo anterior la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones universitarias oficiales:
    7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas.
    7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas.
    7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud y;
    8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades.
    2. En el caso de los estudiantes de universidades que impartan exclusivamente enseñanzas no presenciales, podrán obtener la beca de colaboración quienes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, además de cumplir el requisito establecido en el apartado 1 a) de este artículo, acrediten que están matriculados en enseñanzas de Licenciatura o Ingeniería Superior y que han superado todo el primer ciclo y, al menos, el 45 por ciento de los créditos que integran el segundo ciclo, o que están matriculados en enseñanzas de Grado y han superado, al menos 180 créditos, siempre que tengan las calificaciones medias exigidas en el punto anterior.
    3. Asimismo, podrán obtener la beca colaboración los estudiantes universitarios de primer curso de Másteres oficiales que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
    a) No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor.
    b) Estar matriculado en 2014-2015 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
    c) Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al master, la nota media establecida en el apartado 1 de este artículo en función de la rama de conocimiento de procedencia.
    4. Los requisitos anteriormente mencionados que no figuren en el expediente del solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca, por lo que corresponde a los solicitantes requerir, en su caso, a sus respectivas universidades la actualización de sus expedientes académicos.
    8. Proyecto de colaboración. 1. Los solicitantes deberán presentar, dentro del plazo establecido en el apartado 1 del artículo 9, un proyecto de colaboración a desarrollar dentro de alguna de las líneas de investigación en curso de los departamentos universitarios que versará, en todo caso, sobre alguna de las materias troncales u obligatorias para la obtención de la titulación que se esté cursando, en el que se describirán detalladamente las funciones académicas que se van a realizar durante la colaboración, así como el régimen de dedicación y tareas que deberá cumplir el becario.
    2. El proyecto deberá presentarse debidamente avalado y puntuado por el consejo del departamento en el que éste vaya a desarrollarse, de acuerdo con lo especificado en el artículo 12 de esta convocatoria.
    9. Solicitudes y documentación. 1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».
    Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y enviada por el procedimiento telemático establecido.
    Se completará el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato pdf la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración y la evaluación del mismo por el departamento, entre el 15 de julio y el 15 de septiembre de 2014 inclusive, una vez completado este proceso la solicitud quedará presentada a todos los efectos.
    Asimismo, podrá presentarse en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    2. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria.
    ANEXO
    ...
    Alicante: 55
    ...
    Católica de Valencia San Vicente Mártir: 1.
    ...
    Illes Balears: 12.
    ...
    Jaume I de Castellón: 29.
    ...
    Miguel Hernández de Elche: 26.
    Murcia: 72.
    ...
    Politécnica de Cartagena: 14.
    Politécnica de Catalunya: 51.
    ...
    Politécnica de Valencia: 49.
    Pompeu Fabra: 11.
    ...
    Rovira i Virgili: 21.
    ...
    UNED: 9.
    València - Estudi General: 99.

    domingo, 14 de julio de 2013

    2.356 becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico 2013-2014.

    1. Objeto y destinatarios. 1. Es objeto de la presente convocatoria promover la iniciación en tareas de investigación de los estudiantes universitarios que vayan a finalizar los estudios de segundo ciclo o de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales, mediante la asignación de una beca que les permita iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
    2. No se concederán estas becas para el alumnado que esté cursando el Proyecto de Fin de Carrera cuando éste no constituya una asignatura del plan de estudios.
    2. Número de becas y financiación. 1. Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, 2.356 Becas de Colaboración para el curso 2013-2014, con la distribución que se recoge en el anexo a esta resolución.
    3. Cuantía de las becas. La dotación total y única de la beca para todos los beneficiarios será de 2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.
    4. Régimen de la beca. 1. Podrá obtenerse la condición de beneficiario de esta beca en un único curso académico y por una sola vez, siendo compatible solamente con las becas de carácter general para el curso 2013-2014, convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para los estudiantes universitarios. No obstante, en los casos de premios u otras modalidades de ayuda que se otorguen exclusivamente en atención al rendimiento académico la compatibilidad deberá solicitarse por el estudiante o por la entidad convocante a la Dirección General de Política Universitaria.
    2. En ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el beneficiario y el Estado o la universidad correspondiente.
    3. La colaboración prestada por el becario estará directamente vinculada con sus estudios y no supondrá, en ningún caso, la realización de tareas propias de un puesto de trabajo.
    6. Requisitos académicos de los solicitantes. 1. Podrán obtener la beca de colaboración los estudiantes universitarios de Grado o de segundo ciclo que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, acrediten que constan en su expediente académico los siguientes requisitos:
    a)
    No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Máster oficial.
    b) Estar matriculado en 2013-2014 en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos que le resten para finalizar sus estudios.
    c) Haber superado todo el primer ciclo y, al menos, el 45 por ciento de los créditos que integran el segundo ciclo, con excepción de los estudiantes de Medicina que deberán haber superado el 60 por ciento de los mismos. En el caso de los estudiantes de Grado encontrarse cursando los últimos créditos para completar los requisitos para la obtención del título, y haber superado 180 créditos.
    d) ...
    8. Proyecto de colaboración. 1. Los solicitantes deberán presentar, dentro del plazo establecido en el apartado 1 del artículo 9, un proyecto de colaboración a desarrollar dentro de alguna de las líneas de investigación en curso de los departamentos universitarios que versará, en todo caso, sobre alguna de las materias troncales u obligatorias para la obtención de la titulación que se esté cursando, en el que se describirán detalladamente las funciones académicas que se van a realizar durante la colaboración, así como el régimen de dedicación y tareas que deberá cumplir el becario.
    2. El proyecto deberá presentarse debidamente avalado y puntuado por el consejo del departamento en el que éste vaya a desarrollarse, de acuerdo con lo especificado en el artículo 12 de esta convocatoria.
    9. Solicitudes y documentación.
    1.
    La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».
    Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y enviada por el procedimiento telemático establecido.
    Se completará el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato pdf la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración y la evaluación del mismo por el departamento, entre el 16 de julio y el 30 de septiembre de 2013 inclusive, una vez completado este proceso la solicitud quedará presentada a todos los efectos.
    11. Distribución de becas en las universidades. 1. Los consejos sociales u órganos equivalentes distribuirán entre los Departamentos el número de becas asignado a cada universidad en el anexo de esta resolución, concretando el número que corresponda a cada uno de los Departamentos. Esta distribución deberá ser publicada por la universidad a los efectos de que los solicitantes conozcan los departamentos en los que se oferten becas de colaboración. Asimismo, comunicarán la citada distribución a la Dirección General de Política Universitaria antes del 15 de julio de 2013. En el caso de no recibirse la mencionada distribución en la fecha indicada, se entenderá que la Universidad renuncia a las becas de colaboración asignadas.
    ANEXO
    A Coruña . . . . . . . . . . . . . . . 39
    Abat Oliba-CEU . . . . . . . . . . 1
    Alcalá . . . . . . . . . . . . . .  . . . 41
    Alfonso X El Sabio . . . . . . . . 1
    Alicante . . . . . . . . . . . . . . . . 55
    Almería . . . . . . . . . . . . . . . . 27
    Autónoma de Barcelona . . . 65
    Autónoma de Madrid . . . .   71
    Barcelona . . . . . . . . . . . . . 114
    Burgos . . . . . . . . . . . . . . .   15
    Cádiz . . . . . . . . . . . . . . . . . 45
    Cantabria . . . . . . . . . . . . .  28
    Cardenal Herrera-CEU . .  2
    Carlos III de Madrid . . . .  31
    Castilla-La Mancha . . . . . 46
    Católica de Valencia San Vicente Mártir . . 1
    Católica San Antonio de Murcia . . . 2
    Complutense de Madrid . . . 184
    Córdoba . . . . . . . . . . . . . . 55
    Deusto . . . . . . . . . . . . . . . . 2
    Europea de Madrid . . . . . .  1
    Europea Miguel de Cervantes . . 1
    Extremadura . . . . . . . . . . 46
    Francisco de Vitoria . . . . . 1
    Girona . . . . . . . . . . . . . . . 22
    Granada . . . . . . . . . . . . . 126
    Huelva . . . . . . . . . . . . . . . 28
    Illes Balears . . . . . . . . . . 17
    Jaén . . . . . . . . . . . . . . . .  32
    Jaume I de Castellón . . . 29
    La Laguna . . . . . . . . . . .  53
    La Rioja . . . . . . . . . . . . . . 9
    Las Palmas de Gran Canaria . . . . 41
    León . . . . . . . . . . . . . . . . 28
    Lleida . . . . . . . . . . . . . . . 25
    Málaga . . . . . . . . . . . . .  78
    Miguel Hernández de Elche . . . . 26
    Murcia . . . . . . . . . . . . . . 71
    Navarra . . . . . . . . . . . . .  11
    Oviedo . . . . . . . . . . . . . . 43
    Pablo de Olavide . . . . . . 14
    País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea . . . 6
    Politécnica de Cartagena . . . . . . 22
    Politécnica de Catalunya . . . . . . 51
    Politécnica de Madrid . . . . . . . 104
    Politécnica de Valencia . . . . . . 48
    Pompeu Fabra . . . . . . . . . 11
    Pontificia Comillas . . . . . . 2
    Pontificia de Salamanca . . 2
    Pública de Navarra . . . 20
    Ramón Llull . . . . . . . . . 2
    Rey Juan Carlos . . . . . 41
    Rovira i Virgili . . . . . . 21
    Salamanca . . . . . . . . . 68
    Santiago de Compostela . . . 77
    Sevilla . . . . . . . . . . . . 62
    UNED . . . . . . . . . . . . 21
    València - Estudi General . . 100
    Valladolid . . . . . . . . . 58
    Vic . . . . . . . . . . . . . . .  2
    Vigo . . . . . . . . . . . . .  50
    Zaragoza . . . . . . . . . . 61
    Total . . . . . . . . . . . . . 2.356

    viernes, 4 de noviembre de 2011

    4 becas de colaboración para titulados superiores de cualquier grado o carrera universitaria. Dirección General de Comercio Interior

    Orden ITC/2973/2011, de 26 de octubre, por la que se convocan las becas de colaboración con la Dirección General de Comercio Interior para el año 2012.
    Convocatoria. Convocar cuatro becas de colaboración para titulados superiores de cualquier grado o carrera universitaria. Los becarios colaborarán en el estudio, entre otros, del entorno comercial, el análisis de la pequeña y mediana empresa comercial, el sector de la distribución y las estructuras comerciales, los procesos de formación de precios, la proyección exterior de la distribución comercial española y el análisis comparado de los aspectos comerciales, fundamentalmente con países de la UE.
    Los trabajos de colaboración se desarrollarán a lo largo del año 2012 con una duración máxima de 10 meses, entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre, interrumpiéndose durante el mes de agosto. Los trabajos se realizaran en las dependencias de la Dirección General de Comercio Interior del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en Madrid.
    Objeto y finalidad de las becas. Las becas de colaboración con la Dirección General de Comercio Interior tienen como objetivo contribuir a la formación de profesionales en el campo de la actividad comercial y su entorno.
    Requisitos de los solicitantes. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
    a) Nacionalidad española.
    b) Edad no superior a 28 años en la fecha de la convocatoria.
    c) Estar en posesión de cualquier titulación universitaria superior, tal como Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente. En el caso de los títulos otorgados por centros universitarios extranjeros o españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación en el momento del cierre de la convocatoria.
    Dotación. Cada beca estará dotada con 10.375 euros brutos, distribuidos en una cuantía de 1.037,5 euros mensuales.
    Las solicitudes junto con la correspondiente documentación, dirigidas a la Dirección General de Comercio Interior, podrán presentarse a través de alguna de las siguientes alternativas:
    a) En el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Paseo de la Castellana, 162, de Madrid o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    b) A través de la Oficina virtual del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, utilizando la solicitud telemática de Becas de colaboración don la Dirección General de Comercio Interior en la dirección de Internet: https://sede.mityc.gob.es/es-es/procedimientoselectronicos/paginas/listadoProcedimientos.aspx?ShowResults=True&SortExpression=Titulo&SortDirection=Ascending&Page=0&CommandName=Search&GestionadoPor=S.G.%20Turismo%20y%20Comercio%20Interior y uniendo a la citada solicitud, copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. No obstante, se podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas o la exhibición del documento original.
    2. El plazo de presentación de candidaturas comenzará el día siguiente a la publicación de esta resolución y finalizará el día 20 de diciembre de 2011.